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Documento BOE-A-2011-10928

Resolución de 14 de junio de 2011, de la Secretaría General de Innovación, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Agencia de inversiones y servicios de Castilla y León, para el desarrollo de la estrategia estatal de innovación en la Comunidad de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2011, páginas 68069 a 68083 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-10928

TEXTO ORIGINAL

El artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su primer apartado que la Administración General y los Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Dentro de este marco de actuación se encuentra el presente Convenio de Colaboración.

Por su parte el artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece la obligatoriedad de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma respectiva los diferentes convenios de colaboración dictados por las diferentes Administraciones Públicas.

En su virtud resuelvo:

Único. Hacer público el presente Convenio de Colaboración, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de junio de 2011.–El Secretario General de Innovación, Juan Tomás Hernani Burzaco.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA AGENCIA DE INVERSIONES Y SERVICIOS DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA ESTATAL DE INNOVACIÓN, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

En Madrid, a 27 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, previa autorización para la firma del presenta convenio mediante Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23.de diciembre de 2010.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Tomás Villanueva Rodríguez, Consejero de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado mediante Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCYL n.º 128 del martes 3 de julio de 2007) en su condición de Presidente de la Agencia de Inversiones y Servicios, con capacidad para celebrar este acto en el artículo 9 de la Ley 21/1994, de 15 de diciembre, de creación de la Agencia de Inversiones y Servicios, previo Acuerdo del Consejo Rector de 10 de diciembre de 2010.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y a tal efecto

EXPONEN

Primero.–Que el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante MICINN) tiene la competencia del fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, según el artículo 149.1 apartados 13 y 15 de la Constitución Española y es el Departamento de la Administración General del Estado al que corresponden la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores según lo dispuesto en los Reales Decretos 542/2009, de 7 de abril, 640/2009, de 17 de abril, 1042/2009, de 29 de junio y el Real Decreto 432/2008, 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Asimismo, le corresponde la elaboración de la propuesta, gestión, seguimiento y evaluación de los programas nacionales y acciones estratégicas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (Plan Nacional de I+D+i).

Segundo.–Que a la Comunidad Autónoma de Castilla y León le corresponde la investigación científica y técnica en coordinación con el Estado, en virtud de las competencias que en dicha materia le confiere el apartado 17 del artículo 32 de su Estatuto de Autonomía, Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, correspondiendo a la Agencia de Inversiones y Servicios (en adelante la Agencia), de acuerdo con la Ley 21/1994, de 15 de diciembre, de creación de la Agencia, la promoción de la innovación, la investigación y desarrollo tecnológico. Asimismo, la Agencia, como ente público de derecho privado integrante de la Administración Institucional de la Comunidad, forma parte del sector público autonómico de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Tercero.–Que ambas partes desean cooperar y coordinar sus actuaciones en materia de innovación con el objetivo común del desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación (en adelante e2i), aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros del 2 de julio de 2010. Los cinco ejes de actuación de la e2i, que conforman el llamado «Pentágono de la Innovación», son: a) la creación de un entorno financiero favorable a la innovación empresarial; b) la dinamización de los mercados innovadores mediante la regulación y la compra pública; c) la cooperación territorial en las políticas de promoción de la innovación; d) la internacionalización de las actividades innovadoras; e) la potenciación de las personas mediante la incorporación de talento y capacidad innovadora al sector productivo.

Cuarto.–Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León asume la corresponsabilidad en alcanzar los objetivos estatales de la e2i para el año 2015 (consistentes en la creación de 500.000 empleos en media y alta tecnología, la incorporación de 40.000 empresas adicionales a realizar actividades innovadoras, un incremento de inversión privada en I+D+i de 6.000 millones de euros anuales, obtener un retorno de programas europeos del 10%, y una mejora sustancial en nuestra balanza de productos y servicios tecnológicos) y, en este sentido, asume como propios de su comunidad los siguientes objetivos cuantitativos de la e2i para el año 2015: 26.691 nuevos empleos en media y alta tecnología, 2.136 empresas adicionales que realizan innovación y 320 millones de euros anuales adicionales de inversión privada en I+D+i.

Quinto.–Que el articulo 6.1 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la Administración General y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Por otra parte el articulo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público dispone la exclusión de su ámbito de aplicación de los convenios de colaboración que celebren la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Sexto.–Que para la consecución de los objetivos mencionados en el apartado cuarto, ambas partes ponen en marcha actuaciones de fomento de actividades de innovación, tanto desde la Administración General del Estado, como desde la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Además, ambas partes coinciden en la necesidad de potenciar la creación de las masas críticas necesarias para afrontar los desafíos que la ciencia y la innovación española en general y la de Castilla y León en particular, tienen planteados: propiciar la internacionalización de sus correspondientes agentes del conocimiento, en especial en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, mejorar la transferencia tecnológica al sector empresarial y fomentar la difusión científica y tecnológica.

Séptimo.–Que ambas partes consideran de interés intensificar la coordinación de las acciones de apoyo a la Investigación, Desarrollo e Innovación en áreas de interés común, por entender que ello contribuye al mejor cumplimiento de sus respectivos objetivos, financiando el MICINN las acciones descritas en el anexo 1 a este convenio.

