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Documento BOE-A-2010-5592

Resolución de 30 de marzo de 2010, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre levantamiento de la intervención de la entidad Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2010, páginas 31834 a 31835 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2010-5592

TEXTO ORIGINAL

El Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en virtud de la delegación de competencias otorgada por Acuerdo del Consejo de fecha 4 de noviembre de 2009, con fecha 30 de marzo de 2010, ha adoptado la siguiente Resolución:

Antecedentes

1. Con fecha 5 de marzo de 2010, el Presidente de la CNMV adoptó los acuerdos de suspensión de actividades e intervención de Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., atendiendo a la situación de excepcional gravedad que esta entidad presentaba, nombrando interventores con carácter solidario a don Luis Peigneux Vía, doña Susana Martínez Blanco y don Jorge Martínez Ballester.

2. Con fecha 9 de marzo de 2010, el Consejo de la CNMV acordó ratificar las resoluciones adoptadas por su Presidente con fecha 5 de marzo de 2010 a que se refiere el punto anterior.

3. Mediante providencia dictada con fecha 11 de marzo de 2010, el Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona pone en conocimiento de la CNMV la solicitud de concurso voluntario de acreedores de Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., requiriéndose, de conformidad con el artículo 27.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, la identidad del personal técnico para su nombramiento como administrador concursal una vez declarado el concurso.

4. Con fecha 18 de marzo de 2010, el Vicepresidente de la CNMV acuerda designar a la firma Deloitte, S.L., representada por don Manuel Roca de Togores Atienza, como administrador concursal de Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., al cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, resolución que en esa misma fecha queda comunicada al Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona.

5. Con fecha 23 de marzo de 2010, el Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona ha dictado auto de declaración de concurso voluntario de la entidad Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., nombrando administradores del concurso a don Antonio Carreño León (a propuesta del Fondo de Garantía de Inversores), a la firma Deloitte S.L., representada por don Manuel Roca de Togores Atienza (a propuesta de la CNMV) y a don José María Vázquez Uhagón (a propuesta del Fondo de Garantía de Inversores).

6. Con fecha 29 de marzo de 2010, los tres administradores del concurso de Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A. relacionados en el punto anterior tomaron posesión de sus cargos ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona.

Fundamentos de Derecho

Primero.–El artículo 107 de la LMV considera de aplicación a las empresas de servicios de inversión las medidas de intervención o de sustitución de provisional de administradores previstas para las entidades de crédito en el Título III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, siendo competente para adoptar estas medidas, así como para el levantamiento de las mismas, la CNMV.

Segundo.–El artículo 31 de la Ley 26/1988 establece que las medidas de intervención se mantendrán hasta que se supere la situación de excepcional gravedad que dieron lugar a su adopción. Tal y como ha quedado expuesto en los Antecedentes, Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., ha sido declarada en concurso voluntario de acreedores quedando asimismo nombrados y habiendo tomado posesión de sus respectivos cargos, los administradores concursales, a quienes corresponde desde ese momento intervenir, mediante autorización o conformidad, el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la entidad declarada en concurso, circunstancia ésta por la que, a partir de la mencionada toma de posesión, procede acordar el levantamiento de la medida de intervención adoptada en su día.

Tercero.–Lo anterior no afecta sin embargo, a la medida de suspensión, con carácter total, de actividades acordada por el Presidente de la CNMV el pasado 5 de marzo y ratificada por el Consejo en fecha 9 de marzo de 2010, en base a los artículos 75 y siguientes y 85.2.j) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, toda vez que la declaración de concurso de Sebroker y el correspondiente ejercicio de sus funciones por los administradores concursales, resulta independiente de la suspensión de la oportuna autorización que, para operar como empresa de servicios de inversión, en su día fue concedida a la entidad, sin que los riesgos cubiertos por la medida cautelar adoptada y su relación con un eventual expediente de revocación, guarden relación con la existencia de una administración concursal, constituida con otro cometido.

En consecuencia, y vistos los Antecedentes y Fundamentos de Derecho que preceden, el Comité Ejecutivo, en virtud de la delegación de competencias otorgada por el número vigésimo octavo del Acuerdo del Consejo de la CNMV, de fecha 4 de noviembre de 2009, acuerda:

«Con efectos desde la toma de posesión de los administradores judiciales nombrados en el concurso de Sebroker Bolsa, Agencia de Valores, S.A., levantar, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la LMV y 31 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, la medida de intervención de dicha entidad, acordada el 5 de marzo de 2010 y publicada en el Boletín Oficial del Estado número 59, de 9 de marzo de 2010.»

Madrid, 30 de marzo de 2010.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.

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