Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-8058

Resolución de 30 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Obras complementarias de la planta desaladora de la Marina Baja (Mutxamel, Alicante), términos municipales de San Juan, San Vicente de Raspeig y Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 19 de mayo de 2010, páginas 43728 a 43743 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-8058

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado f) del grupo 8 del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (ACUAMED) y el órgano sustantivo es la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

El proyecto se enmarca dentro de la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. La actuación tiene carácter de interés general y está considerada como prioritaria y urgente.

Las obras complementarias consideradas forman parte del Programa A.G.U.A. del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y en concreto, de la actuación desalación y obras complementarias para la Marina Baja (Alicante), que incluye la construcción de una desaladora en Mutxamel (Alicante) y las conducciones para su conexión con la red de distribución de aguas de las comarcas de Alicantí y Marina Baja, en la provincia de Alicante, cuya Resolución de declaración de impacto ambiental se publicó en el BOE con fecha 26 de marzo de 2007.

El objeto del proyecto es abastecer la demanda presente y futura de recursos hídricos, de los términos municipales de San Vicente del Raspeig, San Juan de Alicante y Alicante, en la provincia de Alicante, para así garantizar el suministro en una zona, que debido a la variabilidad de las condiciones climáticas, sufre fuertes alteraciones en cuanto a disponibilidad de recursos hídricos.

El proyecto contempla la ejecución de tres ramales de distribución de los recursos hídricos, tres depósitos de almacenamiento y cuatro estaciones de impulsión, las cuales presentan las siguientes características:

Ramal norte.–Por un lado, incluye una conducción en fundición dúctil de DN 900 mm y un tramo final de DN 600 mm, y de aproximadamente 2.400 m de longitud. Tiene su inicio en la desaladora de Mutxamel y enlaza ésta con los futuros depósitos de El Ramellat, discurriendo por los términos municipales de San Juan, Mutxamel y El Campello.

Por otro lado, junto al depósito de 5.000 m3 de El Ramellat, se proyecta una estación de impulsión y su conducción de enlace, de DN 800 mm, con la conducción de emergencia Rabasa-Amadorio ya existente, con objeto de abastecer eventualmente a la Marina Baixa, Mutxamel o San Vicente del Raspeig.

Ramal sur.–Este ramal une la desaladora con los depósitos a construir para el abastecimiento a los municipios de Alicante y San Juan. Se divide en los siguientes ramales:

Ramal sur principal, de fundición dúctil de 800 mm de diámetro y una longitud aproximada de 4.659 m. Además, incluye las bifurcaciones de fundición dúctil que conectarán el ramal sur principal con el depósito de San Juan (ramal sur-tramo San Juan), de 287 m de longitud y de 500 y 700 mm de diámetro, respectivamente.

Tramo Monte Pinos, de fundición dúctil de 700 mm de diámetro y 570 m de longitud aproximada, que conectará el ramal sur Principal con el futuro depósito de Monte Pinos, no incluido en el presente proyecto.

Ramal de distribución, conducción de fundición dúctil de 800 mm de diámetro y 1.912 m de longitud que conectará el futuro depósito de Monte Pinos con las redes arteriales de distribución de Alicante. Este ramal se bifurca en otros dos ramales, por un lado, uno de 500 mm de diámetro y 380 m de longitud que entronca con una conducción ya existente, y otro de 700 mm de diámetro y 3.180 m de longitud, que conecta con las redes de distribución de Alicante.

Ramal de San Vicente 1 y 2.–Este ramal enlaza los depósitos, ya construidos, de El Salt en el término municipal de Mutxamel con el de Plá de la Olivera en el término municipal de San Vicente del Raspeig. Incluye las siguientes infraestructuras:

Estación de bombeo junto al depósito de El Salt. Albergará 5 bombas, 3 de 735 m3/h (204 l/s) a 156 m.c.a. y 500 kW de potencia para impulsar hacia el obturador que da servicio a la Marina Baja y 2 bombas de 285 m3/h (143 l/sg) a 146 m.c.a. y de 200 kW para impulsar hacia el rebombeo de Villamontes con destino al depósito de Plá de la Olivera.

Ramal de San Vicente 1, de fundición dúctil de 300 mm de diámetro y 3.346 m de longitud aproximada, discurriendo por los términos municipales de Mutxamel y San Vicente del Raspeig.

Entre el ramal de San Vicente 1 y 2, en las inmediaciones del depósito de abastecimiento sector 4, no incluido en el presente proyecto, se proyecta una estación de impulsión sector 4, con bomba multifásica de 144 m3/h de potencia, y un motor de 75 kW de potencia.

Ramal de San Vicente 2, de fundición dúctil de 300 mm de diámetro y 3.292 m de longitud aproximada, enlaza la estación de bombeo sector 4 precedente con depósito existente Plá de la Olivera.

Estación de Impulsión de Villamontes, se localizará en el término municipal de Mutxamel. La tipología de la bomba es de cámara partida, con una capacidad de 144 m3/h, y dispone de motor de 55 kW de potencia.

Depósitos del Ramellat. Se proyectan dos depósitos, de hormigón armado y forma rectangular, situados en el término municipal de El Campello, de 5.000 m3 y 20.000 m3 de capacidad, este último depósito se compone de dos vasos de 10.000 m3.

Depósito de San Juan. Este depósito, de hormigón armado y forma rectangular, tendrá una capacidad de 8.000 m3, y estará situado en el término municipal de San Juan.

