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Documento BOE-A-2010-6504

Resolución de 14 de abril de 2010, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 24 de abril de 2010, páginas 36203 a 36216 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-6504

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por Real Decreto 426/2005, de 15 abril, y con el fin de atender las necesidades de personal funcionario de Administración y Servicios, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la UNED. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir quince plazas de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, Subgrupo A2: cinco plazas por el turno libre y diez por el turno de promoción interna.

De las plazas de promoción interna se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE 17 diciembre), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. En el caso de que la plaza reservada quede desierta se acumulará a las del turno de promoción interna.

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos.

1.3 Todas las plazas están ubicadas en Madrid.

1.4 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 426/2005, de 15 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo dispuesto en la presente convocatoria y en la legislación vigente.

1.5 La presentación de la documentación en el proceso selectivo se realizará bien directamente en las Unidades del Centro de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares), de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sitas en la c/ Bravo Murillo, n.º 38; c/ Senda del Rey, n.º 7; c/ Juan del Rosal, n.º 16, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigidas a Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid. La documentación que se presente a través de las Oficinas de Correos deberá entregarse en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.

La documentación presentada en el extranjero podrá cursarse a través de las representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

1.6 El procedimiento selectivo constará de una fase de oposición, una fase de concurso, e incluirá, necesariamente, la superación de un curso selectivo. El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en anexo III de la presente convocatoria.

1.7 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en anexo I de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

Quienes aspiren a ingresar a la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, objeto de esta convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos generales de acceso a la función pública, y en particular, los siguientes:

2.1 Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Los aspirantes incluidos en este apartado deberán acompañar a su solicitud, los documentos que lo acrediten.

2.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.4 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se presenten.

En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

2.6 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionarios de carrera en la Escala Administrativa de la UNED, o en un Cuerpo o Escala adscrito al Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del Empleado Público y tener destino definitivo en la UNED.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante solicitud obtenida en la página Web de la universidad: http://www.uned.es/portal// (la ruta a seguir es: Tu universidad, empleo UNED), presentándola por duplicado (ejemplar para la Sección de PAS: Convocatorias y Concursos de Personal Funcionario y para el interesado).

3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta convocatoria.

La presentación de solicitudes deberá realizarse según la base 1.5. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se determina en el apartado siguiente.

Los derechos de examen serán de 10,67 euros para los aspirantes de promoción interna y 21,33 euros para los aspirantes de turno libre y se ingresarán en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la UNED». Deberá adjuntarse a la solicitud el comprobante bancario original de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza la transferencia o ingreso.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de dos meses anteriores a la fecha de la Resolución de esta convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional y no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará de las correspondientes oficinas de los Servicios Públicos de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del aspirante, (según el modelo que se reproduce en el Anexo VI de la convocatoria).

Ambos documentos deberán acompañarse a la instancia de participación.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

a) Instrucciones generales:

Rellenar la solicitud utilizando mayúsculas, asegurándose de que los datos resultan claramente legibles.

Evitar correcciones, enmiendas o tachaduras.

No escribir en los espacios sombreados o reservados.

Es imprescindible rellenar los datos personales y de contacto.

No olvidar firmar el impreso.

b) En el recuadro de la solicitud destinado a Escala, los aspirantes harán constar «Escala de Gestión Universitaria de la UNED».

c) En el recuadro destinado a forma de acceso, se consignará la letra «P», si se participa por el turno de promoción interna o la letra «L» si se participa por el turno libre.

d) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 4.2 de la presente convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesitan, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

e) En el recuadro destinado a «Nacionalidad: Requisitos convocatoria» deberá consignar una de las siguientes situaciones, según corresponda:

e.1) Nacionalidad española.

e.2) Nacional de un Estado de la Unión Europea.

e.3) Nacional de un Estado con Tratados Internacionales.

e.4) Cónyuge de los anteriores.

e.5) Descendiente de los anteriores.

f) En el recuadro destinado a «Exención de tasas», consignar «S» en el caso de tener derecho a Exención de tasas y «N» en caso de no tener este derecho, según lo establecido en la base 3.2 de la convocatoria.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado, junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, figurará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, así como el lugar donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución aludida en la base 4.1., para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas, se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes.

5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

5.4 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS: Convocatorias y concursos personal funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, teléfonos: 91/3987544 y 91/3987556, correo electrónico: convocatoriaspasf@adm.uned.es).

5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

5.8 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

5.9 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

6. Procedimiento de selección

De conformidad con la base 1.6 el procedimiento selectivo constará de las siguientes fases: Fase de oposición, fase de concurso y superación de curso selectivo.

