Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-14956

Orden EDU/2495/2011, de 12 de septiembre, por la que, en ejecución de sentencia, se deja sin efecto la Orden EDU/1216/2009, de 20 de abril, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de don Cirilo Mateo Morales Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2011, páginas 99929 a 99929 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-14956

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/1216/2009, de 20 de abril, se declaró la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de don Cirilo Mateo Morales Fernández.

En el recurso contencioso-administrativo 425/2009, seguido contra la misma ante la Audiencia Nacional recayó sentencia estimando parcialmente las pretensiones del recurrente, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Cirilo Mateo Morales Fernández, contra la Orden EDU/1216/2009, de 20 de abril, por la que se declara la pérdida del actor de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, procede declarar la nulidad de la citada resolución por no ser conforme a derecho, acordando el derecho del actor a percibir los salarios dejados de percibir desde el 18 de mayo de 2009 hasta que se reincorpore a su puesto de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas desestimándose las restantes pretensiones, sin hacer expresa imposición de las costas».

La citada sentencia fue ejecutada provisionalmente y una vez firme, tras Auto de fecha 2 de junio de 2011, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, este Ministerio, dispone:

Primero.

Dar cumplimiento definitivo a la Sentencia de 16 de diciembre de 2010, de la Audiencia Nacional, conforme se indica en el fallo de la misma.

Segundo.

Dar traslado a la Consejería de Educación del Principado de Asturias, como Administración educativa responsable, a efectos de que realice los trámites y actuaciones pertinentes a dicha finalidad.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 12 de septiembre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid