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Documento BOE-A-2010-8305

Resolución de 5 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Estudio informativo de la electrificación del corredor norte-noroeste de alta velocidad, tramo Valladolid-Venta de Baños- Palencia, subestación de tracción en Dueñas y línea de acometida.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 2010, páginas 45522 a 45536 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-8305

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado a) del grupo 4 del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 15 de junio de 2009 y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto-ley 1/2008 citado.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto, justificación y localización. Descripción sintética. Alternativas

Tanto el promotor del proyecto como el órgano sustantivo es la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento.

El objeto del proyecto es la construcción de una subestación de tracción en Dueñas y una línea eléctrica de aproximadamente 12,5 km de longitud para alimentar la línea de alta velocidad (LAV) Valladolid-Burgos-Vitoria-León.

Se precisan cinco subestaciones eléctricas de tracción distribuidas a lo largo del trazado de dicha LAV. La subestación de tracción de Dueñas es una de las cinco subestaciones citadas, situándose en el punto kilométrico 13+450 del tramo de la plataforma de vías San Martín de Valvení-Nudo de Venta de Baños. La línea de 400 kV Cerrato-Dueñas tendrá su origen en la subestación eléctrica de transporte de Cerrato, de futura construcción, propiedad de Red Eléctrica. La citada subestación no está incluida en el proyecto, por lo que no es objeto de la presente declaración de impacto ambiental. La subestación eléctrica de transporte de Cerrato ha sido exonerada de evaluación de impacto ambiental por la Junta de Castilla y León por no estar incluida en los anejos I y II del Real Decreto-ley 1/2008.

Los términos municipales atravesados por la alternativa seleccionada son Dueñas, Tariego de Cerrato, Cevico de la Torre y Valle de Cerrato, todos ellos en la provincia de Palencia, Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La subestación de tracción eléctrica de Dueñas se sitúa contigua a la plataforma de las vías y tiene unas dimensiones exteriores de aproximadamente 90 x 65 m. Está cerrada por una valla metálica de 2,20 m de altura rematada con alambre de espino, apoyada sobre un murete de 0,30 m. La subestación consta de un parque exterior de 400 kV, un edificio de control, unos pórticos de salida de feeder de 55 kV y un armario de barra «0». En el exterior de la subestación hay dos plataformas de maniobras, una delante de cada puerta de acceso.

Las características de la línea eléctrica proyectada son las siguientes:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Tensión nominal: 400 kV.

Tensión mas elevada de la red: 420 kV.

Frecuencia: 50 Hz.

Longitud total: 12,5 km.

Tipo conductor: CONDOR (AW) de aluminio y acero recubierto de aluminio.

N.° de circuitos: 2.

N.° de conductores por fase: 3.

N.° cables de fibra óptica/tierra: 2.

Tipo de aislamiento: Bastones de goma.

Apoyos: 19 apoyos metálicos de celosía.

Cimentaciones: Zapatas individuales.

Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

Dados los condicionantes técnicos que restringen las posibilidades de ubicación de la subestación a una zona concreta del trazado de la línea de alta velocidad y a la necesidad de estar adosada a la plataforma, en el estudio de impacto ambiental se ha considerado una única localización de instalación favorable. Esta parcela se sitúa a 2,73 km del núcleo de población de Dueñas.

En el documento ambiental que sirvió de base para las consultas realizadas se plantearon 6 alternativas (1 a 6) para el trazado de la futura línea eléctrica a 400 kV Cerrato-Dueñas. Estas alternativas fueron ampliadas a dos más en el estudio de impacto ambiental (7 y 8). Tras la información pública se añadió una alternativa más, variación de la alternativa 7, que se denomina alternativa 7 modificada. El trazado de las mismas puede verse en el croquis.

Alternativa 1. Con una longitud de 12,63 km y 20 apoyos, el trazado parte de la subestación de Cerrato en dirección oeste discurriendo unos 2500 m sobre el páramo de Valcaliente antes de atravesar 400 m de cuesta que albergan una tesela de hábitat de interés comunitario con formaciones de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090) y vegetación gipsícola ibérica* (1520*). Luego continúa por el valle discurriendo en paralelo con los arroyos del Valle Cerrato, Maderano y de Cevico. En su parte final sigue un camino existente hasta conectar con la subestación de Dueñas. La traza cruza 7 arroyos temporales y 1 permanente y 3 vías pecuarias.

Alternativa 2. Comparte el primer y último tramo con la Alternativa 1, pero cuando desciende al valle discurre más próximo a las cuestas que dicha alternativa. Tiene una longitud de 12,23 km y 19 apoyos, atraviesa 4 cauces temporales y 1 permanente, y 4 vías pecuarias.

Alternativa 3. Se diferencia de la alternativa 1 en el último tramo, en el que se separa del camino y del cauce del arroyo de Cevico aproximándose a las cuestas donde se encuentra una tesela del hábitat de interés comunitario, a la que no afecta. Tiene una longitud de 12,45 km y 20 apoyos. Cruza los mismos arroyos, vías pecuarias y hábitats de interés comunitario que la alternativa 1.

Alternativa 4. Con 12,03 km de longitud y 19 apoyos, es igual que la Alternativa 2 excepto en su último tramo que lo comparte con la Alternativa 3. Cruza los mismos arroyos, vías pecuarias y hábitats de interés comunitario que la alternativa 2.

