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Documento BOE-A-2010-5866

Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Mejora de la red de riego de los Sauces, término municipal de San Andrés y Sauces, La Palma.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2010, páginas 32786 a 32793 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-5866

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Mejora de la red de riego de los Sauces, término municipal de San Andrés y Sauces (La Palma), se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el anexo II, grupo 1, letra c).

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.–El objeto del proyecto es la modernización del regadío de 188 has dedicadas principalmente al cultivo del plátano.

Las obras de mejora de la red de riego se localizan en el municipio de San Andrés y Sauces, al noreste de la isla de La Palma, no existiendo espacios de la Red Natura 2000 coincidentes con el proyecto.

La solución adoptada consiste replantear el sistema de distribución con la creación de redes a presión, que permitan el riego directo en parcela con equipos que aprovechen la presión disponible (riego por aspersión o riego localizado frente riego a manta) con ahorros importantes de agua.

Para evitar la distribución de agua innecesaria se propone un control de caudales y presiones mediante la implantación de valvulería adecuada y un sistema de radiocontrol que permita la gestión de la red con abertura y cierre de válvulas, comandos desde un centro de control y lectura automática de contadores para la facturación del gasto.

El órgano sustantivo y el promotor coinciden, siendo la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

2. Tramitación y consultas.–La tramitación se inició con fecha 22 de diciembre de 2008, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación inicial procedente de la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y, Medio Rural y Marino.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció a continuación un periodo de consultas, con fecha 21 de enero de 2009, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y, Medio Rural y Marino.

X

Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del Ministerio de Medio Ambiente y, Medio Rural y Marino.

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Gobierno de Canarias.

Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. Gobierno de Canarias.

X

Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. Gobierno de Canarias.

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Gobierno de Canarias.

X

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Gobierno de Canarias.

X

Ayuntamiento de San Andrés y Sauces.

Delegación del Gobierno de Canarias.

Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife.

ADENA.

SEO.

Asociación Tinerfeña de Amigo de la Naturaleza (ATAN).

Ecologistas en Acción GEN-MAGEC Tenerife.

Cabildo Insular de La Palma.

X

Los aspectos ambientales más relevantes, manifestados tanto por la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, como por la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias y del Cabildo Insular de La Palma, se resumen a continuación.

Por un lado, se solicita al promotor que aclare diversos aspectos:

Aclaración sobre la superficie de riego a modernizar.

Cálculos para la demanda hídrica agrícola futura.

Acometidas necesarias, con cartografía a escala adecuada, para suministrar la electricidad tanto en las estaciones de filtrado como en el centro de control.

Identificar sobre cartografía a escala adecuada la ubicación y tipo de maquinaria, así como los accesos a emplear en la construcción del depósito de El Tributo, teniendo en cuenta que a escasos metros de límite del LIC ES7020010 Las Nieves. Se deberán establecer medidas específicas para la mimetización del nuevo depósito e información concreta sobre las posibles afecciones en el nuevo tramo de tubería.

Proporcionar cartografía a escala adecuada con el objeto de ver en detalle el trazado de la red de riego secundaria y terciaria, en la que figuren tanto la Red Natura 2000 como otros espacios naturales.

Medidas sobre las emisiones de ruido y de partículas producidas por la maquinaria durante las labores de desmonte y construcción del depósito regulador.

Control periódico de la calidad de las aguas en las escorrentías generadas y en los acuíferos.

Por otro lado, el promotor debe asumir algunas indicaciones dadas por los anteriores organismos:

El trazado de la conducción principal atraviesa el área de importancia para la flora Cretas de la Caldera de Taburiente y cabeceras de los barrancos de la vertiente norte (El Paso, San Andrés y Sauces, Garafía, Barlovento), por lo que previamente al replanteo de la obra se realizará por experto una prospección de flora y se jalonará las especies protegidas en dicha área, remitiendo a la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Canarias para su aprobación un informe con cartografía 1:500 con el resultado de la prospección botánica y trazado final propuesto. El proyecto no podrá iniciarse sin informe favorable de Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Canarias.