Para la alimentación de las estaciones de impulsión, el proyecto contempla la ejecución de las siguientes líneas eléctricas de 20 kV, las cuales dispondrán de sus correspondientes centros de transformación en módulos prefabricados:

Línea

Tramo

Longitud

Impulsión Ramellat.

Aéreo.

1.003 m

Subterráneo.

233 m

Impulsión El Salt.

Aéreo.

222 m

Impulsión Sector 4.

Aéreo.

583 m

Impulsión Villamontes.

Aéreo.

500 m

Subterráneo.

167 m

De las distintas alternativas planteadas por el promotor en el estudio de impacto ambiental se han seleccionado como las más adecuadas las alternativas que se indican a continuación: Para el Ramal Norte, al igual que para el Ramal de San Vicente, la única alternativa planteada. Para el ramal sur se ha seleccionado en su primer tramo la alternativa norte, en el de cruce del núcleo de Mutxamel la alternativa mixta conformada a partir de las alternativas 2 y 3, siendo el último tramo de este ramal idéntico para todas las alternativas. En el caso del depósito de Ramellat, se ha optado, también por una solución mixta entre las alternativas 1 y 3, mientras que en el depósito de San Juan ha sido seleccionada la alternativa norte. El análisis realizado de cada una de las alternativas aparece reflejado en el apartado 4.1 de la presente resolución.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La zona de actuación se enmarca en la provincia de Alicante, dentro de los términos municipales de San Juan, San Vicente del Raspeig y Mutxamel. Se trata de un medio semiárido y de orografía llana, difícil para la vegetación, fuertemente alterado por la presión urbanística, el desarrollo de todo tipo de infraestructuras y el abandono de la agricultura.

Respecto a la hidrología, la zona de actuación se enmarca dentro de la cuenca hidrográfica del Júcar, concretamente en la zona más oriental del Sistema de explotación de Vinalopó-Alicantí. Destaca la presencia del río Montnegre o Seco y los barrancos del Hondó (El Campello) y de Juncaret (San Vicente), que se caracterizan por poseer un funcionamiento irregular, asociado a precipitaciones, de alta intensidad horaria, típicas del levante mediterráneo, que provocan escorrentías que, en ocasiones, dan lugar a la formalización de importantes crecidas que alternan con prolongados periodos de estiaje.

En cuanto a la hidrología subterránea, las actuaciones se localizan en la zona de influencia del acuífero San Juan-Campello, acuífero costero de unos 55 km2 de superficie, que en la actualidad presenta problemas de intrusión marina con alta concentración de cloruros.

Respecto a la vegetación, la zona de estudio se caracteriza por la presencia de campos de cultivo, mayoritariamente olivos (Olea europea), algarrobos (Ceratonia siliqua), almendros (Prunus amygdalus) y alguna repoblación de pinos (Pinus halepensis). En los claros no cultivados, ocupados por brugueras y aulagas, aparecen herbazales y espartales. La vegetación natural está formada por espartales, albardinares y matorral. Los ramales proyectados discurren principalmente paralelos a caminos y carreteras, lugares idóneos para el establecimiento de vegetación ruderal, destacando como plantas dominantes el citrón (Diplotaxis erucoides) y la oruga blanca (Eruca vesicaria).

Con relación a la fauna, las comunidades faunísticas presentes en la zona están adaptadas a la vegetación presente, predominando especies de matorral, zonas degradadas, zona de cultivos y especies típicas del medio antrópico. Entre las especies presentes se pueden encontrar la perdiz (Alectoris rufa), el alcaudón (Lanius senador), la collaba rubia (Oenanthe hispanica) y el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus). Por otro lado, asociada al entorno del cauce del río Seco, puede destacar la presencia del avión zapador (Riparia riparia), especie catalogada «de interés especial», según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (R.D. 439/1990, de 30 de marzo), que instala sus nidos en los taludes arenosos de los ríos secos.

Las actuaciones proyectadas no se sitúan sobre espacios incluidos en la Red Natura 2000, siendo los espacios más próximos a la zona de actuación, el lugar de importancia comunitaria (LIC) Cap de L’Horta, a aproximadamente 1.700 m al este, y la zona de especial protección para las aves (ZEPA), Riu Montnegre, a aproximadamente 1.900 m al norte de la conducción existente Rabasa-Amadorio. Por otro lado, parte de las conducciones discurre por hábitats de interés comunitario recogidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, entre los que destacan el 5330 matorrales termomediterráneos y preestéticos, y los prioritarios 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y 6110* prados calcáreos kársticos o basófilos del Alysso-Sedion.

Respecto al patrimonio cultural, en la zona de actuación destaca la presencia de las siguientes vías pecuarias: Vereda de la Bayona, Colada de la carretera de Bussot, Colada del Cantalar, Vereda de San Juan y Colada de Coix.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial.–La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) recibe, con fecha 28 de septiembre de 2007, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

b) Consultas previas.–Relación de consultados y de contestaciones. La DGCyEA, estableció a continuación un periodo de consultas, con fecha 26 de noviembre de 2007, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente (*).

Subdelegación del Gobierno en Alicante.

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General para el Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

X

Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Infraestructuras y Transportes de la Generalitat Valenciana.

Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana.

X

IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía).

X

Diputación Provincial de Alicante.

Ayuntamiento de Alicante.

Ayuntamiento de El Campello.

Ayuntamiento de Mutxamel.

X

Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

X

Ayuntamiento de San Juan de Alicante.

WWF/ADENA.