Alternativa 5. Inicialmente su trazado discurre algo más al norte que las anteriores alternativas, recorriendo unos 1500 m del páramo de Valcaliente para descender por la cuesta y alcanzar el valle al este de las antes citadas. Después, discurre al sur de las citadas alternativas, en paralelo con el arroyo de Valle Cerrato y al menos a unos 600 m de él, hasta unirse con el trazado de la Alternativa 1. Tiene 12,65 km de longitud y 19 apoyos, sobrevuela unos 450 m del mismo hábitat de interés comunitario que las anteriores por una zona situada más al este. Cruza 4 arroyos temporales y 1 permanente, y 3 vías pecuarias.

Alternativa 6. De 12,48 km de longitud y 19 apoyos, comienza como la anterior alternativa hasta unirse con el trazado de la Alternativa 3. Cruza 4 arroyos temporales y 1 permanente y 3 vías pecuarias.

Alternativa 7. Esta alternativa recorre durante la mayoría de su trazado los páramos de El Cerrato, atravesando zonas donde se encuentra la alondra ricotí, descendiendo al valle en su parte final donde atraviesa en unos 300 m la cuesta que alberga un hábitat de interés comunitario brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. Con 11,74 km de longitud y 18 apoyos, sobrevuela 7 cursos temporales de agua y 1 vía pecuaria.

Alternativa 8. Recorre 13,24 km con 21 apoyos y su traza atraviesa hábitats donde se encuentra la alondra ricotí y rodea un hábitat de interés comunitario de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga; en su parte final discurre en paralelo a la vereda de Serraniegos. Sobrevuela durante unos 350 m hábitats de interés comunitario con formaciones de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y vegetación gipsícola ibérica*.

Alternativa 7 modificada. Como resultado de las alegaciones presentadas durante el procedimiento de información pública, el promotor propone una nueva alternativa como variante a la Alternativa 7. Esta alternativa, partiendo de la subestación de Cerrato, coincide en su primer tramo con la Alternativa 2, descendiendo al valle y discurriendo paralela a las cuestas hasta llegar al barranco llamado Valle de Don Juan, por el que vuelve a ascender al páramo siguiendo, a partir de allí, el trazado de la Alternativa 7. Tiene 12,55 km de longitud y 19 apoyos. De acuerdo con lo indicado por el promotor, el trazado, desde la subestación de Dueñas a la de Cerrato, atraviesa un hábitat de interés comunitario robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis (9240), además de atravesar en 2 ocasiones una tesela de hábitat de interés comunitario con formaciones de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga vegetación gipsícola ibérica* y zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea*, sobrevolando en total una longitud total aproximada de 750 m del mismo, además de unos 400 m de otra tesela de hábitat de interés comunitario con formaciones de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y vegetación gipsícola ibérica*. Cruza 7 cursos de agua temporales y 1 permanente, y 4 vías pecuarias.

Una vez realizado el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la alternativa seleccionada es la alternativa 7 modificada, simbolizada en el siguiente croquis como 7 V.

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2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

A continuación se resumen los elementos más significativos del medio de acuerdo con lo indicado en el estudio de impacto ambiental:

Geología, geomorfología y edafología. Desde el punto de vista geológico, la zona de estudio corresponde a materiales terciarios y cuaternarios. El relieve es de llanuras escalonadas, entre 700 y 1.000 m, estando los páramos superiores erosionados por los ríos que forman grandes vegas, destacando entre ellas la vega del Pisuerga, y pequeñas cárcavas, hoces y barrancos de numerosos ríos y arroyos. El régimen de humedad del suelo de la zona de estudio se encuadra en el tipo xérico, presentando una gran calidad agraria en los suelos de vega y una alta calidad en los demás terrenos de cultivo.

Hidrología e hidrogeología. La zona de estudio se encuadra en la cuenca del Duero, al este del río Pisuerga y se extiende en paralelo al curso del arroyo de Cevico, que posteriormente pasa a llamarse arroyo Maderano, y al arroyo Valle de Cerrato. Existen numerosos arroyos o regueros de escasa importancia que atraviesan el páramo y que son arroyos tributarios del arroyo de Cevico. Su carácter es temporal, y en sus riberas o alrededores inmediatos no se encuentran formaciones vegetales especiales debido a la escasa frecuencia con la que se crean estos regueros. El ámbito de estudio puede considerarse globalmente de permeabilidad media y se sitúa en el sistema acuífero n.º 8 que es recargado fundamentalmente a partir de la infiltración del agua de lluvia.

Flora. Las lomas y llanuras están ocupadas por cultivo de cereal, por lo que su población arbórea resulta actualmente escasa, habiéndose reducido la vegetación espontánea a las cuestas. La vegetación natural está representada por formaciones arbustivas y asociaciones de herbáceas. Entre el matorral está presente la coscoja (Quercus coccifera) y resulta frecuente el escobillar mixto y el tomillar. De acuerdo con lo indicado por la Consejería de Castilla y León, en el ámbito del estudio se localiza la especie Centaurea alpina, catalogada como de atención preferente en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León por el Decreto 63/2007, de 14 de junio.