Ejecutar las obras fuera de la época de nidificación y cría de las especies más sensibles.

Con fecha 4 de marzo de 2010 se reciben las aclaraciones solicitadas, así como el compromiso por parte del promotor de respetar el calendario de nidificación en las obras a realizar en la ladera norte del Barranco del Agua próximo a las ZEPA cumbre y acantilados del norte de La Palma y Roque Negro. Por otro lado, el promotor indica que no está prevista la generación de escorrentías y se espera que con un manejo más eficiente del riego mejore la calidad del acuífero costro en la zona de Los Sauces.

3. Análisis según los criterios del anexo III.–Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto. La mejora de la red de riego de Los Sauces se deriva del estudio de la red de riego de Los Sauces, realizado en el año 2005, el cual pone de manifiesto numerosos problemas: gran parcelación de la superficie de cultivo acompañado de una enorme dispersión geográfica de las parcelas pertenecientes a un mismo propietario, cantidad de agua entregada muy superior a las necesidades medias de los cultivos de la zona, no disponibilidad de depósitos privados para los agricultores (no pudiendo llevarse a cabo una regulación anual) y control de riego por tiempos, entre los más relevantes.

La solución adoptada consiste en hacer, tal y como se propone en el estudio mencionado, una división de la zona de riego en cuatro lotes, cada uno con su red de distribución independiente:

1. Red Tributo. Superficie de riego 19,32 has. Se propone la construcción de un depósito de regulación de hormigón armado de 1.350 m.3 de capacidad. (20,00 x 15,00 x 4,50 m.) ya que por temas de cotas esta área no puede ser regada por la balsa de Adeyahamen. Se descartó su ubicación frente a minicentral por ubicarse en un espacio protegido. El depósito requiere una conducción de 2.181 m., de tubería, de los cuales aprovecha unos 907 m., instalados de una conducción existente. La tubería parte de la arqueta de comienzo del Canal Río Los Sauces. Se trata de canalizar este canal, desde el límite del espacio protegido Parque Natural Las Nieves, hasta la arqueta de llenado de la Balsa de Adeyahamen mediante una tubería de polietileno de alta densidad. Esta tubería irá encajada dentro del canal. El tiempo de ejecución de este depósito es de unos cuatro meses.

Para evitar la proliferación de algas y la entrada de contaminantes en el depósito, se cubrirá con una doble malla negra de polietileno de alta densidad. Dispondrá además, de una estación de filtrado y de una valla de cerramiento en las caras este (camino de acceso) y sur confeccionada con malla plastificada.

2. Red Adeyahamen. Superficie de riego 11,83 has. (inicialmente 40 has.). En esta área, los depósitos existentes de María Cabrera y Llano del Molino, por su situación intermedia, quedan sin utilidad. Dispondrá de estación de filtrado.

3. Red Bediesta. Superficie de riego 88,46 has. Se conectará la balsa de Bediesta con la zona del estanque de La Verada, La Montañeta y las tanquillas de Zacarías, además de alimentar al estanque de La Caldereta a través del Ramal B10.2. Dispondrá de estación de filtrado.

4. Red Caldereta. Superficie de riego 68,69 has. Se utilizará el depósito existente de La Caldereta que incluirá una cubierta del depósito ejecutada de manera similar al depósito de El Tributo. Esta red no incluye estación de filtrado ya que las aguas que entran al depósito provienen de la red ya filtrada de Bediesta.

Las trazas de ramales de riego, en general, siguen los actuales bajantes aprovechando muchas tuberías instaladas para los subramales a fincas (se aprovechará el 74% de la longitud de los existentes). Las conducciones generales siguen carreteras y caminos para facilitar su instalación.

