En ejecución de la sentencia de 31 de marzo de 2011, de la Sección 7.ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 13/2010, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 7 de junio de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 104 y concordantes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, acordó:
Dejar sin efecto el acuerdo por el que se adjudicaba en propiedad a don Francisco Javier Romero Costas la plaza de Magistrado de la Audiencia Provincial de Pontevedra, de tal modo que el expresado Magistrado permanecerá en situación de adscripción a dicha Audiencia (orden civil), pudiendo tomar parte en los concursos de traslado que se anuncien en los términos señalados en la fundamentación de la Sentencia.
Madrid, 7 de junio de 2011.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.
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