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Documento BOE-A-2010-5587

Resolución de 5 de marzo de 2010, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2010 del Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertadas con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2010, páginas 31796 a 31814 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-5587

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de diciembre de 2009 se suscribió el Acuerdo de Prórroga y Actualización para 2010 del Convenio colaboración firmado el 1 de enero de 2004, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a Entidades de Seguro de Asistencia sanitaria concertadas con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 5 de marzo de 2010.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.

ANEXO
Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2010 del convenio de colaboración firmado el 1 de enero de 2004, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Sevilla, a 30 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, doña M.ª Jesús Montero Cuadrado, Consejera de Salud de la Junta de Andalucía, nombrada por Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de Abril (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 78, de 24 de abril de 2009), en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 63.2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y los artículos 9, 26.1 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía;

De otra, doña María Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE;

Doña Celia Abenza Rojo, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,

Y doña M.ª del Mar García Ferrer, Secretaria General de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en sustitución del Gerente por vacante del cargo, según lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de MUGEJU, y actuando en nombre y representación de la misma, y en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2004 entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga durante 2010, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.–Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de diciembre de 2010.

Segundo.–Actualizar con efectos de 1 de enero de 2010 y según lo previsto en las cláusulas séptima y octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2010», y que modifican las relaciones de municipios citadas en su cláusula primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2010:

Para MUFACE:

17,32 € por persona y mes, para las personas de 70 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo I.

16,21 € por persona y mes, para las personas de 60 o más años e inferior a los 70 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo I.

14,60 € por persona y mes, para las personas menores de 60 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo I.

1,48 € por persona y mes para las personas de 70 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo II.

1,38 € por persona y mes que, para las personas de 60 o más años e inferior a los 70 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo II.

1,25 € por persona y mes, para las personas menores de 60 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el Anexo II.

Para ISFAS:

17,32 € por persona y mes para las personas de 65 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliada as ISFAS y residan en los municipios listados en el Anexo I.

14,60 € por persona y mes que para las personas menores de 65 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el Anexo I.

1,48 € por persona y mes, para las personas de 65 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el Anexo II.

1,25 € por persona y mes, para las personas menores de 65 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el Anexo II.

Para MUGEJU:

14,60 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a MUGEJU y resida en los municipios listados en el Anexo I.

1,25 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a MUGEJU y resida en los municipios listados en el Anexo II.

Tercero.–Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar quintuplicado y a un solo efecto, los representantes de la Consejería de Salud, y de cada una de las Mutualidades.–La Consejera de Salud de la Junta de Andalucía, M.ª Jesús Montero Cuadrado.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo.–El Gerente de la Mutualidad General Judicial, P.A. (art. 15 Real Decreto 1206/2006) la Secretaria General, María del Mar García Ferrer.

ANEXO I
Listado de municipios

Municipios

Zona básica de salud

Almería

Abla.

Río Nacimiento.

Abrucena.

Río Nacimiento.

Albanchez.

Albox.

Alboloduy.

Alto Andarax.

Alcolea.

Berja.

Alcontar.

Serón.

Alcudia de Monteagud.

Tabernas.

Alhabia.

Alto Andarax.

Alhama de Almería.

Alto Andarax.

Alicun.

Alto Andarax.

Almocita.

Alto Andarax.

Alsodux.

Alto Andarax.

Antas.

Vera.

Arboleas.

Albox.

Armuña Almanzora.

Serón.

Bacares.

Serón.

Bayarcal.

Berja.

Bayarque.

Serón.

Bedar.

Vera.

Beires.

Alto Andarax.

Benahadux.

Bajo Andarax.

Benitagla.

Tabernas.

Benizalon.

Sorbas.

Bentarique.

Alto Andarax.

Berja.

Berja.

Canjayar.

Alto Andarax.

Cantoria.

Albox.

Castro de Filabres.

Tabernas.

Chercos.

Mármol.

Chirivel.

Los Velez.

Cobdar.

Albox.

Dalias.

Berja.

Enix.

Roquetas de Mar.

Felix.

Roquetas de Mar.

Fines.

Mármol.

Fiñana.