Fauna. La zona es eminentemente esteparia, con predominancia de aves como el aguilucho cenizo (Circus pygargus), el sisón (Tetrax tetrax), la avutarda (Olla tarda) y el milano real (Milvus milvus). Es de destacar que en la zona se encontraría la única población que queda en Palencia de alondra ricotí (Chersophilus duponti) clasificada como vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, circunscrita a los páramos de El Cerrato. Se trata de una población muy pequeña, que ha visto reducidos sus efectivos en más del 50 % en la última década, pudiéndose localizar algunos individuos en el cercano páramo de Castañeda.

Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. La subestación de Dueñas, se sitúa a 1,3 km del lugar de importancia comunitaria (LIC) ES4140082 riberas del río Pisuerga y afluentes y de la zona de especial protección para las aves (ZEPA) ES0000220 riberas del Pisuerga. La superficie englobada por estos espacios la define el cauce del río más una anchura variable en cada margen, que en la mayor parte del tramo es de 100 m. Destaca la colonia de martinete común (Nycticorax nycticorax) y una gran diversidad de paseriformes en los bosques ribereños. En el área de estudio también se encuentra el LIC ES4140053 Montes del Cerrato a unos 500 m de la substación de transporte de Cerrato, caracterizado por su paisaje árido y orográficamente accidentado donde destacan las poblaciones de aves esteparias y matorrales ricos en labiadas en los que no resultan raras las plantas gipsófilas de alto interés florístico. En los alrededores de la zona de estudio, a 1300 m de la subestación de Dueñas, se encuentran las áreas importantes para las aves (IBA) n.º 042, río Pisuerga en Dueñas, que comprende ambos márgenes del río Pisuerga en la zona de Dueñas, y la n.º 044 Páramos del Cerrato.

Los hábitats de interés comunitario prioritarios más cercanos al ámbito del proyecto son el 1520* vegetación gipsícola ibérica* y el 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea*, además de los hábitats de interés comunitario 4090 brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y 9240 robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis.

Patrimonio cultural y arqueológico. En la zona de ubicación del proyecto existen 16 bienes sin protección específica, es decir construcciones aisladas situadas fuera de los cascos urbanos que caben dentro de la definición genérica de la ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León por reunir valores históricos, artísticos, arquitectónicos o etnológicos, pero que no están catalogados en ninguna normativa. Esta zona es atravesada por la Vereda de Serraniegos, la Cañada Real Leonesa Oriental, la Cañada Real Burgalesa, la Cañada del Romeral, la Cañada del Camino Real de Palencia y la Cañada de Aguayusta.

Paisaje. En este entorno pueden diferenciarse tres unidades: el páramo, la campiña y, entre ambos, las cuestas. La unidad del páramo presenta una calidad paisajística y fragilidad bajas. Las otras dos unidades presentan una alta fragilidad, si bien el estudio considera que la unidad de la campiña es más frágil, al ser un espacio más abierto y visible desde las otras dos unidades.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial. La tramitación en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se inició con fecha de 22 de diciembre de 2008, mediante la recepción del documento ambiental del proyecto. Esta documentación contemplaba una descripción del área favorable para la subestación de Dueñas junto con las alternativas para la línea eléctrica, así como todos los requisitos mínimos para su tramitación por esta Dirección General.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Esta Dirección General, con fecha 2 de marzo de 2009, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto y la necesidad de sometimiento a evaluación de impacto ambiental. La relación de consultados se expone a continuación, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Confederación Hidrográfica del Duero, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

X

Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Urbanismo y Política de Suelo de la Conserjería de Fomento de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León

Ayuntamiento de Vertavillo (Palencia)

Ayuntamiento de Tariego de Cerrato. (Palencia)

Ayuntamiento de Dueñas (Palencia)

X

Ayuntamiento de Valle de Cerrato (Palencia).

WWF/Adena. (Madrid).

SEO. (Madrid).

Ecologistas en Acción de Castilla y León (Valladolid).

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Hidrología e hidrogeología. La Confederación Hidrográfica del Duero indica que se deberá respetar la vegetación de ribera de todos los ríos y arroyos, situando los apoyos de manera que se evite la eliminación de dicha vegetación. En caso de afectarse a las márgenes de los ríos, deberán presentarse medidas correctoras adecuadas para su protección. El emplazamiento de los apoyos se ubicará teniendo en cuenta lo establecido en Real Decreto 9/2008, que modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. La altura de los conductores sobre el nivel del agua y sobre el terreno en la zona de servidumbre, deberá estar en conformidad con el artículo 127 de este Reglamento. Debe solicitarse en su momento la correspondiente autorización de cruce de línea eléctrica.

Flora. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino indica que se deberá realizar una prospección de campo en la época adecuada que complemente la cartografía existente de hábitats del anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y determinar el tipo de vegetación y las especies afectados por las alternativas y ocupaciones temporales y permanentes.

Fauna. Según la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, un trazado por el valle entre el páramo de Castañeda y el de los Infantes podría causar potencialmente una pérdida de conectividad en los desplazamientos de dispersión o campeo entre dos subpoblaciones de alondra ricotí. Por ello, dicha Dirección General solicita analizar en detalle el efecto barrera que supondrá la infraestructura sobre dicha especie amenazada y la comunidad de aves esteparias, además de una estimación del tamaño de la población, grado de aislamiento, conectividad, dispersión y estado de conservación de las aves y quirópteros potencialmente afectados. Considera necesario conocer el impacto sinérgico y acumulativo con otras líneas eléctricas de la zona, los datos relativos a afecciones a la avifauna, las medidas anticolisión y antielectrocución que deben incorporar la línea y la subestación, así como el programa de vigilancia que se impondrá para el seguimiento de las colisiones de la avifauna.

Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal estima que el proyecto puede tener repercusiones significativas sobre especies de avifauna amenazada y de forma indirecta, sobre espacios de Red Natura 2000, por lo que se considera necesario su sometimiento al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental. En consecuencia deberán evaluarse las afecciones indirectas a estos espacios, determinando el impacto sobre la coherencia y conectividad de la fauna del LIC Montes del Cerrato.

Patrimonio cultural y arqueológico. Según la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, se considera pertinente la realización de una prospección arqueológica intensiva del área afectada que garantice la correcta protección del Patrimonio Arqueológico de la Comunidad de Castilla y León. A la vista de los resultados de dicha prospección, se establecerán las medidas correctoras oportunas para la protección de los bienes arqueológicos que pudieran verse afectados por el proyecto. Cualquier intervención arqueológica que haya de realizarse requerirá autorización administrativa previa de acuerdo con el artículo 55.1 de la Ley 12/2002, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Paisaje. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal advierte que se producirá una afección paisajística importante, acumulativa con la infraestructura ferroviaria prevista, el centro penitenciario y las carreteras existentes. Por ello, se deberá determinar adecuadamente la afección paisajística del proyecto llevando a cabo un estudio que valore dicho impacto y que además defina los materiales y el cromatismo a emplear en la obra civil. Recomienda realizar otro tipo de cerramiento de la subestación y emplear pantallas de vegetación que integren u oculten las infraestructuras.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. Como resultado del anterior trámite de consultas, se decidió someter el proyecto a evaluación ambiental. Dicha decisión de sometimiento, fue remitida al promotor con fecha de 15 de junio de 2009, acompañada de una copia de las contestaciones recibidas, indicando los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Con fecha de 7 de septiembre de 2009 se publicó en el BOE, número 216, el anuncio de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias por el que se sometía a información pública el estudio informativo del proyecto con su respectivo estudio de impacto ambiental. Con fecha de 8 de febrero de 2010, dicha administración remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprende el estudio informativo, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y las modificaciones incorporadas por el promotor tras la información pública. Durante el periodo de información pública se solicitó informe a las administraciones previamente consultadas, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, habiéndose recibido escritos procedentes de la Diputación de Palencia, y de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio y de la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Además de los citados informes se recibió una alegación de un particular propietario de terrenos afectados y promotor de una urbanización y campo de golf.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos del proceso de participación pública:

La Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, con fecha 1 de diciembre de 2009, informó desfavorablemente la ejecución de las Alternativas 7 y 8 por generar importantes afecciones sobre los valores naturales presentes en la zona. En su escrito indica que fundamentalmente se producen afecciones negativas directas al mosaico formado por los hábitats de interés comunitario 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga» y el prioritario 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea* de gran importancia para las aves esteparias, en especial para la alondra ricotí, clasificada como vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Respecto al resto de alternativas contempladas en el estudio de impacto ambiental, esta administración considera que no generarán afecciones apreciables sobre los valores naturales existentes siempre y cuando se tengan en cuenta las condiciones y recomendaciones del informe de la Dirección General de Medio Natural que adjuntan. Esta úlitma Dirección General indica que no existe afección directa ni indirecta a lugares de la Red Natura 2000 que perjudiquen su integridad. Indica también que no hay coincidencia geográfica con espacios incluidos en la Red de Espacios Protegidos de Castilla y León o en la Red de Reservas de la Biosfera, ni con ámbitos de aplicación de planes de recuperación o conservación de especies protegidas. Indica también que no hay afección a zonas húmedas incluidas en el Catálogo de Zonas Húmedas de Castilla y León. Destaca la afección de las alternativas 7 y 8 a los hábitats de interés comunitario antes citados y al hábitat prioritario 1520* Vegetación gipsícola ibérica*, así como la posible presencia de la especie protegida Centaurea alpina. Por estos motivos establece la prohibición de ubicar apoyos sobre este último hábitat y de verter sobre dichos hábitats las tierras sobrantes de las obras de la línea eléctrica y la subestación, además de la obligación de realizar una prospección previa del borde del páramo y de la ladera en la zona donde se proyectan los apoyos al objeto de localizar la posible presencia de la citada especie protegida. Recomienda el cumplimiento del RD 1432/2008 y la no afección a los pies de coscoja en las laderas atravesadas por la línea. Concluye resaltando la importancia de las afecciones de las alternativas 7 y 8 a los valores naturales presentes (fundamentalmente la alondra ricotí), por lo que debe evitarse su ejecución.

La alegación particular solicita seleccionar la alternativa 8 o, subsidiariamente, la 7 por ser las que menos afectan a las parcelas de su propiedad.

Respuesta del promotor. El promotor, a la vista de las alegaciones presentadas opta por estudiar una variación del trazado de la alternativa 7 evitando su paso por el área con presencia de alondra ricotí y eludiendo los terrenos en los que se plantea un posible desarrollo urbanístico.

