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Documento BOE-A-2011-14050

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Universidad del País Vasco, por la que se publica el plan de estudios de Máster en Estudios de Juventud.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 20 de agosto de 2011, páginas 93228 a 93229 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2011-14050

TEXTO ORIGINAL

El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordados por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.

La implantación de las enseñanzas oficiales viene regulada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el R.D. 861/2010, de 2 de julio (Boletín Oficial del Estado 3-7-2010), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y por el Decreto 11/2009, de 20 de enero, de implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctorado.

El Consejo de Universidades del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.7 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y una vez recibido el informe de evaluación de ANECA, Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, resuelve verificar positivamente la propuesta de enseñanzas del Máster Universitario en Estudios de Juventud presentada por la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

El Real Decreto 861/2010, de 2 de julio (Boletín Oficial del Estado de 3-7-2010), en el artículo 26.3, establece que una vez que el Gobierno haya aprobado el carácter oficial del título, el Rector de la Universidad ordenará publicar el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la correspondiente comunidad autónoma.

Mediante Orden de 17 de junio de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación publicada en el Boletín Oficial del País Vasco del 9-7-2010, se autoriza la implantación y modificación de enseñanzas oficiales de Másteres Universitarios de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 11 de febrero de 2011, publicado mediante Resolución de 25 de febrero de 2011 de la Secretaría General de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 16-3-2011), se establece el carácter oficial de los mismos.

Por todo ello, en aplicación del citado artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la redacción dada en el Real Decreto 861/2010, y una vez establecido el carácter oficial del Máster Universitario en Estudios de Juventud, resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del plan de estudios del Máster Universitario en Estudios de Juventud, que se imparte en la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en los términos que constan en el anexo a la presente resolución.

Leioa, 31 de mayo de 2011.–El Rector, Iñaki Goirizelaia Ordorika.

ANEXO
Máster Universitario en Estudios de Juventud

Estructura y distribución de ECTS (1) del plan de estudios

Tipos

Total

Obligatorios

24,00

Optativos

15,00

Practicas Externas

9,00

Trabajo Fin de Máster

12,00

Total

60,00

Materias

Denominación

ECTS (1)

Carácter

Duración

Enfoques Teóricos en el Estudio de la Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Estudios de Caso: Políticas, Planes y Programas de Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Historia, Evolución y Modelos de Juventud en una Sociedad en Cambio

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Identidades y Culturas Juveniles

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

La Investigación Social Aplicada a Temas de Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Políticas Públicas e Intervención Social en el Área de Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Taller de Metodología de Investigación Social Aplicada a Temas de Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Taller de Metodología sobre Políticas Públicas y Planes de Juventud

3,00

Obligatorio.

Cuatrimestral.

Estudios de Caso: Investigaciones en Juventud

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Fotos de Jóvenes

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Habitos nutricionales y de actividad física en la juventud

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Interacciones, Vida Cotidiana y Juventudes

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Investigación de los jóvenes. Modelos de investigación sobre la Juventud

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Perfiles Culturales y Estilos de Vida: La Juventud a través de los Espacios, los Cuerpos y las Tecnologías

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Perfiles Políticos y Participación Cívica: Capital Social, Ciudadanía y Cooperación al Desarrollo

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Perfiles Sociales y Condiciones de Vida: educación, trabajo, vivienda, familia, consumo

3,00

Optativo.

Cuatrimestral.

Prácticas Externas

9,00

Obligatorio.

Anual.

Trabajo Fin de Máster

12,00

Obligatorio.

Anual.

(1) ECTS: European Credit Transfer System.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/05/2011
  • Fecha de publicación: 20/08/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24515).
  • CITA Resolución de 25 de febrero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-4815).
Materias
  • Juventud
  • Planes de estudios
  • Universidad del País Vasco

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