Río Nacimiento.

Fondon.

Berja.

Gador.

Bajo Andarax.

Gergal.

Río Nacimiento.

Huecija.

Alto Andarax.

Illar.

Alto Andarax.

Instincion.

Alto Andarax.

Laroya.

Marmol.

Laujar de Andarax.

Berja.

Lijar.

Mármol.

Lubrin.

Sorbas.

Lucainena de Las Torres.

Sorbas.

Lucar.

Serón.

Maria.

Los Velez.

Mojacar.

Vera.

Nacimiento.

Río Nacimiento.

Ohanes.

Alto Andarax.

Olula de Castro.

Río Nacimiento.

Oria.

Albox.

Padules.

Alto Andarax.

Partaloa.

Albox.

Paterna del Río.

Berja.

Pechina.

Bajo Andarax.

Purchena.

Mármol.

Ragol.

Alto Andarax.

Rioja.

Bajo Andarax.

Santa Cruz de Marchena.

Alto Andarax.

Santa Fe de Mondujar.

Bajo Andarax.

Senes.

Tabernas.

Serón.

Serón.

Sierro.

Mármol.

Somontin.

Mármol.

Sorbas.

Sorbas.

Sufli.

Mármol.

Tabernas.

Tabernas.

Taberno.

Huercal-Overa.

Tahal.

Tabernas.

Terque.

Alto Andarax.

Tres Villas (Las).

Río Nacimiento.

Turrillas.

Tabernas.

Uleila del Campo.

Sorbas.

Urracal.

Marmol.

Velefique.

Tabernas.

Vélez-Blanco.

Los Velez.

Zurgena.

Huercal Overa.

Cádiz

Alcalá de los Gazules.

Medina Sidonia.

Alcalá del Valle.

Alcalá del Valle.

Algar.

Arcos de La Frontera.

Benalup.

Medina Sidonia.

Benaocaz.

Ubrique.

Bornos.

Villamartín.

Bosque, El.

Villamartín.

Castellar de la Frontera.

Jimena de la Frontera.

Espera.

Arcos de la Frontera.

Gastor, El.

Olvera.

Grazalema.

Ubrique.

Paterna de Rivera.

Medina Sidonia.

Prado del Rey.

Villamartín.

Puerto Serrano.

Villamartín.

San José del Valle.

Jerez.

Setenil de las Bodegas.

Alcalá del Valle.

Torrealhaquime.

Olvera.

Trebujena.

Sanlucar de Barrameda.

Villaluenga del Rosario.

Ubrique.

Zahara de la Sierra.

Olvera.

Córdoba

Adamuz.

Montoro.

Aguilar de la Frontera.

Aguilar.

Alcaracejos.

Pozoblanco.

Almedinilla.

Priego de Córdoba.

Almodovar del Río.

Posadas.

Añora.

Pozoblanco.

Belalcazar.

Hinojosa del Duque.

Belmez.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Benameji.

Benameji.

Blazquez (Los).

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Bujalance.

Bujalance.

Cañete de las Torres.

Bujalance.

Carcabuey.

Priego de Córdoba.

Cardeña.

Villanueva de Córdoba.

Carlota, La.

La Carlota.

Carpio, El.

Bujalance.

Castro del Río.

Castro del Río.

Conquista.

Villanueva de Córdoba.

Doña Mencia.

Cabra.

Dos Torres.

Pozoblanco.

Encinas Reales.

Benameji.

Espejo.

Castro del Río.

Espiel.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Fuente La Lancha.

Pozoblanco.

Fuente Obejuna.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Fuente Palmera.

Fuente Palmera.

Fuente Tojar.

Priego de Córdoba.

Granjuela, La.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Guadalcazar.

Posadas.

Guijo, El.

Pozoblanco.

Hinojosa del Duque.

Hinojosa del Duque.

Iznajar.

Iznajar.

La Rambla.

La Rambla.

Luque.

Baena.

Montalban de Córdoba.

La Rambla.

Montemayor.

Fernán Nuñez.

Montoro.

Montoro.

Monturque.

Lucena.

Moriles.

Lucena.