3.3 Modificaciones introducidas por el Promotor en proyecto y estudio tras su consideración. La denominada alternativa 7 modificada, planteada por el promotor tras la información pública, coincide con el trazado de la alternativa 2 a la salida de la subestación de Cerrato y enlaza con la alternativa 7 a través del barranco de don Juan. Con fecha 12 de abril de 2010 la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias remite un nuevo informe de 31 de marzo de 2010 de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León. En este escrito la citada administración informa favorablemente la modificación de la alternativa 7 ya que evita la coincidencia con la zona donde se localiza la alondra ricotí, eludiendo la afección directa sobre la especie y sobre los hábitats en los que vive. No obstante indica que se evitará ubicar apoyos en el borde del páramo para prevenir afecciones a la especies protegida Centaurea alpina y, si ello no fuera viable, se realizará una prospección previa con objeto de localizar la presencia de la especie. Indica también que no se ubicarán apoyos sobre el hábitat prioritario 1520* ni se realizarán vertidos de tierras sobrantes sobre el mismo. Asimismo, aconseja seguir las recomendaciones del Servicio de Espacios Naturales de la Dirección General de Medio Natural de Castilla y León, de 23 de marzo de 2010, relativas a incorporar al tendido medidas de protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución, así como establecer las medidas necesarias para evitar la afección a las comunidades vegetales con presencia de coscoja. A este respecto indica que el tamaño que alcanza esta especie muy probablemente sea compatible con su existencia bajo el cableado.

El promotor contesta que, además de todas las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental, en el anejo de integración ambiental del proyecto constructivo se incluirá la prospección previa de la zona de borde de páramo y de ladera donde se tenga previsto ubicar los apoyos para localizar ejemplares de Centaurea alpina y evitar la coincidencia con estos. Asimismo, se incorporarán al anejo las medidas necesarias para garantizar la no afección a los ejemplares de coscoja cuando la línea eléctrica atraviese laderas cubiertas por vegetación arbórea o arbustiva en las que esté presente. Además, en la redacción del proyecto constructivo se diseñarán los apoyos de forma que se sitúen fuera de los hábitats comunitarios identificados en la cartografía que contienen representación de las formaciones vegetales 1520*, 4090 y 6220* y se recogerá expresamente que el vertido de tierras sobrantes se realizará en instalaciones autorizadas o bien mediante gestores autorizados por la Junta de Castilla y León y nunca sobre hábitats vegetales o faunísticos de interés. El diseño de la línea eléctrica se hará de acuerdo con lo especificado en el Real Decreto 1432/2008.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. En el estudio de impacto ambiental, para la valoración de impactos producidos por las diferentes alternativas de la línea eléctrica, se ha estimado que los apoyos se situarán a una distancia media de 650 m y se ha considerado un volumen de tierras a vertedero por apoyo de 76,96 m3, una superficie de ocupación de cada apoyo de 125 m2 y 25 m2 de ocupación de la correspondiente zona de acopio temporal. Con estos datos se valora el impacto sobre la calidad del aire, la geología, la geomorfología y los suelos. Para comparar los impactos sobre la hidrología se contabilizan los cruces con cauces permanentes y no permanentes. En la valoración de impactos sobre la vegetación o sobre los espacios protegidos se ha tomado como indicador la longitud de cada tramo incluido en las diferentes unidades de vegetación descritas en el inventario o sobre los espacios protegidos. Además, el estudio de impacto ambiental indica que ninguno de los apoyos de la alternativa que se seleccione se ubicará en el interior de unidades de vegetación valiosas ni en el interior de hábitats de interés comunitario, evitando de esta manera la afección. En cuanto a la fauna, se toma como indicador de impacto la longitud de afección sobre matorral y los potenciales desplazamientos de avifauna que pudieran quedar afectados por la nueva línea eléctrica. De acuerdo con lo indicado en el estudio de impacto ambiental y en la documentación remitida por el promotor tras la información pública, ninguno de los impactos analizados alcanza la calificación de severo en la alternativa elegida.

En base a lo anteriormente expuesto, el estudio de impacto concluye que las Alternativas 5, 6 y 7 son las más idóneas, debido al menor impacto potencial general que producen sobre todos los aspectos considerados, tanto en fase de construcción como de explotación. Según dicho análisis, las Alternativas 5, 6 y 7, no tienen una diferencia significativa a nivel de valoración ambiental, por lo que el promotor aplica el punto de vista técnico y económico para seleccionar la Alternativa 7 como más conveniente.

Posteriormente, y ante el informe desfavorable en la información pública de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León sobre la alternativa 7, el promotor optó por estudiar junto con la Alternativa 7, una variación de trazado de la misma, para evitar su paso por el área con presencia de alondra ricotí. Finalmente, en coordinación con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, el promotor selecciona la Alternativa 7 modificada.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Del estudio de impacto ambiental se desprende que los principales efectos ambientales del proyecto son:

4.2.1 Impactos sobre la atmosfera. Durante la fase de construcción, se generará un incremento en los niveles de partículas en suspensión, así como un aumento de los niveles sonoros. Las zonas de afección son la parcela de la subestación de tracción de Dueñas, los caminos de acceso, los lugares de cimentación de los apoyos, los vertederos y las zonas de acopio temporal. Durante la fase de explotación, el aumento de niveles sonoros deriva del ruido generado por los transformadores en la subestación eléctrica. Este sonido no suele superar los 30 dB(A) y debido a que la subestación de tracción de Dueñas se encuentra a una distancia de 2 km del núcleo urbano más cercano, este impacto se considera poco significativo.