Por todo ello, las partes, al amparo del art. 6 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes cláusulas:

CAPÍTULO I
Objeto y compromisos de las partes
Primera. Objeto del convenio.

La finalidad del presente convenio es fijar el marco de colaboración entre las partes para el fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma Castilla y León a través del desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, mediante la concesión de un préstamo a la Agencia.

El programa detallado de actuaciones se describe en el anexo 1, que es parte integrante de este convenio, y que se estructura en cuatro líneas de actuación a ejecutar dentro de los seis semestres naturales comprendidos entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2012:

Línea 1. Creación, desarrollo y consolidación de empresas innovadoras y/o de base tecnológica.

Línea 2. Potenciar la formación y la incorporación de recursos humanos dedicados a la I+D+i en empresas de la región.

Línea 3. Consolidar y articular el sistema de innovación de Castilla y León.

Línea 4. Impulsar la internacionalización de la I+D+i.

Cada actuación del Anexo cuantifica la contribución que, como consecuencia de su desarrollo, se prevé realizar en cada uno de los ejes de la e2i a los que se vincula.

Segunda. Compromisos de las Partes.

El MICINN se obliga a financiar la ejecución de las actividades a realizar en el marco del presente convenio, mediante un préstamo en las condiciones estipuladas en el capítulo tres de este convenio.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León, a través de la Agencia de Inversiones y Servicios, por su parte, se obliga a:

a) Desarrollar todas las actividades que resulten necesarias para la ejecución del programa de actuaciones de innovación incluidas en el anexo 1 a este convenio pudiendo realizarlas por sí misma o a través de alguna de las entidades públicas o participadas de ella dependientes. Dichos proyectos se ejecutarán en el plazo de un año desde que se reciban los libramientos correspondientes, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula primera en relación con las actuaciones realizadas en 2010.

b) Acreditar ante el MICINN el cumplimiento de la finalidad del préstamo, la ejecución de las actividades para las que también se concede y la correcta utilización de los fondos públicos que se han entregado, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las realizadas en el año anterior.

c) Promocionar y dar a conocer las posibilidades de actuaciones coordinadas, como las correspondientes a este convenio, en los foros más adecuados según criterio de la Sociedad de la Agencia de Inversiones y Servicios, al objeto de promoverlas.

CAPÍTULO II
Funcionamiento y desarrollo del convenio
Tercera. Comisión paritaria de seguimiento.

1. El seguimiento del presente convenio corresponde a una Comisión paritaria de ocho miembros, cuatro nombrados en representación del MICINN y cuatro designados por el Presidente de la Agencia.

2. Uno de los representantes del MICINN será designado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León.

3. Una vez firmado el convenio y en el plazo máximo de un mes desde la fecha de dicha firma, cada Parte nombrará a sus comisionados y lo comunicará a la otra parte. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con la comunicación a la otra parte, previa a la celebración de la reunión.

4. Uno de los representantes del MICINN será el Presidente de la Comisión, actuando como secretario un representante de la Agencia.

5. La convocatoria ordinaria se realizará por el Secretario por indicación del Presidente, comunicándose el orden del día con un mínimo de un mes de antelación a la fecha de la reunión.

6. Se considerará constituida la Comisión cuando estén presentes las dos partes y en número igual de asistentes, siendo una de ellas el Presidente o persona en quien delegue.

7. Los acuerdos se adoptarán por unanimidad.

8. La Comisión podrá recabar excepcionalmente una opinión especializada en aquellos casos en los que sea necesario por la naturaleza del tema. Esta opinión no será vinculante.

9. Esta Comisión tendrá como funciones:

a) Efectuar el seguimiento de las actuaciones y actividades realizadas y en curso para comprobar que progresan adecuadamente, se mantienen en los límites establecidos y se alcanzan los objetivos programados en el presente convenio.

b) Resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de sus cláusulas, siempre dentro de la legalidad vigente, y cualquiera otra que se derive de la ejecución del convenio y en el espíritu de éste.

c) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos. Corresponde a la Agencia garantizar la disponibilidad de la información.

d) En caso de que se hayan producido retrasos en la ejecución de las actuaciones, la Comisión de seguimiento, previa recepción y análisis de la memoria justificativa de las causas de dichos retrasos y la propuesta de nuevo calendario de actuaciones, podrá proponer al MICINN la nueva fecha de finalización.

10. En lo no contemplado por esta cláusula, sobre el funcionamiento y actuaciones de la Comisión, se estará a lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre órganos colegiados.

Cuarta. Justificación del préstamo y memoria anual.

La Agencia se obliga a presentar la justificación de las actuaciones realizadas con cargo a la financiación recibida, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las realizadas en el año anterior según lo previsto en la cláusula segunda. Dicha presentación se entregará en el MICINN.

Se acompañará la siguiente documentación:

Memoria descriptiva de las todas las actividades realizadas durante la vigencia de este convenio, aportando la oportuna acreditación documental.

Acreditación del cumplimiento de la obligación que sobre publicidad de las actuaciones establece la cláusula undécima.

Memoria económica con detalle de los importes aplicados a cada una de las actuaciones.

