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Documento BOE-A-2011-12345

Orden EDU/2002/2011, de 4 de julio, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, se modifica la Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre, sobre integración en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2011, páginas 79524 a 79524 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-12345

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 4 de enero de 2008), a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, se integran en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño a los funcionarios de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño que tienen reconocida la condición de Catedrático en sus respectivos cuerpos.

Vista la propuesta de corrección de omisiones, formulada por la citada Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Integrar en el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, y, por lo tanto, incorporar al anexo I de la Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre, a don Jaime Ampudia Matellan, con D.N.I. 007787249, N.R.P. 0778724913 A0511, y situación administrativa de excedente.

Segundo.

Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de julio de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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