4.2.2 Impactos sobre la geomorfología y la edafología. La alteración topográfica se producirá mayoritariamente en la parcela de la subestación de tracción de Dueñas, con una superficie de ocupación estimada por el estudio en 20.000 m2. De acuerdo con lo indicado en el mismo, el volumen total de movimiento de tierra debido a las obras de la subestación es de 47.000 m3, llevando a vertedero 9.500 m3. asimismo prevé un volumen total de tierras excedentarias procedentes de la excavación de los 19 apoyos de 1.462 m3. El estudio establece que todos los materiales que sea necesario aportar a la obra procederán de canteras autorizadas y los materiales excedentarios se trasladarán a las instalaciones presentes en la provincia de Palencia que estén autorizadas por la Junta de Castilla y León. El impacto sobre la edafología se producirá sobre una superficie de unos 2.375 m2 debido a los apoyos y 475 m2 de ocupación temporal, además de la citada ocupación de la subestación. El estudio prevé el jalonamiento del límite de las zonas de obra y la retirada previa de la capa de tierra vegetal de los suelos afectados para después emplearla en las labores de restauración. Incluye la restauración de todas las zonas afectadas por las obras: zonas de acopio, accesos y áreas auxiliares.

4.2.3 Impactos sobre la hidrología. Puede existir una pérdida de calidad de las aguas superficiales debido al aumento de sólidos en suspensión y a los vertidos accidentales. El trazado de la línea eléctrica atraviesa 7 cauces temporales y uno permanente a lo largo de su recorrido. La subestación de tracción de Dueñas no afectará a ningún cauce. En el estudio se indica que los apoyos de la línea eléctrica se situarán a una distancia de 50 m como mínimo de los cauces con el fin de evitar la alteración de la calidad de sus aguas. En el caso de que sea preciso utilizar caminos que vadeen cualquier curso de agua se construirán pasos provisionales que eviten la turbidez de las aguas por el paso de maquinaria. También se indica que para la excavación de las cimentaciones de los apoyos que se encuentren próximos a cauces se instalarán barreras de retención de sedimentos. Para evitar la contaminación del arroyo de Cevico, el estudio recoge como medida preventiva incluir el parque de maquinaria dentro de las instalaciones auxiliares de la subestación de tracción de Dueñas, impermeabilizada convenientemente. Se dispondrá de una cuneta perimetral y desagües que recogerán el agua de escorrentía del parque de maquinaria, así como posibles escapes que se pudieran producir en estas instalaciones. Además se comprobará periódicamente que la calidad de los efluentes de las instalaciones auxiliares cumple la legislación vigente relativa a los usos del agua, y lo establecido por la Confederación Hidrográfica del Duero y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

4.2.4 Impactos sobre vegetación, hábitats de interés comunitario y flora protegida. El impacto sobre la vegetación se generará por las excavaciones necesarias para la ubicación de la plataforma de la subestación, de los apoyos y de los caminos necesarios para acceder a los mismos. El promotor indica que en la fase de Proyecto Constructivo se minimizará el impacto sobre la vegetación y sobre las zonas de mayor calidad, que son en este caso las formaciones de matorral, especialmente las zonas con presencia de coscoja y las que son cobijo de avifauna protegida, retranqueando los apoyos y ajustando los accesos necesarios a los mismos hacia zonas de cultivo. De acuerdo con lo indicado en la documentación del promotor tras la información pública y en el informe de la Junta de Castilla y León de marzo de 2010, el trazado de la alternativa elegida atraviesa, aunque con mínima afección y en superficies muy pequeñas, hábitats de interés comunitario fuera de Red Natura 2000, concretamente zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea* (6220*), brezales oromediterráneos con aliaga (4090) y vegetación gipsícola ibérica* (1520*). Respecto a este último, localizado al inicio de la caída del páramo, dada su reducida superficie y su localización, es fácilmente evitable su afección modificando la ubicación de los apoyos. Asimismo, de acuerdo con el informe de la Junta de Castilla y León podría afectarse a Centaurea alpina, que puede encontrarse en las zonas de ladera caliza, por lo que es recomendable evitar los apoyos en el borde del páramo y realizar una prospección previa en coordinación con el Servicio Territorial de Medio Ambiente en Palencia. Por otro lado, como medida correctora, el estudio plantea que los terraplenes de la subestación de tracción de Dueñas, las calles de acceso y las zonas auxiliares sean objeto de restauración vegetal.

4.2.5 Impactos sobre la fauna. Las obras podrían provocar cambios en el comportamiento habitual de la fauna, provocando molestias con consecuencias de especial gravedad si coincidieran en el tiempo con las épocas más sensibles para la fauna, como son las de cría y nidificación. Para evitar estos impactos el estudio establece un periodo global de parada de las obras más ruidosas, tales como desbroces, movimientos de tierras y otras actividades que no permitan garantizar y facilitar la normal reproducción de las especies presentes, que deberá respetar el periodo desde el 1 de febrero hasta el 31 de julio. El tendido eléctrico, especialmente el cable de tierra, puede provocar colisiones de aves esteparias, especialmente constatado en el caso de las avutardas. El área de ocupación del proyecto tiene especial concentración de estas aves, por lo que el estudio indica que la línea eléctrica deberá diseñarse de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. El estudio destaca el hecho de que los tendidos son de alto voltaje por lo que la separación entre cables es de aproximadamente 4 m, lo que hace muy improbables las electrocuciones. Otro de los impactos es el efecto barrera de la línea eléctrica, por ello y siguiendo las indicaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, el estudio de impacto ambiental muestra una cartografía de posibles desplazamientos que pueden resultar afectados con el proyecto haciendo hincapié en la alondra ricotí, concluyendo que la Alternativa 7 modificada es la más favorable por no atravesar su hábitat.

