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Documento BOE-A-2011-15651

Resolución de 22 de septiembre de 2011, de la Dirección del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se concede la autorización nº 451 para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria a la entidad Lloyds Bank International, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2011, páginas 104751 a 104751 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2011-15651

TEXTO ORIGINAL

Este Departamento, examinada la solicitud presentada por la entidad Lloyds Bank International, S.A., y en base a lo dispuesto en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación dicta la siguiente Resolución:

Se autoriza a la entidad Lloyds Bank International, S.A. para actuar como Entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con sujeción a lo establecido en el artículo 17 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), y demás normativa aplicable a la prestación del servicio de colaboración, asignándole a tal efecto la autorización n.º 451.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de septiembre de 2011.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luisa María Fernández de Velasco Iglesias.

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