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Documento BOE-A-2010-9229

Resolución de 28 de mayo de 2010, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Contsa Corporación Empresarial, S.A. y don José Salas Burzón.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 10 de junio de 2010, páginas 49423 a 49423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2010-9229

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de septiembre de 2009, el Secretario de Estado de Economía, por delegación de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, dictó Orden Ministerial resolviendo el expediente de referencia IE/PS-1/2008, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de fecha 21 de octubre de 2008, a don José Salas Burzón y a Contsa Corporación Empresarial, S. A. Siendo firme en vía administrativa, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad, en el «Boletín Oficial del Estado», de las siguientes sanciones por infracciones muy graves impuestas en dicha Orden:

«Primero.–Imponer a «Contsa Corporación Empresarial, S.A.», con número de CIF: A-91.096.511, la sanción de multa prevista en el artículo 13 bis, en relación con el artículo 12, ambos de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por un importe de cuarenta mil euros (40.000 euros), por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 4.l) del mismo cuerpo legal, consistente en adquirir participaciones significativas, o aumentarlas, infringiendo lo previsto en el Título VI de la citada Ley.

Segundo.–Imponer a don José Salas Burzón, con NIF: 28.870.323-X, accionista y administrador único que lo fuera de Contsa Corporación Empresarial, S. A., las sanciones previstas en el artículo 13 bis, en relación con el artículo 12, ambos de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, de multa por importe de ciento diez mil euros (110.000 euros) e inhabilitación para ejercer cargos de administrador o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero durante seis (6) años, como responsable de la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 4.l) del mismo cuerpo legal, consistente en adquirir participaciones significativas, o aumentarlas, infringiendo lo previsto en el Título VI de la citada Ley.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 28 de mayo de 2010.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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