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Documento BOE-A-2010-8056

Resolución de 4 de mayo de 2010, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural en zonas rurales.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 19 de mayo de 2010, páginas 43695 a 43712 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-8056

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Comunidad de Castilla y León, a través de las Consejerías de Medio Ambiente, y de Agricultura y Ganadería para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural en zonas rurales de la Comunidad Autónoma, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 4 de mayo de 2010.–El Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, Jesús Casas Grande.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural en zonas rurales

En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 574/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, según el apartado primero 2.ª) del capítulo I de la Orden ARM/499/2009, de 24 de febrero, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

De otra, doña María Jesús Ruiz Ruiz, Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, nombrada por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones que a los titulares de las Consejerías les confiere el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Y de otra, doña Silvia Clemente Municio, Consejera de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, nombrada por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones que a los titulares de las Consejerías les confiere el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Los comparecientes, que actúan en función de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, libremente,

EXPONEN

1. La Administración General del Estado, en lo sucesivo AGE, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en lo sucesivo MARM, tiene la responsabilidad de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno, entre otras, en materia de desarrollo rural. Asimismo, le corresponde colaborar y cooperar con las comunidades autónomas en relación con el logro de un medio rural coherente, armónico, y sostenible. Todo ello, en el marco de las competencias atribuidas al Estado por la Constitución y, en particular, en su artículo 149.1.13.ª, sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene atribuidas, entre otras, la competencia en las materias de Desarrollo Rural, de conformidad con lo establecido en su Estatuto de Autonomía, correspondiendo a las Consejerías de Medio Ambiente y de Agricultura y Ganadería el promover, planificar, dirigir y ejecutar la política en sus correspondientes ámbitos.

3. Que las Cortes Generales han aprobado la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. La citada Ley tiene por objeto establecer medidas para favorecer el desarrollo sostenible del medio rural, en tanto que condiciones básicas para garantizar la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos constitucionales y en cuanto que tienen el carácter de bases para la ordenación general de la actividad económica en dicho medio.

4. Que la citada Ley establece que su aplicación práctica se planifique mediante el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, auspiciando la ejecución de un Plan de actuaciones en cada Zona Rural seleccionada al efecto. Estos programas de actuación se formularán y ejecutarán en base a criterios de cooperación y colaboración entre administraciones y, en particular, mediante convenios de colaboración entre la AGE con las comunidades autónomas, en los que han de participar diferentes departamentos autonómicos con competencias sectoriales que inciden sobre el territorio.

5. Que este modelo de acción multisectorial, planificada y dirigida territorialmente será concertada entre la AGE y las comunidades autónomas, y presidida por un enfoque de sostenibilidad. Esta apuesta requiere de experiencias piloto, especialmente en lo relativo a la concertación y coordinación.

6. Que el MARM y las comunidades autónomas, en el marco de los acuerdos alcanzados en el seno del Consejo del Medio Rural, están desarrollando los instrumentos técnicos, jurídicos, y normativos necesarios para la plena aplicación de la ley. Una plena aplicación que será muy favorecida si, con carácter previo y horizonte temporal limitado, se establecen determinadas experiencias piloto que puedan servir de referencia para la aplicación ulterior generalizada.

7. Que la organización de estas experiencias piloto, para cada una de las actuaciones reales que contemple, tiene que pasar por las fases de diseño, concertación, proyecto, adjudicación, ejecución y finalizar con la puesta en servicio, lo que normalmente va a requerir que la actuación se prolongue a lo largo de varios ejercicios para que pueda verse completamente finalizada, de manera que puedan obtenerse conclusiones aplicables a las fases de elaboración, desarrollo, ejecución, seguimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, así como especialmente de los planes de zona que posteriormente deben desarrollarlo en todos estos aspectos y fases a escala de zona.

8. Que para la planificación de las actuaciones incluidas en las experiencias piloto se ha realizado un diagnóstico, de cada una de las zonas de actuación, sobre aspectos sociales, económicos y ambientales, mediante un proceso de participación dirigido a las entidades locales y a los agentes sociales, que motive y justifique con claridad las actuaciones que se planteen.

9. Que la necesidad de experimentar y poner a punto los complejos mecanismos de acción de la Ley, particularmente en lo que se refiere a la elaboración y ejecución de los Planes de Zona Rural, motivó que ya en 2008 el MARM suscribiese con seis comunidades autónomas los primeros convenios de colaboración para la realización de programas piloto de desarrollo rural sostenible. Actuación que durante 2009 debe prolongarse, perfeccionarse y extenderse al conjunto de comunidades autónomas, de manera que la elaboración y ejecución de los Planes de zona que se deriven del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, previsto para su implementación a lo largo del año 2010, vaya precedida en todas estas comunidades autónomas de una experiencia previa.

10. Que a estos efectos la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2009 ha incluido en el presupuesto de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural (Servicio 18 de la Sección 23), el programa presupuestario 414C, partidas presupuestarias para la celebración de convenios con comunidades autónomas (concepto 751) para el desarrollo de experiencias piloto en el medio rural.

11. Que la Comunidad Autónoma de Castilla y León está cooperando con la AGE en la elaboración del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible y que considera necesario avanzar el ensayo y la puesta en práctica de los mecanismos de acción de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, en algunas de sus zonas rurales seleccionadas a tal fin: zona Ávila-Gredos y zona Arévalo en la provincia de Ávila; zona Merindades, zona Bureba, zona central de Burgos y zona Ribera en la provincia de Burgos; zona Bierzo y zona Cepeda-Órbigo en la provincia de León; zona Montaña Palentina, zona de Páramos y Valles de Palencia y zona Cerrato en la provincia de Palencia; zona Sierra sur de Salamanca en la provincia de Salamanca; zona Ayllón y zona Pinares de Segovia en la provincia de Segovia; zonas Urbión-Tierras Altas, zona Campo de Gómara, zona Burgo de Osma, zona Duero y Almazán-Jalón en la provincia de Soria; zona Valladolid sur en la provincia de Valladolid y zona Benavente, zona Sanabria-los Valles y zona Aliste en la provincia de Zamora. Además de estas, habrá otras actuaciones generales en el ámbito rural de la Comunidad Autónoma.

12. Que las zonas seleccionadas, constituyen áreas predominantemente rurales, con escasa densidad de población, elevada significación de la actividad agraria, bajos niveles de renta, aislamiento geográfico y dificultades de vertebración territorial, conformando por ello un escenario privilegiado para servir como referencia experimental en la implantación de nuevas estrategias, acciones y programas capaces de aunar la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, la conservación de valores naturales y el uso racional del territorio. A tal fin, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de acuerdo con la AGE ha elaborado un programa piloto de actuaciones sobre el que se articula el presente Convenio.

13. Que de conformidad con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–El presente Convenio tiene por objeto fijar el marco de colaboración entre la AGE, a través del MARM y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a través de las consejerías de Medio Ambiente y de Agricultura y Ganadería, para la ejecución de un programa piloto de desarrollo sostenible en las zonas rurales que se relacionan en el anexo.

El Convenio pretende servir de referencia y orientación a la puesta en marcha ulterior de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, tanto en lo que se refiere a la elaboración y desarrollo del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, como para la posterior elaboración y ejecución de los Planes de Zona Rural mediante los que aquel debe desarrollarse.

