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Documento BOE-A-2010-9660

Orden de 8 de junio de 2010, del Departamento de Justicia y Administración Pública, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3337/2008, de 10 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 18 de junio de 2010, páginas 52783 a 52784 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2010-9660

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el articulo 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 8 de junio de 2010, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.–Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se les otorga destino en esta Orden, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco o contados a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado en el caso de que la publicación de esta Orden no se haga simultáneamente en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 29 del citado Real Decreto.

La formalización de la toma de posesión se realizará ante la Ilma. Sra. Directora de la Oficina Judicial y Fiscal o funcionario en quien delegue, en la sede de Lakua (Vitoria-Gasteiz), o en las EAT de Bizkaia o Gipuzkoa, según el territorio al que corresponda el destino adjudicado.

Segundo.–Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Tercero.–En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículos 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberá manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Cuarto.–Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Quinto.–Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Orden JUS/1065/2010, de 15 de abril (BOE 30-4-2010), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer Recurso Potestativo de Reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Justicia y Administración Pública en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses. En ambos casos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Vitoria-Gasteiz, 8 de junio de 2010.–La Consejera de Justicia y Administración Pública, Idoia Mendia Cueva.

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