Nueva Carteya.

Cabra.

Obejo.

La Sierra.

Palenciana.

Benameji.

Pedro Abad.

Montoro.

Pedroche.

Pozoblanco.

Peñarroya-Pueblonuevo.

Peñarroya-Pueblonuevo.

Rute.

Rute.

San S. de los ballesteros.

La Carlota.

Santa Eufemia.

Pozoblanco.

Santaella.

La Rambla.

Torrecampo.

Pozoblanco.

Valenzuela.

Bujalance.

Valsequillo.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Victoria, La.

La Carlota.

Villa del Río.

Montoro.

Villafranca de Córdoba.

Bujalance.

Villaharta.

La Sierra.

Villanueva de Córdoba.

Villanueva de Córdoba.

Villanueva del Duque.

Pozoblanco.

Villanueva del Rey.

Peñarroya-Pueblo Nuevo.

Villaralto.

Pozoblanco.

Villaviciosa de Cordoba.

La Sierra.

Viso, El.

Pozoblanco.

Zuheros.

Baena.

Granada

Agron.

Churriana de la Vega.

Alamedilla.

Pedro Martínez.

Albondon.

Albuñol.

Albuñan.

Guadix.

Albuñol.

Albuñol.

Albuñuelas.

Valle de Lecrin.

Aldeire.

Marquesado.

Alfacar.

Alfacar.

Algarinejo.

Montefrío.

Alhama de Granada.

Alhama de Granada.

Alhendin.

Armilla.

Alicun de Ortega.

Pedro Martínez.

Almegijar.

Orgiva.

Alpujarra Sierra (Núcleos de población de Mecina Bombaron y Yegen).

Cadiar.

Alquife.

Marquesado.

Arenas del Rey.

Alhama de Granada.

Beas de Granada.

Granada.

Beas de Guadix.

Purullena.

Benalua de Guadix.

Purullena.

Benalua de las Villas.

Iznalloz.

Benamaurel.

Benamaurel.

Berchules.

Cadiar.

Bubion.

Orgiva.

Busquistar.

Orgiva.

Cacin.

Alhama de Granada.

Cadiar.

Cadiar.

Cajar.

La Zubia.

Calahorra, La.

Marquesado.

Calicasas.

Albolote.

Campotejar.

Iznalloz.

Caniles.

Baza.

Cañar.

Orgiva.

Capileira.

Orgiva.

Carataunas.

Orgiva.

Castaras.

Cadiar.

Castillejar.

Benamaurel.

Castril.

Benamaurel.

Cenes de la Vega.

Cenes de la Vega.

Chauchina.

Santa Fé.

Chimeneas.

Santafe.

Churriana de la Vega.

Churriana de la Vega.

Cijuela.

Santafe.

Cogollos de Guadix.

Guadix.

Cogollos Vega.

Alfacar.

Colomera.

Albolote.

Cortes de Baza.

Benamaurel.

Cortes y Graena.

Purullena.

Cuevas del Campo.

Baza.

Cullar.

Baza.

Cullar Vega.

Churriana de la Vega.

Darro.

Purullena.

Dehesas de Guadix.

Pedro Martinez.

Deifontes.

Albolote.

Diezma.

Purullena.

Dilar.

Armilla.

Dólar.

Marquesado.

Dudar.

Cenes de la Vega.

Durcal.

Valle de Lecrin.

Escuzar.

Churriana de la Vega.

Ferreira.

Marquesado.

Fonelas.

Purullena.

Freila.

Baza.

Gabias (Las) (Gabia la Grande, Gabia la Chica e Hijar).

Churriana de la Vega.

Galera.

Huescar.

Gobernador.

Iznalloz.

Gojar.

La Zubia.

Gor.

Guadix.

Gorafe.

Guadix.

Guadahortuna.

Iznalloz.

Guajares, Los (Núcleos de población de Guajar Alto, Guajar Faragüit y Guajar Fondon).

Salobreña.

Gualchos (Castell de Ferro y Gualchos).

Motril.

Güejar Sierra.

Cenes de la Vega.

Güevejar.

Alfacar.

Huelago.

Pedro Martínez.

Hueneja.

Marquesado.

Huescar.

Huescar.

Huetor de Santillan.

Granada.

Huetor Tajar.

Huetor Tajar.

Illora.

Illora.

Itrabo.

Salobreña.

Iznalloz.

Iznalloz.

Jayena.

Alhama de Granada.

Jerez del Marquesado.

Marquesado.

Jete.

Almuñecar.

Jun.

Granada.

Juviles.

Cadiar.

Lachar.

Santafe.

Lanjaron.

Orgiva.

Lanteira.

Marquesado.

Lecrin (Núcleos de población de Talará, Acequias, Beznar, Chite, Mondujar, Murchas).

Valle de Lecrin.

Lentegi.

Almuñecar.

Lobras.

Cadiar.

Lugros.

Purullena.

Lujar.

Motril.

Malaha, La.

Churriana de la Vega.

Marchal.

Purullena.

Moclin.

Pinos Puente.

Molvizar.

Salobreña.

Monachil.

La Zubia.

Montefrío.

Montefrío.

Montejicar.

Iznalloz.

Montillana.

Iznalloz.

Moraleda de Zafayona.

Huetor-Tajar.

Morelabor (Núcleos de población de Moreda y Laborcillas).

Pedro Martínez.

Murtas.

Cadiar.

Nevada (Núcleos de población de Laroles, Mairena y Picena).

Ugijar.

Nigüelas.

Valle de Lecrin.

Nivar.

Alfacar.

Ogijares.

La Zubia.

Orce.

Huescar.

Orgiva.

Orgiva.

Otivar.

Almuñecar.

Otura.

Armilla.

Padul.

Valle de Lecrin.

Pampaneira.

Orgiva.

Pedro Martínez.

Pedro Martínez.

Peligros.

Peligros.

Peza, La.

Purullena.

Pinar, el (Núcleos de población de Izbor, Pinos del Valle y Tablate).

Valle de Lecrin.

Pinos Genil.

Cenes de la Vega.

Pinos Puente.

Pinos Puente.

Piñar.

Iznalloz.

Policar.

Purullena.

Polopos.

Motril.

Portugos.

Orgiva.

Puebla de don Fadrique.

Huescar.

Pulianas.

Peligros.

Purullena.

Purullena.

Quentar.

Cenes de la Vega.

Rubite.

Orgiva.

Salar.

Huetor Tajar.

Santa Cruz del Comercio.

Alhama de Granada.

Soportujar.

Orgiva.

Sorvilan.

Albuñol.

Taha, la (Núcleos de población de Ferreirola, Mecina Fondales y Pitres).

Orgiva.

Torre-Cardela.

Iznalloz.

Torvizcon.

Orgiva.

Trevelez.

Orgiva.

Turon.

Cadiar.

Ugijar.

Ugijar.

Valle del Zalabi (Núcleos de población de Alcudia de Guadix, Charches y Esfiliana).

Guadix.

Valle, El (Núcleos de población de Melegis, Restabal y Saleres).

Valle de Lecrin.

Valor.

Ugijar.

Vegas del Genil (núcleos de población de Ambroz, Belicena, Casas Bajas y Purchil).

Churriana de la Vega.

Velez de Benaudalla.

Motril.

Ventas de Huelma.

Churriana de la Vega.

Villamena (núcleos de población de Conchar y Cozvijar).

Valle de Lecrin.

Villanueva de las Torres.

Pedro Martínez.

Villanueva Mesia.

Huetor Tajar.

Viznar.

Alfacar.

Zafarraya.

Alhama de Granada.

Zagra.

Loja.

Zujar.

Baza.

Huelva

Alajar.

Aracena.

Almendro, El.

Andevalo Occidental.

Almonaster la Real.

Cortegana.

Alosno.

Andevalo Occidental.

Aroche.

Cortegana.

Arroyomolinos de León.

Santa Olalla del Cala.

Beas.

Campiña Norte.

Berrocal.

Minas de Riotinto.

Bonares.

Condado Occidental.

Cabezas Rubias.

Andevalo Occidental.

Cala.

Santa Olalla del Cala.