En su caso, Certificado de remanentes no aplicados a las actuaciones de ejecución de este convenio, emitido por el órgano competente encargado de la contabilidad en la Agencia de Inversiones y Servicios.

Adicionalmente, la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León presentará, antes del 1 de julio de cada año ante la Comisión de seguimiento, una memoria anual sobre la evolución de las actuaciones contempladas en el anexo 1 del presente convenio.

Una vez recibida la memoria anual indicada, la Comisión de seguimiento emitirá un informe, que habrá de ser favorable a efectos de que el MICINN efectúe el libramiento de la correspondiente anualidad. En el supuesto que existieran remanentes no aplicados, la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León podrá solicitar al MICINN, un reajuste del calendario de actuaciones y consecuentemente el de libramientos y reembolsos, o bien procederá al reintegro de los importes correspondientes más los intereses de demora. Todo lo anterior sin perjuicio de las actuaciones de verificación sobre la documentación justificativa que corresponda al MICINN como órgano concedente.

La Agencia y las entidades mediante las que se pudieran ejecutar las acciones, deberán someterse, en relación con este convenio, a las actuaciones de comprobación y de control financiero que corresponden al órgano concedente del préstamo, a la Intervención General de la Administración del Estado, y a las previstas en la legislación aplicable del Tribunal de Cuentas, al que facilitarán cuanta información sea requerida al efecto.

CAPÍTULO III
Financiación nacional de las actividades sujetas al convenio
Quinta. Financiación.

El MICINN financiará las actividades sujetas a este convenio con un préstamo de setenta millones doscientos cincuenta mil euros (70.250.000,00 €) que serán desembolsados con el siguiente calendario:

 

Euros

Año 2010

30.500.000,00

Año 2011

24.250.000,00

Año 2012

15.500.000,00

Total

70.250.000,00

El préstamo tendrá un tipo de interés del 1,232% (Euribor según Resolución de 1 de febrero de 2010 del Banco de España), un periodo de carencia de 5 años desde el año siguiente al de concesión del préstamo y un periodo de reembolso de 10 años adicionales, siendo por tanto el periodo total de amortización de 15 años para cada uno de los libramientos.

Sexta. Transferencia de los préstamos del MICINN.

La transferencia de fondos se realizará con cargo al concepto presupuestario 21.07.467C.821.15 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010 y su equivalente en ejercicios posteriores.

Esta aportación no podrá suponer una disminución de la dotación para innovación que tenga previsto realizar la Comunidad Autónoma.

El primer libramiento del importe del préstamo se realizará a la firma del convenio. Los siguientes libramientos se efectuarán dentro del mes siguiente a la recepción del informe favorable emitido por la Comisión de seguimiento según lo previsto en la cláusula cuarta, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León n.º 2096 - 0201 - 10 - 3021771904.

Séptima. Reembolso de los préstamos.

1. La Agencia se obliga a reembolsar el préstamo al Tesoro Público, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre (BOE 31 de diciembre), por el que se regula el procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos encuadradas en las mismas, modificada por la Orden EHA/3967/2007, de 26 diciembre (BOE de 8 de enero de 2008), o a la normativa que la pueda sustituir, en el concepto «Ingresos no tributarios. Ejercicios cerrados operaciones financieras», y con una referencia al MICINN y a éste convenio.

El pago de la devolución del préstamo y sus intereses se realizará según el cuadro de amortización que se adjunta como anexo 2, siendo la fecha de pago de las anualidades correspondientes a cada uno de los libramientos, la coincidente, o siguiente día hábil, con la fecha de desembolso por parte del Ministerio del libramiento en cuestión. Dicho de otro modo, las anualidades correspondientes a la devolución del primer desembolso, se pagarán en la fecha de los años 2016 y siguientes coincidentes con la de la firma del Convenio, mientras que las anualidades correspondientes a la devolución de los desembolsos segundo y tercero, se pagarán en la fecha de los años 2017 y siguientes en el primer caso, y 2018 y siguientes en el segundo, coincidentes con la del libramiento efectuado en los años 2011 y 2012 respectivamente.

Octava. Reintegro de los préstamos con intereses de demora.

1. El incumplimiento del reintegro de los préstamos dará lugar a los correspondientes intereses de demora, calculados en aplicación del interés legal del dinero.

2. Se producirá la devolución anticipada del préstamo, junto con los intereses de demora, calculados desde el vencimiento de la obligación hasta su completa devolución en los siguientes casos:

Cuando la financiación se aplique a finalidades y actuaciones distintas de las previstas en este convenio y en su anexo 1.

Cuando no se ejecute lo previsto en el convenio por causas no justificadas, habiendo finalizado el periodo de su ejecución y en su caso, las eventuales prórrogas que fuesen aplicables.

Cuando no se aporten las justificaciones que se prevén en el presente convenio.

CAPÍTULO IV
Cláusulas finales
Novena. Vigencia y resolución.

1. El presente convenio entrará en vigor a su firma por ambas partes y su vigencia se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, mientras subsistan obligaciones de las partes y, en todo caso, hasta el reembolso total del préstamo.

2. Podrá resolverse este convenio antes del plazo previsto por mutuo acuerdo de las partes o por incumplimiento del propio convenio, tanto de las actividades a ejecutar como de la devolución de las cantidades en los plazos acordados. Las partes deberán acordar, en caso de resolución, sus efectos sobre las actividades en curso.

Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.

1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se realiza al amparo de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Undécima. Publicidad del convenio.

1. Se deberá hacer constar por la Agencia la colaboración del MICINN, en todas las actividades editoriales, informativas o promocionales en relación con las actuaciones contempladas en este convenio.

2. Una vez al año tendrá lugar una rueda de prensa en la que los máximos responsables de cada una de las partes dará cuenta del desarrollo de este convenio.

3. El presente será publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.

La Ministra de Ciencia e Innovación Cristina Garmendia Mendizábal.–El Consejero de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León y Presidente de la Agencia de Inversiones y Servicios. Tomás Villanueva Rodríguez.

ANEXO 1
Programa de actuaciones

Castilla y León ha llevado a cabo una profunda transformación tecnológica en las dos últimas décadas, basada de forma fundamental en la apuesta firme por la I+D+i como motor de crecimiento económico y de mejora competitiva.

La Administración de Castilla y León ha apostado de forma decidida por la innovación como herramienta de cambio de modelo productivo, siendo ésta una de las prioridades de la política económica regional durante la ultima década, lo que ha contribuido a una sustancial mejora en todos los indicadores relacionados con la I+D+i en la Comunidad.

La evolución del gasto en I+D sobre PIB ha sido muy significativa, y de esta forma Castilla y León ha pasado de ocupar el 12,º puesto en esfuerzo en I+D hace una década hasta consolidar la 5.ª posición que ocupa actualmente a nivel nacional. De igual manera el sector privado regional ha apostado firmemente por la incorporación de la innovación como herramienta de mejora competitiva, de forma que el gasto del sector privado regional en I+D supone en la actualidad casi el 63% del total, frente al 32% de hace diez años. Igualmente el Gobierno de Castilla y León destina actualmente el 3% del total del presupuesto público a actividades de I+D+i, lo que sitúa a nuestra región a la cabeza de España en este ámbito.

Sin embargo, en Castilla y León se es consciente de la necesidad no sólo de seguir apostando por la innovación como motor de crecimiento económico, sino de redoblar este esfuerzo en los próximos años. Castilla y León debe trabajar para, en consonancia con los objetivos generales de la Estrategia Estatal de Innovación, aumentar de forma continuada el número de empresas innovadoras en la región, consolidar la articulación del sistema de innovación regional y promover el posicionamiento de nuestras empresas, Centros Tecnológicos, universidades y demás actores en el entorno nacional y europeo.

El presente convenio entre la Comunidad de Castilla y León y el Ministerio de Ciencia e Innovación tiene como objetivo el desarrollo de actuaciones que contribuyan a potenciar los ejes de la estrategia de innovación en la Comunidad, y de esta forma reforzar la apuesta por la innovación como prioridad de la política económica.

Para conseguir este objetivo, el convenio recoge actuaciones en cuatro líneas de trabajo que se consideran fundamentales para la consolidación y potenciación de la innovación empresarial en Castilla y León:

Línea 1: Creación, desarrollo y consolidación de empresas innovadoras y de base tecnológica.

Se trata de incrementar el número de empresas innovadoras en la región, por lo que con las medidas que se proponen se tratará de:

Potenciar la creación de nuevas empresas innovadoras y de base tecnológica.

Facilitar la consolidación y desarrollo de las empresas innovadoras existentes en la región.

Impulsar en la región un aumento significativo de la masa crítica de empresas que incorporan procesos de innovación a su actividad diaria.

Línea 2: Potenciar la formación e incorporación de recursos humanos dedicados a la I+D+i en las empresas de la región a dos niveles:

Incrementando el número de tecnólogos y facilitando su incorporación a empresas de la región para promover la generación y desarrollo de actividades de I+D+i.

Impulsando la formación de personal especializado en gestión de la I+D+i y facilitando su incorporación a las empresas innovadoras.

Línea 3: Consolidar y la articular el sistema de innovación de Castilla y León, entendido como el conjunto de empresas, centros tecnológicos, universidades e infraestructuras tecnológicas existentes en la región, actuando en dos vertientes:

a) Infraestructuras para la innovación:

Potenciar la red de Parques Tecnológicos y empresariales en Castilla y León.

Generación de Espacios de Innovación en Polígonos Industriales.

b) Programa de apoyo a los Parques Científicos.

c) Política sectorial y clusters: Apuesta por la potenciación y consolidación de los clusters y agrupaciones de empresas innovadoras de los sectores estratégicos y emergentes de la región.

Línea 4: Impulsar la internacionalización de la I+D+i como elemento básico de mejora competitiva a través de la cooperación y posicionamiento del sistema de innovación de Castilla y León en el entorno internacional.

Estas cuatro líneas de actuación, cuyas actividades se detallan más adelante, están completamente alineadas con los ejes principales de la Estrategia Estatal de Innovación.

Líneas de actuación

A continuación se detallan las cuatro líneas de actuación en el marco del presente convenio, así como las medidas específicas en las que se desarrolla cada línea, incluyendo las principales características, el encaje en los ejes de actuación de la estrategia estatal de innovación y los recursos que se destinarán a cada medida.