Xoriguer – Grupo Naturalista y Ecologista.

Ecologistas en Acción-Alicante.

X

Asociación Amigos de los Humedales del Sur de Alicante (AHSA).

Colla ecologista La Carrasca –Ecologistas en Acción.

Grupo Ecologista Sanuruc, Ecologistas en Acción.

(*) Actual Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Movimientos de tierras.–La Dirección General para el Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, indica que se debe tener en cuenta el exceso de tierras. Por otro lado, considera que debería de ser valorizado, según la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, o aprovechados para el acondicionamiento, relleno de huecos o en otras obras en virtud de lo establecido en el Decreto 200/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, que regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de relleno, acondicionamiento o con fines de construcción. En caso contrario, debería de ser eliminado en vertedero controlado de residuos inertes, de acuerdo a la Ley de Residuos.

Hidrología.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, indica que cuando se produzcan cruces de las tuberías con cauces naturales, previamente a la realización de las obras, se deberá informar al organismo de cuenca competente para que se les otorgue el permiso correspondiente.

La Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, indica que deberá tenerse en cuenta el Plan de acción territorial de carácter sectorial sobre prevención del riesgo de inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), ya que las actuaciones afectan a zonas con riesgo de inundación, de distintos niveles de riesgo.

Vegetación.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalita Valenciana, indica que para las conducciones proyectadas se aprovecharán al máximo posible las vías de comunicación y los caminos ya existentes para evitar dañar la vegetación colindante a ellos.

Paisaje.–La Diputación Provincial de Alicante, considera que se debería elaborar un Estudio de Integración Paisajística de la infraestructura, de acuerdo a la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana. Se deberán identificar los impactos paisajísticos y visuales, la previsión de su importancia y magnitud, junto con las medidas de integración y mitigación correspondientes.

Patrimonio cultural.–Según la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, deberá llevarse a cabo, previamente a la ejecución de las obras, una prospección arqueológica en toda el área de actuación, analizando la afección de Bienes de Interés Cultural presentes en la zona, vías pecuarias y yacimientos arqueológicos.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana considera que deberá solicitarse la autorización de cruce y ocupación de las vías pecuarias existentes correspondiente para su modificación o reposición de paso ante los servicios territoriales de la provincia de Alicante.

c) Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Con fecha 15 de febrero de 2008 la DGCyEA solicitó al promotor completar la información contenida en la documentación ambiental inicial, en concreto, la justificación de la longitud del trazado de las conducciones propuestas por terrenos naturales, seminaturales o incultos, clasificados como suelo no urbanizable, así como si asume las medidas propuestas por los organismos consultados, entre las que se encuentran solicitar los permisos y autorizaciones correspondientes a los organismos competentes, tener en cuenta el PATRICOVA y la elaboración de un proyecto de restauración e integración paisajística.

Con fecha 14 de abril de 2008, el promotor remite informe de contestación con la información complementaria requerida por la DGCyEA, detallando las longitudes previstas de los trazados para cada uno de los ramales propuestos y la ubicación de los depósitos, indicando que en algunos tramos no resulta posible ajustar el trazado a caminos ya existentes. Asimismo, asume las medidas propuestas por los organismos consultados para la mejor adecuación ambiental del proyecto.

d) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. Con fecha 9 de mayo de 2008 la DGCyEA comunica al promotor la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, así como le remite el resultado de las contestaciones a las consultas, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado.–La Confederación Hidrográfica del Júcar sometió el proyecto y su estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», número 154, de 26 de junio de 2009, y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», número 131, de 14 de julio de 2009. Con fecha de 8 de marzo de 2010, la Dirección General del Agua remitió a la DGCyEA el expediente completo, que comprendía el proyecto informativo, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.

Durante el proceso de información pública se presentaron 9 escritos correspondientes a la Subdelegación de Gobierno de Alicante, la Dirección General de Gestión del Medio Natural y la Dirección General de Territorio y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Infraestructuras y Transporte, y la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deportes de la Generalitat Valenciana, la Diputación Provincial de Alicante, los Ayuntamientos de San Vicente del Raspeig y San Joan d’Alacant y Bibra Sun Valley S.A. Asimismo, se recibieron dos escritos fuera de plazo correspondientes a los Ayuntamientos de Alicante y El Campello.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos del proceso de participación pública, así como la respuesta del promotor a las distintas consideraciones planteadas:

Espacios protegidos. Vegetación y fauna.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, recomienda establecer medidas preventivas y correctoras para las actuaciones que afecten a hábitats catalogados. En la proximidad de la ZEPA Riu Montnegre recomienda realizar un reconocimiento del terreno antes de iniciar las obras, así como realizar un ajuste del calendario de obras a los periodos menos sensibles para las aves.

La Dirección General de Territorio y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana señala las actuaciones proyectadas no se localizan dentro de la Red Natura 2000 o espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana. Asimismo, no considera probable que el proyecto pueda producir afecciones negativas sobre hábitats y/o especies de los espacios protegidos situados en su entorno.

El promotor indica que se establecen medidas preventivas destinadas a minimizar las áreas de hábitats catalogados afectadas, proponiéndose para aquellas cuya afección no se pueda evitar, medidas de integración paisajística especificas con especies propias de dichos hábitats.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, considera que se deben establecer medidas de precaución en el desbroce de especies vegetales alóctonas con carácter invasor (Mesebryantemum nudiflorum). Además indica que se deben adoptar medidas generales de prevención de incendios forestales y en concreto, la normativa del Consell de la Generalitat, y el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios.

