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Documento BOE-A-2011-11757

Resolución de 14 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER "Construcción de edificios contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura".

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2011, páginas 73022 a 73034 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-11757

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de diciembre de 2010 se ha suscrito un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER. («Construcción de edificios contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura»).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría de Estado dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de junio de 2011.–El Secretario de Estado de Investigación, Felipe Pétriz Calvo.

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER. («Construcción de edificios contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura»)

En Madrid, a 29 de diciembre de 2010

REUNIDOS

De una parte, la Señora doña Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

De otra parte la Señora doña María Dolores Aguilar Seco, Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, nombrada para dicho cargo por Decreto del Presidente 19/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario núm. 6, de 2 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario núm. 6, de 2 de julio), por el que se modifica la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a tenor de la Resolución de 2 de agosto de 2007, del Presidente de la Junta de Extremadura, por la que se delega en el titular de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con la Administración General del Estado y que suscriban los Ministros, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, autorizada para la suscripción del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 17 de diciembre de 2010.

Y, de otra parte, el Señor don J. Francisco Duque Carrillo, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, cargo para el que fue nombrado en virtud del Decreto 109/2007, de 22 de mayo, en representación de la misma y en el ejercicio de las funciones que tiene conferidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 93.h) del Decreto 65/2003 de 8 de mayo (BOE del 23 de mayo de 2006) por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura.

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto.

EXPONEN

Primero.–Que de acuerdo al Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y al Reglamento (CE) número 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo, los criterios de selección de las operaciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, se establecen en los correspondientes Comités de Seguimiento de los Programas Operativos aprobados por Decisión de la Comisión Europea.

Segundo.–Que según se establece en los criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento, aprobado por Decisión de la Comisión Europea C/2007/5927 de 28 de noviembre, la selección de proyectos de infraestructuras científicas se realizará a través de convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las Administraciones Públicas Autonómicas correspondientes, identificados como prioritarios por parte de las Comunidades Autónomas y que permitan evitar duplicidades y carencias a escala estatal.

Tercero.–Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso.

Cuarto.–Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución. De forma específica, según el Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, junto con las orientaciones de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

Quinto.–Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura promover la investigación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 7.1.16 del Estatuto de Autonomía. En concreto a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación y en virtud del Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifican la denominación, el número, y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se le atribuyen las competencias en materia de política tecnológica e investigación. En particular, esta Consejería tiene como una de sus prioridades la difusión y transferencia de tecnología y la mejora de la cultura de la I+D+I y viene realizando actuaciones en este ámbito.

Sexto.–Que la Universidad de Extremadura reconoce como uno de sus fines primordiales el fomento y la práctica de la investigación básica y aplicada y, a tal efecto, asume las funciones de custodia, estímulo y garantía de esa actividad, según determina el artículo 148 de sus Estatutos.

Séptimo.–Que la Universidad de Extremadura, en la ejecución de este proyecto, se someterá a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Octavo.–Que el Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, gestiona fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinados a financiar actuaciones dirigidas a favorecer el desarrollo regional a través de la investigación.

Noveno.–Que el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Junta de Extremadura, han analizado los proyectos de infraestructuras científicas que responden a las necesidades de desarrollo económico de la región y consideran que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER aquellos con mayor capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

Por todo ello, las partes acuerdan celebrar el presente convenio que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es la selección de proyectos de Infraestructuras Científicas que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER por responder a las necesidades de desarrollo económico de la región y tener capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

También es objeto del presente convenio el establecimiento de las obligaciones y derechos del organismo beneficiario de los fondos FEDER aplicados para la ejecución de los proyectos seleccionados.

Segunda. Proyecto seleccionado.

El proyecto de Infraestructuras que se llevará a cabo es el señalado en el Anexo I: «Construcción de los Edificios Contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los Campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura».

Tercera. Presupuesto, Financiación y compromisos de las partes.