Línea 1: Creación, desarrollo y consolidación de empresas innovadoras y de base tecnológica.

Uno de los elementos más relevantes a la hora de potenciar el cambio de modelo productivo es la transformación del sector empresarial. Como se ha comentado anteriormente Castilla y León ha llevado a cabo una transformación industrial y empresarial muy significativa potenciada por la política industrial y de innovación del Gobierno de Castilla y León, que ha trabajado para impulsar la valorización de los sectores considerados tradicionales, promover los sectores considerados emergentes, y por la incorporación de la innovación a la empresa como motor de cambio y mejora competitiva.

La última década ha supuesto un aumento sostenido del número de empresas innovadoras y que han incorporado la innovación en la región, aumento que se ha visto materializado en el aumento continuado de la inversión privada en I+D, inversión que ya supone casi el 63% del total, casi el doble del porcentaje hace una década (32%).

Sin embargo, se es consciente del déficit de innovación que todavía separa a España y por tanto a Castilla y León, de los países y regiones más innovadores a nivel europeo e internacional. La reducción de esta distancia en innovación pasa por un aumento significativo de las empresas innovadoras.

Para conseguir el aumento en la masa crítica de empresas innovadoras en la región se debe trabajar de forma activa en tres vertientes:

Promover la creación de nuevas empresas innovadoras y de base tecnológica.

Facilitar la consolidación y desarrollo de las empresas innovadoras de la región.

Facilitar e impulsar la incorporación de la innovación en ámbitos cada vez más amplios del tejido empresarial e industrial de la región.

Una de las barreras más relevantes tanto a la hora de generar nuevos proyectos empresariales, como de consolidar e impulsar las empresas innovadoras existentes, es la carencia de herramientas financieras que permitan impulsar todos los tramos de generación de valor en la cadena empresarial, desde la creación de empresas de base tecnológica, a la consolidación de las empresas innovadoras, o el crecimiento de las mismas.

Castilla y León ha trabajado durante los últimos años en una política de creación de empresas de base tecnológica que ha permitido generar las herramientas financieras específicas y movilizar los recursos necesarios para apoyar e impulsar la generación de nuevos proyectos empresariales.

Sin embargo, desde el Gobierno Regional, se es consciente de la necesidad de redoblar el esfuerzo en este ámbito en aquellos elementos de la cadena de valor financiera que hasta el momento han contado con menor intensidad de recursos, y que consideramos que en la situación actual son básicos para el impulso en la creación, consolidación y desarrollo de las empresas innovadoras.

Los objetivos a conseguir con esta línea son movilizar una inversión privada inducida cercana a los 61,5 millones de euros, con los que se espera generar 100 nuevas empresas cualificadas en I+D y unos 500 empleos indirectos.

En este ámbito se proponen las medidas que se detallan a continuación y que se encuadran en el eje 1 de la e2i:

Medida 1.1 Apoyo a la financiación de empresas innovadoras.

Esta línea de trabajo se considera de especial relevancia para la potenciación del sector privado innovador de la región, y permitirá el apoyo financiero a las empresas innovadoras a dos niveles:

Aquellas que necesiten de financiación especializada para su expansión y desarrollo, a través de líneas y actuaciones de financiación de capital riesgo u otras herramientas financieras adecuadas.

Aquellas empresas innovadoras y de base tecnológica que están en su fase de consolidación y que necesitan de recursos financieros y de gestión para su impulso, para lo que llevarán a cabo actuaciones de financiación a través de préstamos participativos y otro tipo de actuaciones financieras.

Esta línea de actuaciones del convenio contará con unos recursos de 17 millones de euros.

Medida 1.2 Apoyo a la financiación de EBTs a través de capital semilla.

Las líneas de capital semilla son básicas para la generación de nuevos proyectos empresariales de base tecnológica. Castilla y León ya tiene implementadas herramientas de financiación a través de préstamos de capital semilla, herramientas que se pretende reforzar a través de este convenio con recursos adicionales por valor de 3.5 millones de euros.

Línea 2: Potenciar la formación e incorporación de recursos humanos dedicados a la I+D+i en empresas de Castilla y León.

El elemento fundamental para el desarrollo de la innovación empresarial es la disponibilidad de recursos humanos especializados en el desarrollo de tareas de I+D+i, tanto desde el punto de vista técnico como de gestión.

Castilla y León está llevando a cabo una política de RRHH para la innovación que está permitiendo facilitar la incorporación de tecnólogos y gestores de I+D+i a las empresas más innovadoras de la región, pero hay que ser conscientes de la necesidad de ampliar estos programas y de diseñar nuevas propuestas que permitan aumentar tanto la oferta de formación en materia de I+D+i para los universitarios de nuestra región, como la incorporación de este personal cualificado a las empresas más innovadoras de la región.

Es en esta línea de trabajo en la que se plantean las 3 medidas diferenciadas dentro del ámbito del capital humano para la innovación, que suponen un refuerzo a las actuaciones que se están llevando a cabo dentro de la región, que se articularán mediante convocatorias de ayudas reembolsables y/o subvenciones.

Las medidas previstas dentro de esta línea de actuación se encuadran en el eje 5 de la e2i.