 

Total red (m)

Total instalada (m)

Total proyecto (m)

N.º hidrómetros/N.º hidrantes

Tributo

12.649,10

9.534,04

3.115,06

43/404

Adeyahamen

8.307,35

6.527,37

1.779,98

29/317

Bediesta

42.606,49

32.295,24

10.606,49

149/1.716

Caldereta

23.309,90

16.253,07

7.056,83

75/1.029

El tipo de material a utilizar es fundición dúctil para diámetros iguales o superiores a 200 mm. y de acero galvanizado para diámetros inferiores o iguales. La tubería de fundición dúctil irá enterrada en zanja por una mayor protección y por crear un menor impacto visual al entorno. Las de acero galvanizado cuando discurran por lindero de fincas se opta por la disposición superficial por la dificultad de acceso de maquinaria para la apertura de zanjas, al no existir viales, considerando que el impacto originado en la fase de obra es inferior. Cuando vaya por caminos agrícolas se enterrarán en zanjas de escasa profundidad (0,50 a 0,60 m.).

Se estudió la alternativa cero y las alternativa de riego a demanda o por turnos, optándose por un sistema de riego mixto por turnos fijando el caudal que circulará por las redes múltiplo del chorro que actualmente se reparte de 25 l/s (90 m.3/h), mientras que el reparto a las fincas de cultivo se hará por turnos. Se han establecido 12 h/día de lunes a sábado.

Como sistema de telecontrol se seleccionó el radiocontrol, ya que produce menos molestias a la población, propuesto que el número de obras a realizar en carreteras, calles y caminos es mucho menor que en la alternativa de telecontrol por cable.

Las otras se ejecutarán en un plazo de dieciocho meses.

Ubicación del proyecto. No existen espacios de la Red Natura 2000 coincidentes con la ubicación del proyecto, aunque en el tramo de Tributo, las obras de aducción del depósito y entubado del canal comienza a escasos metros del límite del LIC Las Nieves (ES7020010). Asimismo, el LIC Monteverde de Lomo Grande (ES7020092) se encuentra en el exterior del límite sur del área del proyecto. Ambos espacios, son además zonas de especial conservación para las aves cumbre y acantilados del norte de La Palma (ES0000114). En el extremo nororiental del área del proyecto se encuentra la zona de especial protección para la aves Roque Negro (ES0000340).

Por otro lado, el proyecto se ubica en parte de las IBA Monte Verde de la Palma y Roque Negro. El inicio de la tubería al nuevo depósito y las actuaciones cercanas al Barranco del Agua podrían tener afecciones indirectas sobre el Parque Natural de las Nieves. Por último indicar que toda la isla de La Palma es Reserva de la Biosfera.

Características del potencial impacto. Durante la fase de construcción, los principales impactos provienen de la emisión de partículas de sólidos a la atmósfera (nubes de polvo y tierra) y humos de combustión de motores, así como el impacto acústico a causa de los trabajos de la maquinaria y de una posible compactación y contaminación del suelo por vertidos.

Se producirá una ocupación temporal del terreno para las obras lineales y las instalaciones accesorias. No se prevé la ocupación de ningún cauce.

Todos los materiales a utilizar (55,56 t. de árido de machaqueo, 32,00 m.3 de arena, 4,45 m.3 de piedra basáltica y 1,04 m.3 de picón) se aportarán de canteras autorizadas. También se necesitarán 812,30 m.3 de agua y 6,66 m.3 de madera de pino.

Los residuos que se generarán se refieren al material resultante del desmonte para el depósito de agua y las excavaciones y zangas para las tuberías y cableado de telecontrol. Los residuos producidos del desmonte del depósito se reutilizarán en rellenos para otras obras de la comarca, depositándose en vertedero autorizado hasta su reutilización. La tierra vegetal sobrante es demandada para las escasas sorribas que todavía se realizan. De los 4.667,94 m.3 de materia excavado en zanjas, pozos y cimientos, 3.026,96 m.3 se volverá a emplear como material de relleno y el resto se llevará a vertedero autorizado.

Durante la fase de explotación, se producirá la ocupación permanente del terreno para el depósito y las estaciones de filtrado:

Depósito de El Tributo: 1.159 m2 (329 m2 del depósito y 830 m2 de retranqueos). Además 3,5 m2 de la estación de filtrado.