1. El Ministerio de Ciencia e Innovación se compromete a que el proyecto seleccionado sean cofinanciado por FEDER con fondos asignados a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, en concreto con cargo a la categoría de gasto 02, del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento, en una cuantía del 70% del importe del gasto total elegible de las actuaciones presupuestadas en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones que ascienden a 21.763.786,00 euros; por tanto, la aportación del FEDER será de 15.234.650,20 euros.

2. Con el fin de garantizar la ejecución del proyecto y evitar la posible pérdida de recursos del Estado Español en aplicación del artículo 93 del Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, el Ministerio de Ciencia e Innovación anticipará a la Universidad de Extremadura, el importe correspondiente a la cofinanciación del FEDER. Asimismo, concederá un préstamo a favor de dicho organismo por el importe necesario para completar el 100% del coste total elegible del proyecto. Tanto el anticipo cómo el préstamo se realizarán en un solo pago. El pago del anticipo, por importe de 15.234.650,2 euros se realizará en 2010, con cargo a la partida presupuestaria 21.04.463B.823. El pago del préstamo, por importe 6.529.135,8 euros se realizará en 2011 con cargo a la partida presupuestaria 21.04.463B.823, o su equivalente en los Presupuestos Generales del Estado de 2011.

3. La Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura aportará la cofinanciación nacional (30% del coste total elegible) a través de los mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico, que incluyen el cumplimiento por parte de la Universidad de Extremadura de los requisitos legales para ser beneficiaria. El pago de la citada financiación al beneficiario se efectuará durante el período de devolución del préstamo en su tramo de cofinanciación nacional previa justificación de los gastos realizados y con el límite de la cuota anual correspondiente según la tabla de amortizaciones del anexo II.

4. La Universidad de Extremadura, en su condición de beneficiario, tendrá la obligación de justificar a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i los gastos elegibles realizados en la ejecución de los proyectos, cumpliendo la normativa comunitaria que regula los Fondos Estructurales y, en particular, el FEDER y las instrucciones que, en aplicación de dicha normativa, establezcan la Comisión Europea, la propia Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i así como la Autoridad de Gestión y el Comité de Seguimiento del Programa Operativo.

Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación FEDER(MICINN)

Aportación nacional (Junta de Extremadura)

Construcción de Edificios Contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los Campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura.

21.763.786,00

70% a través de la categoría 02 del Programa Operativo FEDER 2007-2013, de Economía basada en el conocimiento.

30% Convenio (ver cláusulas 3.3 y 5.1).

Total

21.763.786,00

15.234.650,20

6.529.135,80

Cuarta. Sujeción a la normativa FEDER.

Los gastos que se justifiquen a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i estarán incluidos entre los considerados elegibles por la normativa europea para los fondos FEDER. Asimismo, tendrán que responder por la totalidad del gasto elegible y atenerse a todo lo dispuesto en dicha normativa.

El apoyo a esta actuación será compatible con los de otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la actuación subvencionada, ni la cofinanciación FEDER supere el 70% del total y se respete la normativa comunitaria en esta materia. Se deberá comunicar a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, en su caso, tanto el importe de las mencionadas ayudas como el origen de las mismas.

Quinta. Amortización del préstamo y del anticipo reembolsable.

La Universidad de Extremadura devolverá al Ministerio de Ciencia e Innovación el préstamo concedido (6.529.135,80 euros) y el FEDER compensará el anticipo correspondiente a cofinanciación comunitaria (15.234.650,20 euros).

1. Devolución préstamo concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación (6.529.135,80 euros): el plazo de amortización será de diez años, mediante reembolsos anuales, sin periodo de carencia, según el cuadro de amortización que figura como anexo II. El tipo de interés será del 1,22%, correspondiente al euribor a 1 año de abril de 2010, publicado en el BOE de 4 de mayo de 2010.

2. Devolución aportación FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación (15.234.650,20 euros): El libramiento de la ayuda proveniente del FEDER se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo reembolsable. Si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del transcurso de dos años contados desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto indicado en la cláusula octava.

La Universidad de Extremadura, al encontrarse sujeta al régimen presupuestario público, deberá registrar un ingreso por el importe del anticipo recibido, aplicado al capítulo 9 «Pasivos financieros» de su presupuesto.

Cuando se reciban los fondos del FEDER, la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i informará a la Universidad de Extremadura de esta circunstancia, de modo que podrán reconocer la subvención recibida de la Unión Europea, mediante un ingreso en el concepto que corresponda en el artículo 79 «Transferencias de capital del exterior», lo que a su vez, permitirá la formalización de la cancelación de la deuda que quedó registrada en el momento del anticipo de fondos por parte del Estado, mediante el correspondiente pago en el capítulo 9 de su presupuesto de gastos, en principio, en la política 46 (esta cancelación debe corresponderse en el tiempo con la del crédito en la entidad que concedió el anticipo).

Sexta. Seguimiento y evaluación.

Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo establecido en este Convenio se constituirá, una Comisión de Seguimiento integrada por dos personas designadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación, dos designadas por la Consejería de Economía, Comercio e Innovación, y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, una designada por la Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las personas designadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación, serán nombradas por la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i. La presidencia de la Comisión corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, sin voto de calidad.

Esta Comisión realizará el seguimiento de las actuaciones del Convenio y resolverá las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las Cláusulas del mismo. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo solicite alguno de sus miembros.

Séptima. Entrada en vigor, duración y resolución del Convenio.

El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia finalizará cuando se haya cumplido totalmente las obligaciones de las partes.

Serán causas de su resolución, las siguientes:

a) El acuerdo expreso y escrito de las partes.

b) El incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las prescripciones contenidas en este Convenio, lo que se comunicará por aquella que la invoque a las restantes de manera fehaciente, previa audiencia de las mismas y con un mes de antelación.

c) La denuncia escrita formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.

Si el incumplimiento fuera imputable al Organismo beneficiario o fuera éste el que formulara la denuncia, deberá devolver el importe no invertido con los intereses de demora correspondientes al importe no invertido por el tiempo que haya estado a su disposición, tanto de la cantidad anticipada como del préstamo, en los términos que determine la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i sin perjuicio del tratamiento que, respecto al destino de los fondos de la Unión Europea, establezca la normativa comunitaria.

En cuanto a la forma en la que habrán de concluirse los proyectos, se actuará de acuerdo con las normas específicas reguladoras del FEDER y los Fondos Estructurales.

Octava. Plazo de ejecución de los proyectos.

Los proyectos identificados en el anexo I, deberán finalizar su ejecución antes del 31 de diciembre de 2012. Este plazo podrá ser prorrogado por el Ministerio de Ciencia e innovación a solicitud razonada del Organismo beneficiario.

Novena. Publicidad de las actuaciones.

Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del Ministerio de Ciencia e Innovación y de la Junta de Extremadura en todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que cofinancian las actuaciones.

Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.

Este Convenio es de carácter administrativo, de los contemplados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios en él contenidos para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio de colaboración serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en la Comisión prevista en la cláusula sexta de este Convenio. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas en la forma prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En prueba de conformidad, las Partes firman el presente Convenio por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados

En Madrid, a 29 de diciembre de 2010.–Por el Ministerio de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación.–Por la Junta de Extremadura, Presidente de la Junta de Extremadura, P.A., María Dolores Aguilar Seco (Resolución de 2 de agosto de 2007), Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación.–Por la Universidad de Extremadura, J. Francisco Duque Carrillo, Rector Magnifico de la Universidad de Extremadura.

Anexo I al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la selección y ejecución de proyectos de Infraestructuras Científicas cofinanciadas por el FEDER («Construcción de Edificios Contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los Campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura»).

