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Documento BOE-A-2011-11091

Resolución de 14 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona para la realización de las Jornadas de Administración Electrónica a celebrar los días 3 y 4 de noviembre de 2011 en Pamplona.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 2011, páginas 68657 a 68662 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-11091

TEXTO ORIGINAL

La competencia para la celebración de las Jornadas de Administración electrónica, se enmarca en el artículo 6 punto 1 apartado e) del Real Decreto 393/2011, de 18 de marzo que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública que establece, entre otras, como competencias de la Secretaria de Estado para la Función Pública «la promoción de la plena incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones a la prestación de los servicios públicos, y el impulso y desarrollo de la política informática de la Administración Electrónica, y el fomento de los programas de atención e información al ciudadano».

Asimismo el citado Real Decreto en su artículo 8 señala que corresponde a la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica, a través de la Subdirección General de Coordinación y Estudios, la promoción de la Administración Electrónica mediante la realización de estudios y programas de actuación, la divulgación de buenas prácticas, la cooperación con otras Administraciones públicas y el desarrollo y difusión de las herramientas necesarias para ello.

El Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica prevé entre las funciones del Consejo Superior de Administración electrónica, en su artículo 4. 1 e) y f), la organización de conferencias y otras actividades para el intercambio de experiencias y proyectos en materia de administración electrónica y el impulso de la colaboración y cooperación con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, correspondiendo la Secretaría de dicho órgano colegiado a la Subdirección General de Coordinación y Estudios de la Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica, según el artículo 5.1.f).

Las Jornadas de mayor transcendencia que en virtud de estas atribuciones se celebran, son las Jornadas sobre Tecnologías de la Información para la Modernización de las Administraciones Públicas, conocidas como TECNIMAP, que se celebran cada dos años y que se vienen realizando desde 1989. Su primera edición tuvo lugar en Madrid en ese mismo año y la undécima tuvo lugar en Zaragoza, entre los días 6 y 9 de abril de 2010.

No obstante, dado el distanciamiento temporal entre los TECNIMAP y teniendo en cuenta que la materia de las tecnologías está en continua evolución, existen antecedentes de celebración de otros Encuentros, Conferencias u otros eventos para la promoción y el impulso de la administración electrónica que se celebran entre los TECNIMAP. Tal fue el caso de las Jornadas Técnicas sobre Administración Electrónica: Abrimos 24 horas, celebradas en Gijón del 18 al 20 de enero de 2006.

Este tipo de Jornadas congregan a responsables de las Administraciones, profesores de Universidad, profesionales especialistas, representantes de la Industria y de los servicios de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) y tienen por objeto propiciar un proceso de transferencia de conocimientos y de difusión de la innovación y de las mejores prácticas en el uso de las Tecnologías de la Información y en el desarrollo de la Administración Electrónica, con vistas a reducir el coste de funcionamiento de las Administraciones Públicas y con una mejora simultánea de su nivel de servicio. Asimismo, se pretende difundir entre ciudadanos y empresas los más recientes desarrollos de servicios públicos electrónicos y fomentar la cooperación entre todos los niveles de las Administraciones Públicas en esta materia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría de Estado para la Función Pública dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de junio de 2011.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, EL GOBIERNO DE NAVARRA Y EL AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS JORNADAS DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA A CELEBRAR LOS DÍAS 3 Y 4 DE NOVIEMBRE 2011 EN PAMPLONA

En Madrid a 18 de abril de 2011.

REUNIDOS

D.ª M.ª Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado para la Función Pública, en nombre y representación del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, en el ejercicio de las competencias delegadas por la Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre.

D. Javier Caballero Martínez, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en nombre y representación del Gobierno de Navarra, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del art. 90.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y facultado para la firma del presente Convenio por el Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 14 de marzo de 2011.

D. Fermín Alonso Ibarra, Concejal Delegado de Participación Ciudadana y Nuevas Tecnologías del Ayuntamiento de Pamplona, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Disposición de Alcaldía 1/PR de fecha 25 de junio de 2007 y del acuerdo de la Junta de Gobierno Local 15/PR, de 26 de junio de 2007.

Las partes se reconocen entre sí la capacidad jurídica y el poder suficiente para obligarse por el presente convenio y a tal efecto

EXPONEN

Primero. Que el artículo 9 punto 1 apartado d) del Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia establece, entre otras, como competencias de la Secretaria de Estado para la Función Pública «la promoción de la plena incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones a la prestación de los servicios públicos, y el impulso y desarrollo de la política informática de la Administración Electrónica, y el fomento de los programas de atención e información al ciudadano». El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública asumió dichas competencias en virtud del Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que incluye en su artículo 12 a la Secretaría de Estado para la Función Pública como órgano superior del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

Por su parte, en el capítulo VI del Decreto Foral 116/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, se atribuyen a la Dirección General de Modernización y Administración Electrónica las competencias referidas a las actuaciones encaminadas a la efectiva implementación de la Administración y Gobierno electrónicos.

Así mismo, el Decreto de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Pamplona de fecha 5 de julio de 2007 (2/AL), regulador de la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, atribuye al Área de Participación Ciudadana y Nuevas Tecnologías, la promoción del uso de las nuevas tecnologías en la relación de la Administración Municipal con los ciudadanos y la modernización de los diferentes servicios municipales.

Segundo. Que las partes se encuentran desarrollando actuaciones para la promoción de la administración electrónica, mediante el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en la prestación de los servicios públicos, así como de impulso y desarrollo de la política informática de la Administración, la simplificación de los procedimientos y procesos de gestión pública como instrumentos de modernización y el fomento de los programas de atención e información al ciudadano.

Tercero. Que las Jornadas de Administración Electrónica que se tiene previsto celebrar los días 3 y 4 de noviembre en la ciudad de Pamplona, constituyen un evento idóneo para la difusión de la política informática de la Administración y de sus actividades en la implantación de una Administración Electrónica.

Cuarto. Que la colaboración de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Tecnologías de la Información y de Administración Electrónica es esencial para aproximar a los ciudadanos a las diferentes Administraciones y para proporcionarles servicios, cada vez más eficientes y de mayor calidad.

Quinto. Que la participación de la iniciativa privada en el impulso de la Sociedad de la Información y en especial, de la utilización de los servicios electrónicos ofertados por las diferentes Administraciones Públicas mejora su penetración en el conjunto de la sociedad lo que aconseja la participación, mediante patrocinios o colaboraciones, de empresas pertenecientes al sector de consultoría y de tecnologías de la información y comunicaciones.

Sexto. Que es preciso formalizar un convenio en el que se establezca el marco de actuación de cada una de las administraciones involucradas en la organización de las jornadas técnicas, en el que se definan las funciones de la Secretaría Técnica de las Jornadas y en el que se determine el régimen de la financiación y contratación de los servicios necesarios para la realización de dichas jornadas.

Por todo ello, las partes suscriben el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, para la celebración de unas Jornadas de Administración Electrónica en Pamplona los días 3 y 4 de noviembre de 2011.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Con la firma del presente Convenio, todas las partes se comprometen a colaborar conjuntamente, con sus recursos tecnológicos, económicos y humanos, en la planificación, elección de contenidos del programa, desarrollo, organización, seguimiento y financiación de las Jornadas de Administración Electrónica.

Tercera. Financiación.

Cada entidad firmante financiará, a partes iguales y con la cantidad de 30.000 euros, la realización de las citadas jornadas, con cargo a sus Presupuestos de Gastos.

El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública satisfará dicha cantidad con cargo a la aplicación presupuestaria 22.02.921N.226.06 del Presupuesto para el año 2011.

El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y el Ayuntamiento de Pamplona, tras la firma del presente Convenio, transferirán, cada uno, dicha cantidad de 30.000 euros al Gobierno de Navarra, a fin de que éste proceda con dichos importes, más otros 30.000 euros que aportará de su propio presupuesto, a la contratación que se indica en la siguiente cláusula.

Cuarta. Contratación.

Para la adecuada organización de las jornadas se contará con los servicios profesionales de una empresa especializada para la prestación del servicio de Secretaría Técnica de las Jornadas.

Dicha empresa será contratada por el Gobierno de Navarra mediante un expediente de contratación cuyo presupuesto de licitación será de 90.000 euros (IVA Incluido). El gasto de dicha contratación, se financiará a partes alícuotas por las partes firmantes de este convenio, en la forma indicada en la cláusula anterior.

En la contratación del servicio de Secretaría Técnica de las Jornadas, el Gobierno de Navarra se someterá a la normativa sobre contratación pública que resulte de aplicación.

Ni el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública ni el Ayuntamiento de Pamplona mantendrán relación jurídica alguna con la empresa contratista de la organización de las jornadas.

El Gobierno de Navarra rendirá cuentas al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y al Ayuntamiento de Pamplona respecto de los pagos efectuados a causa de dicha contratación y, en el caso de que la liquidación total del contrato ascienda a un importe inferior a 90.000 euros, reintegrará a cada una de dichas entidades un tercio del importe restante.

Quinta. Duración del Convenio.

El presente Convenio tendrá vigencia desde su formalización hasta la celebración de las jornadas y la finalización de los trámites ulteriores derivados de las actuaciones previstas, tales como, la liquidación, la rendición de cuentas y auditoría de éstas, la entrega de la memoria y documentación de las jornadas, etc. estableciéndose como fecha de duración del Convenio el 30 de junio de 2012. No obstante la duración del Convenio se podrá prorrogar por el tiempo que se considere oportuno para que dichos trámites queden finalizados de conformidad por las partes.

Sexta. Procedimiento para la organización de las jornadas.

Se constituirá un Comité Organizador formado, a partes iguales, por los miembros que designen las administraciones firmantes del presente Convenio. La Dirección General para el impulso de la Administración electrónica será la responsable de designar a los miembros del Comité Organizador por parte del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, el número de miembros del Comité Organizador por parte de dicho Ministerio será de seis como máximo. El Comité Organizador se constituirá en el plazo de dos semanas tras la firma del Convenio.

El Comité Organizador será el encargado de:

a) Establecer la relación de las actuaciones a desarrollar para la organización de las Jornadas, su planificación, la elección de contenidos del programa, y el desarrollo y seguimiento del mismo.

b) Aprobar el presupuesto inicial, estableciendo cantidades mínimas y precios unitarios máximos para cada partida significativa, velando por el equilibrio financiero en el desarrollo de las Jornadas, de forma que los gastos sean los apropiados para la organización de las jornadas y se adecuen a los ingresos reales previstos generados, aparte de por la aportación de las Administraciones arriba mencionada, por las aportaciones correspondientes a patrocinios, colaboraciones y cuotas de inscripción de los congresistas procedentes del sector privado.

c) Acordar la prestación de otros servicios adicionales a los previstos en las actuaciones a desarrollar, con la correspondiente modificación presupuestaria, siempre que los ingresos, permitan su financiación.

d) Dar el visto bueno al abono de las facturas, por parte de la Secretaría Técnica tras comprobar la adecuación de los servicios y suministros facturados.

e) Controlar los movimientos de ingresos y pagos realizados para la prestación del servicio y que se generen como consecuencia del mismo.

f) Establecer los procedimientos para tramitar las aprobaciones, autorizaciones, controles y vistos buenos previstos.

g) Apoyar al Gobierno de Navarra en la redacción del Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación de la empresa especializada que prestará el servicio de Secretaría Técnica, así como realizar el seguimiento del procedimiento de contratación de dicho servicio, para lo cual el Gobierno de Navarra suministrará al Comité Organizador la información sobre los distintos trámites que se vayan desarrollando en dicho expediente.

h) Realizar el seguimiento de este convenio.

La Secretaría Técnica contratada por el Gobierno de Navarra realizará todos los trabajos que sean necesarios para la celebración de las jornadas:

a) Presentar, a partir de la relación de actuaciones a desarrollar aprobada por el comité Organizador, un presupuesto estimativo para cada una de las actuaciones, con información sobre el servicio o suministro a realizar y el coste máximo global de dicha actuación, incluyendo en su caso, el coste unitario.

b) Coordinar con la empresa titular del local en el que se celebrará el evento, la ubicación, disposición, requisitos técnicos y decoración de los elementos que compondrán el recinto donde se celebrarán las Jornadas de acuerdo con las directrices acordadas por el Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Pamplona y el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

c) Habilitar una cuenta bancaria en la que se incorporarán los ingresos y con cargo a la cual se realizarán las adecuadas transferencias de fondos para hacer frente a los gastos aprobados.

d) Contratar los servicios, obras y suministros, necesarios para la realización de las jornadas, a precios de mercado, valorando tanto los aspectos económicos como otros de tipo técnico, tales como calidad y experiencia de los proveedores, siempre garantizando que se cumplen las limitaciones y exigencias del correspondiente presupuesto.

e) Gestionar el desarrollo de los trabajos, controlando el cumplimiento de los plazos y condiciones de los suministros, obras y servicios.

f) Ejercer la Secretaría Técnica de las mismas

g) Dar la conformidad y abonar, tras la autorización del Comité Organizador, todas las facturas que se deriven de las actuaciones conducentes a la celebración de las mismas, incluidas todos los gastos derivados de las Jornadas que apruebe el Comité Organizador, con cargo a los ingresos arriba mencionados.

h) Realizar, así mismo las tareas que se determinen en el Pliego de Condiciones que rija la contratación mencionada en la cláusula cuarta del presente Convenio.

i) Realizar, al término de las Jornadas, la correspondiente rendición de cuentas que serán auditadas por alguno de los servicios responsables de las Administraciones firmantes del presente convenio o en su caso por un tercero independiente, de acuerdo con lo que decida el Comité Organizador, así como entregar la memoria de las jornadas y la documentación, escrita y audiovisual generada durante éstas.

Séptima. Modificación y Resolución.

El presente convenio podrá modificarse o desarrollar cualquiera de sus cláusulas a petición de cualquiera de las partes siempre que dichas modificaciones permitan un mejor cumplimiento de los fines del mismo, y tanto la modificación como el desarrollo de las Cláusulas del presente Convenio, deberán aprobarse por acuerdo de todas las partes firmantes del mismo.

El presente convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo o por denuncia de cualquiera de las partes, cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente comunicado a las otras partes con, al menos, un mes de antelación a la fecha propuesta de resolución.

En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento, sin interrumpir la marcha de aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución hasta su completa terminación.

Octava. Régimen legal.

Este Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 29.2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra; por tanto, se regirá por una normativa específica, sin perjuicio de la aplicación de los principios de dichas Leyes para resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse durante su desarrollo y ejecución.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento por triplicado, en el lugar y fecha arriba indicado.–Por el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, M.ª Consuelo Rumí Ibáñez.–Por el Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.–Por el Ayuntamiento de Pamplona, Fermín Alonso Ibarra.

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