6.1 Fase de oposición: los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el anexo III de la presente convocatoria.

6.2 Fase de concurso: finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado en el anexo III.

6.3 Curso selectivo: a efectos de determinar los aspirantes que accederán a esta fase, se procederá a la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, en su caso, no pudiendo acceder al curso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en la presente Resolución. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada a los méritos enunciados en la fase de concurso y por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo, en el caso de promoción interna.

El curso selectivo se regirá según se establece en el anexo III.

Los aspirantes convocados para la realización del curso selectivo serán nombrados funcionarios en prácticas.

Una vez finalizado el curso, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aspirantes que lo hubiesen superado con expresión de la calificación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

6.4 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que superen el proceso selectivo.

7. Calendario y desarrollo del proceso selectivo

7.1 La fase de oposición de estas pruebas selectivas se celebrará en Madrid.

7.2 El ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes de enero de 2011, publicándose en el Boletín Oficial del Estado en la misma Resolución a que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.

7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J» de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 26 de enero de 2010 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 26 de enero.

Los aspirantes serán convocados para la realización de los ejercicios de la fase de oposición en único llamamiento, siendo excluidos quienes no comparezcan.

7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rectorado, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7.5 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

7.6 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en la página web de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (www.uned.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del proceso.

7.7 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.8 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2. La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no valoración de los mismos.

Deberán presentarse precedidos de la carátula que se publica como Anexo IV de esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue. No deberán acreditarse los méritos reconocidos o prestados en la UNED, ya que se certificarán de oficio por la Sección de PAS: Gestión y Seguimiento RPT Funcionarios y por la Sección de Formación, según corresponda.

Los cursos impartidos fuera de la UNED deberán acreditarse con la presentación del original de la certificación, título o diploma correspondiente, para su cotejo

7.9 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

7.10 El Tribunal hará pública la relación de aspirantes que superan las fases de oposición y concurso y pasan a la fase de curso selectivo. En esta relación no puede figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes cuyo número supere al de plazas convocadas, publicándose en este momento el día del comienzo del curso selectivo y la normativa que haya de regularlo.

8. Listas de aprobados del concurso-oposición y curso selectivo

8.1 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición, concurso y curso selectivo.

8.2 Finalizadas todas las fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que las hayan superado. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo, en la fase de oposición o en la fase de concurso, siguiendo el orden marcado en base 6.3 de la convocatoria.

A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima obtenida en el mismo proceso, se le conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y forma de calificación.

8.3 El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. Rector Magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED a favor de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el Boletín Oficial del Estado la relación de dichos aspirantes.

9. Presentación de documentos, elección de plazas y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución donde se publica la relación de aprobados en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, dirigidos al Servicio de Asuntos Generales de Personal y PAS, Sección PAS: Convocatorias y Concursos de Personal Funcionario, a excepción de aquéllos que obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario de carrera.

Deberán ser aportados documentos originales para su comprobación y posterior cotejo.

Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, siguiendo el modelo que figura como Anexo V de esta convocatoria.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.3 Por la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, se formará lista de espera con los aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación, se estará a la prelación dispuesta en la base 6.3.

10.2 De la mencionada lista de espera quedarán excluidos aquellos aspirantes que, expresamente, comuniquen su voluntad de no ser incluidos en la misma mediante escrito dirigido al Tribunal.

11. Normas finales

11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

11.2 Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 14 de abril de 2010.–El Rector, Juan Antonio Gimeno Ullastres.

ANEXO I
Programa

Bloque I:

1. La Constitución española de 1978. Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales. Garantía y suspensión.

2. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

3. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

4. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

5. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia: El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. Los Tribunales Superiores de Justicia. La organización judicial española.

6. El Tribunal Constitucional. Composición. Atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

7. La Administración Pública: Principios constitucionales que la informan. Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Los Órganos de la Administración General del Estado.

8. La administración institucional. Los organismos públicos. Organismos autónomos, Entidades públicas empresariales y Agencias estatales.

9. Las políticas públicas. Especial referencia a las políticas dirigidas a la atención a personas discapacitadas y/o dependientes.

10. Políticas de Igualdad de Género y normativa vigente. Políticas contra la Violencia de Género y normativa vigente.

11. La Ley de Prevención de riesgos laborales. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

12. De las Comunidades Europeas a la Unión Europea. Los Tratados constitutivos de las Comunidades y el Tratado de la Unión Europea. El proceso de ampliación y constitucionalización de la Unión Política.

13. Las instituciones de la Unión Europea: El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.

14. Las instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo. El sistema jurisdiccional. Otras instituciones y órganos.

15. La cohesión económica y social. La política regional de la Unión Europea. Los fondos estructurales. Repercusiones en España.

Bloque II:

1. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general, ámbito de aplicación y principios informadores.