Introducción

La Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT) es el instrumento vertebrador e integrador de los grandes principios que han de regir las políticas y programas en investigación e innovación y contempla las principales líneas de acción necesarias para apostar por la investigación y la innovación, como elementos fundamentales en el impulso de la productividad. El primero de sus objetivos es situar a España en la vanguardia del conocimiento» mediante el aumento de los recursos humanos» destinados a la I+D, el respaldo y promoción de los grupos de investigación consolidados, dotando de mayores recursos a las organizaciones científicas de excelencia y poniendo en marcha las infraestructuras necesarias para el desarrollo de ciencia de vanguardia. Todos estos principios desembocan en un objetivo más complejo, como consecuencia de los agentes implicados, como es la promoción de un tejido empresarial altamente competitivo, para lo que se propone el apoyo a las organizaciones de soporte a la innovación.

Objetivos generales

La creación de los Institutos de Investigación como órganos de excelencia en investigación dentro de la región de Extremadura permitiría dotar a la misma de unas estructuras de conexión entre la Universidad y el sector productivo por una parte, y por otra, de acuerdo con los objetivos del Plan Nacional de I+D +I 2008-2011, (i) incrementar los niveles de generación de conocimiento, (ii) aplicar criterios de excelencia científica y oportunidad para las actividades de I+D, (iii) potenciar la formación e incorporación de nuevos investigadores, tecnólogos y gestores así como el resto de personas dedicadas a I+D con el objetivo de aumentar su número y cualificación. El cumplimiento de los objetivos anteriores redundaría en un mejor posicionamiento de Extremadura en la vanguardia del conocimiento. La creación de estos centros de investigación incidirá, sin duda, en un aumento de la competitividad del sistema y en la capacidad del mismo para el acceso a los fondos.

Por otra parte, la creación de estos Institutos se encontrará enmarcada en las prioridades estratégicas establecidas para la consecución de los objetivos dentro del Programa Operativo FEDER de Extremadura 2007-2013. Así pues, la implantación de estas nuevas entidades irá vertebrada por las siguientes áreas:

– TIC y nuevas tecnologías.

– Agroalimentación.

– Biomedicina.

– Energía renovables.

– Recursos naturales.

A su vez estas áreas se corresponden con aquellas que la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Extremadura ha señalado como prioritarias en el desarrollo de sus actividades, lo que sin duda debe redundar en un impulso aún mayor al proyecto que aquí se presenta.

La Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT) es el instrumento vertebrador e integrador de los grandes principios que han de regir las políticas y programas en investigación e innovación y contempla las principales líneas de acción necesarias para apostar por la ecuación y la innovación, como elementos fundamentales en el impulso de la productividad. El primero de sus objetivos es «Situar a España en la vanguardia del conocimiento» mediante el aumento de los recursos humanos destinados a la I+D, el respaldo y promoción de los grupos de investigación consolidados, dotando de mayores recursos a las organizaciones científicas de excelencia y poniendo en marcha las infraestructuras necesarias para el desarrollo de ciencia de vanguardia. Todos estos principios desembocan en un objetivo más complejo, como consecuencia de los agentes implicados, como es la promoción de un tejido empresarial altamente competitivo, para lo que se propone el apoyo a las organizaciones de soporte a la innovación.

En este contexto es el que se desarrolla el presente proyecto, ya que mediante esta propuesta la Universidad de Extremadura y el Sistema de I+D+i extremeño pretende impulsar la puesta en marcha de los Institutos Universitarios de Investigación, figura inexistente hasta estos momentos en la región. Para Extremadura seguir renunciando a ellos parece desde todo punto de vista insostenible, ya que esta figura, como se reconoce en los modelos de triple hélice, se antoja como primordial para la coherencia del sistema y como punto de contacto entre los entornos emprendedores (universidades, OPIS, etc.) y los entornos innovadores (empresas). En el caso de Extremadura la falta de contacto entre ambos entornos no se reduce a la inexistencia de estos institutos, sino que la situación se ve agravada por la carencia de otros entes básicos en el proceso de transferencia de los resultados de la investigación como son los Parques Científicos y Tecnológicos.

Objetivos específicos

El objetivo fundamental de este Convenio es la construcción de dos edificios (Cáceres y Badajoz) para la ubicación de los Institutos Universitarios de investigación de la Universidad de Extremadura. El edificio de Cáceres tendrá capacidad para cinco unidades y el de Badajoz para ocho. La superficie total a construir sería de 15.512 m2, correspondiendo 8.831 m2 a Badajoz y 6.681 m2 a Cáceres.

La creación de estos Institutos de Investigación como órganos de excelencia en investigación dentro de la región de Extremadura permitiría dotar a la misma de unas estructuras de conexión entre la Universidad y el sector productivo por una parte, y por otra, de acuerdo con los objetivos del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011, así como incrementar los niveles de generación de conocimiento, potenciando la formación e incorporación de nuevos investigadores, tecnólogos y gestores. El cumplimiento de estos objetivos redundará en un mejor posicionamiento de Extremadura en la vanguardia del conocimiento. La creación de estos centros de investigación incidirá, sin duda, en un aumento de la competitividad del sistema.

Cada uno de los edificios estará constituido por tres alturas. En la primera altura se situaría el área de gestión del centro, zona de incubadora de empresas spin-off universitarias, salón de grado, sala de reprografía, sala de recepción y espera, la zona de gestión administrativa y cafetería. Igualmente deberá existir, al menos, capacidad para un instituto de investigación en el caso de Cáceres y dos en el de Badajoz. La segunda y la tercera planta estarán dedicadas a los distintos institutos, debiendo existir en el caso de Badajoz capacidad al menos para dos por planta y en el caso de Cáceres uno por planta. Asimismo existirá en cada una de estas plantas una serie de zonas comunes para los distintos institutos.

Las áreas planteadas para la implantación de los Institutos Universitarios de Investigación de la Universidad de Extremadura supondrán un valor añadido a diferentes niveles, ya que podrán ser determinantes en los siguientes aspectos:

– Aumentar y mejorar la masa crítica en campos prioritarios en el Programa Operativo FEDER de Extremadura 2008-2013.

– Ocupar el vacío que actualmente existen en Extremadura en Centros de Excelencia, aumentando el apoyo a los grupos consolidados de la Universidad de Extremadura, principales beneficiarios de esta acción.

– Aumentar la competitividad de los grupos de investigación consolidados, esperando que estos actúen de tractores del sistema.

– Permitir una mayor colaboración de los grupos de investigación con el sector productivo, como señalan los modelos de triple hélice.

– Asegurar en gran medida el éxito de los institutos al corresponderse sus líneas de investigación con las áreas prioritarias del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.

– Asimismo, existen aspectos específicos que vienen determinados por las características propias de las distintas áreas objeto de este proyecto:

– TIC y nuevas tecnologías.

– Agroalimentación.

– Biomedicina.

– Energías renovables.

– Recursos naturales.

– Geológicos.

– Edáficos.

– Hídricos.

– Vegetales.

– Faunísticos.

Objetivos científicos

La innovación constituye la prioridad central de la aplicación de la Estrategia de Lisboa. También, para la Junta de Extremadura, la innovación constituye una de las apuestas más firmes para elevar los niveles de competitividad regional en los próximos años y, en consecuencia, para favorecer la convergencia de la región. De hecho el III Plan regional de I+D+i pretende profundizar en los resultados conseguidos por los anteriores, para lograr un salto cuantitativo y cualitativo, que permita situar al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad como motor del progreso y del desarrollo socioeconómico de la región.