El objetivo del convenio es servir como laboratorio a escala real donde simular estrategias de colaboración y cooperación, de las que se deriven modelos de acción, pautas de comportamiento, y directrices de aplicación para la referida Ley. Todo ello desde la óptica de compatibilizar los objetivos de conservación y respeto del patrimonio natural con los de desarrollo socioeconómico sostenible del conjunto del territorio concernido.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.–Las actuaciones incluidas dentro del presente convenio se orientan al cumplimiento de los objetivos generales y específicos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. Tienen carácter multisectorial, con intervención coordinada de varias Consejerías, tanto en su diseño como en su ejecución.

La programación de las actuaciones específicas cubre los tres ejes principales de la sostenibilidad, con enfoques y actuaciones dirigidos a sus tres pilares básicos: ambiental, social y económico, actuando sobre alguno de los problemas o necesidades más importantes y urgentes para cada una las zonas.

Las actuaciones específicas a desarrollar y sus correspondientes presupuestos, para cada una de las zonas de intervención, se relacionan en el anexo del presente Convenio, y en cada caso se llevarán a cabo por las Consejerías especificadas en dicho anexo.

En todos los casos, las actuaciones serán posteriores a la firma del convenio, y tendrán el carácter de inversión real o de transferencia de capital para la Comunidad Autónoma.

Tercera. Obligaciones de la Administración General del Estado.–A efectos del debido cumplimiento del objeto del presente Convenio de colaboración, la AGE, a través del MARM (Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural), se compromete a:

Prestar el asesoramiento preciso para la ejecución del Programa piloto dentro del marco de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre.

Contribuir a la difusión de las actuaciones contempladas en el Convenio, y a su proyección exterior.

Facilitar un protocolo común con el resto de programas piloto para su evaluación y seguimiento.

Aportar a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la dotación presupuestaria señalada en la cláusula sexta del presente Convenio para el ejercicio de las actuaciones derivadas del mismo.

Realizar aquellas actuaciones que le correspondan en virtud de su competencia ejecutiva.

Otras que fueran necesarias para el buen fin de las actuaciones de este Convenio.

Cuarta. Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.–A efectos del debido cumplimiento del presente Convenio, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a través de las Consejerías de Medio Ambiente y de Agricultura y Ganadería, se compromete a:

En el caso de actuaciones contenidas en el presente convenio no promovidas por terceros, asumir la realización y costes de los correspondientes proyectos y la ejecución de los mismos, incluidos todos los trámites necesarios, las autorizaciones e informes preceptivos, los procedimientos derivados de la legislación ambiental y del patrimonio cultural y la obtención de la plena disponibilidad de los terrenos u otros bienes particulares que fueran necesarios.

Disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para la ejecución de las actuaciones, cuya ejecución le competa, y, en su caso, la financiación adicional de las obras que por encima del presupuesto aprobado fuera necesaria para la culminación total de las mismas.

Para las actuaciones de fomento a ejecutar por terceros, dictar las bases reguladoras con las condiciones específicas para el otorgamiento de las correspondientes ayudas dentro del marco de las bases reguladoras estatales, y realizar y resolver, en su caso, las oportunas convocatorias públicas. Dichas convocatorias preverán que cuando concurran sobre la misma actividad otras ayudas compatibles de organismos públicos o privados, el conjunto de las ayudas otorgadas no pueda rebasar el coste de las actuaciones. Igualmente, preverán que las ayudas no rebasen otros umbrales legalmente establecidos.

Para las actuaciones de fomento promovidas por terceros en zonas de concentración parcelaria, se seguirá lo dispuesto en la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de concentración parcelaria de Castilla y León.

Ejecutar el plan de trabajo y entregar en plazo los informes previstos, y las correspondientes certificaciones y justificaciones de las actuaciones realizadas y pagos efectuados.

Establecer el mecanismo administrativo que corresponda para que quede asegurado el cumplimiento de la finalidad y el funcionamiento de las infraestructuras y demás bienes derivados de las actuaciones del presente Convenio, asumiendo cuando ello le corresponda los costes de conservación y mantenimiento.

Asegurarse que las actuaciones a realizar son distintas de otras actuaciones ejecutadas, en ejecución o previstas en planes, programas o proyectos de otras entidades públicas o privadas.

Otras que fueran necesarias para el buen fin de las actuaciones de este Convenio.

Quinta. Comisión de Seguimiento.–Para el seguimiento, ejecución e interpretación del presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento que tendrá la siguiente composición:

El Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, que actuará como Presidente, o la persona que al efecto designe.

Dos representantes de la Consejería de Agricultura y Ganadería y otros dos de la Consejería de Medio Ambiente, designados por los titulares de las mismas, de los que actuará como Vicepresidente el de mayor rango y antigüedad.

Un representante del MARM, designado por el Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

Un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma.

Ejercerá de secretario de la Comisión Mixta de Seguimiento, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, designado por el titular de la misma.

De común acuerdo entre ambas partes, a la Comisión de Seguimiento podrán asistir con voz pero sin voto los funcionarios técnicos que por razón de la materia cada parte considere necesarios. Previo acuerdo entre las partes, el Presidente podrá invitar a participar en la misma, con voz pero sin voto, a alguna de las entidades cuyo ámbito se vaya a ver afectado por las actuaciones del Convenio.

La Comisión tendrá como funciones:

Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento del Convenio, incluido el seguimiento de la ejecución de las actuaciones que contempla y de sus efectos económicos, sociales y ambientales.

Concretar, en su caso, las actuaciones a desarrollar dentro del marco contemplado en el anexo.

Revisar los aspectos operativos y criterios de aplicación de las actuaciones relacionadas en el anexo, introduciendo en las mismas las correcciones que se consideren necesarias para su buen funcionamiento.

Para el caso de las acciones o actividades que no vaya a ejecutar directamente la Comunidad Autónoma sino que se vayan a ejecutar por terceros, acordar las propuestas de convocatorias y las condiciones mínimas de sus bases, en su caso.

A solicitud del Presidente, emitir conclusiones y recomendaciones deducidas del seguimiento del Convenio Piloto, aplicables ya sea para la elaboración y desarrollo del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, como para la posterior elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de zona rural.

Revisar y conformar los informes parciales y el informe final, y sus correspondientes justificaciones de gastos.

Asegurar el intercambio de información entre las administraciones concernidas por este Convenio.

Resolver de común acuerdo cualquier duda o diferencia que se plantee sobre la interpretación o aplicación del Convenio.

La Comisión celebrará su reunión constituyente en los dos primeros meses tras la firma del Convenio, concretando, en su caso, las actuaciones a desarrollar dentro del marco contemplado en el anexo. Durante 2010 se reunirá con carácter ordinario previamente a las certificaciones parcial y final, antes del 30 de junio y del 30 de noviembre respectivamente. La adopción de acuerdos por la Comisión de Seguimiento requerirá el consenso de ambas partes.

La propia Comisión determinará sus normas de funcionamiento. En ausencia de dichas normas, será aplicable lo previsto en el capítulo II, del Titulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Financiación.–El presupuesto total para la realización de las actuaciones relacionadas en el presente Convenio de colaboración asciende a la cantidad de veintisiete millones de euros (27.000.000 de euros).

La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del MARM aportará el cincuenta por cien de dicho presupuesto, cifrado en trece millones quinientos mil euros (13.500.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 23.18.414C.751 de los Presupuestos Generales del Estado dentro de la dotación correspondiente al año 2009. La citada aportación se hará efectiva a la Comunidad Autónoma en concepto de anticipo tras haberse suscrito el presente Convenio de colaboración, y en todo caso dentro del ejercicio presupuestario 2009.

La Comunidad Autónoma financiará las actuaciones y los trabajos por valor del cincuenta por cien restante del presupuesto, cifrado en trece millones quinientos mil euros (13.500.000 euros). La Consejería de Agricultura y Ganadería aportará siete millones seiscientos un mil ochocientos cuarenta y siete euros (7.601.847 euros) financiados con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los subprogramas 03.02.322C01, 03.03.414A01, 03.04.412C01 y 03.21.467B01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2010. Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente aportará cinco millones ochocientos noventa y ocho mil ciento cincuenta y tres euros (5.898.153 euros), con cargo a varias aplicaciones presupuestarias de los subprogramas 06.02.452A01 y 06.03.456A01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2010.

La Consejería de Medio Ambiente desarrollará estas actuaciones por sí misma o a través de sus propios medios instrumentales: Fundación de Patrimonio Natural y Sociedad Pública de Medio Ambiente de Castilla y León.

Ambas partes se comprometen a no solicitar ni aplicar cofinanciación comunitaria para las acciones objeto del presente convenio. Cada parte firmante se compromete a mantener informada a la otra parte, tanto de los trabajos realizados como de cualquier extremo relevante para el desarrollo de los mismos.

Séptima. Seguimiento y control.–Previamente a la celebración de las reuniones ordinarias de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma remitirá al MARM, según proceda, el proyecto de programa específico de actuaciones o el correspondiente informe parcial de ejecución, así como la certificación de los gastos realizados en el periodo anterior, mediante la presentación de las cuentas justificativas, incluyendo la declaración de las actividades realizadas y los gastos asociados, que se acreditarán mediante certificaciones, facturas o documentos de valor probatorio equivalente.

Previamente a la celebración de la última reunión ordinaria, a más tardar el 30 de noviembre de 2010, la Comunidad Autónoma remitirá al MARM el informe final sobre la ejecución de las actuaciones, así como la certificación final, en la forma especificada para el caso anterior.

En caso de que no se haya justificado el gasto de la totalidad del presupuesto del Convenio, se realizará una liquidación del Convenio para que la Comunidad Autónoma proceda a reintegrar al Ministerio la parte correspondiente al 50% del presupuesto total no gastado.

Octava. Publicidad, identificación y presentación pública.–En la publicidad que se realice en relación con las actuaciones objeto del presente Convenio, será obligatoria la referencia a las administraciones intervinientes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad corporativa. En particular se hará referencia al carácter singular de la actuación, como programa piloto en relación con la puesta en marcha de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

La Comunidad Autónoma señalizará debidamente las obras, de acuerdo con los modelos de carteles que se establezcan y en las condiciones que ambas Administraciones acuerden en relación con la colocación de logotipos, banderas, escudos o anagramas de las Administraciones que financian las obras, y de acuerdo con las normas de identidad gráfica que establezca la Comisión de Seguimiento.

Ambas partes firmantes participarán en términos de equivalencia en los actos de presentación, recepción o inauguración derivados de actuaciones contempladas en el presente convenio, a cuyo efecto se mantendrán informados, con la antelación suficiente a la celebración de los mismos.

Novena. Modificación y resolución.–El presente Convenio de colaboración podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, previa propuesta de la Comisión de Seguimiento. La modificación se efectuará mediante la suscripción del oportuno Acuerdo de modificación y siempre dentro de su plazo de vigencia.

Se podrá resolver este Convenio por mutuo acuerdo, por el incumplimiento de alguna de sus cláusulas por cualquiera de las partes firmantes, que podrá dar lugar a la denuncia motivada, con un plazo de preaviso de tres meses, o por concurrencia de cualquier otra causa legal de resolución. En tal caso, se adoptarán las decisiones precisas para la adecuada liquidación del mismo.

La Comisión de Seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas del Convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que resuelvan las cuestiones pendientes.

Décima. Efectos y duración.–El Convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2010. Las actuaciones contempladas en el presente Convenio deberán estar finalizadas y justificadas antes del 30 de noviembre de 2010.

El Convenio podrá, no obstante, prorrogarse, de forma justificada por acuerdo de las partes, por el tiempo mínimo imprescindible para la finalización de las actuaciones programadas en el mismo. La prórroga deberá formalizarse con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo, mediante la suscripción del oportuno Acuerdo de prórroga.

Undécima. Naturaleza y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole, de aplicación lo expresado en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la citada Ley, siéndole, no obstante, aplicables los principios de ésta para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir en su ejecución corresponderá a la Comisión de Seguimiento. En defecto de acuerdo serán resueltas conforme a lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cláusula adicional.–En caso de que el Programa de Desarrollo Rural Sostenible sea aprobado con anterioridad a la finalización del presente Convenio, ambas partes se comprometen a adaptar su contenido al marco que dicho Programa establezca para los convenios de colaboración entre la AGE y las comunidades autónomas, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto que lo apruebe.

Y en prueba de conformidad con sus términos, ambas partes suscriben el presente Convenio, por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados, rubricando cada una de las páginas de las que consta.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/499/2009, de 24 de febrero), el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.–La Consejera de Medio Ambiente, María Jesús Ruiz Ruiz.–La Consejera de Agricultura y Ganadería, Silvia Clemente Municio.

ANEXO
Programa piloto de actuaciones por zonas

Actuaciones zona 1 y 2 Arévalo y Ávila-Gredos

Actuación

Medida
de referencia (artículos 20
a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Infraestructura para la educación y divulgación de los valores culturales y ambientales de zonas de especial sensibilidad ecológica. Aliseda de Tormes.

21

Consejería de Medio Ambiente.

1.500.000

Implantación de la Carta Europea de Turismo Sostenible para la compatibilización de la puesta en valor de los espacios naturales y la gestión sostenible. Gredos.

20, 21

Consejería de Medio Ambiente.

500.000

Actuaciones de restauración del medio natural y conservación del patrimonio cultural en zonas de concentración parcelaria.

21, 29

Consejería de Agricultura y Ganadería.

