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Documento BOE-A-2011-13835

Resolución de 30 de junio de 2011, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publican las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 13 de agosto de 2011, páginas 92030 a 92087 (58 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2011-13835

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de A Coruña correspondientes al ejercicio 2010, que figura como anexo a esta resolución.

A Coruña, 30 de junio de 2011.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de A Coruña, Enrique Losada Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Índice de la memoria

1. Reseña histórica y actividad de la Autoridad Portuaria.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales.

3. Distribución del resultado.

4. Normas de valoración.

5. Inmovilizado intangible.

6. Inmovilizaciones materiales.

7. Inversiones inmobiliarias.

8. Arrendamientos.

9. Activos financieros.

10. Clientes por ventas y prestación de servicios.

11. Patrimonio neto.

12. Provisiones a largo plazo y corto plazo.

13. Pasivos financieros.

14. Situación fiscal.

15. Garantías comprometidas con terceros y otros pasivos contingentes.

16. Ingresos y gastos.

17. Operaciones y saldos con partes vinculadas.

18. Retribuciones al Consejo de Administración y a la alta dirección.

19. Información sobre actividades medioambientales.

20. Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera. «deber de información» de la Ley 15/2010, de 5 de julio.

21. Hechos posteriores al cierre.

AUTORIDAD PORTUARIA DE A CORUÑA

Memoria correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2010

1. Reseña histórica y actividad de la Autoridad Portuaria.

La Autoridad Portuaria de A Coruña (en lo sucesivo «la Autoridad Portuaria», «el puerto», «la entidad» o «la apac») se constituyó el 1 de enero de 1993, en virtud de lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, mediante la transformación del organismo autónomo preexistente «Junta del Puerto de La Coruña», al que sucedió en la titularidad de su patrimonio.

La Autoridad Portuaria de A Coruña es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propios independientes de los del Estado, teniendo plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines, y actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y de contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento le atribuya. Se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y supletoriamente por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Su regulación específica viene determinada fundamentalmente por la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y por la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, publicada en el BOE el 27 de noviembre de 2003, en adelante Ley 48/2003 (modificada por la Ley 33/2010, de 5 de agosto, publicada en el BOE de 7 de agosto de 2010).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 27/1992, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, el ámbito territorial de competencias de la entidad es el comprendido dentro de los límites de la zona de servicio del puerto de A Coruña y los espacios afectados al servicio de señalización marítima cuya gestión tiene asignados.

Tiene como competencias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la mencionada Ley 62/1997, modificado por la disposición final 2.ª, punto 8, de la Ley 48/2003, las siguientes:

– La realización, autorización y control, en su caso, de las operaciones marítimas y terrestres relacionadas con el tráfico portuario, y de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

– La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

– La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tenga encomendadas, con sujeción a lo establecido en la mencionada ley.

– La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que le sea adscrito.

– La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tenga asignados.

– El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo y portuario.

– La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

La entidad identifica su ejercicio económico con el año natural, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre.

Hasta el 1 de enero de 1993, fecha de la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el puerto era un organismo autónomo de carácter comercial de la Administración del Estado, por lo que las normas de contabilidad estaban sometidas a lo que señalaba la Administración del Estado a este respecto.

A partir del 1 de enero de 1993, la Autoridad Portuaria de A Coruña, de acuerdo con el artículo 50, apartado 2, de la Ley 27/1992, modificada por la Ley 62/1997, ajustó su contabilidad a las disposiciones del código de comercio, a las del plan general de contabilidad y a las demás disposiciones que le son de aplicación, sin perjuicio de las obligaciones de información a que se refiere el artículo 123 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

El régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal, integrado por los Organismos Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo I de la Ley 48/2003 (según la redacción introducida por la Ley 33/2010), se deberá al principio de autosuficiencia económica del sistema portuario en su conjunto y de cada una de las autoridades portuarias en un marco de autonomía de gestión económico-financiera de los organismos públicos portuarios.

Para garantizar la autosuficiencia económica del sistema portuario y de cada una de las autoridades portuarias, Puertos del Estado acordará con cada Autoridad Portuaria, en los respectivos planes de empresa, los objetivos de rentabilidad anual, el rendimiento sobre el activo no corriente neto medio considerado como razonable y demás objetivos de gestión, atendiendo a la previsible evolución de la demanda, a las necesidades inversoras de cada Autoridad Portuaria derivadas de la misma, a sus características físicas y condiciones específicas, en particular las derivadas de la insularidad, especial aislamiento y ultraperifericidad, y a su posición competitiva, teniendo en cuenta el objetivo de rentabilidad anual fijado para el conjunto del sistema portuario.

El objetivo de rentabilidad anual para el conjunto del sistema portuario se fijará por ley y podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en otra que se apruebe a estos efectos, en función de criterios de política económica y de transporte, de la evolución de los costes logísticos y portuarios, de las necesidades inversoras del sistema, de la previsible evolución de la demanda y de sostenibilidad de la actividad portuaria.

La Autoridad Portuaria está regida por el Consejo de Administración, cuya composición y competencias están establecidas en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada en el ejercicio 2010 por la disposición adicional segunda de la Ley 33/2010. En el ejercicio 2010 la entidad ha adaptado la estructura de su Consejo de Administración en cumplimiento de la citada normativa.

Consolidación.

Las presentes cuentas anuales se refieren exclusivamente a las específicas de la Autoridad Portuaria de A Coruña y no pretenden presentar las cuentas anuales consolidadas de la misma y su sociedad dependiente, las cuales se presentan por separado.

Las cuentas anuales consolidadas correspondientes al ejercicio 2010 se encuentran en proceso de formulación por el Presidente de la Autoridad Portuaria. Las variaciones que resultarían de aplicar criterios de consolidación respecto a las cuentas individuales suponen un incremento residual tanto sobre los activos como sobre los fondos propios y el resultado del ejercicio dadas las magnitudes económicas de la única sociedad dependiente incluida en el perímetro de consolidación.

Las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2009, fueron aprobadas por el Consejo de Administración celebrado el 30 de junio de 2010.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales.

La Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, publicada en el BOE núm. 231, de fecha 24 de septiembre de 2009, establece el contenido mínimo de la información a publicar en el Boletín Oficial del Estado que determina el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria para las Entidades del Sector Público Estatal, Empresarial y Fundacional, que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 129.3 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria (y en base al desarrollo contenido en la Orden EHA/614/2009, de 3 de marzo), la entidad presenta un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero que coincide con los datos aportados en las cuentas anuales del ejercicio.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, las cuentas anuales del ejercicio 2010, tanto las formuladas como las cuentas anuales que se aprueben en su momento, así como la información descrita en el párrafo anterior, se enviarán a la IGAE en forma telemática, junto con los ficheros de información propios y a elaborar en la aplicación CICEP, siendo éste el primer año que dicha normativa es de aplicación.

Las consideraciones a tener en cuenta en materia de bases de presentación de las cuentas anuales en la entidad son las que a continuación se detallan:

a) Marco normativo de información financiera aplicable a la entidad:

Estas cuentas anuales se han formulado de acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad, que es el establecido en:

– Legislación específica aplicable a los puertos de interés general (ver nota 1).

– Código de comercio y la restante legislación mercantil.

– El plan general de contabilidad (aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, y sus posteriores modificaciones) y, en su caso, sus adaptaciones sectoriales.

– Directrices de aplicación del plan general de contabilidad en el sistema portuario de titularidad estatal, emitidas por el Ente Público Puertos del Estado y el informe emitido por la Intervención General de la Administración del Estado el 18 de marzo de 2009 sobre las mismas.

– Las normas de obligado cumplimiento aprobadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en desarrollo del Plan General de Contabilidad y sus normas complementarias.

– El resto de la normativa contable española que resulte de aplicación.

b) Imagen fiel:

Las cuentas anuales del ejercicio 2010 han sido obtenidas de los registros contables de la entidad y se presentan de acuerdo con el marco normativo de información financiera que le resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables en él contenidos, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera, los resultados de la entidad y los flujos de efectivo habidos durante el correspondiente ejercicio.

Estas cuentas anuales, que han sido formuladas por el Presidente de la Autoridad Portuaria, se someterán a aprobación por el Consejo de Administración, estimándose que serán aprobadas sin modificación alguna.

c) Comparación de la información:

Las cuentas anuales presentan a efectos comparativos, con cada una de las partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto, del estado de flujos de efectivo y de la memoria, además de las cifras del ejercicio 2010, las correspondientes al ejercicio anterior, que formaban parte de las cuentas anuales del ejercicio 2009 aprobadas por Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria celebrado el 30 de junio de 2010.

Con fecha 24 de septiembre de 2010 fue publicado en el BOE el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se introducían algunas modificaciones al plan general de contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007.

Conforme a las reglas de transición establecidas, estas modificaciones se han aplicado de forma prospectiva a partir del 1 de enero de 2010, sin que hayan tenido ningún impacto significativo.

d) Principios contables aplicados:

Para la elaboración de las presentes cuentas anuales no se han aplicado principios contables no obligatorios. Adicionalmente, estas cuentas anuales se han preparado teniendo en consideración la totalidad de los principios y normas contables de aplicación obligatoria que tienen un efecto significativo en dichas cuentas anuales.

e) Responsabilidad de la información y estimaciones realizadas:

La información incluida en estas cuentas anuales es responsabilidad de los administradores de la entidad.

En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas se han utilizado estimaciones realizadas por los Servicios Técnicos de la Autoridad Portuaria y aprobadas por el Director del Puerto para valorar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Básicamente estas estimaciones se refieren a:

– La evaluación de posibles pérdidas por deterioro de determinados activos (notas 4-a, 4-b,4-c y 4-d).

– La vida útil del inmovilizado intangible, material e inversiones inmobiliarias (notas 4-a, 4-b y 4-c).

– El cálculo de provisiones (nota 4-j).

– La determinación del valor razonable de determinados instrumentos financieros (nota 4-d).

A pesar de que estas estimaciones se han realizado sobre la base de la mejor información disponible al cierre de los ejercicios 2010 y 2009, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas (al alza o a la baja) en los próximos ejercicios, lo que se realizaría, en su caso, de forma prospectiva, reconociendo los efectos del cambio de estimación en las cuentas de pérdidas y ganancias de los ejercicios afectados.

En las cuentas se puede observar que en el presente ejercicio el fondo de maniobra de la entidad presenta un valor negativo, lo cual principalmente se debe a que, en el activo del balance, la cantidad pendiente de cobro de los fondos de cohesión del programa operativo 2000-2006 (51,5 millones de euros) se deben clasificar en el activo no corriente al estar previsto su cobro para el año 2014, y en el pasivo figura como deuda a corto plazo la cantidad de 56,9 millones de euros en pólizas de crédito contratadas con diferentes entidades financieras, que esta previsto cancelar a lo largo del presente ejercicio cuando la entidad reciba el crédito a largo plazo de Puertos del Estado (al haberse adoptado dicha operación como operación puente necesaria mientras se sustanciaba, tanto en la reunión de plan de empresa 2011, como en la posterior tramitación e inclusión de dicha operación financiera en el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, siendo aprobada la misma en la correspondiente aprobación de la ley en el trámite parlamentario). Se espera la materialización formal del crédito de PPEE y los primeros desembolsos previstos en el primer semestre del año 2011.

f) Agrupación de partidas:

Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

3. Distribución del resultado.

El Consejo de Administración, celebrado el 30 de junio de 2010, aprobó la distribución del resultado positivo generado en el ejercicio anterior según el siguiente detalle:

 

Euros

Bases de reparto:

 

Beneficios antes del fondo de compensación interportuario

5.878.197,64

Fondo de compensación interportuario recibido

743.000,00

Fondo de compensación interportuario aportado

(947.000,00)

 

5.674.197,64

Distribución:

 

Reservas por beneficios acumulados desde 1993

5.878.197,64

Fondo de compensación interportuario recibido

743.000,00

Fondo de compensación interportuario aportado

(947.000,00)

Total resultados de ejercicios anteriores

5.674.197,64

La propuesta de distribución de beneficios del ejercicio 2010, que someterá el Presidente de la Autoridad Portuaria al Consejo de Administración para su aprobación, en base a las cuentas anuales elaboradas y sometidas a su consideración por el director en su calidad de órgano de gestión, consiste en traspasar los resultados del ejercicio a «resultados acumulados» de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Euros

Bases de reparto:

 

Beneficios antes del fondo de compensación interportuario

23.426.453,23

Fondo de compensación interportuario recibido

971.000,00

Fondo de compensación interportuario aportado

(730.000,00)

 

23.667.453,23

Distribución:

 

Reservas por beneficios acumulados desde 1993

23.426.453,23

Fondo de compensación interportuario recibido

971.000,00

Fondo de compensación interportuario aportado

(730.000,00)

Total resultados de ejercicios anteriores

23.667.453,23

4. Normas de valoración.

Las principales normas de valoración utilizadas por la Autoridad Portuaria en la elaboración de las presentes cuentas anuales han sido las siguientes:

a) Inmovilizado intangible:

La Autoridad Portuaria utiliza los siguientes criterios para la contabilización de sus inmovilizaciones inmateriales:

1. Propiedad industrial. Se registran por los importes satisfechos para la adquisición de la propiedad o del derecho al uso de las diferentes manifestaciones de la misma, o por los gastos incurridos con motivo del desarrollo y registro de las desarrolladas por la Autoridad Portuaria, y se amortizan linealmente en cinco años.

2. Aplicaciones informáticas. Se registran por los importes satisfechos para la adquisición de la propiedad o del derecho al uso de las diferentes manifestaciones de la misma y se amortizan linealmente en cinco años, a partir de su entrada en funcionamiento. Los costes de mantenimiento de las aplicaciones informáticas se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren.

Al cierre de cada ejercicio o siempre que existan indicios de pérdida de valor la entidad procede a estimar la posible existencia de pérdidas de valor que reduzcan el valor recuperable de dichos activos a un importe inferior al de su valor en libros.

El 26 de marzo de 2010 se publicó en el BOE la Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias. Según lo establecido en la norma segunda de esta Orden, al evaluar si existe algún indicio de que un activo puede haberse deteriorado (aplicable al inmovilizado intangible, material e inversiones inmobiliarias), deberán tenerse en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:

– Cambios significativos en el entorno tecnológico, regulatorio o legal en los que opera la entidad acaecidos durante el ejercicio o que se espera se produzcan a corto plazo y que tengan una incidencia negativa sobre la entidad.

– Disminución significativa del valor de mercado del activo, si éste existe y está disponible y superior a la esperada por el paso del tiempo o uso normal.

– Evidencia de obsolescencia o deterioro físico del activo.

– Cambios significativos en la forma o en la extensión en que se utiliza el activo acaecidos durante el ejercicio o que se espera se produzcan a corto plazo y que tengan una incidencia negativa sobre la entidad.

– Existencia de dudas razonables de que el rendimiento técnico del activo se pueda mantener en el futuro de acuerdo con las previsiones que se tuvieron en cuenta en la fecha de incorporación al patrimonio de la empresa.

– Interrupción de la construcción del activo antes de su puesta en condiciones de funcionamiento.

– Cese o reducción significativa de la demanda o necesidad de los servicios prestados con el activo.

En todo caso, los eventos o circunstancias que pueden indicar la existencia de deterioro de valor de un activo han de ser relevantes.

En la Orden EHA/733/2010 se detallan, en las normas tercera y cuarta, los criterios para calcular el deterioro de valor de los activos generadores de flujos de efectivo y de los activos no generadores de flujos de efectivo. Los activos generadores de flujos de efectivo están sujetos a los criterios generales en materia de deterioro de valor regulados en el plan general de contabilidad, así como a las normas de desarrollo incluidas en la norma segunda de la Orden 733/2010.

Los valores recuperables, siempre que sea posible, se calculan elemento a elemento, de forma individualizada. En aquellos activos que no es posible estimar el importe recuperable de cada bien de forma individual, se estima el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenezca el activo.

En el caso de que el valor recuperable resultara inferior al valor neto en libros de los activos, se registra la correspondiente provisión por deterioro. Cuando existen indicios de que se ha recuperado el valor de un activo deteriorado, la Autoridad Portuaria registra la reversión de la pérdida por deterioro contabilizada en ejercicios anteriores, con abono a la cuenta de pérdidas y ganancias y se ajustan, en consecuencia, los cargos futuros en concepto de su amortización. En ningún caso la reversión de la pérdida por deterioro de un activo puede suponer el incremento de su valor en libros por encima de aquél que tendría si no se hubieran reconocido pérdidas por deterioro en ejercicios anteriores.

b) Inmovilizaciones materiales:

El 1 de enero de 1993, fecha de su constitución, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la Autoridad Portuaria de A Coruña registró el inmovilizado material de la preexistente Junta del Puerto de La Coruña al valor por el que figuraba en los libros de ésta, con abono a la cuenta de «patrimonio inicial». Además, el Ente Público Puertos del Estado modificó las tablas de vidas útiles del inmovilizado material para todas las autoridades portuarias y se efectuó en la de A Coruña un ajuste con cargo a «patrimonio inicial» de 8.605.000 euros, aproximadamente, que corresponde al defecto de amortización de los bienes que, de acuerdo con las nuevas vidas útiles, quedaban totalmente amortizados al 31 de diciembre de 1992.