TIC y nuevas tecnologías

Extremadura ha sido una de las regiones pioneras en la aplicación de las políticas para el desarrollo de la sociedad de la información propuestas por la Comisión Europea, eEurope, convirtiendo en un modelo de referencia internacional las medidas relacionadas con la inclusión, la innovación, la política de emprendedores o las telecomunicaciones.

Durante el período operativo que comprende hasta 2006, las actuaciones emprendidas por la Junta de Extremadura han estado encaminadas a asegurar, por una parte, un conjunto de infraestructuras tecnológicas básicas para garantizar la conectividad del conjunto del territorio en banda ancha y, por otra, a poner en marcha una serie de medidas con un marcado carácter social que persiguen la incorporación de todos los sectores sociales y económicos de la región a la sociedad de la información, siendo fundamentales las acciones destinadas a la inclusión de los ciudadanos, al fomento de empresas de base tecnológica o el profundo cambio que se está llevando a cabo en el sistema educativo, incorporando todas las ventajas de las TIC para mejorar la calidad del mismo.

Todas estas medidas han conseguido sentar en Extremadura las bases de un modelo de desarrollo basado en el conocimiento, caracterizado y conocido fuera de las fronteras de la región por la sostenibilidad e independencia de ese modelo, a través del desarrollo, uso y promoción de tecnologías libres.

Extremadura también ha reforzado en este período de tiempo su capital humano, ampliando el número de titulaciones ofertadas en su Universidad, y en especial en lo que se refiere a las titulaciones de carácter tecnológico de las que casi carecía. De esta forma, contamos ahora con investigadores sobradamente formados para acceder a un nivel superior de presencia en los programas nacionales y europeos de I+D en las áreas de TIC y Nuevas Tecnologías.

Sin embargo, la situación general de Extremadura en I+D sigue distando mucho de los niveles medios del conjunto de España. Los diagnósticos sobre la situación general de Extremadura en I+D dejan patente la necesidad de seguir incrementando el esfuerzo en algunos indicadores de la I+D, como el gasto total o el personal en I+D por ocupado.

Por eso, hay una fuerte implicación de las administraciones públicas de Extremadura para:

– Desarrollar el capital humano en el ámbito de la investigación y la innovación.

– Aumentar el número de investigadores y tecnólogos del Sistema Global de I+D+i.

– Facilitar la formación continua y el reciclaje del personal investigador en el uso de las NTICs.

– Fomentar la integración de los grupos de investigación en redes interdisciplinares de I+D+i.

– Incrementar la investigación industrial y precompetitiva relacionada con nuevos procesos y productos, asegurando el incremento continuo de los procesos de desarrollo tecnológico en las empresas.

En el ámbito específico de las TIC, se cuenta con suficientes áreas de investigación como para lograr una masa crítica que justifique la existencia de un instituto específico que contribuya a alcanzar los tres objetivos básicos del vigente III Plan Regional de I+D+I: avance en la articulación del sistema, crecimiento de la dimensión y mejora de la calidad del sistema de Ciencia y Tecnología de Extremadura.

Agroalimentación

La propuesta de desarrollo agroalimentario podría concretarse de Institutos Universitarios asociados a las siguientes áreas:

A) Alimentación.

Los objetivos prioritarios de este Centro serían los siguientes:

– Diseño y optimización de nuevas tecnologías aplicadas a la elaboración de alimentos e ingredientes alimentarios que permitan mantener o mejorar sus características organolépticas, nutricionales y funcionales.

– Evaluación del efecto sobre la salud del consumo de alimentos funcionales (prevención de enfermedades, biodisponibilidad, etc.).

– Desarrollo de nuevos sistemas de envasado que permitan prolongar vida útil, facilitar el uso y asegurar la calidad del producto.

– Desarrollo y mejora de técnicas para la determinación del origen, trazabilidad y autenticidad de las materias primas e ingredientes alimentarios.

– Desarrollo de nuevos sistemas de proceso y control industrial en la elaboración de alimentos.

B) Agricultura y ganadería.