Medida 2.1 Incorporación de tecnólogos a empresas innovadoras.

El objetivo es promover la formación y la incorporación de tecnólogos en las empresas de Castilla y León, para potenciar la creación y consolidación de departamentos de I+D+i, impulsando la creación de nuevos puestos de trabajo y su posterior mantenimiento, conscientes de la importancia que estos departamentos tienen en la generación y desarrollo de proyectos de I+D+i en las empresas de la región. Las actuaciones previstas podrán ir desde el desarrollo de nuevos programas de incorporación de tecnólogos, como la cofinanciación de programas nacionales en esta línea de actuación. Este programa contará dentro del convenio con recursos por valor de 750.000 euros.

En lo relativo a los retornos esperados, consideramos que este programa permitirá la incorporación de 75 nuevos tecnólogos en las empresas innovadoras de la región.

Medida 2.2 Incorporación de jóvenes titulados a empresas innovadoras.

Mediante este Programa se quiere conectar laboralmente a personal técnico cualificado (jóvenes titulados), que desea incorporarse a departamentos de I+D+i, con empresas innovadoras de la región, para el desarrollo de un proyecto concreto y como paso previo a una contratación, a través de la figura del contrato en prácticas u otras actuaciones en esta línea. Las actuaciones previstas podrán ir desde el desarrollo de nuevos programas de incorporación de jóvenes titulados a nivel regional, como la cofinanciación de programas nacionales en esta línea de actuación. Este programa contará con recursos por valor de 1,25 millones de euros.

En lo relativo a los retornos esperados, estimamos que este programa permitirá la incorporación de 75 nuevos puestos de trabajo para jóvenes titulados en las empresas innovadoras de la región.

Medida 2.3 Programa de gestores de I+D+i.

Castilla y León ha sido pionera a nivel nacional y europeo en la apuesta por la formación de gestores de I+D+i y su posterior incorporación a las empresas de la región.

El programa de gestores de I+D+i permitirá a finales de 2011 disponer de 120 gestores en las empresas más innovadoras de la región, elemento que está contribuyendo de manera fundamental en la generación y desarrollo de proyectos de I+D+i, y especialmente de los proyectos en colaboración. Esta línea de actuación contribuirá a reforzar el programa de gestores que actualmente está llevando a cabo la Comunidad de Castilla y León, y contará con unos recursos de 750.000 euros.

Línea 3: Consolidar y articular el sistema de innovación de Castilla y León.

Uno de los elementos fundamentales para la articulación e impulso del sistema de innovación regional es el desarrollo de nuevas infraestructuras de innovación tales como el desarrollo de infraestructuras de innovación y tecnológicas y espacios de innovación en parques industriales e empresariales, y la ampliación de la red de parques tecnológicos de Castilla y León.

Asimismo, la articulación del sistema de innovación regional tiene uno de sus pilares en el desarrollo de una política sectorial con un enfoque muy decidido hacia el impulso y mejora de la competitividad de los distintos Sectores Productivos de la Comunidad a través de la puesta en marcha de Clusters o Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI).

Las diferentes medidas incluidas en esta línea se encuadran en el eje 4 de la e2i.

Medida 3.a) Infraestructuras para la Innovación:

El impulso de este tipo de infraestructuras constituye uno de los principales objetivos de actuación dentro de este convenio. Se contemplan para ello las siguientes medidas:

Medida 3.a.1.) Potenciación de la red de parques tecnológicos y empresariales de Castilla y León.

La red de parques tecnológicos de Castilla y León es uno de los activos más importantes de nuestro sistema de innovación. Actualmente están en funcionamiento los parques tecnológicos de Boecillo y de León.

Los parques de Boecillo y de León cuentan con más de 160 empresas instaladas (la mayor parte de ellas de alto nivel innovador), y con más de 6.500 puestos de trabajo generados, por lo que constituyen un elemento tractor a 3 niveles:

Como infraestructuras adecuadas para la generación de nuevos proyectos empresariales de base tecnológica.

Como elemento de captación de nuevas inversiones empresariales exteriores de carácter innovador y gran valor añadido.

Como elemento aglutinador que favorece la colaboración inter-empresarial y el desarrollo de proyectos e iniciativas innovadoras para la región.

Es por este motivo que Castilla y León apuesta de forma decidida por mejorar y ampliar la oferta de parques tecnológicos, a través de la urbanización y dotación de equipamiento necesario para la puesta en marcha de nuevos parques tecnológicos, que permita la activación de la oferta de infraestructuras para el desarrollo de iniciativas innovadoras en la región.

Asimismo, y conscientes de la necesidad de adecuar cada vez más la oferta de suelo industrial a las necesidades de las empresas tecnológicas e innovadoras, la oferta de suelo industrial de la región ha evolucionado hacia los estándares de calidad y características de los parques tecnológicos, para adecuar la oferta a las necesidades de los proyectos más innovadores y de valor añadido.

En esta línea de actuación, Castilla y León lleva trabajando durante los últimos años no sólo en la ampliación del suelo y las infraestructuras empresariales e industriales disponibles, sino también en su valorización y diferenciación para potenciar la generación y captación de nuevos proyectos empresariales de inversión en sectores de media y alta tecnología y con alto componte innovador, que son lo que se consideran de mayor valor añadido.