Calañas.

Calañas.

Campillo, El.

Minas de Riotinto.

Campofrío.

Minas de Riotinto.

Cañaveral de Leon.

Cumbres Mayores.

Castaño del Robledo.

Aracena.

Cerro de Andevalo, El.

Calañas.

Chucena.

Pilas (Sevilla).

Corteconcepción.

Aracena.

Cortelazor.

Aracena.

Cumbres de Enmedio.

Cumbres Mayores.

Cumbres de San Bartolome.

Cumbres Mayores.

Cumbres Mayores.

Cumbres Mayores.

Encinasola.

Cumbres Mayores.

Escacena del Campo.

La Palma del Condado.

Fuenteheridos.

Aracena.

Galaroza.

Aracena.

Granada del Río Tinto, La.

Minas de Riotinto.

Granado, El.

Andevalo Occidental.

Higuera de la Sierra.

Aracena.

Hinojales.

Cumbres Mayores.

Hinojos.

Pilas (Sevilla).

Jabugo.

Cortegana.

Linares de la Sierra.

Aracena.

Lucena del Puerto.

Campiña Norte.

Manzanilla.

La Palma del Condado.

Marines, Los.

Aracena.

Minas de Riotinto.

Minas de Riotinto.

Nava, La.

Cortegana.

Nerva.

Minas de Riotinto.

Niebla.

Condado Occidental.

Paterna del Campo.

La Palma del Condado.

Paymogo.

Andevalo Occidental.

Puebla de Guzmán.

Andevalo Occidental.

Puerto Moral.

Aracena.

Punta Umbría.

Punta Umbría.

Rociana del Condado.

Condado Occidental.

Rosal de la Frontera.

Cortegana.

San Bartolomé de la Torre.

Gibraleon.

San Silvestre de Guzmán.

Lepe.

Sanlucar de Guadiana.

Andevalo Occidental.

Santa Ana la Real.

Aracena.

Santa Bárbara de Casa.

Andevalo Occidental.

Trigueros.

Campiña Norte.

Valdelarco.

Aracena.

Valverde del Camino.

Valverde del Camino.

Villablanca.

Lepe.

Villalba del Alcor.

La Palma Del Condado.

Villanueva de las Cruces.

Andevalo Occidental.

Villanueva de los Castillejos.

Andevalo Occidental.

Villarrasa.

La Palma Del Condado.

Zalamea la Real.

Minas de Riotinto.

Zufre.

Santaolalla del Cala.

Jaén

Albanchez de Mágina.

Mancha Real.

Aldeaquemada.

La Carolina.

Arquillos.

Linares.

Arroyo del Ojanco.

Beas de Segura.

Beas de Segura.

Beas de Segura.

Bedmar y Garciez (Bedmar).

Jodar.

Begijar.

Baeza.

Belmez de la Moraleda.

Huelma.

Benatae.

Orcera.

Cabra del Santo Cristo.

Huelma.

Cambil.

Cambil.

Campillo de Arenas.

Cambil.

Canena.

Ubeda.

Carboneros.

La Carolina.

Carcheles (Carchelejo-Carchel).

Cambil.

Castellar.

Santisteban del Puerto.

Castillo de Locubin.

Alcalá la Real.

Cazalilla.

Mengibar.

Chiclana de Segura.

Santisteban del Puerto.

Chilluevar.

Cazorla.

Escañuela.

Arjona.

Espeluy.

Mengibar.

Frailes.

Alcalá la Real.

Fuensanta de Martos.

Martos.

Fuerte del Rey.

Jaén.

Genave.

Orcera.

Guardia de Jaén (La).

Jaén.

Guarroman.

Linares.

Higuera de Arjona.

Arjona.

Higuera de Calatrava.

Porcuna.

Hinojares.

Pozo Alcon.

Hornos.

Orcera.

Huelma.

Huelma.

Huesa.

Peal de Becerro.

Ibros.

Baeza.

Iruela (La).

Cazorla.

Iznatoraf.

Villanueva del Arzobispo.

Jabalquinto.

Linares.

Jamilena.

Torredelcampo.