El promotor señala que en lo relativo a medidas de prevención de incendios y la aplicación de la normativa del Consell, el proyecto contempla entre la normativa aplicable, el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones, por lo que el contratista deberá elaborar el correspondiente Plan de Prevención de Incendios Forestales para la ejecución de las obras, incorporando todos los requerimientos reflejados en el pliego tipo de normas de seguridad incluido en el anejo del citado Decreto.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, considera que se deben establecer medidas correctoras necesarias para minimizar las afecciones sobre la avifauna por las líneas eléctricas, así como las medidas preventivas necesarias para evitar afecciones a la avifauna en la ejecución del ramal San Vicente en las proximidades de la ZEPA Riu Montnegre.

En el caso de las líneas eléctricas y las posibles afecciones a la fauna en el entorno de la ZEPA Riu Montnegre, el promotor señala que establecerá medidas preventivas para evitar la afección a nidadas y la caída de ejemplares en las zanjas abiertas en la ejecución del Ramal San Vicente, así como la instalación de dispositivos antielectrocución en las líneas eléctricas del proyecto.

Paisaje.–El Área de Medio Ambiente de la Diputación Provincial de Alicante, indica que se puede producir la afección sobre el paisaje de la zona debido a la ejecución de los tres depósitos de hormigón proyectados, al encontrarse muy cercanos a vías de comunicación como la A-7 y la circunvalación de Alicante. Por ello, plantea la necesidad de establecer una serie de medidas correctoras y protectoras destinadas a minimizar estos impactos, entre las que destacan las siguientes:

La elaboración de un estudio de integración paisajística en el que se identifiquen los impactos visuales y paisajísticos.

La inclusión de un proyecto de restauración paisajística de la vegetación. Este proyecto deberá contemplar la restauración de taludes, abiertos supuestamente en la ampliación de caminos o provocados por los depósitos, la restauración de la franja de terreno afectada por el trazado de las conducciones, por las excavaciones y terraplenes provocados, así como la integración de la nueva vegetación con el paisaje circulante.

La integración paisajística de edificaciones, depósitos y cerramientos, que deberán realizarse de acuerdo a unos materiales y a un diseño integrado en el paisaje, especialmente, los cerramientos de los depósitos, al tratarse de los elementos de mayor visibilidad. Asimismo, plantea la posibilidad de enterrar los depósitos para evitar su impacto visual.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, indica que se deben adoptar medidas de adecuación paisajística de los nuevos depósitos.

El promotor indica que tanto el estudio de impacto ambiental como el proyecto constructivo incluyen un proyecto de restauración e integración paisajística con las diferentes recomendaciones propuestas por la Diputación Provincial de Alicante. Respecto a la posibilidad de enterrar los depósitos, el promotor señala que esta cuestión fue desestimada debido a las características de la zona y a la viabilidad técnica, económica y ambiental de la solución planteada.

Patrimonio cultural.–La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deportes de la Generalitat Valenciana considera que deberá llevarse a cabo una prospección arqueológica de la zona de actuación. Por otro lado, afirma que no se han detectado afecciones al patrimonio paleontológico y recuerdan que si durante la ejecución hubiera cualquier hallazgo, éste deberá ser comunicado a la Consejería de Cultura, Educación y Deporte o a los Ayuntamientos implicados.

El promotor señala que se realizará una prospección arqueológica en la zona, una vez que se disponga del trazado definitivo, que permitirá definir la afección de las obras previstas sobre el patrimonio cultural arqueológico. Realizada la prospección arqueológica se aportará la correspondiente documentación relativa a sus resultados para que la Dirección General Patrimonio Cultural Valenciano proponga las medidas que estime oportunas.

Medio socioeconómico.–Los Ayuntamientos de San Juan de Alicante y de San Vicente del Raspeig, solicitan la reposición de todos los bienes y servicios afectados por el proyecto.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana indica que el trazado del Ramal San Vicente coincide con las obras del proyecto del postrasvase Júcar-Vinalopó, por lo que se deberá tener en cuenta este aspecto.

El promotor indica que en fase de ejecución de las obras, se repondrán todos los viales, bienes y servicios afectados, en coordinación con los organismos y titulares afectados. Respecto a los puntos singulares que se citan del proyecto de postrasvase Júcar-Vinalopó, el promotor indica que estudiará la solución técnica más adecuada para evitar interferencias con la citada infraestructura.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.–El promotor valora inicialmente la opción denominada alternativa nula, es decir, la no ejecución del proyecto. Esta posibilidad queda descartada al no solucionar los problemas actuales y previsibles a medio plazo en lo que se refiere a garantizar el abastecimiento y a reducir la dependencia de aportes externos de agua, provenientes de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

En el estudio de alternativas el promotor presenta una serie de tramos en los que se plantean varias alternativas, mientras que para otro, y a raíz de los estudios realizados plantean únicamente una en la que se minimiza, dentro de lo posible, las afecciones a hábitats de interés comunitario y a otros elementos naturales, para ello maximiza el uso de zonas aledañas a carreteras y carriles rurales. A continuación se indican aquellas actuaciones en las que han sido planteadas alternativas:

Ramal Sur, este ramal ha sido dividido en tres tramos: salida de la desaladora cruce de Mutxamiel y conexión San Juan – Monte Pinos.