Asimismo, basándose en las conclusiones de un dictamen emitido en 1995 por el Instituto de Contabilidad y de Auditoría de Cuentas (ICAC), el Ente Público Puertos del Estado contrató un experto independiente para calcular el valor venal de una parte significativa de los bienes del inmovilizado de las autoridades portuarias, referido dicho valor al 1 de enero de 1993. Los bienes objeto de valoración eran todos los existentes a 1 de enero y encuadrados en los epígrafes por naturaleza correspondientes a los grupos de clasificación del inmovilizado con especial significación, tanto por su naturaleza como por el valor que los mismos representaban sobre el total de bienes del inmovilizado, quedando fuera de la mencionada valoración los bienes existentes en las agrupaciones correspondientes a edificaciones, instalaciones, maquinaria y equipamiento, así como los bienes existentes y clasificados como material ferroviario, medios de transporte, equipos de procesos de datos y material diverso. Destacar, que del estudio de la naturaleza de los bienes que no fueron objeto de valoración por experto independiente, tan sólo algún bien singular existente en la clasificación de edificaciones podría tener interés el efectuarla, si bien a juicio de los gestores del puerto en ningún caso supondría un efecto significativo en la situación patrimonial de la entidad.

En 1995 y en base a la valoración del Perito independiente, la Autoridad Portuaria de A Coruña dio de baja el valor contable del inmovilizado objeto de tasación y su correspondiente amortización acumulada y registró el alta de los bienes a su valor venal, con cargo y abono al «patrimonio inicial» respectivamente. El resultado de la regularización practicada supuso un incremento del patrimonio de 20.330.000 euros, aproximadamente, registrándose los excesos de amortización de los ejercicios 1993 y 1994, por importe de 528.000 euros, aproximadamente, en la cuenta de resultados del ejercicio 1995.

De acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de octubre, por el que se aprobó el entonces vigente plan general de contabilidad, a la que se remite el ICAC. En su dictamen, las valoraciones de los elementos del inmovilizado material a la fecha de entrada en vigor de la Ley 27/1992 se consideran equivalentes al precio de adquisición.

Durante el ejercicio 1999 entró en vigor el manual de tratamiento de los activos materiales portuarios elaborado por Puertos del Estado, en el cual se especifican los criterios a seguir en la valoración de los distintos elementos del inmovilizado material y que introduce algunos cambios significativos en el tratamiento de determinadas operaciones singulares cuya ejecución atiende al carácter público de las Autoridades Portuarias. En consecuencia, la Autoridad Portuaria finalizó en el ejercicio 2000 la correspondiente adaptación de sus registros contables al contenido de las normas y criterios de contabilización contemplados en el citado manual.

Por consiguiente, al 31 de diciembre de 2010 y 2009 el inmovilizado material se encuentra valorado, en su práctica totalidad, de acuerdo con los criterios de valoración que se describen a continuación:

1. El inmovilizado adquirido con anterioridad al 1 de enero de 1993 y clasificado dentro del epígrafe «terrenos» y parte de «construcciones» se encuentra valorado a su valor venal a dicha fecha. Adicionalmente, con la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se adscribieron a la Autoridad Portuaria de A Coruña, a partir del 1 de enero de 1993 los bienes de las señales marítimas cuya gestión fue encomendada al puerto, registrándose por su valor venal con abono al epígrafe «patrimonio Ley 27/1992» del pasivo del balance por importe de 957.635 euros.

2. El inmovilizado material adquirido con anterioridad al 1 de enero de 1993 y clasificado dentro del epígrafe «maquinaria», parte de «otro inmovilizado» y parte de «construcciones» se encuentra valorado conforme con los criterios de valoración detallados en la adaptación del plan general de contabilidad pública a los puertos españoles realizada por la IGAE. Y aplicados por la extinta junta del puerto hasta esa fecha, es decir, a su coste de adquisición incrementado por los coeficientes de revalorización establecidos anualmente por la antigua dirección general de puertos. La última revalorización se aplicó a todos los bienes adquiridos antes del 30 de junio de 1991.

3. El inmovilizado material adquirido a partir del 1 de enero de 1993 se valora a su precio de adquisición.

Posteriormente, dicha valoración se corrige por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que hayan experimentado los bienes.

Los costes de ampliación, modernización o mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes se capitalizan como mayor coste de los correspondientes bienes.

Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren.

Para aquellos inmovilizados que necesitan un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, los costes capitalizados incluyen los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del bien y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición o fabricación del mismo.

Al cierre de cada ejercicio o siempre que existan indicios de pérdida de valor, la Autoridad Portuaria procede a estimar la posible existencia de pérdidas de valor que reduzcan el valor recuperable de dichos activos a un importe inferior al de su valor en libros. En el caso de que el valor recuperable resultara inferior al valor neto en libros de los activos, se registra la correspondiente provisión por deterioro (se detallan en el apartado a los criterios para el cálculo del deterioro establecidos en la orden 733/2010 y los criterios de registro y reversión de la corrección valorativa por deterioro).

La Autoridad Portuaria amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos, deducido su valor residual, entre los años de vida útil estimada que, para los elementos que se encuentran valorados por su coste de adquisición o por su coste de adquisición revalorizado, clasificado según los distintos epígrafes del balance, son los que se muestran a continuación:

Descripción

Años de vida útil estimada

% valor residual sobre coste del elemento

Construcciones:

 

 

Accesos marítimos:

 

 

Dragados de primer establecimiento

50

-

Esclusas

40

1

Obras permanentes de encauzamiento y defensa de márgenes

35

-

Obras de abrigo y defensa:

 

 

Diques y obras de abrigo

50

-

Escollera de protección de recintos

40

-

Obras de atraque:

 

 

Muelles de fábrica

40

-

Muelles de hormigón armado y metálicos

30

-

Defensas y elementos de amarre

5

-

Obras complementarias para atraque

15

-

Pantalanes flotantes

10

-

Boyas de amarre

15

-

Instalaciones para reparación de barcos:

 

 

Diques secos

40

-

Varaderos

30

1

Diques flotantes

25

3

Edificaciones:

 

 

Tinglados, almacenes y depósitos para mercancías

35

-

Estaciones marítimas, naves y lonjas de pesca

35

-

Almacenes, talleres, garajes y oficinas, y casetas de pesca, armadores y similares

35

-

Viviendas y otros edificios

35

-

Módulos y pequeñas construcciones prefabricadas

17

-

Elementos fijos de soporte de ayudas a la navegación

35

-

Instalaciones generales:

 

 

Instalaciones, conducciones y alumbrado exterior

17

-

Cerramientos

17

-

Otras instalaciones

17

-

Pavimentos, calzadas, y vías de circulación:

 

 

Vías férreas y estaciones de clasificación

25

3

Pavimentos en muelles y zonas de manipulación y depósito

15

-

Caminos, zonas de circulación y aparcamiento

15

-

Puentes de fábrica

45

-

Puentes metálicos

35

2

Túneles

35

-

Instalaciones técnicas:

 

 

Instalaciones de ayudas a la navegación:

 

 

Instalaciones de ayuda visuales

10

-

Instalaciones de ayuda radioeléctricas

5

-

Instalaciones de gestión y explotación

5

-

Maquinaria:

 

 

Equipos de manipulación de mercancías:

 

 

Cargaderos e instalaciones especiales

20

3

Grúas de pórtico y portacontenedores

20

3

Grúas automóviles

10

3

Carretillas, tractores, remolques y tolvas, cintas y equipo ligero

10

3

Material flotante:

 

 

Cabrias y grúas flotantes

25

4

Dragas

25

3

Remolcadores

25

3

Gánguiles, gabarras y barcazas

25

4

Equipo auxiliar y equipo de buzos

10

2

Embarcaciones de servicio

15

-

Elementos comunes de soporte flotante de ayudas a la navegación

15

-

Material ferroviario:

 

 

Locomotoras y tractores

15

5

Vagones

20

4

Equipo de taller-

 

 

Equipo de taller

14

4

Otro inmovilizado:

 

 

Equipos de transporte:

 

 

Automóviles y motocicletas

6

5

Camiones y furgonetas

6

5

Mobiliario y enseres:

 

 

Mobiliario y enseres

10

-

Material diverso:

 

 

Material diverso

5

-

Equipo informático:

 

 

Equipo informático (hardware)

5

-

El valor neto de los activos no amortizados en su totalidad que se den de baja en el inmovilizado material, se considera como una pérdida atribuible al ejercicio en que se produce, aun cuando su valor proceda de revalorizaciones efectuadas al amparo de las disposiciones emanadas de la antigua Dirección General de Puertos.

En aquellos casos en que la depreciación fuese irreversible y distinta de la amortización sistemática, se procede a contabilizar la pérdida y la disminución de valor del bien.

c) Inversiones inmobiliarias:

Con la aplicación del nuevo plan contable, el inmovilizado material perteneciente a la Autoridad Portuaria cuya finalidad específica en materia de aprovechamiento fuese determinado por la existencia de concesiones administrativas o, en su caso, aprovechamiento vía autorizaciones administrativas, fue agrupado bajo la naturaleza de inversiones inmobiliarias.

Estas circunstancias se dan en el caso del Puerto de A Coruña en materia de terrenos y edificaciones específicas. En el caso de terrenos se consideran como adscritos o susceptibles de esta catalogación los terrenos que se encuentran en aprovechamiento por concesionarios a través del correspondiente título administrativo con figura de concesión, o en su caso aquellos terrenos donde, con existencia o no de edificación se está otorgando algún título en régimen de autorización administrativa. Análoga circunstancia puede darse en el caso de inmuebles correspondientes a concesiones revertidas y que son objeto de un nuevo título, ya sea concesional, la mayor parte de los casos, u ocupación en régimen de autorización administrativa.

Por parte de los servicios técnico-económicos se procedió a analizar tanto los terrenos que podían ser susceptibles de dicha catalogación como las edificaciones.

Los valores que en ambos conceptos se registren podrán ser susceptibles en su caso de actualización, tras realizar estudios y determinación de superficies específicas a realizar en los próximos ejercicios, junto con los trabajos que se determinen de alcance para detallar perfectamente el estado catastral tanto de terrenos de la Autoridad Portuaria como de sus construcciones, a trasladar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con actualización de las bases de datos de catastro, determinando las superficies específicas con una mayor exactitud.

En todo caso, dicha reclasificación no tiene más efecto que presentación en balance, presentado dichos valores de forma desagregada con respecto a los valores registrados en el inmovilizado material.

Por tanto, el epígrafe inversiones inmobiliarios del balance recoge los valores de terrenos, edificios y otras construcciones, que se mantienen exclusivamente para explotarlos directamente en régimen de concesión administrativa o bajo figura de autorización administrativa, y sujetas a las correspondientes tasas de ocupación privativa del dominio público portuario y tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales o de servicios. En ambos casos, los títulos de otorgamiento son de naturaleza administrativa, sujetos a la adopción de los acuerdos por órgano correspondiente de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

Estos activos se valoran de acuerdo con los criterios indicados para la valoración del inmovilizado material.

d) Instrumentos financieros:

Activos financieros.

Clasificación.

Los activos financieros que posee la Autoridad Portuaria se clasifican en las siguientes categorías:

1. Préstamos y partidas a cobrar: activos financieros originados en la venta de bienes o en la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o los que no teniendo un origen comercial, no son instrumentos de patrimonio ni derivados y cuyos cobros son de cuantía fija o determinable y no se negocian en un mercado activo.

2. Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo. Se consideran empresas del grupo aquellas vinculadas con la sociedad por una relación de control.

Valoración inicial:

Los activos financieros se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles.

Valoración posterior:

Los préstamos y partidas a cobrar se valoran por su coste amortizado, calculado mediante la utilización del método del «tipo de interés efectivo», que es el tipo de actualización que iguala el valor inicial de un instrumento financiero a la totalidad de sus flujos de efectivo estimados por todos los conceptos a lo largo de su vida remanente. Para los instrumentos financieros a tipo de interés fijo, el tipo de interés efectivo coincide con el tipo de interés contractual establecido en el momento de su adquisición, ajustado, en su caso, por las comisiones y por los costes de transacción que deban incluirse en el cálculo de dicho tipo de interés efectivo. En los instrumentos financieros a tipo de interés variable, el tipo de interés efectivo se estima de manera análoga a las operaciones de tipo de interés fijo, siendo recalculado en cada fecha de revisión del tipo de interés contractual de la operación, atendiendo a los cambios que hayan sufrido los flujos de efectivo futuros de los mismos.

Las inversiones en empresas del grupo, se valoran por su coste, minorado, en su caso, por el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. Dichas correcciones se calculan como la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se toma en consideración el patrimonio neto de la entidad participada, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración (incluyendo el fondo de comercio, si lo hubiera).

Al cierre del ejercicio la Autoridad Portuaria realiza al menos un test de deterioro para los activos financieros que no están registrados a valor razonable. Se considera que existe evidencia objetiva de deterioro si el valor recuperable del activo financiero es inferior a su valor en libros. Cuando se produce, el deterioro se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En concreto, la Autoridad Portuaria aplica los siguientes criterios para cubrir sus riesgos de insolvencias:

Clientes deudores por tarifas portuarias:

Se dotan los porcentajes, que se detallan a continuación, en función de la antigüedad de la deuda a partir de la fecha de vencimiento de las correspondientes facturas:

Antigüedad

%

Entre 0 y 6 meses

0

Más de 6 meses

100

Clientes deudores por tasas:

Se dotan los porcentajes siguientes, en función de la antigüedad de la deuda a partir de la finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario:

Antigüedad

%

Entre 12 y 24 meses

50

Más de 24 meses

100

Para los casos en que la duda sobre la recuperabilidad sea superior a la que se produce habitualmente, ya sea por concurrencia de circunstancias específicas, por interposición de recursos o litigios a las facturaciones realizadas, el puerto dota unos porcentajes de provisión superiores a los generales detallados anteriormente. En los casos en los que se expiden certificaciones de descubierto para la gestión de cobro por apremio o en los casos en los que es de aplicación dicha gestión, se actualiza el valor de la provisión hasta el 100% del valor del principal que es objeto de gestión recaudatoria por vía ejecutiva, dada la similitud del proceso con la gestión de cobro judicial para créditos privados.

La Autoridad Portuaria da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad.

Pasivos financieros:

Son pasivos financieros aquellos débitos y partidas a pagar que tiene la Autoridad Portuaria y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la entidad, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados.

Los débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado.

Las fianzas recibidas a largo plazo se registran por su valor nominal, no realizándose la actualización de las mismas por no contar éstas con un vencimiento establecido.

La Autoridad Portuaria da de baja los pasivos financieros cuando se extinguen las obligaciones que los han generado.

e) Arrendamientos:

Los arrendamientos se clasifican como arrendamientos financieros siempre que de las condiciones de los mismos se deduzca que se transfieren al arrendatario sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. Los demás arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos.

Arrendamiento operativo:

Los ingresos y gastos derivados de los acuerdos de arrendamiento operativo se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se devengan.

Asimismo, el coste de adquisición del bien arrendado se presenta en el balance conforme a su naturaleza, incrementado por el importe de los costes del contrato directamente imputables, los cuales se reconocen como gasto en el plazo del contrato, aplicando el mismo criterio utilizado para el reconocimiento de los ingresos del arrendamiento.

Cualquier cobro o pago que pudiera realizarse al contratar un arrendamiento operativo se tratará como un cobro o pago anticipado que se imputará a resultados a lo largo del periodo del arrendamiento, a medida que se cedan o reciban los beneficios del activo arrendado.

f) Otros activos líquidos equivalentes:

La Autoridad Portuaria registra en esta partida del balance aquellas inversiones convertibles en efectivo, con vencimiento no superior a tres meses desde la fecha de adquisición, que no tengan riesgos significativos de cambio de valor y que forman parte de la política de la gestión normal de tesorería.

Estos activos financieros se registran inicialmente por el valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que le sean directamente atribuibles a la misma. Posteriormente, se valoran a su coste amortizado calculado mediante el tipo de interés efectivo de los mismos tal y como se ha explicado en el apartado 4-d anterior.

g) Transacciones y saldos en moneda extranjera:

La moneda funcional utilizada por la Autoridad Portuaria es el euro. Consecuentemente, las operaciones en otras divisas distintas del euro se consideran denominadas en moneda extranjera y se registran según los tipos de cambio vigentes en las fechas de las operaciones.

Al cierre del ejercicio, los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera se convierten aplicando el tipo de cambio en la fecha del balance de situación. Los beneficios o pérdidas puestos de manifiesto se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se producen.

h) Impuestos sobre beneficios:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.3.f) del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a la Autoridad Portuaria le resulta de aplicación el régimen de entidades parcialmente exentas, regulado en el capítulo XV del título VII del citado texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (véase nota 14).

Los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Autoridad Portuaria vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.