Jimena.

Mancha Real.

Larva.

Jodar.

Lopera.

Porcuna.

Lupion.

Baeza.

Montizon.

Santisteban del Puerto.

Navas de San Juan.

Santisteban del Puerto.

Noalejo.

Cambil.

Orcera.

Orcera.

Peal de Becerro.

Peal de Becerro.

Pegalajar.

Mancha Real.

Puente de Genave.

Orcera.

Puerta de Segura (La).

Orcera.

Quesada.

Peal de Becerro.

Rus.

Ubeda.

Sabiote.

Torreperogil.

Santa Elena.

La Carolina.

Santiago de Calatrava.

Martos.

Santiago Pontones (Santiago de la Espada).

Santiago Pontones.

Santisteban del Puerto.

Santisteban del Puerto.

Santo Tome.

Cazorla.

Segura de la Sierra.

Orcera.

Siles.

Orcera.

Sorihuela del Guadalimar.

Santisteban del Puerto.

Torreblascopedro.

Linares.

Torres.

Mancha Real.

Torres de Albanchez.

Orcera.

Valdepenas de Jaén.

Jaén.

Vilches.

Linares.

Villanueva de la Reina.

Andujar.

Villardompardo.

Torredonjimeno.

Villares (Los).

Jaén.

Villarrodrigo.

Orcera.

Villatorres.

Mengibar.

Málaga

Alameda.

Mollina.

Alcaucin.

Viñuela.

Alfarnate.

Colmenar.

Alfarnatejo.

Colmenar.

Algatocin.

Algatocin.

Almachar.

Axarquia Oeste.

Almargen.

Campillos.

Almogia.

Málaga.

Alozaina.

Alozaina.

Alpandeire.

Ronda.

Archez.

Algarrobo.

Archidona.

Archidona.

Ardales.

Alora.

Arenas.

Velez-Málaga.

Arriate.

Ronda.

Atajate.

Algatocin.

Benadalid.

Algatocin.

Benahavis.

Marbella.

Benalauria.

Algatocin.

Benamargosa.

Axarquia Oeste.

Benamocarra.

Axarquia Oeste.

Benaojan.

Benaojan.

Benarraba.

Algatocin.

Borge, El.

Axarquia Oeste.

Burgo, El.

Ronda.

Campillos.

Campillos.

Canillas de Aceituno.

Viñuela.

Canillas de Albaida.

Algarrobo.

Cañete la Real.

Campillos.

Carratraca.

Alora.

Cartajima.

Ronda.

Casabermeja.

Colmenar.

Casarabonela.

Alozaina.

Colmenar.

Colmenar.

Comares.

Axarquia Oeste.

Competa.

Algarrobo.

Cortes de la Frontera.

Benaojan.

Cuevas Bajas.

Archidona.

Cuevas de San Marcos.

Archidona.

Cuevas del Becerro.

Ronda.

Cutar.

Axarquia Oeste.

Farajan.

Ronda.

Frigiliana.

Nerja.

Fuente de Piedra.

Mollina.

Gaucin.

Algatocin.

Genalguacil.

Algatocin.

Guaro.

Coin.

Humilladero.

Mollina.

Igualeja.

Ronda.

Istan.

Marbella.

Iznate.

Axarquia Oeste.

Jimera de Libar.

Benaojan.

Jubrique.

Algatocin.

Juzcar.

Ronda.

Macharavialla.

Rincón de la Victoria.

Manilva.

Estepona.

Moclinejo.

Rincón de la Victoria.

Mollina.

Mollina.

Monda.

Coin.

Montejaque.

Benaojan.

Ojen.

Marbella.

Parauta.

Ronda.

Periana.

Viñuela.

Pizarra.

Cartama.

Pujerra.

Ronda.

Riogordo.

Colmenar.

Salares.

Viñuela.

Sayalonga.

Algarrobo.

Sedella.

Viñuela.

Sierra de Yeguas.

Campillos.

Teba.

Campillos.

Tolox.

Alozaina.

Torrox.

Torrox.

Totalan.

Osuna.

Valle de Abdalajis.

Antequera.