640.100

Total zona 1 y 2

2.640.100

Municipios afectados zona 1 (Arévalo): Adanero, Albornos, Aldeaseca, Arevalillo, Arévalo, Aveinte, Barroman, Bercial de Zapardiel, Las Berlanas, Bernuy-Zapardiel, Berrocalejo de Aragona, Blascomillán, Blasconuño de Matacabras, Blascosancho, El Bohodón, Brabos, Bularros, Cabezas de Alambre, Cabezas del Pozo, Cabezas del Villar, Cabizuela, Canales, Cantiveros, Cardeñosa, Casasola, Castellanos de Zapardiel, Cillán (Las Navillas de Brieva), Cisla, La Colilla, Collado de Contreras, Constanzana, Crespos, Chamartín, Donjimeno, Donvidas, Espinosa de los Caballeros, Flores de Ávila, Fontiveros, Fuente el Sauz, Fuentes de Año, Gallegos de Altamiros, Gallegos de Sobrinos, Gimialcón, Gotarrendura, Grandes y San Martín, Gutierre Muñoz, Hernansancho, Herreros de Suso, Horcajo de las Torres, Hurtumpascual, Langa, Madrigal de las Altas Torres, Maello, Mamblas, Mancera de Arriba, Manjabálago,,Marlín, Martiherrero, Martínez, Mediana de Voltoya, Mingorría, Mirueña de los Infanzones, Monsalupe, Moraleja de Matacabras, Muñico, Muñogrande, Muñomer del Peco, Muñosancho, Narrillos del Alamo, Narrillos del Rebollar, Narros del Castillo, Narros de Saldueña, Nava de Arévalo, Ojos-Albos, Orbita, El Oso, Pajares de Adaja, Palacios de Goda, Papatrigo, El Parral, Pascualcobo, Pedro Rodríguez, Peñalba de Ávila, Pozanco, Rasueros, Riocabado, Rivilla de Barajas, Salvadiós, Sanchidrián, Sanchorreja, San Esteban de los Patos, San Esteban de Zapardiel, San García de Ingelmos, San Juan de la Encinilla, San Juan del Olmo, San Miguel de Serrezuela, San Pascual, San Pedro del Arroyo, Santo Domingo de las Posadas, Santo Tomé de Zabarcos, San Vicente de Arévalo, Sigeres, Sinlabajos, Solana de Rioalmar, Tiñosillos, Tolbaños, Valdecasa, Vega de Santa María, Velayos, Villaflor, Villanueva de Gómez, Villanueva del Aceral, Viñegra de Moraña, Vita, Zapardiel de la Cañada.

Municipios afectados zona 2 (Ávila-Gredos): Santa María del Cubillo, Diego del Carpio, Aldeanueva de Santa Cruz, La Aldehuela, Amavida, Avellaneda, El Barco de Ávila, Becedas, Becedillas, Bohoyo, Bonilla de la Sierra, Burgohondo, La Carrera, Casas del Puerto de Villatoro, Cepeda la Mora, Collado del Mirón, El Fresno, Garganta del Villar, Gemuño, Gilbuena, Gilgarcía, La Hija de Dios, La Horcajada, Hoyocasero, Hoyorredondo, Hoyos del Collado, Hoyos del Espino, Hoyos de Miguel Muñoz, Junciana, El Losar, Los Llanos de Tormes, Malpartida de Corneja, Medinilla, Mengamuñoz, Mesegar de Corneja, El Mirón, Mironcillo, Muñana, Muñogalindo, Muñopepe, Muñotello, Narros del Puerto, Navacepedilla de Corneja, Nava del Barco, Navadijos, Navaescurial, Navalacruz, Navalmoral, Navalonguilla, Navalosa, Navalperal de Tormes, Navaluenga, Navaquesera, Navarredonda de Gredos, Navarredondilla, Navarrevisca, Navatalgordo, Navatejares, Neila de San Miguel, Niharra, Padiernos, Piedrahita, Poveda, Pradosegar, Puerto Castilla, Riofrío, Salobral, San Bartolomé de Béjar, San Bartolomé de Corneja, San Juan de la Nava, San Juan del Molinillo, San Lorenzo de Tormes, San Martín de la Vega del Alberche, San Martín del Pimpollar, San Miguel de Corneja, Santa María del Arroyo, Santa María del Berrocal, Santa María de los Caballeros, Santiago del Collado, La Serrada, Serranillos, Solana de Ávila, Solosancho, Sotalvo, Tormellas, Tórtoles, La Torre, Umbrías, Vadillo de la Sierra, Villafranca de la Sierra, Villanueva del Campillo, Villar de Corneja, Villatoro, Zapardiel de la Ribera, San Juan de Gredos, Santiago de Tormes, Villanueva de Ávila.

Actuaciones zona 3 merindades

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Infraestructura para la mejora de condiciones higiénico-sanitarias de las aguas superficiales (EDAR). Villadiego.

25

Consejería de Medio Ambiente.

1.095.377

Actuación para la mejora e incremento de capacidad de las infraestructuras de regadío. Valle de Losa.

20, 25

Consejería de Agricultura y Ganadería.

566.000

Mejora de la eficacia y ahorro energético en infraestructura de regadío y abastecimiento a la población. Santa Gadea del Cid.

20, 25

Consejería de Agricultura y Ganadería.

520.000

Total zona 3

2.181.377

Municipios afectados zona 3 merindades: Aguas Cándidas, Alfoz de Bricia, Alfoz de Santa Gadea, Los Altos, Ameyugo, Arija, Basconcillos del Tozo, Berberana, Bozoó, Bugedo, Cantabrana, Cascajares de Bureba, Cillaperlata, Encío, Espinosa de los Monteros, Frías, Huérmeces, Humada, Junta de Traslaloma, Junta de Villalba de Losa, Jurisdicción de San Zadornil, Medina de Pomar, Merindad de Cuesta-Urría, Merindad de Montija, Merindad de Sotoscueva, Merindad de Valdeporres, Merindad de Valdivielso, Miranda de Ebro, Miraveche, Montorio, Navas de Bureba, Oña, Padrones de Bureba, Pancorvo, Partido de la Sierra en Tobalina, Quintanaélez, Rebolledo de la Torre, Rucandio, Salas de Bureba, Santa Gadea del Cid, Sargentes de la Lora, Sotresgudo, Trespaderne, Tubilla del Agua, Urbel del Castillo, Valle de Manzanedo, Valle de Mena,Valle de Tobalina, Valle de Valdebezana, Valle de Valdelucio, Valle de Zamanzas, Villadiego, Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, Valle de Sedano, Valle de Losa.

Actuaciones zona 4 y 5 Bureba y zona central de Burgos

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Actuaciones para la mejora y adecuación de infraestructuras viarias de interés agrícola (Camino de Santiago francés) a su paso por la provincia de Burgos.

23, 29

Consejería de Agricultura y Ganadería.

129.200

Total zona 4 y 5

129.200

Municipios afectados zona 4 Bureba: Abajas, Aguilar de Bureba, Alcocero de Mola, Altable, Arraya de Oca, Bañuelos de Bureba, Los Barrios de Bureba, Bascuñana, Belorado, Berzosa de Bureba, Briviesca, Busto de Bureba, Carcedo de Bureba, Carrias, Castildelgado, Castil de Peones, Cerezo de Riotirón, Cerratón de Juarros, Condado de Treviño, Cubo de Bureba, Espinosa del Camino, Fresneña, Fresno de Riotirón, Fuentebureba, Galbarros, Grisaleña, Ibrillos, Llano de Bureba, Monasterio de Rodilla, Piérnigas, Poza de la Sal, Prádanos de Bureba, La Puebla de Arganzón, Quintanabureba, Quintanavides, Quintanilla San García, Redecilla del Camino, Redecilla del Campo, Reinoso, Rojas, Rublacedo de Abajo, Salinillas de Bureba, Santa María del Invierno, Santa María-Ribarredonda, Santa Olalla de Bureba, Tosantos, Vallarta de Bureba, Valle de Oca, Valluércanes, La Vid de Bureba, Vileña, Viloria de Rioja, Villaescusa la Sombría, Villafranca-Montes de Oca, Villambistia, Villanueva de Teba, Zuñeda, Comunidad de Cubo de Bureba y Santa María-Ribarredonda, Jurisdicción Mancomunada de Bascuñana y Villoria de Rioja.