En su primer tramo, es decir el de salida de la desaladora, se han planteado dos alternativas posibles, la alternativa norte y la sur (ver figura 1) la alternativa sur no podría realizarse al estar ubicada en una zona que resultará afectada por el desdoblamiento de la carretera CV 800. La alternativa norte, que sale de la desaladora, atravesando zonas de cultivos hasta la Colada de Cantalar, la cual se verá afectada, aunque de manera temporal por las obras. A continuación se dirige hacia el sur, discurriendo en la red de viales rurales de la zona hasta el cruce con la CV 800, donde comienza el siguiente tramo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El siguiente tramo estudiado es en el que el trazado se aproxima al núcleo de Mutxamel y lo cruza en su zona sur. Para seleccionar la alternativa más adecuada el promotor planteo al ayuntamiento 4 alternativas:

Alternativa 1: Paralela a la autovía A-70, con un cruce bajo ella en hinca, y un segundo cruce sobre el falso túnel. Longitud: 3.232 m.

Alternativa 2: Paso junto a la Lloma Beneta, Brazal del Galerón y cruce por el Sur del casco urbano. Longitud: 3.376 m.

Alternativa 3: Apoyarse en la vía de servicio del acceso de Mutxamel a la CV-700 y paso por el Brazal del Galerón, coincidiendo con la alternativa 2. Longitud: 3.625 m.

Alternativa 4: Apoyo en la vía de servicio del acceso de Mutxamel a la CV-700 hasta las proximidades del casco urbano. Longitud: 3.782 m.

Una vez analizadas estas alternativas se procedió a definir un trazado definitivo, de acuerdo con las indicaciones realizadas por el Ayuntamiento de Mutxamel en relación a los trazados planteados. El trazado finalmente planteado se corresponde con una solución mixta de la alternativa 2 y la 3. En la figura 2 se muestran todas las alternativas planteadas y la finalmente seleccionada para la ejecución del tramo considerado.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El tercer tramo definido por el promotor, que se corresponde con la conexión con el depósito de San Juan, la preparación de la futura conexión con el de Monte Pinos y la prolongación de la conducción en el ramal de distribución a Alicante no presenta alternativas de trazado. Este tramo se ha diseñado siguiendo, siempre que fuera posible, las infraestructuras ya establecidas en el territorio. En los casos que fuera inevitable cruzar por zonas de hábitats de interés comunitario, el diseño se ha realizado llevando el trazado por las zonas de menor valor dentro de los hábitats afectados.

Depósito de Ramellat.–Se estudiaron tres alternativas posibles para su ubicación:

Alternativa 1: Situada al Oeste del depósito existente, sobre parcela agrícola abandonada.

Alternativa 2: Situada al Norte del actual depósito existente, sobre parcela agrícola.

Alternativa 3: Parcela situada al Nordeste del depósito existente, cruzando la carretera CV-777 El Campello-Busot, sobre terreno naturalizado.

Se adopta una solución intermedia que consiste en un depósito de 5000 m3 en una nave y estación de bombeo para la conducción existente de Rabasa-Amadorio en el emplazamiento de la alternativa 1 y un depósito regulador de El Campello de 20.000 m3 en dos naves, cada uno de 10.000 m3, en el emplazamiento de la alternativa 3, reduciendo así la superficie afectada.

Depósito de San Juan.–Se dispone de dos ubicaciones posibles, una al norte del depósito existente y la otra al sur. De las dos opciones posibles se ha optado por la opción norte, debido a la escasa cobertura vegetal y a que los hábitats que ocupa están ampliamente extendidos en la provincia de Alicante y su afección es mínima.

En el estudio de impacto ambiental presentado por el promotor no aparecen alternativas para los trazados siguientes:

Ramal norte.–La construcción de la EDAR Alacan´t Norte en las proximidades de la desaladora y la morfología encajonada del río Seco ha impuesto la necesidad de cruzar dicho cauce a través del camino de Cantalar. Posteriormente el promotor ha optado por el camino más adecuado y corto, apoyado en los caminos de dominio público que llegan hasta la ubicación de los depósitos. Siendo esta, por tanto, la única alternativa planteada, siendo además ambientalmente adecuada.

Ramal San Vicente.–Este ramal, al igual que el anterior, ha sido diseñado buscando el camino más corto apoyándose en la red de caminos de dominio público existente en la zona. De la misma manera que en el anterior caso no se considera que la aportación de distintas alternativas plantearan ventajas importantes sobre la ya propuesta por el promotor.

Instalaciones eléctricas.–Se ha diseñado su trazado para que discurra por viales existentes, definiendo tramos subterráneos (impulsión Ramellat y Villamontes) en zonas próximas a viviendas.

Por tanto, las alternativas seleccionadas para su ejecución se corresponde con las siguientes: Para el Ramal Norte, al igual que para el Ramal de San Vicente, la única alternativa planteada. Para el ramal sur se ha seleccionado en su primer tramo la alternativa norte, en el de cruce del núcleo de Mutxamel la alternativa mixta conformada a partir de las alternativas 2 y 3, siendo el último tramo de este ramal idéntico para todas las alternativas. En el caso del depósito de Ramellat, se ha optado, también por una solución mixta entre las alternativas 1 y 3, mientras que en el depósito de San Juan ha sido seleccionada la alternativa norte.