Por ello se potencia el desarrollo de nuevos parques industriales y empresariales con características e infraestructuras más adecuadas para el asentamiento y desarrollo de estos proyectos empresariales de componente tecnológico.

En el desarrollo de estos nuevos parques industriales y empresariales se contará con áreas específicas dedicadas a infraestructuras de innovación, a través de la urbanización y dotación de equipamiento, que son absolutamente necesarias para la instalación y desarrollo de empresas de alta y media tecnología, lo que se convertirá en un elemento aglutinador muy importante para la generación y desarrollo de actividades industriales y empresariales de componente innovador.

Este apoyo pretende realizarse mediante el sistema de préstamos reembolsables.

Dentro del presente convenio se prevé destinar a la mejora y ampliación de la red de parques tecnológicos y empresariales de Castilla y León un total de 43.250.000 euros.

En este ámbito la Comunidad de Castilla y León tiene previsto invertir una cantidad no inferior a 144 millones de euros, con el objetivo de desarrollar instalaciones y equipamientos para albergar aproximadamente 500 empresas con una capacidad de empleo total cercana a los 9.000 puestos de trabajo. Del total de las empresas instaladas se prevé que no menos de 50 serán de nueva creación, todas ellas innovadoras y de base tecnológica, lo que supondría la creación de 500 empleos directos ligados a la tecnología.

Medida 3.a.2) Generación de Espacios de Innovación en polígonos industriales.

En la línea de la mejora continua de los parques empresariales e industriales, se ha planificado la creación de Espacios de Innovación en un número limitado de parques empresariales y polígonos industriales de la región.

Los Espacios de Innovación se conciben como herramientas de transferencia de tecnología hacia el tejido industrial de la región, en concreto como una prolongación de la labor de los parques tecnológicos, los centros tecnológicos y los grupos de investigación de la Comunidad, sobre todo en aquellos polígonos y parques de nuevo desarrollo y que tienen un alto valor añadido por su situación geográfica en zonas consideradas objetivo desde el punto de vista de la convergencia regional.

Los Espacios de Innovación son infraestructuras que se incorporarán a los parques empresariales y cuya misión será doble, por una parte facilitar a instalación de proyectos empresariales innovadores, y por otra facilitar la prestación de servicios tecnológicos y de transferencia de tecnología a las empresas instaladas en los mismos. De esta forma los Espacios de innovación contarán con infraestructura para la instalación de empresas innovadoras y de base tecnológica, y también con delegaciones de centros tecnológicos, y grupos de investigación de las universidades, que permitan facilitar la gestión de servicios tecnológicos y de transferencia de tecnologías a las empresas.

Actualmente se está trabajando con una propuesta de 9 Espacios de Innovación en la región, de los cuales los de Salamanca y Valladolid ya están en fase de desarrollo. Dentro de las actuaciones de este convenio incluiremos el desarrollo de los Espacios de Innovación en los parques empresariales de Magaz (Palencia), Miranda de Ebro (Burgos), y el de Vicolozano (Ávila). El presente convenio incluye un total de 750.000 euros para la puesta en marcha de estos 3 Espacios de Innovación.

Medida 3.b) Programa de apoyo a los Parques Científicos.

Los Parques Científicos son un instrumento clave para fomentar la interacción de las universidades, de los organismos públicos de investigación y de los centros tecnológicos con el sector económico e industrial, lo que sirve para propiciar un mayor y mejor uso por parte de las empresas del conocimiento científico existente, aumentando su competitividad, así como para encauzar la capacidad emprendedora en las instituciones académicas y de investigación del sector público y su acercamiento al sector productivo.

La reciente creación y puesta en marcha de los Parques Científicos de las Universidades Públicas de Castilla y León requiere un apoyo e impulso especial por parte de las Administraciones Públicas. En el momento actual, a su incipiente puesta en marcha se unen las dificultades presupuestarias y del mercado financiero que hacen peligrar su desarrollo y consolidación en el tiempo.

Por ello y a través de las fórmulas y cuantías que se habilitan este convenio, se pretende facilitar el momento inicial de estos Parques Científicos bajo la fórmula de ayudas financieras que garanticen la disponibilidad de créditos de tales Parques para sus actuaciones esenciales.

El presente convenio incluye un total de 1.000.000 euros para tal finalidad.

Este programa permitirá la puesta en marcha y consolidación de las actividades de los Parques Científicos creados en Castilla y León.

Medida 3.c) Política sectorial de innovación y clusters.

El desarrollo de una política sectorial con un enfoque muy decidido hacia el impulso y mejora de la competitividad de los distintos Sectores Productivos de la Comunidad a través de la puesta en marcha de Clusters o Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI), es una actividad que la Comunidad de Castilla y León ha llevado a cabo junto con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En esta línea se está trabajando en la identificación y puesta en marcha de proyectos colaborativos entre empresas, centros tecnológicos y universidades para tratar por un lado responder a los nuevos retos estratégicos del sector y, por otro lado, aprovechar las nuevas oportunidades de negocio y actuar como elementos tractores del sistema de innovación regional.