Los objetivos prioritarios de este centro serían los siguientes:

– Manejo y uso eficiente del agua en los diferentes cultivos.

– Mejora genética y molecular de caracteres de interés para las producciones agrarias.

– Identificación de agentes causantes de daños en la producción agraria y desarrollo de sistemas de control más eficientes y respetuosos con el medioambiente.

– Desarrollo de métodos de diagnósticos rápidos y fiables que posibiliten el tratamiento, control y prevención de enfermedades en animales.

Biomedicina

La finalidad de los Institutos en Biomedicina es desarrollar y aplicar la investigación biomédica de calidad en la Comunidad Autónoma.

La principal característica diferencial es su dedicación al estudio multidisciplinar de las enfermedades de alto impacto sanitario y social en la población, con especial atención a la traslación de los conocimientos básicos a la clínica y de ésta al sector productivo y a la sociedad.

Esta iniciativa tiene una vocación integradora y vertebradora de la investigación básica, clínica y traslacional en Extremadura, con el fin de determinar la influencia de factores medioambientales como etiología de las enfermedades dentro del entorno y contribuir así a mejorar la calidad de vida y la salud de sus ciudadanos.

Los objetivos específicos perseguidos pueden agruparse en los siguientes apartados:

– Sustentar la investigación biomédica de calidad mediante la nucleación y optimización de los recursos humanos, técnicos y metodológicos.

– Intensificar la investigación clínica y traslacional en la Comunidad Autónoma, y facilitar el intercambio de conocimientos entre la investigación básica, clínica y aplicada.

– Proporcionar y optimizar tecnología biomédica innovadora y ser una herramienta para la actualización técnica y científica del personal sanitario de Extremadura.

– Potenciar la participación activa y la implicación de entidades privadas y de empresas del ámbito sanitario en la financiación de la investigación biomédica en Extremadura.

Energías renovables

El consumo de energía por habitante da idea del desarrollo de una región o un país, de tal forma que el desarrollo de la humanidad ha estado condicionado por la disponibilidad de energía. Es cierto que la explosión demográfica del último siglo ha sido posible por el desarrollo tecnológico para obtener grandes cantidades de energía en forma de combustibles fósiles y fisionables.

El desarrollo industrial de una región pasa inexcusablemente por incrementar su consumo energético. Esto, unido a su posible crecimiento demográfico, pasa por disponer de un sistema energético sostenible contrario al actual, ya que los combustibles fósiles y/o fisionables se agotarán en un tiempo más o menos corto y que antes de su agotamiento sea necesario disminuir el consumo debido al impacto medioambiental que provocan.

Para ello es necesario disminuir la intensidad energética aumentando la eficiencia en el uso de la energía y dar mayor participación a las energías renovables, sin que esto de lugar a un excesivo incremento en los costos energéticos. Respecto a las energías renovables también es importante tener en cuenta la fluctuación y falta de predicción en el suministro.

Presupuesto edificio Badajoz:

Concepto

Descripción

Importe

Euros

Redacción proyecto y dirección de obra

 

537.787,00

Caracterización del suelo

 

30.000,00

Excavación y movimiento de tierras

 

706.480,00

Demolición

 

88.310,00

Estructura

 

1.942.820,00

Cubierta

 

618.170,00

Cerramientos

 

1.854.510,00

Divisiones interiores

 

1.942.820,00

Instalaciones eléctricas

 

400.000,00

Instalaciones de saneamiento

 

30.000,00

Instalación de gases

 

150.000,00

Infraestructuras de equipamiento

Equipamiento científico de laboratorio

1.250.000,00

Mobiliario

Mobiliario de laboratorio

1.749.546,00

Otros

Climatización, voz, datos, carpintería,…

1.350.000,00

Total ejecución material proyecto (IVA no incluido)

12.650.443,00

Presupuesto edificio Cáceres:

