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Documento BOE-A-2010-8160

Resolución de 27 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Acuerdo por el que queda prorrogada la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del Programa Pyme Digital en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 21 de mayo de 2010, páginas 44719 a 44720 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-8160

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa PYME Digital en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 27 de abril de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Acuerdo por el que queda prorrogada la Adenda «Pyme Digital» 2008 al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Plan Avanza

En Madrid, a 3 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, D.ª María del Mar Pereira Álvarez, en calidad de Secretaria General de Modernización e Innovación Tecnológica de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la representación que ostenta y especialmente facultado para este acto en virtud de lo dispuesto de la disposición adicional segunda del Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

Primero. Que el desarrollo de la Sociedad de la Información es una estrategia prioritaria en el actual momento social y económico de nuestro país, y su impulso es objetivo compartido por todas las Administraciones Públicas.

Segundo. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas.

Tercero. Que con fecha 16 de Junio de 2006 se firmó un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de las actuaciones del Plan Avanza.

Cuarto. Que en la cláusula quinta del citado Convenio Marco de Colaboración se establece que el Convenio se desarrolla mediante la realización de adendas incluidas durante la vigencia del mismo, del año 2006 al 2010.

En dichas Adendas quedan recogidas las medidas y líneas de actuación contempladas en el Convenio, incluyendo una descripción de las actuaciones a desarrollar, así como la financiación correspondiente y su periodo de ejecución.

El 15 de diciembre de 2006 se firmó la Adenda Pyme Digital al citado Convenio Marco de Colaboración.

El 4 de julio de 2008 se firmo la Tercera Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Pyme Digital en el ámbito del Plan Avanza.

Quinto. Que en la cláusula séptima del mencionado Convenio se establece una Comisión Bilateral con el fin de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del mismo.

La Comisión Bilateral tiene como misión establecer las acciones pertinentes para asegurar la buena marcha de las actuaciones recogidas en las adendas al Convenio Marco, llevando a cabo el seguimiento de su ejecución y financiación así como encaminar cualquier acción que permita el cumplimiento del Convenio o su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

Asimismo, la Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución.

En la Comisión Bilateral de control y seguimiento del Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, celebrada el pasado 30 de marzo de 2009, se puso de manifiesto por parte de dicha Junta de Galicia la necesidad de prorrogar las actuaciones correspondientes a la adenda de PYME Digital 2008.

Esta prórroga viene motivada por la necesidad de que las diversas actuaciones recogidas en las Adendas mencionadas se ejecuten correctamente, garantizando la consecución de los objetivos planteados para cada una de ellas y buscando el éxito de las mismas entre los beneficiarios finales del Convenio Marco, empresas y Ciudadanía.

En consecuencia, las partes acuerdan:

1. Que ambas partes dan por prorrogada la ejecución de la Adenda «Pyme Digital» anexada al Convenio Marco de Colaboración mencionado con el objetivo de llevar a cabo la total ejecución de las actuaciones que han sido aprobadas en ellas.

2. Ampliar el plazo de la ejecución de dicha Adenda al Convenio Marco de Colaboración hasta el 30 de junio de 2010.

3. Asimismo, durante la vigencia del Convenio, la Comisión Bilateral de control y seguimiento y de acuerdo con lo que se establece en la cláusula séptima del Convenio mencionado, llevará a cabo la valoración de la correcta realización de las actuaciones previstas en la Adenda a éste.

4. Que no se establece ninguna modificación más sobre lo acordado en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia.

Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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