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Documento BOE-A-2011-10527

Resolución de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se actualiza y renueva la autorización concedida a Tüv Rheinland Ibérica Inspection, Certification & Testing, SA, para actuar como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2011, páginas 62025 a 62027 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2011-10527

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho:

Primero.–José Luis Soguero Azagra, como delegado de Aragón-Soria de la empresa TÜV Rheinland Ibérica Inspection, Certification & Testing, S.A., con CIF A59555466, con sede en Paseo María Agustín, 4-6, oficina 12-A, de Zaragoza, autorizada a actuar como Organismo de Control por Resolución de 7 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa; solicitó la actualización y renovación de dicha autorización como consecuencia de variaciones en los documentos de acreditación que se citan en los puntos segundo a quinto.

Segundo.–La empresa dispone de la acreditación OC-I/086 que demuestra su competencia técnica para las actividades relativas a instalaciones y productos industriales que se detallan en su correspondiente anexo técnico y que se agrupan en los siguientes ámbitos:

Aparatos elevadores: Ascensores.

Aparatos elevadores: Grúas.

Accidentes graves.

Aparatos a presión.

Almacenamiento de productos químicos.

Combustibles gaseosos: Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP.

Combustibles gaseosos: Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos.

Combustibles gaseosos: Plantas satélite de GNL.

Combustibles gaseosos: Estaciones de servicio para vehículos a gas.

Incendios: Seguridad contra incendios en establecimientos industriales.

Instalaciones petrolíferas: Parques de almacenamiento.

Instalaciones petrolíferas: Para su consumo en la propia instalación y para suministro a vehículos.

Instalaciones térmicas en los edificios.

Reglamentación eléctrica: Alta tensión.

Reglamentación eléctrica: Baja tensión.

Transporte de mercancías peligrosas.

Transporte de mercancías en contenedores.

Transporte de mercancías perecederas.

Directiva 97/23/CE Equipos a presión.

Directiva 95/16/CE Ascensores.

Combustibles gaseosos: Aparatos de gas.

Tercero.–La empresa dispone de la acreditación OC-C/019 que demuestra su competencia técnica para las actividades relativas a productos industriales que se detallan en su correspondiente anexo técnico y que se agrupan en los siguientes ámbitos:

Directiva 97/23/CE Equipos a presión.

Cuarto.–La empresa dispone de la acreditación 11/EI016 que demuestra su competencia técnica para la realización de las inspecciones que se detallan en su correspondiente anexo técnico y que se agrupan en los siguientes ámbitos:

Combustibles gaseosos: Instalaciones de envases de GLP para uso propio.

Combustibles gaseosos: Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos.

Incendios: Instalaciones de protección contra incendios.

Instalaciones frigoríficas.

Instalaciones interiores de suministro de agua.

Reglamentación eléctrica: Alta tensión.

Máquinas como equipo de trabajo en uso.

Quinto.–La empresa dispone de la acreditación 11/EI091 que demuestra su competencia técnica para la realización de las inspecciones en el área medioambiental que se detallan en su correspondiente anexo técnico y que se agrupan en los siguientes ámbitos:

Aguas residuales.

Emisiones de fuentes estacionarias.

Fundamentos de derecho:

Primero.–La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y por razón de la materia, la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, es competente para conocer y resolver el presente expediente, de conformidad con la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los RR.DD. 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de industria, energía y minas, así como con el Decreto 114/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, que atribuye a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa competencias en el ámbito de la actividad industrial.

Segundo.–La Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

Tercero.–El Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Cuarto.–El Decreto 67/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el ejercicio de las funciones en materia de vigilancia del cumplimiento de la legislación vigente sobre seguridad de productos, equipos e instalaciones industriales asignado a los Organismos de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.–Resultando que se ha presentado ante esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 67/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, la documentación que establece el art.º 43.3 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial y que se cumplen las condiciones y requisitos establecidos en el art.º 43.2 del citado Real Decreto.

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos reglamentarios.

Vistos los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y demás disposiciones concordantes, resuelvo:

Primero.–Actualizar y renovar la autorización concedida a la empresa Tüv Rheinland Ibérica Inspection, Certification & Testing, S.A., por Resolución de 7 de noviembre de 2008, sustituyendo la relación de ámbitos para los que dicha empresa fue autorizada a actuar como Organismo de Control por la recogida en los documentos de acreditación citados en los antecedentes de hecho y limitando la presente autorización a las actuaciones definidas en ellos.

Segundo.–La presente autorización tiene eficacia en todo el territorio nacional, debiendo en todo caso para actuar en cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre y en lo concerniente a su actuación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón cumplir con lo dispuesto en el Decreto 67/1998, de 31 de marzo del Gobierno de Aragón, por el que se regula el ejercicio de las funciones en materia de vigilancia del cumplimiento de la legislación vigente sobre seguridad de productos, equipos e instalaciones industriales asignado a los Organismos de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.–Tüv Rheinland Ibérica Inspection, Certification & Testing, S.A. notificará a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa cualquier cambio sustancial de las condiciones que han dado lugar a la presente autorización y en especial de las producidas en sus documentos de acreditación. Esta Dirección General podrá, en base a los cambios comunicados, revocar, suspender, modificar o mantener la presente autorización.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 12 de mayo de 2011.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Carlos Javier Navarro Espada.

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