4.2. Impactos significativos de la alternativa elegida.

4.2.1 Impacto sobre la calidad atmosférica y acústica.–Durante la fase de construcción las principales afecciones sobre la calidad atmosférica se producirán por el aumento de partículas en suspensión y contaminantes atmosféricos derivados del movimiento de la maquinaria, movimiento de tierras y acumulación de materiales de la obra. Asimismo, se generará un incremento de los niveles sonoros debido a los trabajos de construcción y al aumento del tránsito de vehículos durante la fase de obras, y por el funcionamiento de las estaciones de impulsión durante la fase de explotación.

El promotor propone una serie de medidas que minimizarán las afecciones descritas, que consistirán en evitar las partículas en suspensión en el ambiente mediante riegos periódicos, transporte de materiales bajo lonas, parada de los trabajos en caso de viento y restricción de la velocidad de circulación.

Se controlarán los niveles de ruidos durante las obras, estableciendo una programación de las actividades de construcción en horarios compatibles en zonas próximas a viviendas. Asimismo, las instalaciones de impulsión dispondrán de un aislamiento acústico adecuado, cumpliendo en todo momento la legislación vigente en materia de ruido.

4.2.2 Impacto sobre la hidrología.–Las principales afecciones se deberán a la posible reducción de la calidad de las aguas de los cauces atravesados por las conducciones, principalmente en el río Seco y el barranco de Hondó, debido al aumento de las partículas en suspensión y posibles vertidos accidentales de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria durante la fase de construcción.

Con objeto de proteger los cauces fluviales afectados, el promotor señala que, a pesar que el río Seco y el barranco de Hondó son cauces estaciones, la instalación de la conducción en los puntos de cruce de dichos cauces se realizará en época de estiaje, para evitar el arrastre de partículas durante la época de lluvias. Asimismo, en los trabajos realizados próximos o en el interior de los cauces se tomarán las siguientes medidas preventivas:

Reducir el movimiento de tierras en el interior y en las proximidades de los cauces.

Retirada de los residuos susceptibles de ser arrastrados por la corriente o de depositarse sobre el lecho de gravas, prohibiéndose el almacenamiento de materiales en dicha zona.

En caso necesario, reestablecer el drenaje natural de la zona afectada, evitando zonas de encharcamiento.

En cuanto a las labores de mantenimiento de maquinaria o aporte de materiales, éstas se realizarán fuera del área de afección de los cauces fluviales, en zonas impermeabilizadas y con un sistema de recogida de vertidos. Para depurar las aguas residuales de las instalaciones de obra, el proyecto contará con un sistema de depuración de aguas tipo compacto.

4.2.3 Impactos sobre la geomorfología y la edafología.–Las principales afecciones se producirán durante la fase de construcción por la ocupación de terrenos, excavaciones, movimientos de tierras y la circulación de vehículos y trasiego de maquinaria, que pueden provocar un aumento del riesgo de erosión y la compactación del sustrato, que puede impedir o retrasar el desarrollo de la cubierta vegetal, así como la modificación del relieve de la zona.

El proyecto prevé la reutilización parcial de los materiales de la excavación para el relleno de las zanjas. El volumen de excavación será de aproximadamente 132.909 m3. No obstante, debido a la dificultad de encontrar préstamos adecuados en las inmediaciones de las obras, el proyecto contempla la obtención de éstos en plantas de áridos existentes en la zona de actuación.

El volumen de tierras no reutilizado en el relleno de las obras, del orden de 94.171 m3, será transportado a vertedero autorizado.

El promotor indica que durante el movimiento de tierras se apilarán los materiales extraídos en montones que no superen los 2 m de altura, evitando que se acumulen en las proximidades de los cursos de agua y de formaciones vegetales de interés.

Tras la finalización de las obras, el promotor llevará a cabo la desmantelación de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la obra, descompactando las superficies afectadas por las obras y facilitando la revegetación de las mismas empleando la tierra vegetal extraída de todas las excavaciones efectuadas.

4.2.4 Impactos sobre la vegetación y hábitats de interés comunitario.–La ejecución del proyecto supondrá la eliminación de la vegetación dentro del área de ocupación de las nuevas infraestructuras, si bien, se afectará principalmente a vegetación ruderal asociada caminos y zonas de cultivo.

Parte de las diferentes actuaciones proyectadas se localizan sobre hábitats de interés comunitario presentes en la zona de actuación, principalmente sobre el 5330 matorrales termomediterráneos y preestéticos y los prioritarios 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y 6110* prados calcáreos kársticos o basófilos del Alysso-Sedion. De acuerdo con las indicaciones del promotor, los tramos de hábitats afectados por las obras serán mínimos, si bien, con una ocupación permanente. No obstante, el promotor señala que las superficies ocupadas por las conducciones, presentarán una recuperación rápida, debido al carácter colonizador de la mayor parte de las especies vegetales que los integran.

De acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Territorio y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana no se considera probable que el proyecto pueda producir afecciones negativas sobre hábitats y/o especies de los espacios protegidos situados en su entorno

Las medidas propuestas en el proyecto para minimizar el impacto sobre la vegetación y los hábitats de interés comunitario son las siguientes:

Jalonamiento temporal de la zona de obras, con objeto de minimizar los daños a terrenos agrícolas y la vegetal natural.

Se aprovecharán los accesos existentes, y siempre que sea posible, se evitará la apertura de nuevos viales.

Se evitará la localización de las instalaciones auxiliares, parques de maquinaria y zonas de acopio en las áreas naturales de mayor interés, como hábitats de interés comunitario, zonas con vegetación natural o fauna de interés, dentro del dominio público hidráulico o sobre vías pecuarias.

