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Documento BOE-A-2011-11714

Orden EDU/1883/2011, de 27 de junio, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre, sobre integración en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2011, páginas 72823 a 72823 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-11714

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de sentencia de 16 de marzo de 2011, dictada por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la que, se desestima el recurso de apelación interpuesto por la Administración General del Estado contra la sentencia número 356/2010, de 14 de octubre, dictada por el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 10, la cual vino a estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mariano Alejandro del Mazo de Unamuno, declarando el derecho a ser incluido en el Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, de la Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 4 de enero de 2008), por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, se integran en los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño a los funcionarios de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño que tienen reconocida la condición de Catedrático en sus respectivos cuerpos.

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Integrar en el Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y por tanto incorporar en el anexo II de la Orden ECI/3943/2007, de 12 de diciembre, a don Mariano Alejandro del Mazo de Unamuno, número de Registro de Personal 0535838546 A0512, documento nacional de identidad 05358385 y situación administrativa activo.

Segundo.

La integración tendrá efectos de 1 de septiembre de 2003 y se hará efectiva en el mismo puesto que tuviera asignado en la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 27 de junio de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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