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Documento BOE-A-2010-8296

Resolución de 13 de mayo de 2010, de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, por la que se modifica la cuantía prevista en la resolución de convocatoria de ayudas del programa de retorno para 2010 de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 2010, páginas 45484 a 45485 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-8296

TEXTO ORIGINAL

Con fecha de 10 de noviembre de 2009 la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior dictó la Resolución de convocatoria de ayudas de información y asesoramiento a retornados para 2010 del Programa de Retorno de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre.

En dicha Resolución se establecía el importe máximo que podía destinarse a este tipo de ayudas y las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gasto de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior del Ministerio de Trabajo e Inmigración con cargo a las cuales se financiarían, dejando constancia de que la concesión quedaba supeditada a la existencia de crédito en el momento en que ésta se resolviera.

Con posterioridad, el Consejo de Ministros, en su reunión de 29 de enero de 2010, adoptó el Acuerdo para la reducción del déficit público de la Administración General del Estado, de cuyo Plan de Acción Inmediata 2010 se ha derivado una declaración de no disponibilidad presupuestaria, que ha afectado a las aplicaciones señaladas.

A la vista de estas circunstancias resulta preciso llevar a cabo una modificación de las cuantías inicialmente consignadas para atender las subvenciones concedidas al amparo de este Programa, de acuerdo con el artículo 58.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que señala que la convocatoria ha de fijar necesariamente la cuantía total máxima destinada a las subvenciones convocadas y los créditos presupuestarios a los que se imputan,

A la vista de lo anterior, esta Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior dispone:

Artículo único. Modificación de la Resolución de 10 de noviembre de 2009, de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, por la que se convocan para el año 2010 las ayudas de información y asesoramiento a retornados del Programa de Retorno de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.

El artículo 3.1 de la Resolución de 10 de noviembre de 2009 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior por la que se convocan para el año 2010 las ayudas de información y asesoramiento a retornados del Programa de Retorno de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo, queda modificado como sigue:

«1. Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 consignado en las aplicaciones presupuestarias 19.07.231B.451, por importe de 168.280 euros, 19.07.231B.483.02, por importe de 250.000 euros y 19.07.231B.492.01, por importe de 35.500 euros, del Presupuesto de Gasto de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por un importe máximo total de 453.780 euros.»

Disposición transitoria.

Esta modificación no implica la apertura de nuevo plazo de solicitud, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta en el proceso de valoración las solicitudes formuladas en el plazo fijado por las Resoluciones de convocatoria modificadas por ésta.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de mayo de 2010.–La Directora General de la Ciudadanía Española en el Exterior, María Pilar Pin Vega.

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