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Documento BOE-A-2011-15273

Resolución de 27 de septiembre de 2011, de la Secretaría General de Innovación, por la que se convocan los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño del año 2011, en alguna de sus modalidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 28 de septiembre de 2011, páginas 102349 a 102351 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-15273

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, se han creado los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Estos premios constan de siete modalidades. Dos de ellas se corresponden con los actuales Premios Nacionales de Diseño en sus dos categorías, Empresas y Profesionales. Mediante las modalidades Capital Riesgo, Compra Pública Innovadora, Internacionalización y Recursos Humanos Innovadores se reconocen aquellas actuaciones que hayan contribuido a la consecución de los principales ejes de la Estrategia Estatal de Innovación (e2i).

Finalmente, a través de la modalidad Trayectoria Innovadora se distingue a aquellos empresarios que hayan tenido una aportación destacada al desarrollo de la innovación en España.

Habiéndose ya aprobado mediante Resolución del Secretario General de Innovación, de 30 de junio de 2011, la convocatoria de los Premios Nacionales de Diseño para el año 2011, procede ahora aprobar la convocatoria del procedimiento de concesión de las otras cinco modalidades de estos Premios Nacionales.

De acuerdo con el artículo 6.3 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño se realizará mediante resolución de la Secretaría General de Innovación, publicada en el Boletín Oficial del Estado.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto de la resolución.

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño 2011 en las siguientes modalidades: Trayectoria Innovadora, Capital Riesgo, Compra Pública Innovadora, Internacionalización y Recursos Humanos Innovadores.

Artículo 2. Normativa aplicable.

La concesión de los premios se rige por lo dispuesto en la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Artículo 3. Candidaturas.

Podrán ser candidatos a los premios los sujetos previstos en el artículo 5 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 septiembre de 2011, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño del Ministerio de Ciencia e Innovación, según la modalidad de que se trate.

Artículo 4. Presentación de las candidaturas.

1. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el 3 de octubre de 2011 y finalizará el 15 de noviembre de 2011, a la 17:00 horas.

2. Las candidaturas al Premio Nacional de Innovación a la Trayectoria Innovadora deberán ser presentadas por una persona distinta al candidato.

3. La presentación de las candidaturas se realizará obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es).

4. Con carácter previo a la presentación electrónica de la candidatura es necesario que el representante de la misma se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/rus).

5. La presentación de la candidatura se realizará a través de la cumplimentación del formulario electrónico disponible en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/ «procedimientos y servicios electrónicos»).

Se deberá aportar la siguiente documentación adicional:

a) Una memoria descriptiva de los méritos del candidato, en la que se expongan aquellos aspectos que se consideren relevantes a efectos de su valoración, de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria para la modalidad correspondiente.

b) Cuando la candidatura se presente por una persona jurídica, la documentación que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.

c) En el caso de la modalidad Trayectoria Innovadora, un documento que acredite el respaldo a la candidatura por al menos tres entidades o personas de reconocido prestigio en el ámbito de la innovación.

6. La documentación prevista en el apartado anterior deberá aportarse mediante ficheros electrónicos en formato PDF y de tamaño no superior a 4 Megabytes de información.

7. La presentación de la solicitud deberá hacerse con un sistema de firma electrónica avanzada. El certificado electrónico correspondiente deberá cumplir dos requisitos:

a) Debe pertenecer a una persona que esté inscrita en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Ciencia e Innovación.

b) Debe corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma «@firma», que pueden consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, dentro del apartado «Certificados digitales».

Artículo 5. Criterios de valoración.

En desarrollo del artículo 9 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, los criterios de valoración, para cada una de las modalidades, son:

a) Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora:

1.º La inversión innovadora.

2.º La asunción de riesgos en tecnologías emergentes.

3.º La internalización de las actividades llevadas a cabo por el candidato.

4.º Política de recursos humanos innovadores

b) Premio Nacional en Capital Riesgo:

1.º Importe total de cantidades aportadas para proyectos innovadores realizados pequeñas y medianas empresas (10 puntos).

2.º Porcentaje del total del capital de la empresa invertido en empresas innovadoras respecto a otras inversiones (20 puntos).

3.º Grado de contribución de la candidatura a los objetivos de la e2: capital invertido en proyectos innovadores, política de personal que fomenten la incorporación de personal investigador e innovador, políticas de internacionalización (10 puntos).

c) Premio Nacional a la Compra Pública Innovadora:

1.º Porcentaje de compra pública innovadora realizada en el ejercicio anterior sobre el total de la compra publica contratada por el candidato (20 puntos).

2.º Mejoras empleadas en los procedimientos de contratación de compra pública (10 puntos).

3.º Grado de contribución de la candidatura a los objetivos de la e2i (10 puntos).

d) Premio Nacional a la Internacionalización:

1.º Tanto por ciento de volumen de negocio que la empresa realiza en el exterior, respecto al volumen total de negocio de la empresa (10 puntos).

2.º Impacto en la empresa de los proyectos innovadores y tecnológicos que se han incorporado a la estrategia internacional (10 puntos).

3.º Introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales (10 puntos).

4.º Grado de contribución de la candidatura a los objetivos de la e2i, capital invertido en proyectos innovadores, política de personal que fomenten la incorporación de personal investigador e innovador, políticas de internacionalización (20 puntos).

e) Premio Nacional en Recursos Humanos Innovadores:

1.º Porcentaje de nuevos puestos de trabajo ocupados en la empresa, en los dos últimos años, por personal con conocimientos tecnológicos, de innovación y de investigación respecto al resto de puestos de trabajo contratados para otras actividades (10 puntos).

2.º Programas de formación en innovación realizados por la empresa, en los dos últimos años (10 puntos).

3.º Aspectos de la política de creación de empleo innovador definidos por la empresa, que puedan ser considerados en la Estrategia Estatal de Innovación con especial atención al empleo de trabajadores españoles cualificados en la empresa fuera de España (10 puntos).

4.º Incorporación de tecnólogos en la empresa mediante las convocatorias del programa INNCORPORA del MICINN (10 puntos).

Disposición final primera. Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Ciencia e Innovación en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final segunda. Eficacia.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de septiembre de 2011.–El Secretario General de Innovación, Juan Tomás Hernani Burzaco.

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