Concepto

Descripción

Importe

Euros

Redacción proyecto y dirección de obra

 

398.331,00

Caracterización del suelo

 

25.000,00

Excavación y movimiento de tierras

 

534.480,00

Demolición

 

66.810,00

Estructura

 

1.469.820,00

Cubierta

 

467.670,00

Cerramientos

 

1.536.630,00

Divisiones interiores

 

1.603.440,00

Instalaciones eléctricas

 

300.000,00

Instalaciones de saneamiento

 

30.000,00

Instalación de Gases

 

100.000,00

Infraestructuras de Equipamiento

Equipamiento científico de

750.000,00

Mobiliario

Mobiliario de laboratorio

1.231.162,00

Otros

Climatización, voz, datos, carpintería

600.000,00

Total ejecución material proyecto (IVA no incluido)

9.113.343,00

Presupuesto total:

Concepto

Descripción

Importe

Euros

Redacción proyecto y dirección de obra

 

936.118,00

Caracterización del suelo

 

55.000,00

Excavación y movimiento de tierras

 

1.240.960,00

Demolición

 

155.120,00

Estructura

 

3.412.640,00

Cubierta

 

1.085.840,00

Cerramientos

 

3.391.140,00

Divisiones interiores

 

3.546.260,00

Instalaciones eléctricas

 

700.000,00

Instalaciones de saneamiento

 

60.000,00

Instalación de Gases

 

250.000,00

Infraestructuras de Equipamiento

Equipamiento científico de laboratorio

2.000.000,00

Mobiliario

Mobiliario de laboratorio

2.980.708,00

Otros

Climatización, voz, datos, carpintería

1.950.000,00

Total ejecución material proyecto (IVA no incluido)

21.763.786,00

El Equipamiento científico de laboratorio que se pretende adquirir para la dotación de los laboratorios, incluye elementos tales como:

– Diversos agitadores.

– Centrífuga de sobremesa.

– Autoclaves eléctricos.

– Baño para agua y aceite.

– Termostato de bloque metálico.

– Baño ultrasonidos analógicos.

– Termostato de inmersión.

– Estufa de secado y esterilización.

– Destilador de agua.

– Cabina de flujo laminar.

– Balanzas.

– Phemetro Ph-Meter GLP.

– Espectrofotómetro.

– Conjunto de micropipetas.

– Pipeteador automático.

El mobiliario al que se refiere la presente memoria se corresponde con el de los laboratorios de investigación, ubicándose en Badajoz un total de 27 laboratorios y en Cáceres 19 laboratorios. El laboratorio tipo estará compuesto por los siguientes elementos:

– Armario vitrina.

– Armario de ácidos y bases.

– Vitrina de gases.

– Muebles de laboratorio murales.

– Muebles de laboratorio centrales.

– Vitrinas de pared.

– Armario de seguridad.

– Duchas lavaojos.

– Sillas y taburetes.

Anexo II
Cuadro de amortización

Organismo: Universidad de Extremadura

Título: Construcción de Edificios Contenedores de los Institutos Universitarios de Investigación en los Campus de Cáceres y Badajoz de la Universidad de Extremadura.

Aportación de Capítulo 8 concedida (euros): 21.763.786,00.

Préstamo concedido - Aportación nacional (euros): 6.529.135,80.

Plazo de amortización: 10 años.

Interés: 1,22.

Fecha de vencimiento

Cuota de amortización

Euros

31-10-2011

697.520,77

31-10-2012

697.520,77

31-10-2013

697.520,77

31-10-2014

697.520,77

31-10-2015

697.520,77

31-10-2016

697.520,77

31-10-2017

697.520,77

31-10-2018

697.520,77

31-12-2019

697.520,77

31-12-2020

697.520,77

Total

6.975.207,70

Anticipo concedido - Aportación FEDER (euros): 15.234.650,20.

Plazo máximo de amortización: 31 de diciembre de 2015.

Interés: Cero.

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