Mediante Orden TIN/469/2011, de 24 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo) se convocaron pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral, en la categoría de Médicos de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, modificada posteriormente por la Orden TIN/669/2011, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de marzo) por la que se corrigen errores de la misma.
La Base 1.6 de la citada Orden, establece que la duración máxima del proceso selectivo será de seis meses.
No obstante lo anterior, y considerando que el mes de agosto, al ser un mes eminentemente vacacional, puede dificultar la normal continuidad del proceso, así como el cumplimiento de los plazos de resolución del mismo,
Este Ministerio en uso de las facultades que le están conferidas resuelve:
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de los plazos de resolución previstos en el proceso selectivo convocado por Orden TIN/469/2011, de 24 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo), para proveer plazas de personal laboral en la categoría de Médicos de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina.
Madrid, 14 de julio de 2011.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), la Subdirectora General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, Soledad López Larrío.
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