En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.

i) Ingresos y gastos:

Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos descuentos e impuestos.

El reconocimiento de los ingresos por ventas se produce en el momento en que se han transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad del bien vendido, no manteniendo la gestión corriente sobre dicho bien, ni reteniendo el control efectivo sobre el mismo.

En cuanto a los ingresos por prestación de servicios, éstos se reconocen considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de balance, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad.

Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos. En cualquier caso, los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias.

j) Provisiones y contingencias:

En la elaboración de estas cuentas anuales se ha diferenciado:

– Provisiones: Saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, cuya cancelación es probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/o momento de cancelación.

– Pasivos contingentes: Obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización futura está condicionada a que ocurran, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Autoridad Portuaria.

El balance recoge todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en el balance, sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como remotos.

Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido, se registra como activo, excepto en el caso de que exista un vínculo legal por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la Autoridad Portuaria no esté obligada a responder; en esta situación, la compensación se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la correspondiente provisión.

A continuación, se detallan los principales riesgos significativos a los que se encontraba expuesta la Autoridad Portuaria a cierre de los ejercicios 2010 y 2009:

Provisión para responsabilidades:

Litigios tarifarios:

Desde el año 1996, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional han dictado una serie de sentencias que han anulado casi en su totalidad las normas sobre tarifas portuarias aprobadas por la Administración General del Estado entre 1 de enero de 1986 y 31 de diciembre de 2003, así como las medidas legislativas adoptadas por aquella para erradicar el conflicto surgido. En este sentido:

▪ La sentencia del Tribunal Constitucional, de 27 de abril de 2009, ha declarado inconstitucionales y, por ende, nulos, los artículos 9, 10.1 a) y la disposición transitoria, de la Ley 18/1985, de 1 de julio, por la que se modificó la Ley 1/1966, de 28 de enero, sobre Régimen Financiero de los Puertos Españoles.

▪ Todas las órdenes ministeriales en materia de tarifas por servicios portuarios aprobadas en ejecución de la Ley 18/1985, de 1 de julio, por la que se modificó la Ley 1/1966, de 28 de enero, sobre régimen financiero de los puertos españoles, han sido decretadas nulas de pleno derecho por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a partir de su sentencia de 2 de febrero de 1996.

▪ Las sentencias del Tribunal Constitucional 102/2005, de 20 de abril, y 121/2005, de 10 de mayo, han declarado inconstitucionales y, por ende, nulos, los apartados 1 y 2 del artículo 70 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, tanto en su redacción primitiva, como tras la reforma operada mediante la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, en los términos explicados en sus fundamentos de derecho 8 y 10, respectivamente.

▪ Todas las órdenes ministeriales sobre tarifas por servicios portuarios aprobadas en ejecución del artículo 70 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, tanto en su redacción original, como tras la reforma experimentada a resultas de la Ley 62/1997, han sido declaradas nulas de pleno derecho mediante sentencias de la Secciones Primera, Cuarta y Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, posteriormente confirmadas en casación por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

▪ La sentencia del Tribunal Constitucional 116/2009, de 18 de mayo, ha declarado inconstitucional y, por ende, nulo, el apartado primero de la disposición adicional 34.ª de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en Materia de Reliquidación de Tarifas por Servicios Portuarios.

▪ La sentencia del Tribunal Constitucional 146/2009, de 15 de junio, ha declarado inconstitucional y, por ende, nulo, el apartado primero de la disposición adicional 34.ª de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en Materia de Reliquidación de Tarifas por Servicios Portuarios, tras la modificación introducida mediante la disposición adicional 7.ª de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

▪ La sentencia del Tribunal Constitucional 161/2009, de 29 de junio, ha declarado inconstitucional y, por ende, nulo, el apartado segundo de la disposición adicional 34.ª de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en Materia de Reliquidación de Tarifas por Servicios Portuarios, tras la modificación introducida mediante la disposición adicional 7.ª de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

▪ La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 31 de marzo de 2006, ha dejado sin efecto la previsión sobre tarifas por servicios portuarios contenida en la disposición transitoria 2.ª de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Ante esta situación, que afecta al conjunto de las autoridades portuarias, y hasta el ejercicio 2008, la entidad reconocía anualmente una provisión para cubrir los pagos que, en su caso, pudieran realizarse en ejecución de las sentencias firmes que obligasen al pago de intereses derivados de la anulación de tarifas.

Las sentencias del Tribunal Constitucional 116/2009, de 18 de mayo; 146/2009, de 15 de junio, y 161/2009, de 29 de junio, dieron lugar al nacimiento de obligaciones económicas adicionales al declarar la inconstitucionalidad de las refacturaciones realizadas al amparo de la disposición adicional 34.ª de la Ley 55/99 en sus sucesivas redacciones (55/99; 14/2000). De acuerdo con la información y evidencia disponible, se hizo necesario en el cierre del ejercicio 2009 realizar una cuantificación del riesgo y proceder al registro de la correspondiente provisión contable, que en base a las instrucciones recibidas de Puertos del Estado, afectaría a los «principales» de las liquidaciones de tarifas en las situaciones que se detallan a continuación:

– Liquidaciones recurridas pendientes de sentencia o resolución.

– Liquidaciones anuladas pendientes de refacturación.

– Refacturaciones anuladas pendientes de devolución o refacturación.

– Refacturaciones recurridas pendientes de sentencia o resolución.

Lógicamente, las obligaciones económicas originadas por los principales, generan las correspondientes a los intereses. De acuerdo con diversas sentencias de la Audiencia Nacional, los intereses se computarían desde el momento en que debieron devolverse las cantidades correspondientes, en virtud de la ejecución de la sentencia y no desde la fecha de ingreso por parte del cliente. Este es el criterio que está aplicando la Autoridad Portuaria en las devoluciones que practica en aquellos casos en los que recae sentencia firme. No obstante, desde hace varios años, se han producido sentencias que han afectado a otras autoridades portuarias, donde el criterio que fijan los tribunales a la hora de determinar el cálculo de intereses a devolver establece como inicio del plazo a efectos de cómputo de intereses el de la fecha inicial de pago, tal y como establece la normativa de devolución de ingresos indebidos de naturaleza tributaria. Por otro lado, Puertos del Estado ha remitido diversos informes al respecto, destacando uno emitido por la abogacía del estado, donde se plantea la improcedencia total del abono de intereses, salvo pronunciamiento judicial en incidente de ejecución de sentencia, con independencia de la posibilidad de interposición de posterior recurso por presunto enriquecimiento indebido. La Autoridad Portuaria de A Coruña, de acuerdo con las instrucciones en la materia emitidas y comunicadas en su momento por Puertos del Estado a la totalidad de autoridades portuarias, procede al cálculo de intereses en aquellos casos en los que las sentencias establecen su procedencia.

Al cierre del ejercicio 2009, la entidad procedió a ajustar el saldo contable de la provisión al riesgo total previsto, estimado en 32.419.286,55 euros al 31 de diciembre de 2009 (de los que 19.329.893,44 euros correspondían a principales y el resto a intereses). Dada la naturaleza y períodos en que fueron liquidadas dichas facturaciones, ejercicios comprendidos entre los años 1993 y 2003, resultaba evidente al cierre del ejercicio 2009 que se había dado una información errónea en la cuantificación del neto patrimonial de la entidad al inicio del ejercicio 2008, con la entrada en vigor del nuevo Plan General Contable, debiendo corregirse dicha información, y su actualización de valor, por tanto, a dicha fecha (ascendiendo el importe de error de pasivo existente a 1 de enero de 2008 y registrado en el estado de cambios en el patrimonio neto en las cuentas anuales del ejercicio 2009 a 27.109.604,83 euros). Al cierre del ejercicio 2009, se reconoció la totalidad de la provisión en el pasivo no corriente del balance de situación adjunto, ante la imposibilidad de estimar la cuantía de la provisión que debería ser aplicada en el ejercicio 2010.

En el ejercicio 2010 la entidad ha registrado la actualización financiera de la provisión, con cargo al epígrafe «gastos financieros-por actualización de provisiones», por un importe total de 1.565.442,66 euros (950.000,00 euros en 2009) y se han aplicado 333.477,34 euros correspondientes a sentencias pagadas en el año, situándose el importe de la provisión total constituida al 31 de diciembre de 2010 en 33.651.251,87 euros (ver nota 12), de los que 19.120.888,08 euros se encuentran clasificados en «provisiones a corto plazo» del balance a dicha fecha.

Al 31 de diciembre de 2009 se encontraban pendientes de cobro y reintegro por parte de Puertos del Estado a la Autoridad Portuaria los intereses abonados por ésta en el ejercicio 2007 en cuantía de 990 miles de euros aproximadamente y los 65 miles de euros del ejercicio 2009. De dicho importe, se han recibido en el ejercicio 2010 un total de 583.661,51 euros, que han sido registrados en el epígrafe «ingresos excepcionales» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2010 adjunta, manteniendo de esta forma el criterio de contabilización seguido para los casos análogos existentes en ejercicios anteriores. Las cantidades que adeuda Puertos del Estado a la Autoridad Portuaria de A Coruña en concepto de intereses y sentencias abonadas asciende a la cantidad de 471 miles de euros, aproximadamente, por intereses abonados en ejercicios anteriores, y la cantidad de 334 miles de euros por sentencias ejecutadas en 2010 tanto en materia de principales como de intereses, esperando percibir ambas cantidades en el ejercicio 2011.

En otro orden de cosas, la problemática relativa a la t3 afecta a la totalidad del sistema portuario español de titularidad estatal. El Ente Público Puertos del Estado obtuvo, con cargo al presupuesto de 2005, por medio de una modificación presupuestaria, un suplemento de crédito con cargo al fondo de contingencia de aquel ejercicio, para el abono de intereses de demora derivados de sentencias anulatorias de tarifas en autoridades portuarias, por un importe de 29,3 millones de euros, de los que tras sucesivas aplicaciones efectuadas en ejercicios pasados aún restan en Puertos del Estado, pendientes de aplicar 27,1 millones de euros (incorporando esta cifra los intereses que esta cantidad ha generado en el periodo que está pendiente de aplicación definitiva).

El Consejo de Ministros, celebrado el 16 de abril de 2010, aprobó una modificación presupuestaria por la que se autorizó una aplicación de 90,6 millones de euros del fondo de contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para, a través de Puertos del Estado, abonar principales e intereses de demora derivados de sentencias judiciales firmes anulatorias de liquidaciones por tarifas portuarias practicadas por diversas autoridades portuarias (Málaga, Marín y Ría de Pontevedra, Tarragona, Valencia y Barcelona).

El 20 de abril de 2010, Puertos del Estado comunicó a las Autoridades Portuarias el inicio de la tramitación de un segundo crédito extraordinario con cargo al citado fondo de contingencia para atender al pago del principal más los intereses derivados de aquellas sentencias judiciales anulatorias de las liquidaciones de tarifas portuarias que hayan devenido firmes y ante las que no quepa oponerse por alguna de las vías admitidas en derecho.

El 5 de mayo de 2010, el Ministerio de Fomento solicitó a Puertos del Estado la realización de una valoración de las necesidades que se deberían atender hasta el final del ejercicio 2010 con cargo al fondo de contingencia, entre las que se encontraban las derivadas del abono del principal e intereses de demora por sentencias judiciales firmes anulatorias de liquidaciones por tarifas portuarias. El 18 de mayo, el Presidente de Puertos del Estado solicitó a las Autoridades Portuarias la remisión del importe del principal más los intereses de demora que se estimaba deberían abonarse en el ejercicio 2010 por este concepto, incluyéndose las liquidaciones que, no estando comprendidas en el primer crédito extraordinario ya aprobado, se estimase que sería necesario proceder en el ejercicio 2010 a su devolución, o ésta se hubiese efectuado ya, siendo remitida por la Autoridad Portuaria de A Coruña toda la documentación necesaria.

Mediante acuerdo de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 2010 se aprobó una modificación presupuestaria por 141,1 millones de euros para financiar un segundo bloque de sentencias tarifarias firmes correspondientes a 22 autoridades portuarias. El importe asignado a esta Autoridad Portuaria ascendió a 19.120.888,08 euros, que se desglosa en 12.540.206,01 euros en concepto de principal y 6.580.682,07 euros en concepto de intereses calculados a 30 de junio de 2010.

Siguiendo las indicaciones informativas recibidas de PPEE, esta Autoridad Portuaria ha registrado al cierre del ejercicio 2010 una cuenta a cobrar con PPEE por el importe total asignado a la entidad (19,12 millones de euros), que figura incluida en el epígrafe «clientes y deudores, empresas del grupo y asociadas» del activo corriente del balance adjunto (véanse notas 4-j, 12 y 17). Como contrapartida, el importe correspondiente a principales figura registrado en el epígrafe «ingresos excepcionales» y la parte correspondiente a intereses en el epígrafe «ingresos financieros» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2010.

El 19 de enero de 2011, el presidente de PPEE comunicó a la entidad la resolución de PPEE que establece el procedimiento por el que Puertos del Estado procederá al libramiento de dichos fondos, así como la justificación de la aplicación de los mismos por parte de las autoridades portuarias, que deberán, con carácter previo a la solicitud de los mismos, contar con la aprobación expresa de dicho procedimiento por parte de sus consejos de administración. Las autoridades portuarias presentarán peticiones tanto para pagos a realizar, como para compensar los que por este concepto hubieran anticipado con sus propios recursos. En el presente mes de marzo PPEE ha comunicado la posibilidad de comenzar con las peticiones de disposiciones, para llevar a término el cumplimiento de las sentencias firmes.

Otras provisiones constituidas:

Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, esta provisión recoge todos aquellos probables desembolsos a realizar por la autoridad en un futuro como consecuencia de otros litigios y reclamaciones en curso de diversa índole (véase nota 12).

k) Indemnizaciones por despido:

De acuerdo con la reglamentación laboral vigente, la Autoridad Portuaria está obligada al pago de indemnizaciones a aquellos empleados con los que, bajo ciertas condiciones, rescinde sus relaciones laborales. Las indemnizaciones por despido susceptibles de cuantificación razonable se registran como gasto en el ejercicio en que los administradores deciden efectuarlos y se crea una expectativa válida frente a terceros sobre el despido.

l) Clasificación de las partidas entre corriente y no corriente:

Se consideran activos corrientes aquellos vinculados al ciclo normal de explotación que con carácter general se considera de un año, también aquellos otros activos cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en el corto plazo desde la fecha de cierre del ejercicio, los activos financieros mantenidos para negociar, con la excepción de los derivados financieros cuyo plazo de liquidación sea superior al año y el efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Los activos que no cumplen estos requisitos se califican como no corrientes.

Del mismo modo, son pasivos corrientes los vinculados al ciclo normal de explotación, los pasivos financieros mantenidos para negociar, con la excepción de los derivados financieros cuyo plazo de liquidación sea superior al año y en general todas las obligaciones cuya vencimiento o extinción se producirá en el corto plazo. En caso contrario, se clasifican como no corrientes.

En el caso de que un pasivo no tenga, antes del cierre del ejercicio, un derecho incondicional para la entidad de diferir su liquidación por al menos doce meses a contar desde la fecha del balance, este pasivo se clasifica como corriente.

m) Transacciones con vinculadas:

La Autoridad Portuaria realiza sus operaciones con partes vinculadas a valores de mercado. Asimismo, los precios de transferencia se encuentran adecuadamente soportados, por lo que los administradores consideran que no existen riesgos significativos por este concepto, de los que pudieran derivarse pasivos de importancia en el futuro.

n) Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental:

Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la actividad de la Autoridad Portuaria, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.

La relación entre las actividades del puerto y la gestión ambiental es muy estrecha, de modo que en la planificación de su plan de inversión, con carácter general las inversiones en sistemas, equipos o instalaciones cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente, se presupuestan implícitamente en la mayor parte de los casos en los proyectos y actuaciones previstos para su inmovilizado material, con independencia de que existan inversiones específicas en la materia, de acuerdo con la planificación de objetivos en materia medioambiental.

o) Compromisos para pensiones:

La Autoridad Portuaria tiene asumido el compromiso de complementar las prestaciones de jubilación reconocidas por la seguridad social de los colectivos de empleados activos y pasivos que se integraron el 8 de mayo de 1987 en el régimen general de la seguridad social y que venía percibiendo a través del montepío de previsión social para empleados y obreros de puertos, prestaciones en sustitución de las otorgadas por la seguridad social. Durante el ejercicio 1996, el Ente Público Puertos del Estado decidió externalizar el fondo por los compromisos por pensiones antes descritos, pagando la Autoridad Portuaria de A Coruña en el ejercicio 1997 su participación en la prima única por la póliza de seguros suscrita para la totalidad del sistema portuario español que cubre prácticamente la totalidad del pasivo actuarial derivado de estos compromisos. En estos momentos las variaciones experimentadas son prácticamente residuales, contabilizándose por su naturaleza aquellos gastos que pudieran determinarse al cierre del ejercicio o, en su caso, por la aparición de algún nuevo pasivo, consistente en complemento de pensión de viudedad para el cónyuge, de algún posible jubilado fallecido y que en su momento tuvo el reconocimiento por parte del INSS. Y de la Tesorería General de la Seguridad Social del 100% de la pensión de jubilación que tenía reconocida en el Montepío de Puertos, en el momento de la disolución del mismo por integración en la Seguridad Social.