Se han desarrollado actualmente en Castilla y León once clusters especializados en materias como, entre otras, automoción, biotecnología verde, bienes de equipo, movilidad y seguridad informática, de los cuales actualmente en ocho ha sido su plan estratégico declarado excelente por el Ministerio de Industria.

Una vez identificadas las líneas de actuación colaborativas a ejecutar en el seno de la agrupación empresarial innovadora, concretándose en su plan estratégico, así como analizada la viabilidad de las mismas, es necesario acometer la financiación de estos proyectos colaborativos que la agrupación empresarial innovadora debe poner en marcha para reforzar la competitividad de sus socios.

La línea de actuación propuesta consistirá en facilitar a las agrupaciones empresariales innovadoras financiación para acometer los proyectos colaborativos en materia de formación tecnológica, innovación y promoción tecnológica conjunta que se articulará mediante convocatorias de ayudas reembolsables y/o subvenciones. Los recursos planificados para esta línea de actuación sería de 1 millón de euros.

En lo relativo a los retornos esperados, esta línea de trabajo estimamos que permitirá movilizar de forma directa e indirecta recursos a través de la generación de proyectos colaborativos por valor de 30 millones de euros, con el objetivo de generar hasta 75 nuevos empleos ligados a la tecnología.

Línea 4: Impulsar La Internacionalización de la I+D+I.

Castilla y León ha sido pionera a nivel nacional a la hora de incluir un eje específico de internacionalización de la I+D+i en el «II Plan de Internacionalización de Castilla y León». El objetivo fundamental es promover el posicionamiento y colaboración del sistema de innovación regional en el entorno internacional, involucrando a todos los actores del sistema regional de I+D+i (empresas, centros tecnológicos, universidades, organizaciones intermedias, etc.), y con un enfoque sectorial (que permita ofrecer actuaciones diferenciales en función de las necesidades de cada sector) y geográfico (que permita el establecimiento de colaboraciones con áreas geográficas objetivo de valor añadido para cada sector considerado).

El Plan incluye el desarrollo de los siguientes programas dentro del eje de I+D+i:

Promoción de programas internacionales, europeos y bilaterales.

Programa de transferencia de tecnología internacional.

Redes de I+D+i internacionales y europeas.

Plataformas Tecnológicas europeas e Iniciativas Tecnológicas Conjuntas.

Participación en ferias y congresos de tecnología.

Misiones sectoriales a países y áreas geográficas objetivo.

Acuerdos de promoción con instituciones de apoyo a la I+D+i europeas e internacionales.

Establecimiento de redes de colaboración con centros de I+D+i internacionales de alto nivel (nodos internacionales de I+D+i).

Programas de apoyo personalizado a la colaboración internacional en I+D+I.

Plan de internacionalización de la tecnología.

Actuaciones de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva y económica.

Las actuaciones propuestas en el presente convenio se centran en el refuerzo de las actuaciones previstas en el plan de internacionalización de la I+D+i a nivel regional y contarán con recursos por importe de 1 millón de euros.

Con esta línea se pretende que Castilla y León mejore sustancialmente sus retornos económicos por la participación en los Programas Internacionales de I+D+i, hasta alcanzar la cifra estimada de un 6% de retorno de programas europeos.

Presupuestos anuales (comenzando la actividad en el año 2010)

2010

2011

2012

Total

Línea 1: Creación, desarrollo y consolidación de empresas innovadoras y de base tecnológica:

 

 

 

 

Medida 1.1: Apoyo a la financiación de empresas innovadoras

 

9.500.000

7.500.000

17.000.000

Medida 1.2: Apoyo a la financiación de EBTs a través de capital semilla

 

2.000.000

1.500.000

3.500.000

Línea 2: Potenciar la Formación e incorporación de RRHH dedicados a la I+D+i en empresas de C y L:

 

 

 

 

Medida 2.1: Incorporación de tecnólogos a empresas innovadoras

 

500.000

250.000

750.000

Medida 2.2: Programa de incorporación de jóvenes titulados a empresas innovadoras

 

750.000

500.000

1.250.000

Medida 2.3: Programa de gestores de I+D+i

 

500.000

250.000

750.000

Línea 3: Consolidar y articular el sistema de innovación de Castilla y León:

 

 

 

 

a) Infraestructuras:

 

 

 

 

Medida 3.a.1: Potenciación de la red de parques tecnológicos y empresariales de Castilla y León

29.500.000

9.250.000

4.500.000

43.250.000

Medida 3.a.2: Generación de Espacios de Innovación en polígonos industriales

 

750.000

 

750.000

b) Programa de apoyo a los Parques Científicos:

1.000.000

 

 

1.000.000

Medida 3.b: Apoyo a los parques científicos y tecnológicos.

 

 

 

 

c) Política sectorial innovación y cluster:

 

 

 

 

Medida 3.c: Apoyo a las actividades de las Agrupaciones Empresariales innovadoras

 

500.000

500.000

1.000.000

Línea 4: Internacionalización de la I+D+i:

 

 

 

 

Medida 4: Refuerzo de la internacionalización de la I+D+i en Castilla y León

 

500.000

500.000

1.000.000

Total

30.500.000

24.250.000

15.500.000

70.250.000

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