Municipios afectados zona 5 zona central de Burgos: Albillos, Arcos, Arenillas de Riopisuerga, Arlanzón, Atapuerca, Los Ausines, Avellanosa de Muñó, Bahabón de Esgueva, Los Balbases, Barrio de Muñó, Barrios de Colina, Belbimbre, Buniel, Cabañes de Esgueva, Cabia, Carcedo de Burgos, Cardeñadijo, Cardeñajimeno, Cardeñuela-Riopico, Castellanos de Castro, Castrillo del Val, Castrillo de Riopisuerga, Castrillo-Matajudíos, Castrogeriz, Cayuela, Cebrecos, Celada del Camino, Ciadoncha, Cilleruelo de Abajo, Cilleruelo de Arriba, Cogollos, Cubillo del Campo, Cuevas de San Clemente, Estépar, Fontioso, Frandovínez, Fresno de Rodilla, Grijalva, Hontanas, Hontoria de la Cantera, Las Hormazas, Hornillos del Camino, Hurones, Ibeas de Juarros, Iglesiarrubia, Iglesias, Isar, Itero del Castillo, Lerma, Madrigal del Monte, Madrigalejo del Monte, Mahamud, Manciles, Mazuela, Mecerreyes, Melgar de Fernamental, Modúbar de la Emparedada, Nebreda, Olmillos de Muñó, Orbaneja-Riopico, Padilla de Abajo, Padilla de Arriba, Palacios de Riopisuerga, Palazuelos de la Sierra, Palazuelos de Muñó, Pampliega, Pedrosa del Páramo, Pedrosa del Príncipe, Pedrosa de Río-Urbel, Peral de Arlanza, Pineda-Trasmonte, Pinilla-Trasmonte, Presencio, Puentedura, Quintanaortuño, Quintanapalla, Quintanilla de la Mata, Las Quintanillas, Quintanilla-Vivar, Rabé de las Calzadas, Revilla del Campo, Revillarruz, Revilla-Vallegera, Rezmondo, Royuela de Río Franco, Rubena, Saldaña de Burgos, San Adrián de Juarros, San Mamés de Burgos, Santa Cecilia, Santa Inés, Santa María del Campo, Santa María de Mercadillo, Santibáñez de Esgueva, Sarracín, Sasamón, Solarana, Sordillos, Sotragero, Susinos del Páramo, Tamarón, Tardajos, Tobar, Tordómar, Torrecilla del Monte, Torrepadre, Torresandino, Tórtoles de Esgueva, Valdorros, Vallegera, Valles de Palenzuela, Villafruela, Villagonzalo-Pedernales, Villahoz, Villalbilla de Burgos, Villaldemiro, Villalmanzo, Villamayor de los Montes, Villamayor de Treviño, Villamedianilla, Villamiel de la Sierra, Villangómez, Villanueva de Argaño, Villaquirán de la Puebla, Villaquirán de los Infantes, Villariezo, Villasandino, Villaverde del Monte, Villaverde-Mogina, Villayerno Morquillas, Villazopeque, Villegas, Zael, Zarzosa de Riopisuerga; Quintanilla del Agua y Tordueles; Valle de Santibáñez, Valle de las Navas, Merindad de Río Ubierna, Alfoz de Quintanadueñas; Comunidad de Los Ausines, Quintanalara y Revilla del Campo; Comunidad de Bahabón de Esgueva, Cilleruelo de Abajo y Santibáñez de Esgueva; Comunidad de Cilleruelo de Arriba y Pineda-Trasmonte; Comunidad de Cubillo del Campo y Hontoria de la Cantera; Comunidad de Quintanalara (Revilla del Campo) y Torrelara; Comunidad de Quintanaortuño y Merindad de Río Ubierna; Comunidad de Quintanilla del Agua (Quintanilla-Tordueles) y Puentedura; Comunidad de Quintanilla-Vivar, Sotopalacios, Sotragero y Villanueva de Río Ubierna; Comunidad de Rabé de las Calzadas y Tardajos, Comunidad de Torrelara y Villoruebo; Mancomunidad de Las Quintanillas y Tardajos.

Actuaciones zona 6 Ribera

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Centro de Formación Agroalimentaria de Castilla y León, para la realización de acciones formativas para la mejora de la productividad y la calidad del sector agroalimentario. Aranda de Duero.

20, 22

Consejería de Agricultura y Ganadería.

1.888.006

Total zona 6

1.888.006

Municipios afectados zona 6 Ribera: Adrada de Haza, Anguix, Arandilla, Arauzo de Salce, Arauzo de Torre, Baños de Valdearados, Berlangas de Roa, Brazacorta, Caleruela, Campillo de Aranda, Castrillo de la Vega, Coruña del Conde, La Cueva de Roa, Fresnillo de las Dueñas, Fuentecén, Fuentelcésped, Fuentelisendo, Fuentemolinos, Fuentenebro, Fuentespina, Gumiel de Izán, Gumiel de Mercado, Haza, Hontangas, Hontoria de Valdearados, La Horra, Hoyales de Roa, Huerta del Rey, Mambrilla de Castrejón, Milagros, Moradillo de Roa, Nava de Roa, Olmedillo de Roa, Oquillas, Pardilla, Pedrosa de Duero, Peñaranda de Duero, Quemada, Quintana del Pidio, Roa, San Juan del Monte, San Martín de Rubiales, Santa Cruz de la Salceda, La Sequera de Haza, Sotillo de la Ribera, Terradillos de Esgueva, Torregalindo, Tubilla del Lago, Vadocondes, Valdeande, Valdezate, La Vid, Villaescusa de Roa, Villalba de Duero, Villalbilla de Gumiel, Villanueva de Gumiel, Villatuelda, Zazuar; Comunidad de Aldehorno (Segovia) y Moradillo de Roa; Comunidad de Quintanarraya y Espeja de San Marcelino (Soria).

Actuaciones zona 7 y 8 Bierzo-Cepeda-Órbigo

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Proyecto de optimización de aprovechamiento de recursos pastables. Balboa y Villafranca del Bierzo.

20

Consejería de Agricultura y Ganadería.

887.387

Actuaciones para la mejora y adecuación de infraestructuras viarias de interés agrícola (Camino de Santiago francés) a su paso por la provincia de León.

23, 29

Consejería de Agricultura y Ganadería.

150.000

Restauración vegetal y creación de infraestructuras en el Camino de Santiago. Árboles del Camino, tramo de la provincia de León.

23, 29

Consejería de Medio Ambiente.

800.930

Total zona 7 y 8

1.838.317

Municipios afectados zona 7 Bierzo: Arganda, Balboa, Barjas, Bembibre, Benuza, Berlanga del Bierzo, Borrenes, Cabañas Raras, Cacabelos, Camponaraya, Candín, Carracedelo, Carucedo, Castropodame, Congosto, Corullón, Cubillos del Sil, Babero, Folgoso de la Ribera, Igüeña, Molinaseca, Noceda, Oencia, Páramo del Sil, Peranzanes, Priaranza del Bierzo, Puente de Domingo Flórez, Sancedo, Sobrado, Toreno, Torre del Bierzo, Trabadelo, Vega de Espinareda, Vega de Valcarce, Villadecanes, Villafranca del Bierzo.