La entidad tiene asumido con todo el personal activo con una antigüedad superior a 2 años en el sistema portuario el compromiso de realizar una aportación definida para la contingencia de jubilación a un plan de pensiones externalizado. Las cantidades que el puerto aporta a dicho plan en su condición de promotor figuran en la correspondiente cuenta por naturaleza de gastos de personal.

p) Subvenciones, donaciones y legados:

Para la contabilización de las subvenciones, donaciones y legados recibidos el puerto sigue los criterios siguientes:

− Subvenciones, donaciones y legados de capital no reintegrables, así como las concesiones revertidas: se valoran por el valor razonable del importe o el bien concedido, en función de si son de carácter monetario o no, y se imputan a resultados en proporción a la dotación a la amortización efectuada en el periodo para los elementos subvencionados o, en su caso, cuando se produzca su enajenación o corrección valorativa por deterioro, con excepción de las recibidas de socios o propietarios que se registran directamente en los fondos propios y no constituyen ingreso alguno.

− Subvenciones de carácter reintegrable: mientras tienen el carácter de reintegrables se contabilizan como pasivos.

− Subvenciones de explotación: se abonan a resultados en el momento en que se conceden excepto si se destinan a financiar déficit de explotación de ejercicios futuros, en cuyo caso se imputarán en dichos ejercicios. Si se conceden para financiar gastos específicos, la imputación se realizará a medida que se devenguen los gastos financiados.

q) Tarifas por servicios portuarios y tasas por concesiones, autorizaciones y prestaciones de servicios:

Según establece la normativa en vigor, las Autoridades Portuarias exigirán por los servicios portuarios que presten el pago de las correspondientes tarifas. Igualmente, las concesiones y autorizaciones concedidas están sujetas a los correspondientes cánones aprobados.

r) Fondo de compensación interportuario:

De conformidad con el principio de solidaridad entre los Organismos Públicos Portuarios se crea el fondo de compensación interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal, que será administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el Comité de Distribución del Fondo.

Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado realizarán aportaciones al Fondo de Compensación Interportuario conforme a los criterios y límites establecidos en la Ley 48/2003 (modificada por la Ley 33/2010, de 5 de agosto). Dichas aportaciones tendrán la consideración de gasto no reintegrable.

s) Recursos económicos de las autoridades portuarias:

De acuerdo con lo dispuesto en el título I de la Ley 48/2003 (según la redacción introducida por la Ley 33/2010), los recursos económicos de las Autoridades Portuarias estarán integrados por:

– Los productos y rentas de su patrimonio, así como los ingresos procedentes de la enajenación de sus activos.

– Las tasas portuarias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.1.b) de esta ley.

– Los ingresos que tengan el carácter de recursos de derecho privado obtenidos en el ejercicio de sus funciones.

– Las aportaciones recibidas del fondo de compensación interportuario.

– Los que pudieran asignarse en los presupuestos generales del estado o en los de otras administraciones públicas.

– Las ayudas y subvenciones, cualesquiera que sea su procedencia.

– Los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar.

– El producto de la aplicación del régimen sancionador.

– Las donaciones, legados y otras aportaciones de particulares y entidades privadas.

– Cualquier otro que les sea atribuido por el ordenamiento jurídico.

Corresponde a las Autoridades Portuarias la gestión y administración de los recursos relacionados anteriormente, debiendo ajustarse a los objetivos y principios fijados en la Ley 48/2003.

t) Operaciones interrumpidas:

Una operación interrumpida es todo componente de la Autoridad Portuaria que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o bien que ha sido clasificado como mantenido para la venta y, entre otras condiciones, representa una línea de negocio o un área significativa que puede considerarse separada del resto.

Para este tipo de operaciones, la Autoridad Portuaria incluye dentro de la cuenta de pérdidas y ganancias y en una única partida denominada «resultado del ejercicio procedente de las operaciones interrumpidas neto de impuestos», tanto el resultado después de impuestos de las actividades interrumpidas como el resultado después de impuestos reconocido por la valoración a valor razonable menos los costes de venta o bien por la enajenación o de los elementos que constituyen la actividad interrumpida.

Adicionalmente, cuando se clasifican operaciones como interrumpidas, la Autoridad Portuaria presenta en la partida contable mencionada anteriormente el importe del ejercicio precedente correspondiente a las actividades que tengan el carácter de interrumpidas en la fecha de cierre del ejercicio al que corresponden las cuentas anuales.

u) Estado de flujos de efectivo:

En los estados de flujos de efectivo, se utilizan las siguientes expresiones en los siguientes sentidos:

– Flujos de efectivo: Entradas y salidas de dinero en efectivo y de sus equivalentes; entendiendo por éstos las inversiones a corto plazo de gran liquidez y bajo riesgo de alteraciones en su valor.

– Actividades de explotación: Actividades típicas de la entidad, así como otras que no pueden ser calificadas como de inversión o de financiación.

– Actividades de inversión: Las de adquisición, enajenación o disposición por otros medios de activos a largo plazo y otras inversiones no incluidas en el efectivo y sus equivalentes.

– Actividades de financiación: Actividades que producen cambios en el tamaño y composición del patrimonio neto y de los pasivos de carácter financiero.

v) Activos o unidades de explotación o servicio no generadores de flujos de efectivo:

En relación a la obligación de información al respecto establecida en la Orden EHA/733/2010, señalar que la Autoridad Portuaria carece de elementos que se puedan encuadrar en el epígrafe de activos no generadores de efectivo.

5. Inmovilizado intangible:

El movimiento habido durante los ejercicios 2010 y 2009 en las diferentes cuentas de inmovilizado inmaterial y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Ejercicio 2010:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Traspasos

(nota 6)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares

257.921,40

-

135.325,52

393.246,92

Aplicaciones informáticas

1.235.043,27

-

452.129,70

1.687.172,97

Anticipos del inmovilizado inmaterial

521.181,61

188.421,06

(449.954,58)

259.648,09

Total coste

2.014.146,28

188.421,06

137.500,64

2.340.067,98

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares

(242.784,84)

(87.625,59)

-

(330.410,43)

Aplicaciones informáticas

(1.066.192,66)

(304.461,05)

-

(1.370.653,71)

Total amortización acumulada

(1.308.977,50)

(392.086,64)

-

(1.701.064,14)

Total neto

705.168,78

(203.665,58)

137.500,64

639.003,84

Ejercicio 2009:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Traspasos

(nota 6)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares

257.921,40

-

-

257.921,40

Aplicaciones informáticas

1.170.658,46

-

64.384,81

1.235.043,27

Anticipos del inmovilizado inmaterial

450.224,21

131.217,21

(60.259,81)

521.181,61

Total coste

1.878.804,07

131.217,21

4.125,00

2.014.146,28

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares

(237.060,18)

(5.724,66)

-

(242.784,84)

Aplicaciones informáticas

(965.462,95)

(100.729,71)

-

(1.066.192,66)

Total amortización acumulada

(1.202.523,13)

(106.454,37)

-

(1.308.977,50)

Total neto

676.280,94

24.762,84

4.125,00

705.168,78

La partida «concesiones, patentes, licencias, marcas y similares» recoge entre otros los gastos correspondientes al diseño de la imagen corporativa del Puerto de A Coruña y los gastos de escritura, registro, etc. Relacionados con dicha adquisición.

Las principales adiciones se corresponden con herramientas de gestión para diferentes departamentos de la entidad y la parte de aplicaciones correspondiente al centro de control de servicios y emergencias.

El importe de los bienes del inmovilizado intangible totalmente amortizados en explotación al cierre del ejercicio 2010 ascendía a 1.227.014,84 euros (1.060.330,67 euros al 31 de diciembre de 2009), de los cuales 229.298,10 euros corresponden a propiedad industrial y 997.716,74 euros a aplicaciones informáticas.

6. Inmovilizaciones materiales.

Los movimientos habidos durante los ejercicios 2010 y 2009 en las diferentes cuentas del inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas han sido los siguientes:

Ejercicio 2010:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Retiros

Traspasos

(notas 5 y 7)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Terrenos y bienes naturales

23.820.184,71

-

-

-

23.820.184,71

Construcciones

137.603.559,73

-

(71.062,29)

8.838.874,78

146.371.372,22

Maquinaria

4.097.289,91

-

-

69.178,00

4.166.467,91

Otro inmovilizado

5.466.516,38

-

-

866.488,98

6.333.005,36

Inmovilizado en curso

322.207.624,26

160.798.286,80

-

(9.953.711,05)

473.052.200,01

Total

493.195.174,99

160.798.286,80

(71.062,29)

(179.169,29)

653.743.230,21

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Construcciones

(81.236.915,33)

(4.878.439,95)

24.587,05

-

(86.090.768,23)

Maquinaria e instalaciones

(3.697.988,26)

(61.507,17)

-

-

(3.759.495,43)

Otro inmovilizado

(4.102.504,07)

(467.459,83)

-

-

(4.569.963,90)

Total

(89.037.407,66)

(5.407.406,95)

24.587,05

-

(94.420.227,56)

Deterioro

(5.349.292,05)

-

-

-

(5.349.292,05)

Total neto

398.808.475,28

155.390.879,85

(46.475,24)

(179.169,29)

553.973.710,60

Ejercicio 2009:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Retiros

Traspasos

(notas 5 y 7)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Terrenos y bienes naturales

23.890.482,31

-

-

(70.297,60)

23.820.184,71

Construcciones

133.561.935,65

-

-

4.041.624,08

137.603.559,73

Maquinaria

4.365.495,71

-

(277.000,00)

8.794,20

4.097.289,91

Otro inmovilizado

4.967.008,45

-

(150.000,00)

649.507,93

5.466.516,38

Inmovilizado en curso

210.595.287,92

116.316.387,55

-

(4.704.051,21)

322.207.624,26

Total

377.380.210,04

116.316.387,55

(427.000,00)

(74.422,60)

493.195.174,99

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Construcciones

(76.713.791,34)

(4.523.123,99)

-

-

(81.236.915,33)

Maquinaria e instalaciones

(3.779.941,58)

(76.744,67)

158.697,99

-

(3.697.988,26)

Otro inmovilizado

(3.725.325,24)

(411.553,83)

34.375,00

-

(4.102.504,07)

Total

(84.219.058,16)

(5.011.422,49)

193.072,99

-

(89.037.407,66)

Deterioro

(5.349.292,05)

-

-

-

(5.349.292,05)

Total neto

287.811.859,83

111.304.965,06

(233.927,01)

(74.422,60)

398.808.475,28

Las principales adiciones corresponden a la ejecución de las nuevas instalaciones portuarias en punta langosteira y asistencias técnicas y trabajos vinculados a las mismas, así como obras de menor impacto en su cuantía total que se realizan en el puerto interior.

La corrección valorativa por deterioro refleja el reconocimiento de la pérdida de valor de los bienes entregados al uso general. La entidad no ha producido en el ejercicio 2010 ninguna operación relativa al inmovilizado entregado al uso general.

Las inmovilizaciones materiales dadas de baja en 2010 corresponden al retiro de una caseta de turismo, que ha generado una pérdida de 46.475,24 euros recogida en el epígrafe de «deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado» de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.

El detalle del inmovilizado en curso al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es el siguiente:

Euros

2010

2009

Nuevas instalaciones punta langosteira

470.111.749,45

311.968.334,67

Adelantamiento del muelle del este

-

5.900.200,85

A.t. Aplicación obras promovidas. Por la a.p. R.d. 1627/97

204.933,93

188.433,93

Mejora calado muelle del este

-

509.559,36

Ampliación superficie muelle del este

-

459.848,24

Centro control servicios y emergencias

-

513.281,34

Puesto de inspección fronteriza

394.861,86

-

Terminal de pasajeros

197.925,25

-

Otros varios diversos y menores

2.142.729,52

2.667.965,87

Total

473.052.200,01

322.207.624,26

En el ejercicio 2010 se ha realizado el traspaso de inmovilizado en curso a inmovilizado en explotación del adelantamiento del muelle este, por un importe total de 6.184.718,02 euros, además del centro de control servicios y emergencias (716.338,35 euros) y la ampliación de la superficie del muelle del este (761.036 euros), como valores más representativos del total de altas existentes en el ejercicio.

Dentro de «inmovilizado en curso-otros varios diversos y menores» se recoge, fundamentalmente, la realización de diversas obras de menor cuantía así como la contratación de asistencias técnicas para el estudio de futuros nuevos proyectos.

En la cuenta «inmovilizado en curso-nuevas instalaciones Punta Langosteira» se incluyen 3.991.337,61 euros (1.933.461,55 euros al 31 de diciembre de 2009) correspondientes a la incorporación al activo de gastos financieros.

A efectos de financiar parte de los trabajos correspondientes a la construcción de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira, el banco europeo de inversiones, en adelante BEI, concedió a la Autoridad Portuaria una línea de crédito por valor de 130 millones de euros, instrumentalizada en cuatro tramos diferentes, encontrándose dispuesto en su totalidad al 31 de diciembre de 2010 (106,9 millones al 31 de diciembre de 2009).

Además de la financiación concedida por el BEI, la Autoridad Portuaria de A Coruña ha recibido durante el presente ejercicio de tres entidades financieras créditos a corto plazo por un principal de 56,9 millones de euros para hacer frente a la inversión de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira, tras la autorización del Consejo de Administración celebrado el 15 de abril de 2010. Tal y como se ha indicado en notas anteriores (véase nota 4-e), se adoptó esta operación como operación puente necesaria hasta que se reciba el crédito a largo plazo de Puertos del Estado. Se espera la materialización formal de dicho préstamo y los primeros desembolsos en el primer semestre del año 2011, cancelando las deudas a corto plazo con entidades de crédito con parte del mismo, al haber cumplido la finalidad para la que fueron solicitadas, y con la consiguiente clasificación de la deuda a largo plazo como endeudamiento financiero a largo plazo con empresas del grupo.

Asimismo, los bienes que se encuentran en cesión al cierre del ejercicio son el edificio de la Cruz Roja del Mar, la caseta de turismo en el muelle de trasatlánticos y la locomotora de maniobras diésel 72 hp, ubicada en el Museo del Ferrocarril de Monforte de Lemos, como consecuencia de la firma en el ejercicio 2004 de un convenio de cesión por un período de 30 años. En los ejercicios 2010 y 2009 no se ha registrado ninguna operación de esta naturaleza.

El detalle del valor contable de los bienes de inmovilizado material totalmente amortizados en explotación al cierre de los ejercicios 2010 y 2009, es el siguiente:

Ejercicio 2010:

Categoría

Euros

Valor bruto

Valor residual

Construcciones

38.1040.163,72

77.364,28

Maquinaria

3.291.015,92

79.609,30

Otro inmovilizado

3.473.146,21

4.865,26

Total

44.868.325,85

161.838,84

Ejercicio 2009:

Categoría

Euros

Valor bruto

Valor residual

Construcciones

34.485.338,13

77.364,28

Maquinaria

3.260.965,76

79.609,30

Otro inmovilizado

3.305.621,15

4.865,26

Total

41.051.925,04

161.838,84

El detalle de los compromisos de inversión de proyectos en marcha al cierre de los ejercicios 2010 y 2009, es el siguiente:

Años

Euros

2010

2009

2010

-

151.491.732

2011

126.852.059,57

133.400.809

2012

69.640,30

48.000,05

Total

126.921.699,87

284.940.541

Estos importes no incluyen el IVA deducible, y se corresponden en su mayor parte con la construcción de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira y proyectos asociadas a la misma.

La entidad se encuentra actualmente realizando proyectos de inversión con el apoyo de fondos de cohesión de la unión europea:

– En diciembre de 2005, la Comisión Europea aprobó la decisión por la que se conceden fondos de cohesión al proyecto de nuevas instalaciones portuarias en punta langosteira por valor de 257.539.720 euros. Este proyecto contribuye a reducir las disparidades sociales y económicas entre los ciudadanos de la unión.

– Fondos de cohesión 2007-2013, estableciéndose el importe máximo de la ayuda a recibir en 21.372.000 euros.

Los fondos de cohesión recibidos tienen el tratamiento de subvenciones de capital y se contabilizan de acuerdo con los criterios contables expuestos en la nota 4-p.

Por la naturaleza de los bienes que componen el inmovilizado del puerto, se encuentran aseguradas todas las edificaciones de la Autoridad Portuaria, dado que en el resto del inmovilizado la posibilidad de que se produzcan quebrantos de consideración es remota.

7. Inversiones inmobiliarias.

Las inversiones más significativas al 31 de diciembre de 2010 y 2009 incluidas en este epígrafe del balance adjunto son las siguientes:

Ejercicio 2010:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Retiros

Traspasos (nota 6)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Terrenos

26.835.973,39

-

-

-

26.835.973,39

Construcciones

44.188.550,88

480.834,52

(388.205,99)

41.668,65

44.322.848,06

Total

71.024.524,27

480.834,52

(388.205,99)

41.668,65

71.158.821,45

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Construcciones

(16.576.898,11)

(1.219.277,00)

388.205,99

-

(17.407.969,12)

Total

(16.576.898,11)

(1.219.277,00)

388.205,99

-

(17.407.969,12)

Total neto

54.447.626,16

(738.442,38)

-

41.668,65

53.750.852,33

Ejercicio 2009:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Traspasos

(nota 6)

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

Terrenos

26.761.792,21

3.883,58

70.297,60

26.835.973,39

Construcciones

44.125.155,45

63.395,43

-

44.188.550,88

Total

70.886.947,66

67.279,01

70.297,60

71.024.524,27

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Construcciones

(15.339.694,86)

(1.237.248,25)

-

(16.576.898,11)

Total

(15.339.694,86)

(1.237.248,25)

-

(16.576.898,11)

Total neto

55.547.297,80

(1.169.969,24)

70.297,60

54.447.626,16

Las adiciones de inversiones inmobiliarias del 2010 ascendieron a 480.834,52 euros y corresponden a la reversión de concesiones, además del traspaso de inmovilizado material de las mejoras en el edificio de oficinas de la Palloza.

Las inversiones inmobiliarias dadas de baja en 2010 se corresponden con el derribo de dos edificaciones, que se encontraban totalmente amortizadas.

Las inversiones inmobiliarias del puerto consisten exclusivamente en terrenos y edificaciones que tienen por objeto ser destinadas a concesiones administrativas o autorizaciones administrativas, dentro de las distintas tipologías propias de la actividad portuaria.

La superficie aproximada que se encuentra destinada a estas actividades corresponde, aproximadamente, a 416 miles de metros cuadrados de terreno.

Ingresos y gastos relacionados:

En el ejercicio 2010 los ingresos derivados de las tasas que son de aplicación en materia de concesiones administrativas y autorizaciones administrativas, provenientes de los activos catalogados como inversiones inmobiliarias, a tenor de lo indicado y dispuesto en las directrices de aplicación al sistema portuario de titularidad estatal ascendieron a la cantidad de 7.000.411,03 euros (7.350.159,72 euros en el ejercicio 2009) y figuran registrados en la partida «importe neto de la cifra de negocio-tasas portuarias (ocupación privativa y aprovechamiento especial)» de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.

Por otro lado, los gastos de explotación, dada la normativa aplicable a las concesiones y autorizaciones de carácter administrativo, corren a cuenta del concesionario o autorizado. La amortización de los inmuebles que son titularidad de la Autoridad Portuaria y se encuentran explotados en régimen de concesión o autorización administrativa, ascendió en 2010 en su conjunto a la cantidad de 1.219.277,00 euros (1.237.248,25 euros en el ejercicio 2009), (véase nota 7).

8. Arrendamientos.

Al cierre de los ejercicios 2010 y 2009 la Autoridad Portuaria tiene contratadas con los arrendadores las siguientes cuotas de arrendamiento mínimas, de acuerdo con los actuales contratos en vigor, sin tener en cuenta repercusión de gastos comunes, incrementos futuros por IPC, ni actualizaciones futuras de rentas pactadas contractualmente:

Cuotas mínimas

Euros

2010

2009

Menos de un año

112.752,00

112.212,00

Más de un año

108.054,00

219.378,90

Total

220.806,00

331.590, 90

El 16 de diciembre de 2009 se formalizó un nuevo contrato de arrendamiento de los vehículos de la Autoridad Portuaria por un periodo de tres años, coincidiendo con la finalización del acuerdo anteriormente vigente. Durante el ejercicio 2010 no se ha formalizado ningún contrato nuevo de arrendamiento.

9. Activos financieros.

Inversiones financieras a largo plazo e inversiones en empresas del grupo:

El saldo de las cuentas que componen estos epígrafes al cierre de los ejercicios 2010 y 2009 es la siguiente:

Ejercicio 2010:

Clases/categorías

Euros

Instrumentos financieros a largo plazo

Instrumentos de patrimonio

Créditos a empresas del grupo

Créditos a largo plazo al personal

Otros activos financieros

Total

Participaciones en empresas del grupo:

 

 

 

 

 

Coste

266.220,00

-

-

-

266.220,00

Deterioro

(93.602,16)

-

-

-

(93.602,16)

Préstamos y partidas a cobrar-Coste

-

887.868,79

94.178,31

51.507.944,00

52.489.991,10

Deterioro

-

(452.799,19)

-

-

(452.799,19)

Total

172.617,84

435.069,60

94.178,31

51.507.944,00

52.209.809,75

Ejercicio 2009:

Clases/categorías

Euros

Instrumentos financieros a largo plazo

Instrumentos de patrimonio

Créditos a empresas del grupo

Créditos a largo plazo al personal

Otros activos financieros

Total

Participaciones en empresas del grupo

266.220,00

-

-

-

266.220,00

Préstamos y partidas a cobrar:

 

 

 

 

 

Coste

-

887.868,79

96.723,10

1.681.932,06

2.666.523,95

Deterioro

-

(345.693,15)

-

-

(345.693,15)

Total

266.220,00

542.175,64

96.723,10

1.681.932,06

2.587.050,80

Los movimientos durante los ejercicios 2010 y 2009 han sido los siguientes:

Ejercicio 2010:

Clases/categorías

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Traspasos a corto plazo

Saldo final

Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo:

 

 

 

 

Participaciones en empresas del grupo:

 

 

 

 

Coste

266.220,00

-

-

266.220,00

Deterioro

-

(93.602,16)

-

(93.602,16)

Préstamos y partidas a cobrar:

 

 

 

 

Coste

887.868,79

-

-

887.868,79

Deterioro

(345.693,15)

(107.106,04)

-

(452.799,19)

Total

808.395,64

(200.708,20)

-

(607.687,44)

Inversiones financieras a largo plazo:

 

 

 

 

Créditos a terceros:

 

 

 

 

Créditos a l.p. Al personal

96.273,10

20.999,68

(23.544,47)

94.178,31

Adm. Púb., subvenciones oficiales pendientes de cobro a l.p. .

1.681.932,06

50.802.661,94

(976.650,00)

51.507.944,00

Total

1.778.655,16

50.823.661,62

(1.000.194,47)

51.602.122,31

Ejercicio 2009:

Clases/categorías

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Traspasos a corto plazo

Saldo inicial

Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo:

 

 

 

 

Participaciones en empresas del grupo:

 

 

 

 

Coste

266.220,00

-

-

266.220,00

Deterioro:

 

 

 

-

Préstamos y partidas a cobrar:

 

 

 

 

Coste

887.868,79

-

-

887.868,79

Deterioro

(345.693,15)

-

-

(345.693,15)

Total

808.395,64

-

-

808.395,64

Inversiones financieras a largo plazo:

 

 

 

 

Créditos a terceros:

 

 

 

 

Créditos a l.p. Al personal

95.350,47

27.809,78

(26.437,15)

96.273,10

Adm. Púb., subvenciones oficiales pendientes de cobro a l.p.–

976.650,00

705.282,06

-

1.681.932,06

Total

1.072.000,47

733.091,84

(26.437,15)

1.778.655,16

Participaciones en empresas del grupo:

La información más significativa relacionada con las empresas del grupo al cierre de los ejercicios 2010 y 2009 es la siguiente:

Ejercicio 2010:

Denominación

% participación

Euros

Patrimonio neto

Valor en libros

Capital

Reservas

Total

Coste

Deterioro

Sestico

51%

522.000,00

(1.070.963,86)

(548.963,86)

266.220,00

93.602,16

Total

51%

522.000,00

(1.070.963,86)

(548.963,86)

266.220,00

93.602,16

Ejercicio 2009:

Denominación

% participación

Euros

Patrimonio neto

Valor en libros

Capital

Reservas

Total

Coste

Deterioro

Sestico

51%

522.000,00

(1.070.963,86)

(548.963,86)

266.220,00

-

Total

51%

522.000,00

(1.070.963,86)

(548.963,86)

266.220,00

-

El importe incluido en el epígrafe «participaciones en empresas del grupo» corresponde a la participación en el 51% del capital de sociedad estatal de estiba y desestiba del puerto de A Coruña, S.A. (Sestico), sociedad domiciliada en A Coruña cuya actividad consiste fundamentalmente en la cesión de personal para labores de estiba y desestiba a las empresas estibadoras que operan en el puerto de A Coruña. Sus acciones no cotizan en bolsa.

Los datos del patrimonio neto de Sestico que figuran en el cuadro anterior corresponden al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y han sido obtenidos de las cuentas anuales de la sociedad dependiente auditadas por Auditoría y Diagnóstico, S.A. Los fondos propios negativos no suponen que la sociedad este afectada por la obligación de disolución que se contempla en la Ley de sociedades de capital, dado que de acuerdo con la Resolución de 20 de diciembre de 1996 del ICAC, para determinar el patrimonio contable a efectos previstos en los mencionados artículos, habrá de tenerse en cuenta los préstamos participativos recibidos, que en este caso son de 887.868,84 euros, convirtiendo los fondos propios en un valor de 338.904,98 euros.

La Ley 33/2010 establece que las dos figuras de entidades de puesta a disposición de personal estibador que coexisten actualmente (Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba (SEEDS), de las que las Autoridades Portuarias disponían de un 51% de su capital social, y Agrupaciones Portuarias de Interés Económico (APIES), con responsabilidad mancomunada entre sus socios y en las que se integran exclusivamente empresas estibadoras), se adapten o transformen, respectivamente, en sociedades anónimas con la denominación de «Sociedad de Gestión de Estibadores Portuarios, Sociedad Anónima», estableciéndose un único modelo de sociedad de gestión de la puesta a disposición de los trabajadores de estiba. A 31 de diciembre de 2010, la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de A Coruña, S.A. (Sestico), no había realizado dicho proceso de transformación, manteniendo la Autoridad Portuaria la participación del 51% en su capital.

La entidad ha procedido a registrar al cierre del ejercicio 2010 un deterioro de valor de la participación en sestico por importe de 93.602,16 euros, ajustando su valor en libros a la estimación del valor neto de salida de la participación de la Autoridad Portuaria en la sociedad, que se estima tendrá lugar en el próximo ejercicio, en cumplimiento de la citada normativa. El deterioro del ejercicio se encuentra registrado en el epígrafe «deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros» de la cuenta de resultados adjunta.

Créditos a empresas del grupo:

El saldo de este epígrafe corresponde a un préstamo participativo derivado de la refinanciación de un préstamo concedido en 1995 por la Autoridad Portuaria de A Coruña a Sestico para que ésta pudiese hacer frente a los pagos derivados de una inspección tributaria en materia de IVA no repercutido en servicios prestados, correspondiente a periodos en que patrimonio del estado era el titular del 51% del capital de Sestico, el cual posteriormente fue adscrito a la Autoridad Portuaria de A Coruña. Con fecha 29 de mayo de 1997 el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de A Coruña acordó otorgar un préstamo participativo, sometido al R.D.L. 7/1996, de 7 de junio, que determina la posibilidad de que una empresa matriz conceda a una filial, que atraviesa momentos de especial dificultad, un préstamo en las condiciones de flexibilidad y bajo coste, permitiendo a la filial computar esta deuda como mayores recursos propios en los casos establecidos.

El capital de préstamo pendiente de amortización devenga un interés fijo del 0,1% liquidable por anualidades vencidas a partir del 31 de octubre de 1998 en base al acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de 25 de febrero de 1999. La amortización del capital tiene lugar a su vencimiento en el ejercicio 2012.

Al 31 de diciembre de 2010 la Autoridad Portuaria tiene registrado un deterioro de valor de este préstamo participativo por importe de 452.799,19 (345.693,15 euros a 31 de diciembre de 2009), ajustando la valoración al cierre de ejercicio a la estimación del importe recuperable del mismo en el momento de la salida de la Autoridad Portuaria del capital de la sociedad. El deterioro del ejercicio se encuentra registrado en el epígrafe «deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros» de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.

Créditos a largo plazo al personal:

Los créditos a largo plazo al personal que figuran registrados en este epígrafe del balance comprenden tanto los concedidos con la finalidad de compra o reparación de la vivienda habitual, por importe máximo por empleado de 8.000 euros según el acuerdo de empresa de 13 de julio de 2009, devengando un tipo de interés del 4% anual y con un plazo máximo de devolución de 10 años, como los préstamos reintegrables concedidos para atender necesidades urgentes de índole personal o familiar, de una cuantía máxima por empleado de 4.508 euros, no devengando interés alguno y con un plazo máximo de devolución de 36 meses.

Otros activos financieros:

El saldo de este epígrafe corresponde íntegramente con la cuenta a cobrar a largo plazo con las administraciones públicas por subvenciones.

Al 31 de diciembre de 2010 los saldos con administraciones públicas en concepto de subvenciones pendientes de cobro ascendían a un total 53.898.911,51 euros (14.157.990,64 euros en 2009), de los cuales 51.507.944,00 euros se encuentran registrados a largo plazo y 2.390.967,51 euros en el activo corriente.

El saldo registrado a largo plazo corresponde al importe de los fondos de cohesión del programa 2000-2006 pendiente de cobro que supera el 80%, ya que ésta es la cantidad límite del anticipo y de los pagos aprobados por la decisión de la Comisión Europea c5446, de 12 de diciembre de 2005, quedando el 20% restante pendiente de pago hasta la aprobación del informe final por parte de la comisión, con lo que el horizonte temporal es superior a un año.

En el ejercicio 2008 se reclasificó al activo no corriente un importe de 976.650,00 miles de euros, correspondiente al 5% total final de las subvenciones del programa operativo FEDER 2000-2006 y que, de acuerdo con sus normas de funcionamiento, se percibirá a los dos años aproximadamente posteriores al cierre del programa, fijado el 31 de diciembre de 2009. En el ejercicio 2010 se ha procedido a su reclasificación al activo corriente ante la expectativa de la entidad de la recepción de dichos fondos en el ejercicio 2011.

Los importes clasificados en el largo plazo no son objeto de actualización de acuerdo con los criterios derivados de la comunicación de fecha 18 de marzo de 2009 de la IGAE, sobre las directrices de aplicación del nuevo plan general de contabilidad al sistema portuario de titularidad estatal.

El detalle por vencimientos de las partidas que forman parte del epígrafe «inversiones financieras a largo plazo» a 31 de diciembre de 2010 y 2009 es el siguiente:

Ejercicio 2010:

Categoría

Miles de euros

2012

2013

2014

2015

2016 y siguientes

Total

Créditos a largo plazo al personal

20

20

10

10

34

94

Otros activos financieros

51.508

-

-

-

-

51.508

Total

51.528

20

10

10

34

51.602

Ejercicio 2009:

Categoría

Miles de euros

2010

2011

2012

2013

2014 y siguientes

Total

Créditos a largo plazo al personal

32

20

20

10

15

97

Otros activos financieros

-

976

706

-

-

1.682

Total

32

996

726

10

15

1.779

Información sobre naturaleza y nivel de riesgo de los instrumentos financieros:

La Autoridad Portuaria está expuesta a los riesgos de los mercados financieros, como consecuencia de sus negocios ordinarios, la deuda tomada para financiar sus negocios, participaciones en empresas y otros instrumentos financieros relacionados con los puntos anteriores.

La gestión de los riesgos financieros de la Autoridad Portuaria está centralizada en la dirección financiera, la cual tiene establecidos los mecanismos, organización y sistemas que le permiten identificar, medir y controlar los riesgos financieros a los que está expuesto, tales como variaciones en los tipos de interés y tipos de cambio, así como a los riesgos de crédito y liquidez.

A continuación se indican los principales riesgos financieros que impactan en la Autoridad Portuaria:

1. Riesgo de crédito.

El riesgo de crédito se define como la posibilidad de que un tercero no cumpla sus obligaciones contractuales originando con ello pérdidas a la Autoridad Portuaria.

La exposición de la Autoridad Portuaria a este tipo de riesgo es atribuible principalmente a las deudas comerciales por operaciones de tráfico. La mayor parte de las deudas a cobrar no vencidas ni provisionadas tienen un nivel crediticio de alta calidad dada la elevada solvencia de sus principales clientes.

El modelo de gestión del riesgo de crédito comercial de la Autoridad Portuaria se basa en un seguimiento constante de la evolución de los saldos a cobrar y del riesgo asumido en cada momento así como el análisis y valoración de los recursos inmovilizados no rentabilizados, lo que permite tomar decisiones necesarias al respecto.

2. Riesgo de liquidez.

El riesgo de liquidez es el asociado a la capacidad de la Autoridad Portuaria para atender sus compromisos de pago a unos precios de mercado razonables y llevar a cabo sus planes de negocio en un marco de financiación estable.

3. Riesgo de mercado (incluye tipo de interés, tipo de cambio y otros riesgos de precio).

La mayor parte de los excedentes de tesorería y de la deuda financiera de la Autoridad Portuaria están expuestos al riesgo de interés, por estar fijada su retribución a tipo variable, normalmente euribor, al plazo que corresponda.

