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Documento BOE-A-2011-14555

Resolución de 24 de junio de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, del bien de interés cultural denominado Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, merindad de Valdivielso (Burgos) delimitando su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 9 de septiembre de 2011, páginas 96753 a 96754 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-14555

TEXTO ORIGINAL

La Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos), se encuentra afectada por el Decreto de 22 de abril de 1949, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo de 1949, sobre protección de los castillos españoles.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Españo,l y en la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, está considerada bien de interés cultural.

La disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, preceptúa que: «Las declaraciones de los bienes a los que se refiere la disposición adicional primera podrán ser completadas o revisadas mediante la determinación y delimitación de los mismos, la declaración de los entornos y bienes muebles afectados por la declaración, la adecuación de su calificación a las categorías establecidas en la presente Ley o la aprobación de cualquiera de los elementos y criterios específicos previstos en la misma para la determinación de los distintos regímenes de conservación y protección. Los procedimientos y competencias administrativas que regirán para la aplicación de esta disposición se establecerán reglamentariamente.»

El Servicio de Ordenación y Protección en fecha 23 de julio de 2011, propone incoar procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, del bien de interés cultural denominado Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos), delimitando un entorno que garantice suficientemente la protección integral de este bien, el respeto a los valores propios del mismo, su contemplación, apreciación y estudio, conforme establece la Ley 12/2002, de 11 de julio.

Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho citados, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, a fin de adecuar la declaración anteriormente mencionada a las prescripciones impuestas en la citada ley, procede incoar procedimiento para la adecuación de este bien de interés cultural en la categoría de monumento, delimitando un entorno que garantice suficientemente su protección.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36 de dicha ley, todas las obras que hubiesen de realizarse en la zona que se pretende declarar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por esta Dirección General.

Por cuanto ha quedado expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelve:

Incoar procedimiento para la adecuación en la categoría de monumento del bien de interés cultural denominado, Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos), delimitando un entorno de protección, que se publica como anexo a la presente resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.

Valladolid, 24 de junio de 2011.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO
Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos)
Descripción

La Torre de Valdenoceda o Torre de los Fernández Velasco se encuentra situada en Valdenoceda perteneciente a la Merindad de Valdivielso, en la comarca de Merindades, en la provincia de Burgos, en un punto estratégico del valle, flanqueado por la Sierra de la Tesla y el alto de la Mazorra, enclave de gran interés paisajístico, transición entre el desolado páramo castellano y los montes cantábricos.

Sobre la torre construida en los siglos XII y XIII por el Señor de la Casa de Salinas, se edifica por don Sancho Sánchez de Velasco otra torre entre 1250 y 1285, fortaleza esta que se abandona en el siglo XVI, produciéndose su ruina, hasta su adquisición en 1962 por don Enrique de Villamor Duque de Salinas, descendiente del primer señor de la torre, que lleva a cabo la restitución y remodelación integral del conjunto.

Construida en sillarejo con refuerzos de sillería en las esquinas, la torre de planta rectangular, tiene veinte metros de altura y gruesos muros rematados por almenas. En la actualidad, conserva algunos elementos góticos como ajimeces y saeteras, así como escudos de la familia de los Velasco. Tras las transformaciones sufridas entre 1962 y 1969, llevadas a cabo por don Enrique Villamor Duque de Salinas, la torre consta de cinco pisos, al primero se accedía por una escalera exterior de piedra. La entrada principal, se realiza a través de una puerta proveniente del convento de San Francisco de Medina de Pomar, sobre la que se coloca un escudo de piedra del siglo XVII con las armas de la Casa de Villamor Salinas, así como ventanas procedentes del mismo monasterio.

La Torre destaca por su armonía, esbeltez y calidad constructiva, conforma junto a la cercana iglesia románica de San Miguel, un conjunto patrimonial de gran interés, contextualizado en el bello paraje del Valle de Valdivielso, que complementa su dimensión histórica.

Delimitación del entorno de protección:

Origen: Encuentro del Camino a Almiñe con camino sin nombre.

Interior a los tramos:

Camino a Almiñe hasta calle Fuentes.

Calle Fuentes hasta Crr.

Crr. CL 629 hasta arroyo.

Arroyo hasta camino a Almiñe.

Camino a Almiñe hasta origen *

* (Incluso parcelas exteriores con frente).

Motivación:

Teniendo en cuenta la ubicación del monumento, su situación aislada en un entorno de gran interés, se delimita un entorno de protección amplio, instrumento idóneo de preservación de la valiosa relación existente entre el monumento y el medio físico en que éste se enclava.

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