Las conducciones y los tramos subterráneos de las líneas eléctricas se proyectan, siempre que sea posible, siguiendo los caminos ya existentes. Los apoyos de los tramos aéreos de las líneas eléctricas se ubicarán en terrenos agrícolas.

Se realizará una restauración ambiental y una revegetación de la zona de actuación, con objeto de dejar dicha área en condiciones similares al inicio de las obras.

El proyecto contará con un plan de prevención de incendios forestales.

4.2.5 Impacto sobre la fauna.–Durante la fase de construcción es posible que existan afecciones sobre la fauna debido a la pérdida de su hábitat o a la alteración en el comportamiento de las poblaciones, como puede ser una posible modificación de sus rutinas de desplazamiento y alimentación, ya que pueden verse afectadas por el movimiento de maquinaria y personal necesarios para la ejecución de las obras. Asimismo, se pueden producir molestias si las obras coinciden con la época de cría y nidificación de las especies presentes.

El principal impacto sobre la fauna que se puede producir durante la fase de explotación se corresponde con el riesgo colisión de las aves con la línea eléctrica.

El promotor contempla la circunscripción de los vehículos a los caminos y zonas de obra, minimizará los ruidos y jalonará las obras para evitar atropellos y molestias a los animales del entorno. Las zanjas contarán con rampas de escape temporales y se realizará una revisión diaria de las mismas para proceder a liberar aquellos ejemplares atrapados. Asimismo, se procederá al cerramiento de las zanjas en el menor tiempo posible.

Por otro lado, el estudio de impacto ambiental señala que se evitarán las actividades más molestas en épocas de reproducción y cría de las especies de avifauna existentes en la zona de actuación.

Para evitar la colisión de las aves con el tendido eléctrico, los nuevos tendidos eléctricos se proveerán de dispositivos salvapájaros o señalizadores visuales Asimismo, se colocarán disuadores de nidificación como medidas de antinidificación para las aves en los tendidos proyectados.

4.2.6 Impactos sobre el paisaje.–La afección sobre el paisaje se deberá principalmente por la presencia de las infraestructuras proyectadas, como son los depósitos, estaciones de bombeo y líneas eléctricas, así como por los movimientos de tierras necesarios para la apertura de accesos y de zanjas para las conducciones. A pesar de que la zona se caracteriza por una calidad paisajística muy antropizada por la presencia de industrias, terrenos agrícolas, vías de comunicación y núcleos urbanos, la ubicación de los diferentes depósitos como el de San Juan dentro de un hábitat de interés comunitario, hacen que sea difícil el enmascaramiento con una pantalla vegetal. En el caso de los depósitos de Ramallet el posible impacto paisajístico no es tan significativo, ya que las características del territorio y los usos actuales del entorno permiten que la instalación de las infraestructuras no sea discordante.

El proyecto contempla la restauración ambiental e integración paisajística de las zonas afectadas por el proyecto. En este sentido, el estudio de impacto ambiental señala que se instalarán pantallas vegetales en la zona de los depósitos, con objeto de minimizar el impacto paisajístico. En el caso del depósito de San Juan se procederá a la pintura del mismo aplicando color ocre en todas sus caras vistas.

4.2.7 Impactos sobre el patrimonio cultural.–El promotor señala que el proyecto no afectará a ningún yacimiento arqueológico inventariado, no obstante, contempla la realización de una prospección arqueológica en la zona, una vez que se disponga del trazado definitivo de las infraestructuras proyectadas, así como un seguimiento arqueológico de las obras, por técnico competente. En caso de detectar hallazgos arqueológicos, se paralizarán las obras y se dará aviso a la Consejería de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana.

Por otro lado, el promotor señala que la afección sobre las vías pecuarias será temporal durante la fase de obras, garantizándose en todo momento la continuidad del tránsito ganadero y demás usos de las mismas.

4.2.8 Impactos sobre el medio socioeconómico.–Durante las obras las principales molestias sobre la población se producirán como consecuencia de la circulación de maquinaria pesada, incremento de polvo y ruidos. El promotor propone como medida preventiva durante la fase de obras evitar, siempre que sea posible, el paso por núcleos urbanos, con el fin de minimizar las afecciones sobre la población.

El promotor repondrá todos los bienes y servicios afectados por las obras, incluidos caminos de acceso a fincas, edificaciones, acequias y redes de infraestructuras, en la mayor brevedad posible.

4.3. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas preventivas.–En el siguiente cuadro se recogen las principales medidas preventivas y correctoras que se han contemplado en el proyecto a lo largo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental:

Posibles impactos

Medidas preventivas y correctoras

Hidrología

Cruce de los cauces en época de estiaje.
Reestablecimiento del drenaje natural.
Se evitará el aporte de sólidos o vertidos a los cauces.

Geomorfología
y edafología

Reutilización parcial de los materiales de la excavación.
Los préstamos necesarios procederán de plantas de áridos.
Transporte de los materiales sobrantes a vertederos autorizados.
Retirada, acopio y reutilización de la tierra vegetal.
Descompactación de los terrenos afectados.

Vegetación, hábitats
y paisaje

Jalonamiento temporal de la zona.
Se aprovecharán los accesos existentes, y siempre que sea posible, se evitará la apertura de nuevos viales.
Se evitará la localización de las instalaciones auxiliares, y zonas de acopio en las áreas naturales de interés.
Restauración ambiental e integración paisajística.
Plan de Prevención de Incendios.