Estación de filtrado de la red de Adeyahamen: 24 m2

Estación de filtrado de la red de Bediesta: 29,16 m2

Respecto al caudal disponible, según la Real Orden de 7 de diciembre de 1929 se reconoce que la Comunidad puede disponer para su aprovechamiento de 165,54 l/s (5,22 hm3/año) de las aguas derivadas de los manantiales de Marcos y Cordero. Se ha calculado la previsión de la demanda hídrica agrícola futura: 2,04 hm3-1,74 hm3, año seco-año húmedo, respectivamente. El consumo hídrico actual casi duplica las necesidades calculadas, debido a la baja eficiencia del riego tanto en el reparto como en la aplicación, sobre todo en la importante superficie regada a manta todavía. Por tanto, pueden quedar libres para el resto de la isla entre 0,49 y 3,48 hm3/año, dependiendo de la climatología y el caudal de los nacientes (unos 2 hm3/año de media).

Se producirá de este modo un impacto positivo al mejorar el aprovechamiento hídrico de la zona, evitando la pérdida de los caudales excedentario durante el invierno y mejorando su gestión durante todo el año.

La energía eléctrica que requiere la red de riego es mínima, ya que la distribución es a presión natural. Sólo se necesita acometida eléctrica en las estaciones de filtrado y los ordenadores del centro de control.

Los residuos producidos en esta fase serán mínimos.

Respecto a la afección a la fauna y según la información del Banco de Datos de Biodiversidad, existen citas del invertebrado troglobio Thalassophilus subterraneus, que es un endemismo palmero que se encuentra en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias en la categoría sensible a la alteración de su hábitat. Sin embargo no se puede identificar una amenaza clara y no existe argumentos que contribuya a identificar alguna afección derivada de las actuaciones del proyecto, tal y como indica la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias. También se indica que respecto al resto de especies citadas en el estudio incluidas en las categorías en peligro de extinción, vulnerable y sensibles a la alteración de su hábitat en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, los terrenos donde se enclava el proyecto no albergan un hábitat adecuado para ellas, encontrándose además muy antropizado.

El promotor indica que durante la fase de construcción se llevará a cabo el vallado y señalización de las área de caminos ocupadas, se mantendrán los cauces de barrancos libre de escombros, maquinaria y vertidos, las canalizaciones serán enterrada o pintadas cuando transcurran por áreas urbanas o de valor paisajístico para minimizar el impacto visual, las edificaciones auxiliares tendrán un tratamiento similar a la arquitectura rural, se regarán las pistas y áreas de movimiento de tierras, se reutilizará la tierra vegetal, se evitará que los vehículos circulen a velocidad excesiva por los caminos sin asfaltar y se revisarán de manera periódica la maquinaria de obra para que cumpla la legislación en materia de emisiones sonoras, se controlará el paso de maquinaria por zonas próximas a núcleos residenciales, se repondrá el firme en función del terreno por el que discurran las conducciones, se adoptarán las medidas necesarias para evitar la contaminación de suelos por efecto de combustibles, aceites…, una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza y retiradas de todo tipo de restos (ramal por ramal) y por último, para todos lo elementos patrimoniales identificados se procederá a jalonar y señalizar las áreas, al igual que en las zonas potenciales de contener restos arqueológicos; si aparecen algún esto o yacimiento arqueológico no previsto, se deberá interrumpir puntualmente las obras en la zona hasta que se realicen las actuaciones pertinentes por el órgano competente.

Respecto a la fase de explotación, el promotor propone como medidas correctoras a realizar por la Comunidad de Regantes:

Se realizarán los análisis de agua requeridos por la Orden de 10 de octubre de 2003 para el plátano.

Se informará a los agricultores para que puedan seguir el Código de Buenas Prácticas Agrarias.

Se fomentarán los sistemas de ahorro de agua, mediante la formación de los regantes, el establecimiento de tarifa según consumo, el uso de la información agroclimática y la instalación de equipos de riego a presión en las parcelas que no disponen.

Además, se procederá a ejecutar un Programa de Seguimiento y Control que garantice que las medidas establecidas se realizan con total efectividad.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 22 de marzo de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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