4.2.6 Impactos sobre los Espacios Naturales, Red Natura 2000. Según la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, debido a la ubicación de las actuaciones previstas no se prevé la existencia de afecciones indirectas apreciables que pudieran causar perjuicio a la integridad de cualquier lugar incluido en la Red Natura 2000.

4.2.7 Impacto sobre el patrimonio cultural. De acuerdo con el estudio de impacto ambiental las obras no afectarán a ningún bien catalogado. No obstante, se establece que, como medida de protección durante la fase de diseño del proyecto constructivo y en contacto con la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, se llevará a cabo una prospección arqueológica superficial intensiva en la franja de afección de la línea eléctrica, en la parcela de la subestación de tracción de Dueñas y en la zona destinada a instalaciones auxiliares. También establece la presencia continuada de un arqueólogo en obra durante la realización de los movimientos de tierras. De acuerdo con el estudio de impacto ambiental, la alternativa 7 modificada cruza cuatro vías pecuarias, entre las que están la Cañada Real Burgalesa, la Cañada del Romeral y la Cañada de Aguayusta. En el estudio, las vías pecuarias se clasifican como zonas excluidas, de manera que se asegure la ausencia de instalaciones provisionales o permanentes en dichas zonas durante las obras, y únicamente se podrá ocupar temporalmente la zona estricta de afección del trazado, llevando a cabo su restitución una vez finalizadas las obras.

4.2.8 Impacto sobre el paisaje. El estudio de impacto ambiental se indica que es preferible que el trazado de la línea sea sobre la unidad de paisaje páramo frente la unidad campiña, por ser esta última de mayor calidad paisajística y fragilidad. Desde este punto de vista, la Alternativa 7 es menos impactante puesto que la mayoría de su trazado transcurre por el páramo. Sin embargo, se elige la Alternativa 7 modificada puesto que se considera prioritario evitar la zona de páramo con alondra ricotí.

5. Condiciones al proyecto

El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y las asumidas por él tras la información pública. También deberá contemplar las siguientes medidas:

5.1 De acuerdo con la cartografía remitida por la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias el 28 abril de 2010, los apoyos de la alternativa 7 modificada quedan fuera de los hábitats de interés comunitario Vegetación gipsícola ibérica (*) (1520*), zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea (*) (6220*) y brezales oromediterráneos con aliaga (4090). No obstante, para la definición de la ubicación de los apoyos y de los accesos necesarios para su implantación en el proyecto de construcción, se realizará un trabajo de campo previo para delimitar correctamente los hábitats citados, especialmente el 1520*, y se completará dicho trabajo con una prospección para dilucidar la posible presencia de Centaurea alpina. Asimismo en el trabajo de campo se identificarán los ejemplares de coscoja que pudieran resultar afectados y se definirán las medidas adecuadas para su protección. Tanto la realización de las prospecciones de campo como la definición de las medidas de protección de la vegetación y de los hábitats de interés faunístico se realizarán en coordinación con el Servicio Territorial de Medio Ambiente en Palencia.

5.2 El anejo de integración ambiental del proyecto de construcción deberá incluir la cartografía de los citados hábitats resultante del trabajo de campo, junto con los hábitats de interés faunístico, superpuesta con los apoyos, los caminos de acceso y las superficies de acopio. Ninguno de los apoyos, caminos de acceso o áreas de acopio se situará sobre los hábitats de interés por la vegetación o la fauna o sobre los ejemplares de flora protegida que, en su caso, se hubieran detectado en la prospección.

5.3 En el proyecto de construcción se especificará la metodología que se va a utilizar en el tendido de cables. Cuando se sobrevuelen hábitats de interés comunitario o de interés para la fauna o formaciones con presencia de coscoja así como zonas con posible presencia de flora protegida, la metodología a utilizar será la mejor técnica disponible que permita la nula o mínima afección a las citadas superficies. Dicha metodología y las superficies afectadas deberán consultarse con el Servicio Territorial de Medio Ambiente en Palencia de la Junta de Castilla y León.

5.4 Para acceder a los apoyos, no podrán abrirse caminos nuevos ni modificar los existentes si atraviesan hábitats de interés comunitario, formaciones con coscoja, hábitats de interés faunístico o las mencionadas cuestas.

5.5 Los apoyos no se ubicarán en el borde del páramo ni en la ladera.

5.6 Durante la fase de replanteo, en las proximidades de las cuestas y de los hábitats de interés comunitario, así como en los hábitats de interés faunístico, se llevará a cabo, antes del inicio de la sobras, un jalonamiento rígido que asegure la conservación de los valores ecológicos de las formaciones vegetales de interés y de los hábitats de interés faunístico. Durante esta fase también se volverá a hacer una prospección para localizar posibles ejemplares de Centaurea alpina en las zonas que van a ser afectadas por las obras.

