Visto el expediente de indulto de don Bamba Diorp, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Albacete, en sentencia de 14 de enero de 2009, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de ocho meses de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante dicho tiempo, pena que se sustituye por la expulsión del territorio nacional por diez años, y multa de trece meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2011,
Vengo en conmutar a don Bamba Diorp las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de julio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid