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Documento BOE-A-2010-7396

Resolución 452/38092/2010, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 452/38082/2010, de 22 de abril, por la que se convocan los procesos de selección de ingreso en los centros docentes militares de formación, para el acceso como militar de carrera y militar de complemento, en diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas y en la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 8 de mayo de 2010, páginas 41096 a 41097 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2010-7396

TEXTO ORIGINAL

La Resolución 452/38082/2010, de 22 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección de ingreso en los centros docentes militares de formación, para el acceso como militar de carrera y militar de complemento, en diferentes Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas y en la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan, queda modificada como sigue:

Uno. Base común Quinta. Instancias. Apartado 4.1.1.

Donde dice: «Los ejemplares podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa y en las Subdelegaciones de Defensa, o bien podrá descargarse desde la página web www.map.es/servicios/procesos_selectivos/convocatorias/ formulario_de_solicitud_790.html.»

Debe decir: «Los ejemplares podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa y en las Subdelegaciones de Defensa, o bien podrá descargarse desde la página web www.060.es.»

Dos. Base común Decimocuarta. Nombramiento de alumnos. Apartado 5. Queda redactado de la siguiente forma:

«Los nombrados alumnos que previamente tuvieran un empleo militar permanecerán en su destino de origen hasta el ingreso en el centro docente militar de formación. Conservarán los derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran, si bien estarán sometidos al régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación, establecido por la Orden Ministerial 43/1993 de 21 de abril, (BOE número 101, de 28 de abril). Al ingresar en los centros docentes militares de formación permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellos aspirantes nombrados como alumnos de la Guardia Civil y que ya sean miembros del citado Cuerpo, que pasarán a la situación de excedencia voluntaria.

Al incorporarse a una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo de servicios que tuvieran cumplido. La incorporación a un cuerpo diferente pero de una escala del mismo nivel, se hará conservando el empleo y el tiempo de servicios cumplido en la escala de origen.»

Tres. Anexo II. Proceso de selección para el ingreso en el Centro Docente Militar de Formación mediante la forma de ingreso directo, para la incorporación como Militar de Carrera, a la Escala de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia. Base específica 11. Periodos de formación.

Donde dice: «La enseñanza de formación tendrá una duración de un (1) curso académico, de acuerdo con la Orden Ministerial 258/2002, de 27 de diciembre (BOD número 5, de 9 de enero de 2003), modificada por Orden Ministerial 11/2004, de 6 de febrero (BOD número 30 de 13 de febrero de 2004), y se estructurará en dos períodos:»

Debe decir: «La enseñanza de formación tendrá una duración de un (1) curso académico, de acuerdo con los planes de estudios correspondientes, establecidos en las Órdenes Ministeriales número 129/2002 (Ejército de Tierra), 130/2002 (Ejército del Aire) y 131/2002 (Armada), de 10 de junio (BOD número 120, de 20 de junio), y se estructurará en dos períodos:»

Cuatro. Anexo III. Proceso de selección para el ingreso en los Centros Docentes Militares de Formación mediante las formas de ingreso directo, promoción y promoción interna, para la incorporación, como Militar de Carrera, a la Escala de Oficiales y Escala Técnica de Oficiales de la Ley 17/99, de los Cuerpos de Ingenieros. Base específica 1. Plazas.

Se modifican las plazas correspondientes a la Escala de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros de la Armada, quedando como se indica a continuación:

Ejército

Especialidad

Directo

Promoción

Promoción Interna

Militar de Carrera

Militar de Complemento

Armada (d)

Ingenieros

3 (e)

2 (g)

4

Se añade al apartado Notas correspondiente a la Escala de Oficiales, Armada, a continuación de la nota (e) la nota (g) con la siguiente redacción:

(g) Para aspirantes en posesión del título de Ingeniero de Armas Navales.

Madrid, 5 de mayo de 2010.–La Subsecretaria de Defensa, María Victoria San José Villacé.

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