Efectivo y otros activos líquidos y equivalentes:

El epígrafe «efectivo y otros activos líquidos equivalentes-otros activos líquidos equivalentes» del balance adjunto está constituido por imposiciones bancarias a plazo fijo, que vencen a lo largo del primer trimestre del año siguiente y que forman parte de la política de gestión normal de la tesorería del puerto. Las operaciones financieras, todas ellas efectuadas a corto plazo, devengaron durante el ejercicio 2010 unos ingresos financieros de 1.189.565,01 euros (1.993.678,48 euros en 2009), que figuran registrados en el epígrafe «ingresos financieros-de valores negociables y otros instrumentos financieros» de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.

10. Clientes por ventas y prestaciones de servicios.

El detalle al 31 de diciembre de 2010 y 2009 de las partidas «clientes por ventas y prestaciones de servicios» es el siguiente:

Importes brutos

Euros

2010

2009

Clientes por tasas y cánones

2.927.722,72

2.660.348,46

Clientes por tarifas

2.114.503,72

2.156.921,74

Total

5.042.226,44

4.817.270,20

Durante los ejercicios 2010 y 2009 la Autoridad Portuaria ha registrado las siguientes correcciones por deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales:

Euros

2010

2009

Deterioro al inicio del ejercicio

2.339.062,24

2.712.104,69

Deterioro del ejercicio

75.686,35

60.727,20

Reversión del deterioro

(149.123,06)

(433.769,65)

Deterioro al final del ejercicio

2.265.625,53

2.339.062,24

En el ejercicio 2010 se dieron de baja créditos comerciales incobrables por un importe de 73 miles de euros (356 miles de euros en el ejercicio 2009), recogidos en el epígrafe de «pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales», de la cuenta de pérdidas y ganancias. En este epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias se recoge en el ejercicio 2010, adicionalmente a los movimientos detallados, un importe de 92 miles de euros, correspondientes a la reversión del deterioro correspondiente a clientes clasificados en el epígrafe «clientes y deudores, empresas del grupo y asociadas».

11. Patrimonio neto.

Fondos propios:

Patrimonio inicial y patrimonio Ley 27/1992:

Según se indica en la nota 1, con el inicio de las operaciones de la Autoridad Portuaria de A Coruña el 1 de enero de 1993 se produjo la sucesión en la titularidad del patrimonio del organismo autónomo «Junta del Puerto de La Coruña», quedando subrogada la Autoridad Portuaria en su misma posición en las relaciones jurídicas de las que aquél fuera parte.

Por su parte, el epígrafe patrimonio del balance adjunto incluye el patrimonio Ley 27/1992 que refleja el valor de los elementos adscritos a la Autoridad Portuaria de A Coruña a la fecha de su constitución, en concreto, los bienes de servicios y señales marítimas con las modificaciones posteriores que se menciona en la nota 4-b y la participación de capital público en sociedad estatal de estiba y desestiba del puerto de A Coruña (Sestico S.A.) En el valor que a 31 de diciembre de 1992 pertenecía a Patrimonio del Estado y fue adscrito a la Autoridad Portuaria de A Coruña, procediendo a su integración por puesta en equivalencia, del valor nominal de las acciones del 51% del capital social de la sociedad que en ese momento era de titularidad del Estado a través de la mencionada Dirección General de Patrimonio, del Ministerio de Economía y Hacienda.

Subvenciones, donaciones y legados recibidos:

La información sobre las subvenciones recibidas por la Autoridad Portuaria, las cuales forman parte del patrimonio neto, así como de los resultados imputados a la cuenta de pérdidas y ganancias procedentes de las mismas, durante los ejercicios 2010 y 2009 es la siguiente:

Ejercicio 2010:

Organismo

Euros

Saldo inicial

Aumentos

Traspaso a resultados

Saldo final

Subvenciones

224.502.797,19

53.423.791,14

(903.880,79)

277.022.707,54

Feder m.c.a. 00/06

14.889.391,61

-

(769.119,40)

14.120.272,21

Fondos de cohesión 00/06

206.737.058,06

50.802.661,94

-

257.539.720,00

Subvención Xunta de Galicia

257.576,49

-

(10.303,08)

247.273,41

Ifop

1.286.028,78

-

(48.339,42)

1.237.689,36

Proyecto HADA

811,72

-

(811,72)

 

Fondos de cohesión 07/13

1.331.930,53

2.621.129,20

(75.307,17)

3.877.752,56

Reversión de concesiones

1.514.799,48

480.834,52

(135.594,27)

1.860.039,73

Reversión de concesiones

1.514.799,48

480.834,52

(135.594,27)

1.860.039,73

Total

226.017.596,67

53.904.625,66

(1.039.475,06)

278.882.747,27

Ejercicio 2009:

Organismo

Euros

Saldo inicial

Aumentos

Traspaso a resultados

Saldo final

Subvenciones

147.677.004,30

77.427.575,77

(601.782,88)

224.502.797,19

Feder m.c.a. 00/06

15.410.468,45

(0,02)

(521.076,82)

14.889.391,61

Fondos de cohesión

130.655.091,27

76.081.966,79

-

206.737.058,06

Subvención Xunta de Galicia

267.879,57

-

(10.303,08)

257.576,49

Ifop

1.334.368,19

-

(48.339,38)

1.286.028,81

Proyecto HADA

9.196,82

-

(8.385,13)

811,69

Fondos de cohesión 07/13

-

1.345.609,00

(13.678,47)

1.331.930,53

Reversión de concesiones

1.868.954,11

-

(354.154,63)

1.514.799,48

Reversión de concesiones

1.868.954,11

-

(354.154,63)

1.514.799,48

Total

149.545.958,41

77.427.575,77

(955.937,51)

226.017.596,67

Las adiciones por subvenciones recibidas en 2010 incluyen 50.803 miles de euros (76.081 miles de euros en 2009) correspondientes a los fondos de cohesión concedidos para la financiación de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira. El resto de subvenciones recibidas en 2010 y 2009 corresponden a subvenciones de los programas FEDER y cohesión 07/13 (para la financiación de las obras de construcción de la rampa Ro-Ro, centro de coordinación de seguridad y de emergencias, puesto de inspección fronteriza, terminal de cruceros y la fase II de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira).

Por otra parte, para los elementos de inmovilizado que proceden de la reversión al puerto de concesiones otorgadas en su día a terceros, se ha considerado que su precio de adquisición corresponde a su valor razonable a la fecha de la reversión, de acuerdo con la tasación realizada por perito independiente y se contabilizan como un ingreso de patrimonio neto en el ejercicio en que se produce la reversión y se irán trasladando a resultados en proporción a la dotación de la amortización de dichos elementos. Estos bienes se amortizan linealmente en función de la estimación de la vida útil de los mismos.

El importe pendiente de cobro al 31 de diciembre de 2010 y 2009 por subvenciones, donaciones y legados recibidos se detalla en las notas 9 y 14.

12. Provisiones a largo plazo y corto plazo.

El detalle de las provisiones del balance al cierre de los ejercicios 2010 y 2009, así como los principales movimientos registrados durante dichos ejercicios, son los siguientes:

Provisiones a largo plazo:

Ejercicio 2010:

Categoría

Euros

Saldo inicial

Dotaciones

Aplicaciones

Traspaso a corto plazo

Saldo final

Provisión para impuestos

-

-

-

-

-

Provisión para responsabilidades:

 

 

 

 

 

Provisión para responsabilidades t3

32.419.286,55

1.565.442,66

(333.477,34)

(19.120.888,08)

14.530.363,79

Provisión para responsabilidades por litigios

58.800,80

-

(12.021,00)

-

46.779,80

Total a largo plazo

32.478.087,35

1.565.442,66

(345.498,34)

(19.120.888,08)

14.577.143,59

Ejercicio 2009:

Categoría

Euros

Saldo inicial

Dotaciones

Excesos

Aplicaciones

Saldo final

Provisión para impuestos

15.017,00

-

(14.046,26)

(970,74)

-

Provisión para responsabilidades:

 

 

 

 

 

Provisión para responsabilidades t3

31.534.604,83

950.000,00

-

(65.318,28)

32.419.286,55

Provisión para responsabilidades por litigios

174.500,80

-

-

(115.700,00)

58.800,80

Total a largo plazo

31.724.122,63

950.000,00

(14.046,26)

(181.989,02)

32.478.087,35

Provisiones a corto plazo:

Ejercicio 2010:

 

Euros

Categoría

Saldo inicial

Traspaso de largo plazo

Saldo final

Provisión para responsabilidades:

 

 

 

Provisión para responsabilidades t3

-

19.120.888,08

19.120.888,08

Total a corto plazo

-

19.120.888,08

19.120.888,08

Provisión para impuestos:

La provisión para impuestos recogía el valor de algunos recibos en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles girados por el Ayuntamiento de A Coruña y reclamados por esta Autoridad Portuaria correspondientes fundamentalmente a los ejercicios 1997 a 2000 (véase notas 4-j y 14). Al 31 de diciembre de 2009 se estimó la probabilidad de resolución desfavorable de este litigio para la Autoridad Portuaria como remota y, por tanto, se recuperó en dicha fecha la provisión constituida con abono a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2009.

Provisión para responsabilidades:

La provisión para responsabilidades por litigios tarifarios relativos a la t3 recoge:

– La cobertura de los intereses de demora y de la devolución de las cantidades de los importes de principal de las liquidaciones practicadas que se podrían derivar de las liquidaciones recurridas de la tarifa t-3 al 31 de diciembre del 2010, por facturas correspondientes a tarifas aplicadas hasta 31 de diciembre de 2003, y por liquidaciones practicadas entre los ejercicios 1993 y 2003 ambas inclusive. El posible pasivo máximo en controversia por esta naturaleza, estimado a 31 de diciembre de 2010, asciende a la cantidad total de 33.651.251,87 euros (32.419.286,55 euros a 31 de diciembre de 2009), de los que 19.097.945,10 euros corresponderían a principales y 14.553.286,77 euros a intereses.

– En el ejercicio 2010 la entidad ha registrado la actualización financiera de la provisión, con cargo al epígrafe «gastos financieros-por actualización de provisiones», por un importe total de 1.565.442,66 euros (950.000,00 euros en 2009).

– Durante el ejercicio 2010 se han aplicado 333.477,34 euros correspondientes a los intereses de sentencias pagadas en el año (65.318,28 euros en el ejercicio 2009), correspondiendo 231.928,33 euros a principales y 101.549,01 euros a intereses.

– Se han reclasificado al epígrafe «provisiones a corto plazo» del pasivo corriente balance adjunto 19,12 millones de euros, correspondientes a las obligaciones registradas por la Autoridad Portuaria y que se estima que se podrían liquidar en el próximo ejercicio, una vez recibidos del Ente Público Puertos del Estado los fondos asignados a la entidad procedentes de la modificación presupuestaria aprobada mediante acuerdo de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 2010, por importe total 141,1 millones de euros, para financiar un segundo bloque de sentencias tarifarias firmes correspondientes a 22 autoridades portuarias.

Véase la nota 4-j en la que se detalla el origen de la problemática por litigios tarifarios relativos a la t3, así como el tratamiento relativo a esta provisión realizado por esta entidad.

13. Pasivos financieros.

Pasivos financieros a largo plazo:

El saldo de las cuentas del epígrafe «deudas a largo plazo» al cierre de los ejercicios 2010 y 2009 es el siguiente:

Ejercicio 2010:

Categorías

Euros

Instrumentos financieros a largo plazo

Deudas con entidades de crédito

Fianzas recibidas

Total

Débitos y partidas a pagar

130.000.000,00

-

130.000.000,00

Otros pasivos financieros

-

684.348,34

684.348,34

Total

130.000.000,00

684.348,34

130.684.348,34

Ejercicio 2009:

Categorías

Euros

Instrumentos financieros a largo plazo

Deudas con entidades de crédito

Fianzas recibidas

Total

Débitos y partidas a pagar

106.900.000,00

-

106.900.000,00

Otros pasivos financieros

-

680.503,24

680.503,24

Total

106.900.000,00

680.503,24

107.580.503,24

Deudas con entidades de crédito:

Las deudas con entidades de crédito recogidas en el pasivo no corriente del balance, cuya finalidad es la financiación de las nuevas instalaciones portuarias de Punta Langosteira (véase nota 6), ascienden a 130.000.000 euros al cierre del ejercicio (106.900.000 euros a 31 de diciembre de 2009). En el presente ejercicio se realizaron dos disposiciones una por importe de 3,1 millones de euros correspondiente al tramo c del contrato con el BEI y la otra al tramo d, contrato suscrito en 2010 por importe de 20 millones.

El tipo de interés medio de las deudas a largo plazo con entidades de crédito al 31 de diciembre de 2010 era el 1,54% (1,77% en 2009).

Fianzas recibidas:

El saldo de la partida «otros pasivos financieros», corresponde a fianzas recibidas, siendo la gran mayoría por autorizaciones administrativas a 3 años, con vencimiento que varía según los casos, siendo habitual la extensión de nuevos títulos de autorizaciones administrativa con nueva constitución de fianza o mantenimiento de las mismas sin movimiento material de tesorería. Hay un elevado número de fianzas indefinidas sin fecha prevista de devolución, e incluso fianzas históricas no devueltas por no haber sido solicitadas las mismas. Incluye igualmente un alto número de fianzas de cuantía unitaria entre 6 y 15 euros que corresponden al uso de accesos portuarios sin previsión de cancelación con carácter ordinario. El vencimiento de las fianzas que figuran en el pasivo corriente esta realizado con la mejor estimación posible ya que la mayor parte de las fianzas se corresponden a autorizaciones de locales dedicados a la actividad de pesca, los cuales en su mayor parte se renuevan al vencimiento con lo que la fianza no desaparece del balance de la entidad.

El detalle por vencimientos de las partidas que forman parte del epígrafe «deudas a largo plazo» en los ejercicios 2010 y 2009 es el siguiente:

Ejercicio 2010:

Categoría

Miles de euros

2012

2013

2014

2015

2016 y siguientes

Total

Deudas con entidades de crédito

-

645

2.945

5.345

121.065

130.000

Fianzas

105

120

120

110

229

684

Total

105

765

3.065

5.455

121.294

130.684

Ejercicio 2009:

Categoría

Miles de euros

2010

2011

2012

2013

2014 y siguientes

Total

Deudas con entidades de crédito

-

-

-

645

106.255

106.900

Fianzas

52

95

105

120

309

681

Total

52

95

105

765

106.564

107.581

Pasivos financieros a corto plazo:

El saldo de determinadas cuentas acreedoras con vencimiento en el corto plazo al cierre de los ejercicios 2010 y 2009 es el siguiente:

Ejercicio 2010:

Categoría

Euros

Instrumentos financieros a corto plazo

Deudas a c/p con entidades de crédito

Proveedores de inmovilizado a c/p

Cuentas a cobrar empresas grupo

Otras cuentas a pagar

Total

Préstamos y partidas a pagar

57.120.090,03

12.245.890,83

81.857,95

1.228.508,86

70.676.347,67

Total

57.120.090,03

12.245.890,83

81.857,95

1.228.508,86

70.676.347,67

Ejercicio 2009:

Categoría

Euros

Instrumentos financieros a corto plazo

Deudas a c/p con entidades de crédito

Proveedores de inmovilizado a c/p

Cuentas a cobrar empresas grupo

Otras cuentas a pagar

Total

Préstamos y partidas a pagar

150.493,67

18.456.603,01

-

1.354.428,85

19.961.525,53

Total

150.493,67

18.456.603,01

-

1.354.428,85

19.961.525,53

Deudas con entidades de crédito:

Las deudas con entidades de crédito recogidas en el pasivo corriente del balance, corresponden principalmente a pólizas de crédito contratadas con diversas entidades financieras cuya finalidad es la financiación de las nuevas instalaciones portuarias de Punta Langosteira (véase nota 6). Adicionalmente, se incluyen intereses por importe de 220.090,03 euros (150.493,67 euros en 2009), correspondientes a los intereses financieros devengados pendientes de pago, materializándose los mismos en función de los plazos fijados en sus respectivos contratos.

El coste de las deudas a corto plazo con entidades de crédito en el ejercicio 2010 se situó en el 0,79%.

14. Situación fiscal.

Saldos corrientes con las Administraciones Públicas:

El detalle de saldos corrientes mantenidos con las Administraciones Públicas al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es el siguiente:

Concepto

Miles de euros

2010

2009

Saldo deudor

Saldo acreedor

Saldo deudor

Saldo acreedor

Hacienda pública deudora por IVA.