Fauna

Limitación de tiempo de apertura de zanjas.
Revisión diaria de zanjas e instalación de rampas de escape temporales.
Instalación de dispositivos salvapájaros y elementos disuadores de nidificación.
Establecer un calendario de actuaciones para evitar la época de cría y reproducción de la avifauna presente.

Patrimonio cultural

Prospección arqueológica previa al inicio de las obras.
Control arqueológico de las obras.
Mantenimiento de los usos y reposición de las vías pecuarias afectadas.

Medio socioeconómico

Reposición de los bienes y servicios afectados.

5. Condiciones al proyecto

Se deberán cumplir todas las medidas preventivas y correctoras propuestas y aceptadas por el promotor durante todo el proceso de evaluación de impacto ambiental. Así como las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1. Protección de la vegetación y el suelo.–Se minimizará la apertura de accesos, utilizando siempre que sea posible, caminos ya existentes.

Las instalaciones auxiliares y zonas de acopio, se diseñarán de manera que se evite la colocación de los mismos en las áreas con vegetación natural de interés y hábitats de interés comunitario.

Se tomarán medidas de precaución en el desbroce de Mesenbryantemum nudiflorum, especie exótica vegetal invasora de la Comunidad Valenciana, para evitar su propagación por tratarse de una planta alóctona con cierto carácter invasor.

Finalizados los trabajos se revegetarán las zonas afectadas con especies autóctonas.

5.2. Protección de la fauna.–En el diseño de las líneas eléctricas se cumplirá, en caso de ser necesario, lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, así como lo establecido en la Resolución de 22 de febrero de 2006, de la Dirección General de Energía por la que se aprueban las Normas Particulares de Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU, para Alta Tensión (hasta 30 kV) y Baja Tensión en la Comunidad Valenciana. Los dispositivos salvapájaros a instalar cumplirán las prescripciones técnicas establecidas en dicha normativa y las recomendaciones propuestas por los órganos ambientales de la Generalitat Valenciana, a lo largo de todo el recorrido de la línea eléctrica.

El promotor de las obras, o en su caso el titular de las mismas, pondrá en conocimiento del órgano ambiental competente de la Generalitat Valenciana de forma inmediata, cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto, con relación a la avifauna existente en la zona (colisión, intento de nidificación en los apoyos, etc), al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titula de las instalaciones.

Se establecerá un calendario de actuaciones que minimice las posibles afecciones sobre la fauna, en coordinación con la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana.

5.3. Protección del paisaje.–Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y restauración paisajística de las zonas afectadas por las obras incluyendo los accesos provisionales, las instalaciones auxiliares, los acopios de materiales, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo de su cronograma y financiación.

5.4. Protección del patrimonio cultural.–Con carácter previo a la aprobación definitiva del proyecto por la Dirección General del Agua, se deberá obtener la conformidad sobre la protección del patrimonio cultural de la Conselleria de la Generalitat Valenciana competente en materia de cultura.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA), que se ha diseñado de forma que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas, protectoras y correctoras establecidas en el mismo; así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas.

Se diseñará un responsable, con cualificación técnica adecuada, de la ejecución del programa de vigilancia y, en su caso, el equipo técnico que se considere necesario para desarrollarlo adecuadamente. Será necesario la presencia de un técnico ambiental, a cargo del promotor, durante el periodo de ejecución de la obra, incluida la fase de restauración ambiental, especialmente en aquellos tramos que requieran una supervisión especial, como los hábitats de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, áreas con presencia de vegetación natural de interés o protegida, áreas de interés faunístico y en general, en todos aquellos recorridos en donde se produzca una afección a alguna especie o zona de especial interés ambiental.

El PVA incluye una serie de acciones de vigilancia durante la fase de obras, entre las que destacan, control sobre emisiones de polvo, contaminantes y niveles de ruido, vigilancia sobre las aguas superficiales, control sobre las diferentes medidas preventivas sobre el suelo, vigilancia sobre la flora y fauna, así como sobre los hábitats, vigilancia sobre el paisaje, la población y el medio socioeconómico.

Por otro lado, durante la fase de funcionamiento se procederá, entre otros, a la detección de posibles averías tanto en las conducciones como en los depósitos, vigilancia de la vegetación bajo las líneas eléctricas y seguimiento de la restauración paisajística. En el caso del seguimiento de los efectos de la colisión de la avifauna en los tendidos eléctricos, se diseñará un programa de vigilancia específico para estimar el grado de afección de la línea sobre las aves, que deberá especificar y justificar la metodología de estudio empleada, así como los resultados obtenidos del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas y el índice de colisión por especie.

Durante la fase de construcción se elaborará un informe semestral con los aspectos ambientales supervisados.

Durante los primeros 3 años de la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, que también se contemplan para la fase de construcción.

Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

Durante la fase de obras, el promotor deberá explicar en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se haya publicado la declaración de impacto ambiental.

Conclusión.–En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Obras complementarias de la planta desaladora de la Marina Baja (Mutxamel, Alicante), términos municipales de San Juan, San Vicente de Raspeig y Alicante, concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa planteada para el Ramal Norte y para el Ramal de San Vicente, la alternativa norte del primer tramo del ramal Sur así como la alternativa mixta en el de cruce del núcleo de Mutxamel y la alternativa planteada para el resto del trazado. La ubicación de los depósitos se corresponderá con la solución mixta (alternativas 1y3) para el depósito de Ramellat y la alternativa norte para el de San Juan y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General del Agua para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 30 de abril de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid