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Documento BOE-A-2010-9663

Resolución de 8 de junio de 2010, de la Dirección General de Justicia y Menor, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3337/2008, de 10 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2010, páginas 52803 a 52805 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2010-9663

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 8 de junio de 2010, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.–Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo, atendiendo al destino adjudicado en las siguientes sedes:

Dirección General de Justicia y Menor.

Servicio de Recursos Humanos.

C/ Avellanas, 14-5.º

Valencia.

Dirección Territorial de Justicia.

Rambla de Méndez Núñez, 41 (Torre Generalitat).

Alicante.

Dirección Territorial de Justicia.

C/ Mayor, 76.

Castellón.

En el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto.

Segundo.–Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día anterior en que se produzca la toma de posesión del titular.

Tercero.–En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículos 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberá manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Cuarto.–Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Quinto.–Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución, de 15 de abril de 2010, no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia y Menor, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valencia, 8 de junio de 2010.–El Director General de Justicia y Menor, Antonio Gastaldi Mateo.

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