4.935

-

4.040

-

Hacienda pública deudora por retenciones y pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades

622

-

372

-

Subvenciones pendientes de cobro

 

 

 

-

Fondos de cohesión 07-13 (nota 9)

1.376

-

10.657

-

Fondos FEDER (nota 9)

977

-

1.807

-

Otras subvenciones

38

-

12

-

H.p. IVA soportado certificaciones de obra ejecución material

1.784

-

2.357

-

F. Cohesión, anticipo pendiente de regularización

-

-

-

257

Organismos de la S.S. Acreedores

-

193

-

259

Hacienda pública acreedora por retenciones practicadas

-

139

-

122

Xunta de galicia - canon por abastecimiento de agua

-

-

-

1

Total

9732

332

19.245

639

Impuesto sobre el Valor Añadido:

El importe que refleja el saldo al cierre del ejercicio corresponde a la cantidad pendiente de cobro a dicha fecha como resultado de la liquidación del IVA del ejercicio.

Impuesto sobre sociedades:

De acuerdo con el artículo 9.3.f) del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a las autoridades portuarias les resulta de aplicación a los efectos del impuesto sobre sociedades, el régimen de entidades parcialmente exentas, regulado en el capítulo XV del título VII del citado texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Asimismo, dicho régimen de entidades parcialmente exentas, resultó de aplicación a las Autoridades Portuarias para los ejercicios 2000 y 2001 en virtud del apartado segundo de la disposición final tercera de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en relación al artículo 9.3 f) de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

En términos generales, de acuerdo con dicho régimen están exentas del impuesto las rentas derivadas de la realización de actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica, así como las derivadas de adquisiciones y transmisiones a título lucrativo, siempre que unas y otras se obtengan o realicen en cumplimiento de su objeto social o finalidad específica. Por el contrario, la citada exención no alcanza a los rendimientos derivados de explotaciones económicas.

El impuesto sobre sociedades ha sido calculado en base al resultado económico por la aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, que no necesariamente ha de coincidir con el resultado fiscal, entendido éste como la base imponible del impuesto.

La conciliación del resultado contable de los ejercicios 2010 y 2009 con la base imponible prevista del impuesto sobre sociedades para los mencionados ejercicios resultado de la aplicación del referido régimen de entidades parcialmente exentas es como sigue:

Ejercicio 2010:

Concepto

Miles de euros

Aumentos

Disminuciones

Total

Resultado contable antes de la provisión para el impuesto sobre sociedades

-

-

23.667

Diferencias permanentes derivadas del régimen fiscal de entidades parcialmente exentas

19.954

43.347

(23.393)

Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores

-

-

(273)

Base imponible (resultado fiscal)

 

 

-

Ejercicio 2009:

Concepto

Miles de euros

Aumentos

Disminuciones

Total

Resultado contable antes de la provisión para el impuesto sobre sociedades

-

-

5.674

Diferencias permanentes derivadas del régimen fiscal de entidades parcialmente exentas

18.343

23.868

(5.525)

Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores

-

-

(149)

Base imponible (resultado fiscal)

 

 

-

Las bases imponibles negativas acreditadas por la Autoridad Portuaria de A Coruña pendientes de compensar al 31 de diciembre de 2010, sus correspondientes importes y plazos máximos de compensación son los siguientes:

Ejercicio

Miles de euros

Último año para compensar

Saldo inicial

Compensado en 2010

Pendiente de compensación

2004

748

(273)

475

2019

2005

149

-

149

2010

Total

897

(273)

624

 

De acuerdo con la legislación fiscal vigente, las bases imponibles negativas podrán ser compensadas con las rentas positivas de los períodos impositivos que concluyan en los quince años inmediatos y sucesivos. No obstante, el importe final a compensar por dichas pérdidas fiscales dependerá de las posibles inspecciones por los ejercicios sujetos a comprobación.

En el presente ejercicio el puerto se ha acogido al beneficio fiscal relativo a la deducción para incentivar la realización de determinadas actividades (gastos de formación profesional) prevista en la normativa del impuesto sobre sociedades por importe de 370,07 euros (1.128,01 euros en 2009), la cual no puede aplicar al no existir cuota íntegra suficiente. Dicha deducción se podrá aplicar en los diez años siguientes.

Al 31 de diciembre de 2010, el puerto tiene deducciones pendientes de aplicar por importe de 11.000 euros (9.600 euros en 2009), aproximadamente, que no han podido aplicarse en el presente ejercicio por no existir cuota que las absorba, por lo cual podrán ser aplicadas en ejercicios futuros, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos. Las deducciones pendientes de aplicación a 31 de diciembre de 2010 se desglosan de la siguiente manera:

Ejercicio

Miles de euros

Deducciones pendientes

Último año para aplicar

2004

0,2

2014

2005

0,7

2015

2006

4,2

2016

2007

2,7

2017

2008

1,8

2018

2009

1,1

2019

2010

0,3

2020

Total

11,0

 

El resultado de la liquidación del impuesto de sociedades para el ejercicio 2010 supone la devolución de las retenciones practicadas, por importe de 249,44 miles de euros.

Otros impuestos:

Respecto al impuesto sobre bienes inmuebles, las liquidaciones de IBI practicadas por el ayuntamiento son satisfechas, con carácter general, en cada ejercicio, al entender su procedencia de acuerdo con los términos de la legislación vigente en la materia (véanse notas 4-j y 12).

No obstante, en el ejercicio 2008 el ayuntamiento giró por primera vez el IBI al Puerto de A Coruña de acuerdo con su consideración como bien inmueble de características especiales, aplicando los criterios determinados por el Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de A Coruña en la ponencia especial de valores aprobada en fecha 20 de diciembre de 2007. Idénticos criterios se han aplicado en el ibi de los ejercicios 2009 y 2010.

Al no estar de acuerdo ni con los parámetros de valoración aprobados en la citada ponencia, ni tampoco con los datos específicos considerados por la Gerencia Territorial del Catastro a la hora de aprobar las notificaciones individuales de los valores catastrales correspondientes a lo distintos inmuebles en aplicación de la señalada ponencia, la Autoridad Portuaria ha procedido a impugnar ambos actos administrativos.

En cualquier caso, y en aras a simplificar los procesos de reclamación correspondientes, la Autoridad Portuaria ha procedido al pago de la totalidad de liquidaciones giradas por el citado concepto, tanto en los ejercicios 2008 y 2009 como en 2010, siendo el pago motivo de garantía en los procesos, de tal modo que en caso de obtener resoluciones favorables en los distintos recursos o reclamaciones iniciados se solicitará en su momento la devolución de ingresos indebidos correspondiente.

Igualmente indicar que se están llevando a cabo en paralelo trabajos con la Gerencia Territorial del Catastro a fin de clarificar la totalidad de los datos existentes en las bases de datos catastrales correspondientes a los bienes de la Autoridad Portuaria, así como de proceder a la actualización de los mismos, con plena identificación de los bienes inmuebles y detallando la naturaleza específica en la que se han de catalogar las distintas superficies de terreno portuario que se encuentren incluidas en las distintas referencias catastrales, para poder determinar claramente la superficie total que corresponda en cada caso a viales, zonas de depósito, muelles, jardines, vías de uso público, zonas concesionadas, etc.

Subvenciones pendientes de cobro:

El saldo de esta partida corresponde principalmente a subvenciones de fondos FEDER y fondos de cohesión, pendientes de cobro a fecha 31 de diciembre de 2010 (véanse notas 9 y 11).

Ejercicios pendientes de comprobación y actuaciones inspectoras:

Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Al cierre del ejercicio 2010 la Autoridad Portuaria tiene abiertos a inspección los ejercicios 2006 y siguientes del impuesto sobre sociedades y demás impuestos que le son de aplicación en los que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la finalización del plazo de presentación de las respectiva declaración.

Los gestores de la Autoridad Portuaria consideran que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo que, aun en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento fiscal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían de manera significativa a las cuentas anuales adjuntas.

15. Garantías comprometidas con terceros y otros pasivos contingentes.

La Autoridad Portuaria asumió en los contratos de crédito formalizados con el Banco Europeo de inversiones para la financiación de la construcción de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira, los compromisos de ejecución e información que se establecen en el clausulado correspondiente. Dichos compromisos y garantías lo son fundamentalmente en materia de construcción de un centro de interpretación que ponga en valor las excavaciones arqueológicas realizadas en Castro Cociñadoiro y difusión de la riqueza medioambiental y de avifauna de la zona, así como en materia de información completa de los procesos de liberación de suelos en el puerto interior, a cuyo efecto la Autoridad Portuaria dispone de una oficina tecnológica de información con contenido específico e integral del proyecto de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira, dentro de su portal web, accesible desde su página de inicio en su dominio www.puertocoruna.com.

Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Autoridad Portuaria de A Coruña se encuentra incursa en las reclamaciones contra la facturación por tarifa t-3 (tal como se describe en la nota 4-j).

Existen otros litigios de menor entidad o que por su naturaleza no tienen garantías comprometidas. En los casos en que pueda haber cierta incidencia económica se ha dotado la correspondiente provisión para responsabilidades (véanse notas 4-j y 12).

16. Ingresos y gastos.

Cifra de negocios:

Todos los ingresos se han producido en territorio nacional.

La distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondiente a las actividades ordinarias del puerto es la siguiente:

Euros

2010

2009

Tasas portuarias:

 

 

Por utilización privativa del dominio portuario

5.114.320,76

5.116.235,80

Por utilización especial de las instalaciones portuarias

13.621.836,91

13.729.675,20

Por aprovechamiento especial del dominio público portuario

1.886.090,27

2.233.923,92

Por servicios no comerciales

139.874,37

132.780,55

 

20.762.122,31

21.212.615,47

Otros ingresos de negocio:

 

 

Tarifas por servicios comerciales

201.659,91

267.536,10

Tarifas por servicios portuarios básicos

1.402,72

53.237,66

Tarifas por no utilización del servicio de recepción de buques

325.512,84

218.631,90

Canon por utilización de líneas ferroviarias y estaciones

28.429,80

64.625,25

Otros ingresos

18.106,83

9.810,43

 

575.112,10

613.841,34

Total

21.337.234,41

21.826.456,81

Gastos de personal:

La Autoridad Portuaria de A Coruña ha dado cumplimiento a lo dispuesto en materia del plan de normalización estabilidad y ajuste, en estos gastos por naturaleza, con la reducción establecida en sus partidas presupuestarias aprobadas, con la modificación a la baja de dicho presupuesto inicialmente aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, con el consiguiente cumplimiento tanto normativo como de instrucciones recibidas a través de PPEE.

La composición de este epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias de los ejercicios 2010 y 2009 adjunta es la siguiente:

Euros

2010

2009

Sueldos y salarios

5.034.461,47

5.012.203,30

Indemnizaciones

7.633,09

41.835,57

Seguridad Social a cargo de la empresa

1.522.475,18

1.587.422,82

Otros gastos de personal

203.522,80

191.294,29

Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones

68.310,70

65.527,21

Formación del personal

37.007,08

55.144,22

Otros gastos de acción social

33.036,80

33.787,30

Total

6.906.447,12

6.987.214,71

El número medio de personas empleadas detallado por categorías, es el siguiente:

Categorías

N.º de personas

2010

2009

Alta dirección

2

2

Personal técnico y mandos intermedios

37

36

Personal administrativo

41

45

Otro personal

97

93

Total

177

176

Asimismo, la distribución por sexos al término de los mencionados ejercicios, detallado por categorías, es el siguiente:

Categorías

N.º de personas

2010

2009

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Alta dirección

2

-

2

-

Personal técnico y mandos intermedios

22

16

21

15

Personal administrativo

32

10

36

8

Otro personal

76

19

74

21

Total

132

45

133

44

Otros gastos de explotación:

La Autoridad Portuaria de A Coruña ha dado cumplimiento a lo dispuesto en materia del plan de normalización estabilidad y ajuste, en estos gastos por naturaleza, con la reducción establecida en sus partidas presupuestarias aprobadas, con la modificación a la baja de dicho presupuesto inicialmente aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, con el consiguiente cumplimiento tanto normativo como de instrucciones recibidas a través de PPEE.

La composición del saldo del epígrafe «servicios exteriores» de la cuenta de pérdidas y ganancias de los ejercicios 2010 y 2009 adjunta es la siguiente:

Descripción

Euros

2010

2009

Arrendamientos y cánones

118.980,33

138.077,83

Reparaciones y conservación

676.563,26

569.991,81

Servicios de profesionales independientes

295.529,16

320.085,04

Trasportes

5.860,83

11.159,97

Primas de seguros

66.344,86

68.497,12

Servicios bancarios y similares

1.200,96

1.271,34

Publicidad, propaganda y relaciones públicas

405.245,74

409.094,25

Suministros

439.345,77

456.123,71

Limpieza zona portuaria y edificaciones

807.480,53

873.224,08

Otros servicios

322.846,45

315.798,32

Total

3.139.397,89

3.163.323,47

El epígrafe «servicios exteriores» recoge los gastos de sostenimiento del inmovilizado y consumos ordinarios derivados de la gestión de la entidad en valores absolutos casi análogos al ejercicio anterior.

Dentro del epígrafe «otros gastos de gestión corriente» se incluyen gastos en concepto de subvenciones, donaciones y legados, con el siguiente detalle en los ejercicios 2010 y 2009:

Descripción

Euros

2010

2009

Orquesta sinfónica de Galicia

35.735,00

35.000,00

Instituto de Estudios Marítimos y Portuarios

12.000,00

12.000,00

Consorcio de Turismo y Congresos de A Coruña

15.000,00

15.000,00

Cámara de Comercio de A Coruña

16.240,00

6.960,00

Cáritas

500,00

3.000,00

Otros

-

500,00

Total

79.475,00

72.460,00

Igualmente la entidad ha dado cumplimiento a lo dispuesto en materia del plan de normalización estabilidad y ajuste, en estos gastos por naturaleza, con la reducción establecida en sus partidas presupuestarias aprobadas, con la modificación a la baja de dicho presupuesto inicialmente aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, con el consiguiente cumplimiento tanto normativo como de instrucciones recibidas a través de PPEE.

17. Operaciones y saldos con partes vinculadas.

Operaciones con vinculadas:

El desglose de los saldos mantenidos con partes vinculadas al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es el siguiente:

Descripción

Euros

2010

2009

Deudores

Acreedores

Deudores

Acreedores

Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba de A Coruña, S.A. (Sestico)

979.740,58

-

979.642,49

-

Organismo Público Puertos del Estado

19.120.888,08

12.773,00

-

-

A.p. Vigo

13.556,17

-

-

-

A.p. Villagarcia

2.374,92

-

-

-

En el saldo correspondiente a Sestico se incluye el préstamo participativo a largo plazo por importe de 887.868,79 euros (véase nota 9).

El saldo deudor correspondiente de PPEE corresponde a la asignación de fondos a la Autoridad Portuaria para el pago de intereses y principales de litigios tarifarios (véase nota 4-j).

El detalle de transacciones con partes vinculadas es el siguiente:

Descripción

Euros

2010

2009

Deudores

Acreedores

Deudores

Acreedores

Sestico, S.A.

 

 

 

 

Prestación de servicios

31.772,71

-

27.853,57

-

Intereses préstamo participativo

300,50

-

1.181,60

-

Organismo Público Puertos del Estado

 

 

 

 

Gestión ordinaria

-

72.021,44

-

52.830,50

Fondo compensación aportado

-

730.000,00

-

947.000,00

Fondo compensación recibido

971.000,00

 

743.000,00

-

Tasas art. 11.1 b, Ley 48/2003

-

848.504,62

-

899.704,73

Fondos litigios tarifarios (notas 4-j y 12)

19.704.550,39

-

-

-

Autoridades portuarias-

 

 

 

 

A.p. Bilbao

-

-

116,00

-

A.p. Marín-pontevedra

-

-

50,00

-

A.p. Vigo

13.556,17

-

-

-

A.p. Villagarcía

2.374,92

-

-

-

18. Retribuciones al Consejo de Administración y a la alta dirección.

Durante el ejercicio 2010 las remuneraciones por asistencia a consejos a los miembros del Consejo de Administración que no tienen relación laboral con la Autoridad Portuaria han sido 100 miles de euros (110 miles de euros en 2009), aproximadamente.

La Alta Dirección, Presidente y Director de la Autoridad Portuaria no ha percibido remuneración alguna por este concepto en los ejercicios 2010 y 2009.

La Alta Dirección de la Autoridad Portuaria que son o han sido miembros del Consejo de Administración durante 2010, percibieron en concepto de sueldos y salarios, 169 miles de euros aproximadamente. Los gastos incurridos por la Alta Dirección en viajes y misiones oficiales en el desempeño de su función ascendieron a 20 miles de euros. La mayor parte de los viajes y misiones han tenido su finalidad en las acciones encaminadas a la comercialización para la puesta en funcionamiento de la dársena de Punta Langosteira o puerto exterior de A Coruña para captar tráficos y operadores vinculados a los sectores de graneles líquidos y sólidos. En el ejercicio 2009 las cantidades correspondientes a ambos conceptos ascendieron a 180 miles de euros en materia de sueldos y salarios y 31 miles de euros aproximadamente en viajes y misiones oficiales de la entidad.