Municipios afectados zona 8 Cepeda-Órbigo: Alija del Infantado, Astorga, La Bañeza, Benavides, Carrizo, Castrillo de la Valduerna, Castrocalbón, Cebrones del Río, Destriana, Hospital de Orbigo, Llamas de la Ribera, Magaz de Cepeda, Las Omañas, Palacios de la Valduerna, Quintana del Castillo, Quintana del Marco, Quintana y Congosto, Regueras de Arriba, Riego de la Vega, Rioseco de Tapia, San Cristóbal de la Polantera, San Esteban de Nogales, San Justo de la Vega, Santa Elena de Jamuz, Santa María de la Isla, Santa María de Ordás, Santiago Millas, Soto de la Vega, Turcia, Valderrey, Valdesamario, Val de San Lorenzo, Villagatón, Villamejil, Villamontán de la Valduerna, Villaobispo, Villarejo de Orbigo, Villares de Orbigo, Comunidad de Riego de la Vega y Villamontán de la Valduerna.

Actuaciones zona 9 montaña palentina

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Actuación para la implantación de infraestructuras de interés general en la zona regable de Berzosilla.

20, 25

Consejería de Agricultura y Ganadería.

2.350.000

Total zona 9

2.350.000

Municipios afectados zona 9 montaña palentina: Aguilar de Campoó, Barruelo de Santillán, Berzosilla, Brañosera, Cervera de Pisuerga, Guardo, Mudá, Polentinos, Pomar de Valdivia, Salinas de Pisuerga, San Cebrián de Mudá, Santibáñez de Ecla, Santibáñez de la Peña, Triollo, Velilla del Río Carrión, La Pernía.

Actuaciones zona 10 páramos y valles

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Centro para el estudio y conservación del Cangrejo de Río. Herrera de Pisuerga.

21

Consejería de Medio Ambiente.

2.500.000

Total zona 10

2.500.000

Municipios afectados zona 10 páramos y valles de Palencia: Alar del Rey, Ayuela, Bárcena de Campos, Báscones de Ojeda, Buenavista de Valdivia, Bustillo de la Vega, Bustillo del Páramo de Carrión, Calahorra de Boedo, Castrejón de la Peña, Castrillo de Villavega, Collazos de Boedo, Congosto de Valdivia, Dehesa de Montejo, Dehesa de Romanos, Espinosa de Villagonzalo, Herrera de Pisuerga, Lagartos, La Vid de Ojeda, Mantitos, Micieces de Ojeda, Nogal de las Huertas, Olea de Boedo, Olmos de Ojeda, Páramo de Boedo, Payo de Ojeda, Pedrosa de la Vega, Pino del Río, Poza de la Vega, Prádanos de Ojeda, La Puebla de Valdivia, Quintanilla de Onsoña, Renedo de la Vega, Respenda de la Peña, Revilla de Collazos, Saldaña, San Cristóbal de Boedo, Santa Cruz de Boedo, Santervás de la Vega, La Serna, Sotobañado y Priorato,Tabanera de Valdivia, Valderrábano, Valdeucieza, Villabasta, Villaeles de Valdivia, Villalba de Guardo, Villaluenga de la Vega, Villameriel, Villamoronta, Villanuño de Valdivia, Villaprovedo, Villarrabé, Villasila de Valdivia, Villaturde, Villota del Páramo, Loma de Ucieza.

Actuaciones zona 11 Cerrato

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Mejora de infraestructuras viarias de interés agrícola en zonas rurales.

20, 23

Consejería de Agricultura y Ganadería.

150.000

Total zona 11

150.000

Municipios afectados zona 11 Cerrato: Alba de Cerrato, Antigüedad, Astudillo, Baltanás, Venta de Baños, Castrillo de Don Juan, Castrillo de Onielo, Cevico de la Torre, Cevico Navero, Cobos de Cerrato, Cordovilla la Real, Cubillas de Cerrato, Dueñas, Espinosa de Cerrato, Hérmedes de Cerrato, Herrera de Valdecañas, Hontoria de Cerrato, Hornillos de Cerrato, Magaz, Melgar de Yuso, Palenzuela, Población de Cerrato, Quintana del Puente, Reinoso de Cerrato, Soto de Cerrato, Tabanera de Cerrato, Tariego, Torquemada, Valbuena de Pisuerga, Valdeolmillos, Valle de Cerrato, Vertavillo, Villaconancio, Villahán, Villalaco, Villamediana, Villamuriel de Cerrato, Villaviudas, Villodre, Villodrigo.

Actuaciones zona 12 sierra sur de Salamanca

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Mejora de infraestructuras viarias de interés agrícola en zonas rurales.

23

Consejería de Agricultura y Ganadería.

445.000

Implantación de la Carta Europea de Turismo Sostenible para la compatibilización de la puesta en valor de los espacios naturales y la gestión sostenible. Las Batuecas.

20, 21

Consejería de Medio Ambiente.

500.000

Infraestructura para la educación y divulgación de los valores culturales y ambientales de zonas de especial sensibilidad ecológica. Centro Temático de las Batuecas

21

Consejería de Medio Ambiente.

500.000

Total zona 12

1.445.000

Municipios afectados zona 12 sierra sur de Salamanca: Agallas, La Alberca, Aldeacipreste, Aldeanueva de la Sierra, San Miguel del Robledo, La Atalaya, La Bastida, Béjar, El Bodón, El Cabaco, La Cabeza de Béjar, La Calzada de Béjar, Candelario, Cantagallo, Las Casas del Conde, Casillas de Flores, Cepeda, Cereceda de la Sierra, El Cerro, Cilleros de la Bastida, Colmenar de Montemayor, Cristóbal, La Encina, Escurial de la Sierra, Fresnedoso, Fuenteguinaldo, Fuentes de Béjar, Gallegos de Solmirón, Garcibuey, Guijo de Ávila, Herguijuela de Ciudad-Rodrigo, Herguijuela de la Sierra, Horcajo de Montemayor, La Hoya, Lagunilla, Ledrada, Linares de Riofrío, Madroñal, El Maíllo, Martiago, Miranda del Castañar, Mogarraz, Molinillo, Monforte de la Sierra, Monsagro, Montemayor del Río, Navacarros, Nava de Béjar, Nava de Francia, Navalmoral de Béjar, Navamorales, Navarredonda de la Rinconada, Navasfrías, Pastores, El Payo, Peñacaballera, Peñaparda, Peromingo, Pinedas, Puebla de San Medel, Puente del Congosto, Puerto de Béjar, La Rinconada de la Sierra, Robleda, Sanchotello, San Esteban de la Sierra, San Martín del Castañar, San Miguel de Valero, Santibáñez de Béjar, Santibáñez de la Sierra, Los Santos, El Saúgo, Sequeros, Serradilla del Arroyo, Serradilla del Llano, Sorihuela, Sotoserrano, El Tejado, Tenebrón, El Tornadizo, Valdefuentes de Sangusín, Valdehijaderos, Valdelacasa, Valdelageve, Valero, Valverde de Valdelacasa, Vallejera de Riofrío, Villanueva del Conde, Villasrubias, Zamarra.