2. Los órganos de las Administraciones Públicas. Principios generales y competencia. Los órganos colegiados.

3. Requisitos de los actos administrativos. Su eficacia. Nulidad y anulabilidad.

4. Disposiciones generales sobre procedimientos administrativos. Iniciación y ordenación del procedimiento. La instrucción del procedimiento: prueba, informes y participación de los interesados.

5. Disposiciones generales sobre procedimientos administrativos. Finalización del procedimiento: terminación, resolución, desistimiento y renuncia y caducidad. Ejecución.

6. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio, suspensión y revocación. Los recursos administrativos: Recurso de alzada, recurso potestativo de reposición, recurso extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

7. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar. Contenido. Las prestaciones del trabajador y el empresario. Modalidades.

8. El contrato de trabajo. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. El despido.

9. El ciclo presupuestario. Preparación, discusión y aprobación. Ejecución y control. Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

10. El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases. Ordenación del gasto y ordenación de pagos.

11. Procedimiento de pago. El pago directo por el Tesoro Público. Pagos a través de habilitados: Anticipos de caja fija y pagos a justificar.

12. Los ingresos públicos: Conceptos y clasificación. El sistema impositivo español: Régimen actual. Contribuciones especiales, tasas y precios públicos. Otras prestaciones patrimoniales de carácter público.

13. La Ley de Contratos del Sector Público. Ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a todos los contratos.

14. Los contratos de las administraciones públicas. Conceptos y clases. El procedimiento de contratación.

15. Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los demás contratos de las Administraciones Públicas. Legislación vigente: Ámbito de aplicación. Órganos competentes para su celebración. Capacidad para contratar: Prohibiciones.

Bloque III:

1. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Estructura y contenido. Motivación y ámbito de aplicación.

2. Los empleados públicos. La carrera profesional, la promoción interna y la evaluación del desempeño. Provisión de puestos de trabajo y movilidad.

3. Deberes de los empleados públicos. Régimen disciplinario. El código de conducta. Incompatibilidades de los funcionarios.

4. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas y la estructuración del empleo público.

5. Los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Las situaciones administrativas de los empleados públicos

6. Seguridad Social en España. Descripción. La Seguridad Social en la Constitución Española. Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Estructura y contenido.

7. Protección de datos de carácter personal. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su Reglamento. Aplicación en la UNED.

8. Ley Orgánica de Universidades. Naturaleza, organización y competencias del Consejo de Universidades.

9. Los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Contenido y estructura. Su reforma. El Defensor del Universitario.

10. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Organización académica: Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias.

11. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Organización académica: Institutos Universitarios. La red de Centros Asociados: su régimen jurídico.

12. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Órganos de gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Claustro Universitario. Consejo de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos de Departamento y de Institutos Universitarios.

13. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Órganos de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario General. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios de Departamento.

14. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Cuerpos docentes universitarios: Clases y régimen jurídico. Procedimientos de selección y promoción. Obligaciones docentes e investigadoras. Derechos económicos y profesionales. Evaluación del profesorado universitario. Régimen de representación del personal. Relación de Puestos de Trabajo.

15. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Personal docente e investigador contratado: I Convenio Colectivo del Personal docente e investigador laboral de la UNED

16. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Personal de Administración y Servicios Funcionario. Personal de Administración y Servicios Laboral: III Convenio Colectivo del Personal de Administración y Servicios.

17. El alumno de la UNED: Acceso. Permanencia. Planes de Estudios. Titulaciones universitarias: oficiales y propias.

18. La investigación en las universidades y en la UNED. Programación de la investigación. Contratos y proyectos de investigación.

19. Ejecución del presupuesto de gastos de la UNED. Órganos competentes. Ejecución del presupuesto de ingresos. Especial referencia a los ingresos por precios públicos.

20. El Archivo General de la UNED. El reglamento del Archivo General de la UNED; políticas archivísticas y gestión documental. La Comisión del Archivo de la UNED

21. Las políticas públicas: elaboración, ejecución y evaluación. Tipos. Criterios, indicadores y estándares. La Agencia Estatal de Evaluación de políticas públicas.

22. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. La dirección por objetivos. La programación de proyectos. Gestión de proyectos y gestión por objetivos.

23. La gestión del cambio en las Administraciones públicas. El valor estratégico de la gestión del conocimiento. El impacto de las nuevas tecnologías. La Administración electrónica. La informática y la modernización de los procedimientos administrativos y su papel innovador en las universidades.

24. Evaluación de los servicios públicos. Sistemas de Evaluación. Indicadores de seguimiento del funcionamiento de los servicios públicos. Indicadores objetivos de gestión e indicadores de percepción. Acciones de mejora.

25. Modelos de evaluación de servicios. Las normas ISO: Modelos de calidad total. Especial referencia al modelo europeo EFQM. Los Contratos Programa.

ANEXO II
Tribunal

El tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el que, en su día, se designe por Resolución de la UNED.