5.7 Todas las tierras excedentarias se verterán en instalaciones autorizadas por la Junta de Castilla y León.

5.8 No se realizarán obras, tenderán cables, o realizará actividad alguna que pueda producir molestias en el periodo reproductor (celo, nidificación y cría) de la avifauna en las zonas que sean hábitat potencial de alondra ricotí o de otras especies protegidas, especialmente las especies señaladas en el estudio de impacto ambiental. El citado periodo, tal como indica el estudio de impacto ambiental será como mínimo desde el 1 de febrero hasta el 31 de julio.

5.9 Se instalarán las medidas exigidas en el R.D.1432/2008. La densidad de dispositivos anticolisión en los cables de tierra será como mínimo la establecida en el artículo 7 del citado Real Decreto y deberá ser incrementada o modificada si los seguimientos previstos mostraran mortalidad de la avifauna protegida.

5.10 El tendido de cables, cuando se tenga que atravesar un cauce, se realizará de forma se restrinja la zona de actuación con objeto de afectar no afectar a la geomorfología del cauce ni, caso de existir, a la vegetación de ribera asociada. En lo que respecta a los cruces de los cauces y a los vertidos de efluentes a la red hídrica se atenderá a lo dispuesto por la Confederación Hidrográfica del Duero.

5.11 Se solicitarán las autorizaciones pertinentes según la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León uy antes del proyecto de contrucción se realizará una propección arqueológica intesiva de la zona afectada por la alternativa 7 modificada.

5.12 Se realizará un proyecto de integración paisajística de la subestación, poniéndose a disposición de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Para evitar en lo posible el impacto visual ocultando la instalación, se instalará una pantalla vegetal con alguna especie arbórea autóctona de la zona en las inmediaciones de la subestación siempre y cuando contribuya a la mejora de la integración en el contexto territorial de la instalación.

5.13 Se instalará un área especial de mantenimiento para la recuperación de SF6 (hexafluoruro de azufre) en el área de la subestación. Durante la fase de explotación, se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos y se diseñará un área de mantenimiento para la recuperación de hexafluoruro.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental para garantizar la correcta ejecución y la eficacia de las medidas protectoras y correctoras previstas en el estudio informativo, tanto en la fase de obra como en la de explotación, así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si estas resultaran insuficientes o aparecieran efectos ambientales negativos no previstos. El proyecto de construcción incorporará la actualización del plan de vigilancia ambiental teniendo en consideración las condiciones que incorpora la presente declaración de impacto ambiental y las medidas de protección que se deriven de los estudios exigidos.

En general, se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se verificará la eficacia de las medidas adoptadas y, en el caso de que resultaran ineficaces o quedaran impactos residuales, se completarán o implementarán nuevas medidas que palien las afecciones detectadas. Se designará a un responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, que, además de encargarse del cumplimiento de las medidas propuestas, habrá de presentar un registro del seguimiento de las mismas y de incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental.

En la fase de construcción se prestará especial atención a las zonas sensibles afectadas por la actuación, especialmente respecto a la vegetación y la fauna. Se realizarán informes periódicos de seguimiento, incluyendo la identificación de los impactos no previstos que hayan podido producirse durante esta fase. Se emitirá un informe final de la construcción en el que, al menos, se especifiquen la relación y características de los elementos anticolisión instalados, la relación y cartografía de accesos abiertos para la instalación de los apoyos y áreas de acopio con la referencia de las áreas sensibles, y la relación de trabajos de restauración realizados sobre accesos, bases de apoyos y restantes superficies afectadas por las obras.

Para el seguimiento de los efectos de la colisión de la avifauna en el tendido eléctrico se diseñará un programa de vigilancia para estimar la afección de la línea sobre las aves, en especial aquellas con algún grado de protección (especialmente las esteparias destacadas en el estudio: alondra ricotí, avutarda, etc), que deberá especificar y justificar la metodología de estudio empleada, así como los resultados del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas y el índice de mortalidad por colisión por especie. Deberán cubrirse con el seguimiento las épocas de mayor riesgo según la fenología de las especies y las condiciones meteorológicas de la zona. La duración mínima del seguimiento será de tres años, prorrogables si los resultados de los seguimientos mostraran incidencia sobre la avifauna protegida. Si como resultado de los seguimientos se dedujera la insuficiencia de las medidas de protección para la avifauna adoptadas, deberán complementarse éstas hasta que los nuevos seguimientos garanticen la minimización del impacto.

Los informes serán remitidos a la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias donde quedarán a disposición del órgano ambiental competente, debiendo remitirse al menos a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental tanto la documentación del proyecto de construcción con la ubicación definitiva de los apoyos, superficies de acopio, accesos y método de tendido del cable en zonas sensibles con la referencia de las zonas sensibles cartografiadas tras el trabajo de campo, exigido en la condición 5, como los resultados de las prospecciones requeridas, además de los seguimientos durante al menos tres años, prorrogables según los resultados, de la colisión de la avifauna con el tendido eléctrico.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica la DIA.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Estudio informativo de la electrificación del corredor norte-noroeste de alta velocidad, tramo Valladolid-Venta de Baños-Palencia, subestación de tracción en Dueñas y línea de acometida, concluyendo que siempre y cuando se autorice con la alternativa 7 modificada con las condiciones señaladas en el estudio de impacto ambiental, las contenidas en los informes de la Junta de Castilla y León, las aceptadas por el promotor tras la información pública, y las incluidas en la presente resolución de declaración de impacto ambiental que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 5 de mayo de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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