Actuaciones zona 13 Ayllón

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Proyecto integral de adecuación de infraestructuras rurales. Riaza.

23

Consejería de Agricultura y Ganadería.

2.000.000

Total zona 13

2.000.000

Municipios afectados zona 13 Ayllón: Alconada de Maderuelo, Aldealcorvo, Aldealengua de Pedraza, Aldealengua de Santa María, Aldeanueva de la Serrezuela, Aldehorno, Aldeonte, Arcones, Ayllón, Barbolla, Bercimuel, Bodeguillas, Campo de San Pedro, Carrascal del Río, Casla, Castillejo de Mesleón, Castro de Fuentidueña, Castrojimeno, Castroserna de Abajo, Castroserracín, Cedillo de la Torre, Cerezo de Abajo, Cerezo de Arriba, Cilleruelo de San Mamés, Cobos de Fuentidueña, Condado de Castilnovo, Corral de Ayllón, Duruelo, Encinas, Fresno de Cantespino, Fresno de la Fuente, Fuentesoto, Gallegos, Grajera, Honrubia de la Cuesta, Languilla, Maderuelo, Matabuena, La Matilla, Montejo de la Vega de la Serrezuela, Moral de Hornuez, Navalilla, Navares de Ayuso, Navares de En medio, Navares de las Cuevas, Orejana, Pajarejos, Pedraza, Pradales, Prádena, Riaguas de San Bartolomé, Riaza, Ribota, Riofrío de Riaza, San Miguel de Bernúy, Santa Marta del Cerro, Santo Tomé del Puerto, Sebúlcor, Sepúlveda, Sequera de Fresno, Sotillo, Torreadrada, Urueñas, Valdevacas de Montejo, Valle de Tabladillo, Valleruela de Pedraza, Valleruela de Sepúlveda, Ventosilla y Tejadilla, Villaverde de Montejo, Común de Riaza y Sepúlveda.

Actuaciones zona 14 zona pinares de Segovia

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Adecuación de infraestructuras ganaderas municipales en Fuentesaúco de Fuentidueña.

23, 29

Consejería de Agricultura y Ganadería.

128.000

Total zona 14

128.000

Municipios afectados zona 14 pinares de Segovia: Adrados, Aguilafuente, Aldeasoña, Cabezuela, Calabazas, Cantalejo, Carbonero el Mayor, Cuellar, Chañe, Fresneda de Cuellar, Frumales, Fuente el Olmo de Fuentidueña, Fuente el Olmo de Iscar, Fuentepelayo, Fuentepiñel, Fuenterrebollo, Fuentesaúco de Fuentidueña, Fuentidueña, Gomezserracín, Hontalbilla, Laguna de Contreras, Lastras de Cuellar, Mata de Cuellar, Membibre de la Hoz, Muñoveros, Navalmanzano, Olombrada, Perosillo, Pinarejos, Pinarnegrillo, Remondo, Sacramenia, Samboal, San Cristóbal de Cuellar, Sanchonuño, San Martín y Mudrián, San Pedro de Gaíllos, Sauquillo de Cabezas, Torrecilla del Pinar, Turégano, Valtiendas, Vallelado, Veganzones, Villaverde de Iscar, Zarzuela del Pinar, Cozuelos de Fuentidueña, Cuevas de Provanco, Común Grande de las Pegueras (Cuéllar).

Actuaciones zonas 15, 16, 17, 18 y 19 Urbión-Tierras Altas, Campo de Gómara, Burgo de Osma, Duero y Almazán-Jalón

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación

Implantación de sistema integral coordinado y automatizado para control y vigilancia de incendios en áreas forestales.

21

Consejería de Medio Ambiente.

1.500.000

Mejora de infraestructuras viarias de interés agrícola en zonas rurales.

23

Consejería de Agricultura y Ganadería.

150.000

Total zonas 15, 16, 17,18 y19

1.650.000

Municipios afectados zona 15 Urbión-Tierras Altas: Abejar, Aldealices, Las Aldehuelas, Almarza, Arévalo de la Sierra, Ausejo de la Sierra, Blacos, Cabrejas del Pinar, Calatañazor, Carrascosa de la Sierra, Casarejos, Castilfrío de la Sierra, Castilruiz, Cerbón, Bidones, Cigudosa, Covaleda, Cubilla, Dévanos, Duruelo de la Sierra, Estepa de San Juan, Fuentes de Magaña, Fuentestrún, Garray, Herrera de Soria, Magaña, Molinos de Duero, Montenegro de Cameros, Muriel de la Fuente, Muriel Viejo, Navaleno, Oncala, La Póveda de Soria, Pozalmuro, Rebollar, Rollamienta, El Royo, Salduero, San Felices, San Leonardo de Yagüe, San Pedro Manrique, Santa Cruz de Yanguas, Santa María de las Hoyas, Sotillo del Rincón, Suellacabras, Talveila, Torreblacos, Trévago, Ucero, Vadillo, Valdeavellano de Tera, Valdegeña, Valdelagua del Cerro, Valdeprado, Valtajeros, Villaciervos, Villar del Ala, Villar del Campo, Villar del Río, Vinuesa, Vizmanos, Yanguas; Comunidad de Herrera de Soria, Navafría de Ucero y Ucero.

Municipios afectados zona 16 Campo de Gomara: Ágreda, Aleonaba, Aldealafuente, Aldealpozo, Aldealseñor, Aldehuela de Periáñez, Aliud, Almajano, Almaluez, Almazul, Almenar de Soria, Arancón, Beratón, Bliecos, Borobia, Buberos, Buitrago, Cabrejas del Campo, Candilichera, Cañamaque, Carabaotes, Cihuela, Ciria, Cirujales del Río, Cueva de Ágreda, Deza, Fuentecantos, Fuentelmonge, Fuentelsaz de Soria, Gómara, Hinojosa del Campo, La Losilla, Matalebreras, Monteagudo de las Vicarías, Narros, Noviercas, Olvega, Pinilla del Campo, Portillo de Soria, La Quiñonería, Renieblas, Reznos, Santa María de Huerta, Serón de Nágima, Tajahuerce, Tejado, Torlengua, Torrubia de Soria, Velilla de la Sierra, Velilla de los Ajos, Los Villares de Soria, Villaseca de Arciel, Vozmediano.

Municipios afectados zona 17 Burgo de Osma: Alcubilla de Avellaneda, Burgo de Osma-Ciudad de Osma, Caracena, Carrascosa de Abajo, Castillejo de Robledo, Espeja de San Marcelino, Espejón, Fresno de Caracena, Fuentearmegil, Fuentecambrón, Langa de Duero, Liceras, Miño de San Esteban, Montejo de Tiermes, Nafría de Ucero, Recuerda, Retortillo de Soria, San Esteban de Gormaz, Valdemaluque, Villanueva de Gormaz.