ANEXO III
Proceso selectivo

1. Turno de promoción interna.

El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de tres fases: fase de oposición, fase de concurso y curso selectivo.

1.1 Fase de oposición: la fase de oposición estará compuesta por dos ejercicios.

1.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 120 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el temario que consta en el bloque III del anexo I.

Se incluirán en el cuestionario preguntas de reserva, a efectos de sustituir las del cuestionario principal que pudieran ser anuladas en el momento de realización del ejercicio o en la fase de corrección del mismo.

El ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta: Por tres respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

El Tribunal fijará la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos.

1.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas de composición entre cuatro que se propongan por el Tribunal, relacionados con los temas que figuran en el programa recogido en los bloques II y III del anexo I.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 180 minutos.

El ejercicio será leído por el opositor ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto. Una vez leído el ejercicio completo, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias sobre el mismo durante un período máximo de quince minutos.

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. Se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

1.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, de conformidad con el siguiente baremo:

1.2.1 Promoción interna del personal funcionario: Máximo 30 puntos.

a) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 22: 4 puntos.

Grado 20: 3 puntos.

Grado 18: 2 puntos.

b) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel 22: 4 puntos.

Nivel 20: 2 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio y adscripción provisional se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

c) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con los cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede o de la Escala a la que se pretende acceder, organizados por la UNED, el INAP u otros organismos de la Administración Pública, se valorarán a razón de 0,03 puntos por hora lectiva hasta un máximo de 6 puntos.

En todos los casos, se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación.

No se valorarán tanto los cursos que no acrediten las horas de duración y la entidad promotora, como los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

d) Antigüedad: Hasta un máximo de 16 puntos.

La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 (antiguo Grupo C) incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

Por cada año completo de servicios efectivos en la UNED, se otorgará una puntuación de 0,75 puntos

Por cada año completo de servicios efectivos en otras Administraciones Públicas, se otorgará una puntuación de 0,25 puntos.

1.3 Curso selectivo: El curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, será organizado por la Gerencia de la UNED, tendrá como finalidad la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.

Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes deberán superar una prueba de aptitud de carácter teórico-práctico propuesta por el Tribunal Calificador, que versará sobre los conocimientos adquiridos y que se puntuará de 0 a 30. El Tribunal Calificador determinará la puntuación mínima necesaria para superarlo.

2. Turno libre: El procedimiento de selección por el sistema de acceso libre constará de tres fases: fase de oposición, fase de concurso y curso selectivo.

2.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará compuesta por dos ejercicios.

2.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 200 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en la totalidad del temario que consta en el anexo I.

Se incluirán en el cuestionario preguntas de reserva, a efectos de sustituir las del cuestionario principal que pudieran ser anuladas en el momento de realización del ejercicio o en la fase de corrección del mismo.

El ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un tercio del valor de cada contestación correcta: por tres respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

El Tribunal fijará la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 200 minutos.

2.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas de composición a elegir entre tres que se propongan por el Tribunal, relacionados con la totalidad de los temas que figuran en el programa recogido en el anexo I.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 180 minutos.

El ejercicio será leído por el opositor ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto. Una vez leído el ejercicio completo, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias sobre el mismo durante un período máximo de quince minutos.

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. Se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

2.2 Fase de concurso: en esta fase se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. Máximo 30 puntos.

Por cada año completo de servicios efectivos en la UNED, se otorgará una puntuación de 3 puntos.

Por cada año completo de servicios efectivos en otras Administraciones Públicas, se otorgará una puntuación de 1 punto.

2.3 Curso selectivo: El curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, será organizado por la Gerencia de la UNED, tendrá como finalidad la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.

Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes deberán superar una prueba de aptitud de carácter teórico-práctico propuesta por el Tribunal Calificador, que versará sobre los conocimientos adquiridos y que se puntuará de 0 a 30. El Tribunal Calificador determinará la puntuación mínima necesaria para superarlo.

ANEXO IV

Don/doña ......................................................................................................., aspirante a las plazas de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, habiendo superado la fase de oposición de las pruebas selectivas, presenta la siguiente documentación acreditativa de los méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal calificador en la fase de concurso:

...............................................................................................................

...............................................................................................................

...............................................................................................................

...............................................................................................................

En ..................................., a ......... de ....................................... de 2010.

Firmado.

Sr. Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

ANEXO V

Don/doña …………………………………………………………………………………., con domicilio en …………………………………………………………………………………, y con documento nacional de identidad número ……………………………………………… declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ..............................., a ........ de .................................... de 2010.

ANEXO VI

Don/doña ................................................................................................, con domicilio en ........................................................................................... y con documento nacional de identidad número ............................................. declara bajo juramento o promete, a efectos de la exención de tasa por derechos de examen de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

En ......................................, a ........ de ........................................ 2010.

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