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Documento BOE-A-2010-8474

Resolución de 18 de mayo de 2010, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas en materia de seguridad de las tecnologías de la administración electrónica en sus distintas modalidades en colaboración con el Centro Criptológico Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 27 de mayo de 2010, páginas 46302 a 46309 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-8474

TEXTO ORIGINAL

Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública, de acuerdo con el Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública, se encuentra la formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos.

Entre las actividades formativas del INAP para 2010 se prevé, para el segundo semestre, la organización de una serie de actividades formativas agrupadas en varias áreas de conocimiento, según los diversos perfiles profesionales cuya finalidad es la formación continua y la actualización permanente de los conocimientos y las capacidades profesionales de los empleados públicos.

El Instituto Nacional de Administración Pública, en colaboración con el Centro Criptológico Nacional, prevé un total de 8 actividades formativas en el segundo semestre de 2010 en materia de seguridad de las tecnologías de la administración electrónica. Las actividades formativas serán presenciales, y según se detalle en el anexo, algunos contendrán una fase previa a distancia.

Quienes se encuentren afectados por una discapacidad, debidamente acreditada, cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 % podrán hacer constar tal circunstancia en la solicitud, debiendo comunicar al Centro Criptológico Nacional, en caso de ser seleccionado, las adaptaciones necesarias para la realización del curso.

Igualmente, en aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de participación a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 %.

De conformidad con lo establecido en el IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, de 21 de septiembre de 2005, se fomentarán las medidas, en materia de formación, que tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

Adicionalmente, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia, durante un año, a quienes se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad.

Finalmente, los empleados públicos podrán recibir y participar en cursos de formación durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares.

Bases comunes

1. Solicitudes

a) Los candidatos deberán presentar la solicitud que figura en la página web del INAP (www.inap.es) entrando en «Formación» y a continuación seleccionando, según la actividad formativa que soliciten:

Formación en Administración Electrónica donde aparecerá el listado de cursos y un apartado denominado «Presentación de solicitudes» para la preinscripción.

b) Quienes deseen participar en los cursos, detallados en el anexo, deberán solicitarlo mediante la cumplimentación del modelo de solicitud telemática, y sólo en los casos en los que se solicite se aportará la documentación adicional exigida en su caso.

Cumplimentado el modelo de solicitud deberán ejecutar la opción «Grabar y enviar» para completar la transmisión de datos telemática.

Se les generará una copia del modelo de solicitud que deberán imprimir y pasar a la firma del superior jerárquico, la cual deberán conservar en su poder hasta que se les solicite su presentación.

Los empleados públicos cuyas unidades de formación no se encuentren en el listado desplegable del modelo de solicitud del INAP, o tengan alguna incidencia en la fase de inscripción electrónica, deberán ponerse en contacto con el Instituto a través del correo electrónico ft@inap.es

c) Los datos de las solicitudes telemáticas serán enviados al Centro Criptológico Nacional, quien realizará la selección de alumnos de cada curso, debiendo asegurarse de que todas ellas cumplen con los requisitos exigidos para cada una de las acciones formativas.

El plazo de presentación de solicitudes telemáticas a que se refiere la presente base será de quince días naturales, durante 24 horas, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Destinatarios

Podrán participar en los cursos de formación en materia de seguridad de las tecnologías de la administración electrónica, detallados en el anexo, los empleados públicos de las Administraciones Públicas cuyo perfil se adecue al descrito en el apartado de destinatarios.

3. Selección

a) El número de alumnos admitidos por curso presencial no excederá, con carácter general, de treinta.

b) La selección de los participantes corresponde al Centro Criptológico Nacional.

En la selección se observarán los siguientes criterios: trayectoria profesional y curricular de los candidatos, adecuación del puesto desempeñado a los contenidos de la acción formativa, equilibrio entre organismos e instituciones, e interés objetivo de la organización administrativa en la participación del solicitante en el curso. Sólo se asignará un curso por año a cada solicitante. En caso de recibir varias solicitudes de un mismo organismo o institución se seleccionará al candidato con el perfil más ajustado al destinatario del curso.

c) La inasistencia, sin previo aviso o cumplida justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en las actividades formativas podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores.

d) Una vez efectuada la selección definitiva de participantes, el Centro Criptológico Nacional comunicará por correo electrónico a cada uno de los alumnos, su admisión a cada acción formativa, el aula y el horario en que tendrá lugar. Se exigirá a cada seleccionado como requisito para poder realizar el curso que conteste a este correo confirmando su asistencia.

4. Modalidad formativa y calendario

Las actividades formativas de cada materia se realizarán en la modalidad y en las fechas detalladas en el anexo. En caso de modificar las fechas indicadas en la programación será comunicado con antelación suficiente a los participantes.

5. Diplomas

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán el correspondiente diploma. Una inasistencia superior al diez por ciento de las horas presenciales lectivas programadas, sea cual sea la causa, imposibilitará la expedición del mismo.

6. Información adicional

En la página web del INAP http://www.inap.es, así como en el correo electrónico formación.ccn@cni.es y en los teléfonos: 913726785-913725377.

Madrid, 18 de mayo de 2010.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Pilar Arranz Notario.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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