Adicionalmente, se han satisfecho de acuerdo con lo dispuesto en el convenio suscrito con la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado 11.759 de euros en cada uno de los ejercicios 2010 y 2009 a la Abogacía del Estado por asesoría jurídica a las reuniones del Consejo de Administración, no teniendo consideración de dieta por asistencia a Consejo de Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el texto del convenio suscrito con fecha 12 de enero de 2007, de asistencia jurídica entre la Administración del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de A Coruña, que de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula octava sustituye al suscrito en su momento en fecha 19 de octubre de 1993.

No se han concedido créditos a los miembros del consejo, ni existen obligaciones en materia de pensiones y de seguros de vida respecto a los mismos, existiendo un seguro de responsabilidad civil para responder de los actos de los miembros del Consejo de Administración en el ejercicio de su cargo.

El número de personas que integran el Consejo de Administración al cierre del ejercicio 2010 es de 15 (23 al cierre del ejercicio 2010), que se distribuyen por sexos en 1 mujer y 14 hombres (2 mujeres y 21 hombres al cierre del ejercicio 2009), esta modificación se debe a la aprobación de la nueva Ley 33/2010.

19. Información sobre actividades medioambientales.

El establecimiento del desarrollo sostenible como marco de la gestión económica en los puertos de titularidad estatal, ha sido asumido por la Autoridad Portuaria de A Coruña como uno de sus objetivos estratégicos más relevantes.

El actual plan estratégico del puerto de A Coruña, elaborado por la Autoridad Portuaria para el período 2009-2013 contempla tres líneas estratégicas.

De ellas, el crecimiento sostenible, es una línea estratégica transversal que abarca la totalidad de la actividad de la Autoridad Portuaria y se contempla en la totalidad de los objetivos estratégicos a perseguir, envolviendo a las otras dos líneas estratégicas, «mejorar el servicio a nuestros clientes» y «desarrollar el puerto industrial y logístico».

Las distintas unidades de negocio establecidas en el enfoque de gestión de la Autoridad Portuaria han incorporado los principios de disminución en el uso de los recursos, control y reducción en la generación de residuos y ahorro energético como parte de la política ambiental implantada. La inclusión del crecimiento sostenible en la definición de la misión de la Autoridad Portuaria de A Coruña, puesta ya de manifiesto en el desarrollo del iii foro de grandes clientes celebrado en el ejercicio 2008 y la creación de la dirección de sostenibilidad y control de gestión dentro de su organigrama funcional, son exponente de la deliberada apuesta de la Autoridad Portuaria por la protección de los entornos ambientales y sociales del puerto de A Coruña y coherente con el plan estratégico puesto en macha.

Como se ha indicado, las áreas organizativas de la Autoridad Portuaria y los agentes portuarios implicados han integrado en la gestión ordinaria aquellos aspectos ambientales consecuencia de cada actividad: el seguimiento y control diario de posibles emisiones y vertidos procedentes de los tráficos de graneles sólidos y líquidos, la mejora en la gestión de residuos pesqueros y portuarios, la adecuada implementación de las exigencias del convenio MARPOL 73/78 en las escalas de cruceros, graneleros, petroleros, etc., el control del tráfico de mercancías peligrosas, los ejercicios periódicos sobre contingencias y otras iniciativas similares no pretenden sino hacer sostenibles las operaciones comerciales e industriales desarrolladas en el recinto portuario.

Se mantiene, como línea de gestión el incentivar que la manipulación de mercancías (principalmente tráfico de graneles) se efectúe con métodos que reduzcan o en su caso eviten cualquier tipo de afección al medio atmosférico. Este hecho se materializa potenciando importantes inversiones del sector privado tramitando concesiones orientadas al tratamiento operativo en circuitos cerrados. Igualmente se incide en los parámetros y operativas de gestión a través de la correspondiente actualización de procesos y normas en las actividades de carga y descarga, especialmente en materia de mercancía de graneles sólidos.

La Autoridad Portuaria dispone de un sistema de gestión ambiental certificado conforme a la norma ISO 14001:2004; asimismo, se ha redactado un código de conducta ambiental basado en el principio de autorregulación del código de política ambiental de la Organización Europea de Puertos Marítimos (ESPO), cuyo objetivo es establecer los principios que han de regir la conducta ambiental en el puerto de A Coruña y con el que se pretende dar una herramienta a todos y cada uno de los trabajadores, operadores de servicios, usuarios de servicios e instalaciones, titulares de concesiones y autorizaciones o a personas que realicen cualquier actividad económica en la zona de servicio del puerto de A Coruña, para que asuman la protección del medio ambiente como parte de la cultura portuaria, se ha constituido un «foro ambiental» para establecer un marco de diálogo abierto entre el puerto y sus distintos grupos de interés que permita trasmitir al puerto las inquietudes de la sociedad sobre su actividad y, a su vez, trasmitir a la sociedad la forma de proceder en materia ambiental del puerto, y se ha desarrollado un cuadro de mando ambiental (CMA) (http://cma.puertocoruna.com) que pone a disposición del público toda la información ambiental disponible en el puerto.

La complejidad de la gestión ambiental del puerto obliga a la Autoridad Portuaria a disponer de diversos planes orientados a cada vector ambiental;

– En 2010 se ha alcanzado una tasa de valorización de los residuos generados como consecuencia de la actividad portuaria del 63%,

– Se continuó con el plan de control y seguimiento de vertidos, en colaboración con aguas de galicia,

– Se siguieron los trabajos del plan de vigilancia ambiental del puerto exterior (Punta Langosteira),

– Se mejoraron las funcionalidades del cuadro de mando ambiental (http://cma.puertocoruna.com)

– Se efectuó un análisis de niveles sonoros en el entorno del puerto y,

– Se diseño el «índice sintético de sostenibilidad portuaria» junto con el Instituto Universitario de Estudios Marítimos, de la Universidad de A Coruña, para analizar la capacidad de la Autoridad Portuaria de mantener la continuidad, en el largo plazo, de las actividades humanas en sus aspectos económicos, sociales, institucionales y ambientales.

Como ya se indicó y puso de manifiesto en la nota 4 punto n), la relación entre la actividad de la Autoridad Portuaria y la gestión ambiental es muy estrecha, de modo que en la planificación de su plan de inversión, con carácter general las inversiones en sistemas, equipos o instalaciones cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente, se presupuestan implícitamente en la mayor parte de los casos en los proyectos y actuaciones previstos para su inmovilizado material, con independencia de que existan inversiones específicas en la materia, de acuerdo con la planificación de objetivos en materia medioambiental.

En el ámbito de la ecoeficiencia, en el servicio de señales marítimas que tiene adscrito, es habitual la utilización de paneles solares para el funcionamiento de las mismas. También se puso en marcha, con el IDAE, y dentro del «Plan de Activación de la Eficiencia Energética en los Edificios de la Administración General del Estado», la realización de los diagnósticos energéticos de los edificios institucional y de la lonja, y gracias a una subvención del INEGA, la modificación del alumbrado público de la dársena de Oza.

Como se ha citado, la construcción de las nuevas instalaciones portuarias en Punta Langosteira cuenta con un programa propio y específico de acciones de vigilancia y control medioambiental.

No existen litigios en curso ni se han producido indemnizaciones en el ejercicio derivadas de responsabilidades de índole medioambiental.

Indicar que en lo referente a potenciales riesgos medioambientales, la Autoridad Portuaria se beneficia del seguro suscrito por Puertos del Estado para la mayoría de las Autoridades Portuarias donde se contempla una cobertura de la responsabilidad civil por contaminación accidental, por una cuantía total de 6 millones de euros. Independientemente de lo anterior, y en paralelo a la implantación del sistema de gestión ambiental, la Autoridad Portuaria procederá, mediante un sistema normalizado, a la evaluación de los riesgos ambientales de sus actividades.

También en el ejercicio 2009, la Autoridad Portuaria de A Coruña llevó a cabo por segunda vez la elaboración y edición de su memoria de sostenibilidad, consecuentemente con los términos en los que se redacta su misión y el compromiso con el crecimiento sostenible, y manteniendo la certificación de la aplicación de nivel a+, gri-checked, según la guía g3 de gri, máxima calificación posible en la materia.

En el ejercicio 2011 se procederá a la realización de la correspondiente memoria de sostenibilidad del año 2010, dentro de las acciones del plan director de responsabilidad empresarial de la Autoridad Portuaria.

Este hecho hace que la información específica, detallada y pormenorizada en materia de medio ambiente se recoge y expone en dicha memoria, a cuyo contenido para mayor información se remite el contenido de esta nota.

El detalle de los activos medioambientales al cierre del ejercicio 2010 es el siguiente:

Euros

Saldo inicial

Adiciones o (dotaciones)

Saldo final

Coste:

 

 

 

Lavador graneles en ruedas y laterales vehículos

53.224,67

-

53.224,67

Barrera flotante de contención y compensador de mareas

49.841,00

-

49.841,00

Estaciones de diagnóstico ambiental

161.538,26

-

161.538,26

Balsa para limpieza ruedas camiones

25.853,45

-

25.853,45

Recuperador hidrocarburos de discos

25.159,00

-

25.159,00

Estación metereológica y equip. Necesarios

18.270,98

-

18.270,98

Panel visualizador datos estación metereológica

15.000,00

-

15.000,00

Equipos necesarios para estación metereológica

11.084,00

-

11.084,00

Cabina, analizador partículas bam 1020 y sistema adquisición datos

28.300,25

-

28.300,25

Otros

37.044,73

45.389,40

82.434,13

Total

425.316,34

45.389,40

470.705,74

Amortización acumulada:

 

 

 

Lavador graneles en ruedas y laterales vehículos

(32.001,71)

(10.655,88)

(42.657,59)

Barrera flotante de contención y compensador de mareas

(19.022,60)

(763,11)

(19.785,71)

Estaciones de diagnóstico ambiental

(161.538,26)

-

(161.538,26)

Balsa para limpieza ruedas camiones

(25.853,45)

-

(25.853,45)

Recuperador hidrocarburos de discos

(10.063,65)

(5.031,79)

(15.095,44)

Estación metereológica y equip

(18.270,98)

-

(18.270,98)

Panel visualizador datos estación metereológica

(6.575,00)

(3.000,00)

(9.575,00)

Equipos necesarios para estación metereológica

(5.554,27)

(931,55)

(6.485,82)

Cabina, analizador partículas bam 1020 y sistema adquisición datos

(7.924,06)

(5.660,04)

(13.584,10)

Otros

(17.505,88)

(28.622,12)

(46.128,00)

Total

(304.309,86)

(54.664,49)

(358.974,35)

Total neto

121.006,48

(9.275,09)

111.731,39

A continuación se detallan los gastos de naturaleza medioambiental incurridos en los ejercicios 2010 y 2009:

Concepto

Euros

2010

2009

Reparaciones y conservación

89.002,02

106.005,97

Servicios de profesionales independientes

46.176,94

4.400,00

Otros servicios exteriores

823.317,39

898.363,83

Otros gastos

3.504,00

30.337,00

Total

962.000,35

1.039.106,80

20. Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera. «deber de información» de la Ley 15/2010, de 5 de julio.

En relación a la información requerida por la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, para estas primeras cuentas anuales formuladas tras la entrada en vigor de la ley, al 31 de diciembre de 2010 un importe de 65 miles de euros del saldo pendiente de pago a los proveedores acumulaba un aplazamiento superior al plazo legal de pago. Este saldo se debe a adquisiciones en las que se han puesto de manifiesto incidencias en la recepción del material o servicio correspondiente, estando pendiente al cierre de ejercicio la rectificación correspondiente por el proveedor.

Este saldo hace referencia a los proveedores que por su naturaleza son acreedores comerciales por deudas con suministradores de bienes y servicios, de modo que incluye los datos relativos a «proveedores» y «acreedores» incluidos en el epígrafe «acreedores y otras cuentas a pagar» del pasivo corriente del balance de situación.

21. Hechos posteriores al cierre.

El 5 de enero de 2011 se ha recibido el informe provisional de la auditoría de cumplimiento y operativa de la Intervención General de la Administración del Estado, que tras las alegaciones presentadas por la entidad se elevó a definitivo el 31 de enero de 2011.

A la fecha de formulación de las presentes cuentas anuales, la Autoridad Portuaria había manifestado su decisión expresa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 33/2010, de salir del capital de la sociedad estatal de estiba y desestiba del Puerto de A Coruña, adoptando la totalidad de decisiones que conlleven a su salida efectiva en el menor plazo de tiempo, con pleno cumplimiento de la normativa vigente que es de aplicación, registrando en el ejercicio 2010 la mejor estimación del valor de sus activos en la sociedad en la valoración prevista en el momento de su salida efectiva.

Autoridad Portuaria de A Coruña

Informe de gestión correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2010

Resultados económicos:

La Autoridad Portuaria de A Coruña presenta un resultado de 23,6 millones de euros contra los 5,6 millones del ejercicio anterior, este gran incremento en el resultado se debe a que siguiendo las indicaciones recibidas de PPEE, esta Autoridad Portuaria ha registrado al cierre del ejercicio 2010 un ingreso de 19,12 millones de euros.

Dentro del resultado económico señalar que la cifra de negocio prácticamente se ha situado en los niveles del año anterior.

En lo referente a los gastos durante el ejercicio 2010 la Autoridad Portuaria de A Coruña ha seguido con su esfuerzo de contención de gasto corriente, intentando optimizar el mismo, sin perjuicio de la eficacia o la eficiencia y con plena integración en las políticas a desarrollar en el escenario del sector público, y en el Puerto de A Coruña, con especial énfasis ante las necesidades de generación de recursos para la financiación de las nuevas instalaciones portuarias en punta langosteira, muestra de ello es el descenso del 7% de los otros gastos de explotación. Los gastos del personal del 2010 se han mantenido en los importes del año 2010.

La Autoridad Portuaria de A Coruña, de acuerdo con las instrucciones recibidas a través del Organismo Público Puertos del Estado, ha dado cumplimiento en el ejercicio 2010 al plan de austeridad establecido por el Gobierno del Estado, adaptando al mismo igualmente sus previsiones presupuestarias para los ejercicios 2011 al 2013, ambos inclusive.

Resultados operativos:

En el aspecto operativo, el tráfico portuario del ejercicio ascendió a 12.265.267 de toneladas con un incremento de casi el 3% con respecto al año 2010, porcentaje muy similar a la media del sistema portuario que se sitúa en torno al 4%, esperando que esta tendencia se confirme en el ejercicio 2011 con la recuperación de tráficos y operaciones portuarias.

Destacando el aumento de un 11% de los graneles líquidos con respecto al ejercicio anterior pasando de 6,8 toneladas a 7,6, asi como el incremento registrado en los volúmenes de pesca descargada, si bien en este caso con un registro de menor valoración en primera venta en el conjunto de las especies descargadas.

Riesgos:

Los puertos, para poder incrementar los tráficos portuarios y mejorar el servicio a sus clientes, necesitan hacer frente a grandes inversiones, toda inversión está sometida a diversos riesgos desde el punto de vista financiero, económico, legal, etc. En el caso particular de la Autoridad Portuaria de A Coruña, debido a la gran inversión que está realizando en la construcción del Puerto Exterior en Langosteira este es principal riesgo al que tendrá que hacer frente en los próximos años. En el ejercicio 2010 se ha iniciado un ambicios plan de comercialización de dicha dársena, comenzando las gestiones de captación de nuevos tráficos y operadores fundamentalmente en los sectores correspondientes a graneles sólidos y líquidos

La política de la Autoridad Portuaria respecto a la gestión de los riesgos financieros se describe adecuadamente en la nota 9 de la memoria de las cuentas anuales adjunta.

Acontecimientos relevantes:

A lo largo del ejercicio 2010 se ha aprobado le nueva Ley de Puertos, la Ley 33/2010 que sustituye a la 48/2003

Durante el ejercicio se ha producido el relevo en la Dirección de la Autoridad Portuaria de A Coruña, don Enrique Maciñeira Alonso presentó su renuncia en el Consejo de 17 de noviembre de 2010, nombrándose en su lugar a don Juan Diego Pérez Freire en el Consejo de Administración celebrado el 24 de noviembre de 2010.

En el ejercicio 2011 como viene siendo habitual en los últimos ejercicios se procederá a la realización de la memoria de sostenibilidad correspondiente al ejercicio 2010 como tercer ejercicio en que se edita (en en las dos anteriores editadas correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009 se obtuvo la certificación de la aplicación de nivel a+, gri-checked, según la guía g3 de gri, máxima calificación posible en la materia) y en la que se exponen un gran número de indicadores económicos que completan lo expuesto en este informe de gestión.

Por lo que respecta a la operativa portuaria, el puerto realizará también la memoria comercial correspondiente al ejercicio y que expone de forma más detallada esta información.

Con la información que se incluye en ambos documentos se da amplia cobertura tanto a la información correspondiente a lo que ha sido la gestión del ejercicio 2010 de la entidad, como a la cobertura y desarrollo del plan estratégico actualmente en desarrollo, donde los tres ejes estratégicos que son, la orientación al cliente, la creación de las nuevas instalaciones portuarias y el eje transversal a todos los objetivos de la Autoridad Portuaria que es el eje estratégico, la sostenibilidad.

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