Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, de 15 de diciembre de 2010, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 184/2010, seguido ante la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, interpuesto por «Seniors Money Spain Finance Ltd.» y la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2009, dictada en autos de juicio verbal número 978/2008 del Juzgado de referencia, que estimó la demanda planteada por doña Nieves Ozamiz Fortis, registradora de la Propiedad de Marbella número 4, contra las ahora recurrentes, declarando nulas y sin efecto las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fechas 22, 28 y 29 de febrero de 2008 y la de 15 de marzo de 2008, por extemporáneas, confirmando las calificaciones negativas de la actora, sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas,
FALLAMOS:
Que desestimándose el recurso de apelación formulado por el abogado del Estado, en nombre y representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, así como el recurso interpuesto por la representación procesal de la entidad «Seniors Money Spain Finance Limited.», contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Málaga, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha resolución. Todo ello, con imposición a cada apelante del pago de las costas ocasionadas por sus respectivos recursos.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, don Melchor Hernández Calvo, Presidente, doña Inmaculada Melero Claudio y doña María Teresa Sáez Martínez, Magistradas de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta.
Madrid, 7 de junio de 2011.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.
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