Municipios afectados zona 18 Duero: Alentisque, Almazán, Barca, Bayubas de Abajo, Bayubas de Arriba, Berlanga de Duero, Borjabad, Centenera de Andaluz, Coscurita, Cubo de la Solana, Escobosa de Almazán, Frechilla de Almazán, Fuentepinilla, Golmayo, Gormaz, Maján, Matamala de Almazán, Momblona, Morón de Almazán, Nepas, Nolay, Quintana Redonda, Quintanas de Gormaz, Los Rábanos, Rioseco de Soria, Soliedra, Tajuelo, Tardelcuende, Valdenebro, Valderrodilla, Velamazán, Viana de Duero.

Municipios afectados zona 19 Almazán-Jalón: Adradas, Alcubilla de las Peñas, Alpanseque, Arcos de Jalón, Arenillas, Barahona, Barcones, Caltojar, Medinaceli, Miño de Medinaceli, Rello, La Riba de Escalote, Taroda, Villasayas, Yelo.

Actuaciones zona 20 Valladolid sur

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Actuaciones de redotación de los paleocauces cuaternarios para la mejora de las condiciones de riego en el área de Alcazarén.

20, 25

Consejería de Agricultura y Ganadería.

3.200.000

Total zona 20

3.200.000

Municipios afectados zona 20 Valladolid sur: Aguasal, Alaejos, Alcazarén, Aldea de San Miguel, Aldeamayor de San Martín, Almenara de Adaja, Ataquines, Bahabón, Bobadilla del Campo, Bocigas, Bocos de Duero, Brahojos de Medina, Campaspero, El Campillo, Camporredondo, Canalejas de Peñafiel, Carpio, Castrejón, Castrillo de Duero, Castronuño, Cervillego de la Cruz, Cogeces de Iscar, Cogeces del Monte, Corrales de Duero, Curiel, Fompedraza, Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Hornillos, Iscar, Langayo, Lomoviejo, Llano de Olmedo, Manzanillo, Matapozuelos, Medina del Campo, Mereces, Mojados, Montemayor de Pililla, Moraleja de las Panaderas, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olmedo, Olmos de Peñafiel, La Parrilla, La Pedraja de Portillo, Pedrajas de San Esteban, Peñafiel, Pesquera de Duero, Piñel de Abajo, Piñel de Arriba, Portillo, Pozal de Gallinas, Pozaldez, Puras, Quintanilla de Arriba, Quintanilla de Enésimo, Rábano, Ramiro, Roturas, Rubí de Bracamonte, Rueda, Salvador, San Llorente, San Miguel del Arroyo, San Pablo de la Moraleja, Santibáñez de Valcorba, San Vicente del Palacio, Sardón de Duero, La Seca, Serrada, Siete Iglesias de Trabancos, Torrecilla de la Orden, Torre de Peñafiel, Torrescárcela, Traspinedo, Valbuena de Duero, Valdearcos, Valdestillas, Velascálvaro, Ventosa de la Cuesta, Viloria, Villafranca de Duero, Villanueva de Duero, Villaverde de Medina, La Zarza.

Actuaciones zona 21 Benavente

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Construcción de infraestructura de paso sobre cauce para mejora del aprovechamiento de los recursos pastables. Pobladura del Valle.

20, 23

Consejería de Agricultura y Ganadería.

600.000

Total zona 21

600.000

Municipios afectados zona 21 Benavente: Alcubilla de Nogales, Arcos de la Polvorosa, Arrabalde, Benavente, Bretó, Bretocino, Brime de Urz, Burganes de Valverde, Coomonte, Fresno de la Polvorosa, Friera de Valverde, Maire de Castroponce, Manganeses de la Polvorosa, Matilla de Arzón, Micereces de Tera, Milles de la Polvorosa, Morales de Rey, Morales de Valverde, Navianos de Valverde, Pobladura del Valle, Pueblica de Valverde, Quintanilla de Urz, Quiruelas de Vidriales, San Cristóbal de Entreviñas, Santa Colomba de las Monjas, Santa Cristina de la Polvorosa, Santa Croya de Tera, Santa María de la Vega, Santa María de Valverde, Santibáñez de Tera, La Torre del Valle, Villabrázaro, Villaferrueña, Villanázar, Villanueva de las Peras, Villaveza de Valverde.

Actuaciones zona 22 Sanabria-Los Valles

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Implantación de sistema integral coordinado y automatizado para control y vigilancia de incendios en áreas forestales.

21

Consejería de Medio Ambiente.

1.250.000

Total Zona 22

1.250.000

Municipios afectados zona 22 Sanabria-Los Valles: Asturianos, Ayoó de Vidriales, Brime de Sog, Calzadilla de Tera, Camarzana de Tera, Cernadilla, Cobreros, Cubo de Benavente, Espadañado, Ferreras de Arriba, Fuente Encalada, Galende, Granucillo, Hermisende, Justel, Lubián, Manzanal de Arriba, Manzanal de los Infantes, Melgar de Tera, Molezuelas de la Carballeda, Mombuey, Muelas de los Caballeros, Otero de Bodas, Palacios de Sanabria, Pedralba de la Pradería, Peque, Pías, Porto, Puebla de Sanabria, Requejo, Rionegro del Puente, Robleda-Cervantes, Rosinos de la Requejada, San Justo, San Pedro de Ceque, Santibáñez de Vidriales, Prefacio, Uña de Quintana, Vega de Tera, Villageriz, Villardeciervos.

Municipios afectados zona 23 Aliste

Actuaciones comunes a todas las zonas

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Infraestructura para la educación y divulgación de los valores culturales y ambientales de zonas de especial sensibilidad ecológica. Aula en Villalcampo (Zamora).

21

Consejería de Medio Ambiente.

500.000

Total actuaciones comunes

500.000

Municipios afectados zona 23 Aliste: Figueruela de Arriba, Mahide, Viñas, Rábano de Aliste, San Vitero, Rabanales, San Vicente de la Cabeza, Riofrío de Aliste, Ferreras de Abajo, Alcañices, Fomfría, Gallegos del Río, Tábara, Ferreruela, Faramontanos de Tábara, Moreruela de Tábara, Pozuelo de Tábara, Hornillos de Castro, Santa Eufemiana del Barco, Losacio, Losacino, Villalcampo, Samir de los Caños, Perilla de Castro, Muelas del Pan, Villaseca, Almaraz de Duero, Pino, Villademala, Carbajales de Alba, Lobelle, Palacios del Pan, Videmala, San Pedro de la Nave-Almendra, Manzanal del Barco y Vega de Trave.

Actuaciones comunes a todas las zonas

Actuación

Medida
de referencia (apartado artículos 20 a 33 Ley 45/2007)

Departamento/Consejería encargada
de su ejecución

Presupuesto actuación (euros)

Instalación de tiendas Verdes en casas del parque.

20

Consejería de Medio Ambiente.

300.000

Sustitución de luminarias en alumbrado público para la mejora de la eficiencia energética y reducción del consumo.

24

Consejería de Medio Ambiente.

600.000

Mejora de los sistemas de calefacción en edificios públicos de espacios naturales mediante la implantación de calderas de biomasa.

24

Consejería de Medio Ambiente.

250.000

Etiquetado facultativo en carne de ovino y caprino para mejora de la trazabilidad y calidad del producto.

20

Consejería de Agricultura y Ganadería.

800.000

Creación e implantación de la Escuela de Pastores de Castilla y León.

20, 22

Consejería de Agricultura y Ganadería.

600.000

Total actuaciones comunes

2.550.000

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