Villanueva de Algaidas.

Archidona.

Villanueva de Tapia.

Archidona.

Villanueva del Rosario.

Antequera.

Villanueva del Trabuco.

Archidona.

Viñuela.

Viñuela.

Yunquera.

Alozaina.

Sevilla

Aguadulce.

Osuna.

Alanis.

Cazalla de la Sierra.

Albaida del Aljarafe.

Olivares.

Alcolea del Río.

Lora del Río.

Algaba, La.

Algaba, La.

Algamitas.

El Saucejo.

Almaden de la Plata.

Guillena.

Almensilla.

Coria del Río.

Aznalcollar.

Sanlucar la Mayor.

Badolatosa.

Estepa.

Benacazon.

Sanlucar la Mayor.

Brenes.

Brenes.

Cabezasde San Juan (Las).

Cabezas de San Juan (Las).

Campana (La).

Lora del Río.

Cantillana.

Cantillana.

Cañada del Rosal.

La Luisiana.

Carrion de los Cespedes.

Pilas.

Casariche.

Estepa.

Castilblanco de los Arroyos.

Alcalá del Río.

Castilleja de Guzmán.

Camas.

Castilleja del Campo.

Sanlucar la Mayor.

Castillo de las Guardas, El.

Guillena.

Cazalla de la Sierra.

Cazalla de la Sierra.

Constantina.

Constantina.

Coripe.

Montellano.

Coronil (El).

Utrera.

Corrales, Los.

El Saucejo.

Cuervo (El).

Lebrija.

Espartinas.

Sanlucar la Mayor.

Fuentes de Andalucía.

Luisiana, La.

Garrobo, El.

Guillena.

Gelves.

San Juan de Aznalfarache.

Gerena.

Guillena.

Gilena.

Estepa.

Guadalcanal.

Cazalla de la Sierra.

Herrera.

Estepa.

Huévar.

Pilas.

Isla Mayor.

Coria del Río.

Lantejuela, La.

Osuna.

Lora de Estepa.

Estepa.

Luisiana, La.

La Luisiana.

Madroño, El.

Minas de Río Tinto (Huelva).

Marinaleda.

Estepa.

Martín de la Jara.

El Saucejo.

Molares, Los.

Utrera.

Montellano.

Montellano.

Navas de la Concepción, La.

Constantina.

Palomares del Río.

Mairena de Aljarafe.

Paradas.

El Arahal.

Pedrera.

Estepa.

Pedroso, El.

Constantina.

Peñaflor.

Palma del Río (Córdoba).

Pruna.

Morón de la Frontera.

Puebla de Cazalla, La.

Puebla de Cazalla.

Puebla de los Infantes, La.

Lora del Río.

Puebla del Río (La).

Coria del Río.

Real de la Jara, El.

Guillena.

Ronquillo, El.

Guillena.

Rubio, El.

Osuna.

Salteras.

Olivares.

San Nicolás del Puerto.

Constantina.

Santiponce.

Camas.

Saucejo, El.

El Saucejo.

Tocina.

Cantillana.

Valencina de la Concepción.

Camas.

Villamanrique de la Condesa.

Pilas.

Villanueva de San Juan.

El Saucejo.

Villanueva del Río y Minas.

Cantillana.

Villaverde del Río.

Brenes.

ANEXO II
Listado de municipios

Comunidad Autónoma: Andalucía

Provincia: Almería

Municipios:

Albox.

Carboneras.

Cuevas del Almanzora.

Gallardos (Los).

Garrucha.

Huércal de Almería.

Huércal-Overa.

Macael.

Mojonera (La).

Olula del Río.

Pulpí.

Tíjola.

Turre.

Vélez-Rubio.

Vera.

Viator.

Provincia: Cádiz

Municipios:

Algodonales.

Chipiona.

Jimena de la Frontera.

Medina-Sidonia.

Olvera.

Tarifa.

Ubrique.

Vejer de la Frontera.

Villamartín.

Provincia: Córdoba

Municipio:

Fernán-Núñez.

Hornachuelos.

Posadas.

Pozoblanco.

Provincia: Granada

Municipios:

Albolote.

Atarfe.

Fuente Vaqueros.

Huétor Vega.

Salobreña.

Santa Fe.

Zubia (La).

Provincia: Huelva

Municipios:

Aljaraque.

Aracena.

Ayamonte.

Bollullos Par del Condado.

Cartaya.

Cortegana.

Gibraleón.

Moguer.

Palma del Condado (La).

Palos de la Frontera.

San Juan del Puerto.

Santa Olalla del Cala.

Provincia: Jaén

Municipios:

Alcaudete.

Arjona.

Arjonilla.

Baeza.

Bailén.

Baños de la Encina.

Carolina (La).

Cazorla.

Jódar.

Mancha Real.

Marmolejo.

Mengíbar.

Porcuna.

Pozo Alcón.

Torre del Campo.

Torredonjimeno.

Torreperogil.

Villacarrillo.

Villanueva del Arzobispo.

Provincia: Málaga

Municipios:

Algarrobo.

Álora.

Casares.

Provincia: Sevilla

Municipio:

Alcalá del Río.

Arahal.

Aznalcázar.

Bollullos de la Mitación.

Bormujos.

Burguillos.

Castilleja de la Cuesta.

Estepa.

Gines.

Guillena.

Lora del Río.

Mairena del Alcor.

Marchena.

Olivares.

Osuna.

Pilas.

Roda de Andalucía (La).

Sanlúcar la Mayor.

Umbrete.

Villanueva del Ariscal.

Viso del Alcor (El).

ANEXO III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el Anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2009), a la comunidad autónoma de:

Andalucía

Precio por persona de MUFACE < 60 años: 14,60 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE =>60 Y <70 años: 16,21 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE => 70 años: 17,32 euros/mes en el 2010.

Entidad

Personas adscritas e importes mensuales

MUFACE beneficiarios

MUFACE importes

<60 años

=>60 y <70 años

=>70 años

<60 años

=>60 y <70 años

=>70 años

Total

Adeslas

10.873

1.259

638

158.745,80

20.408,39

11.050,16

190.204,35

Asisa

8.160

1.612

1.054

119.136,00

26.130,52

18.255,28

163.521,80

Caser

5.124

516

155

74.810,40

8.364,36

2.684,60

85.859,36

DKV Seguros

204

7

4

2.978,40

113,47

69,28

3.161,15

La Equitativa

1

 

 

14,60

0,00

0,00

14,60

Mapfre

2.867

245

59

41.858,20

3.971,45

1.021,88

46.851,53

Total

27.229

3.639

1.910

397.543,40

58.988,19

33.081,20

489.612,79

Precio por persona de ISFAS < 65 años: 14,60 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de ISFAS =>65 años: 17,32 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUGEJU: 14,60 euros/mes en el 2010.

Entidad

Personas adscritas e importes mensuales

ISFAS

MUGEJU

ISFAS Importes

MUGEJU

<65 años

=>65 años

<65 años

=>65 años

Total

Importe

Adeslas

6.702

1.032

425

97.849,20

17.874,24

115.723,44

6.205,00

Asisa

3.162

1.146

311

46.165,20

19.848,72

66.013,92

4.540,60

Caser

 

 

215

0,00

0,00

0,00

3.139,00

DKV Seguros

125

2

3

1.825,00

34,64

1.859,64

43,80

La Equitativa

 

 

1

0,00

0,00

0,00

14,60

Mapfre

1.637

230

163

23.900,20

3.983,60

27.883,80

2.379,80

Sanitas

 

 

28

0,00

0,00

0,00

408,80

Total

11.626

2.410

1.146

169.739,60

41.741,20

211.480,80

16.731,60

ANEXO IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el Anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2009), a la comunidad autónoma de:

Andalucía

Precio por persona de MUFACE < 60 años: 1,25 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE =>60 y <70 años: 1,38 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUFACE => 70 años: 1,48 euros/mes en el 2010.

Entidad

Personas adscritas e importes mensuales

MUFACE beneficiarios

MUFACE Importes

<60 años

=>60 y <70 años

=>70 años

<60 años

=>60 y <70 años

=>70 años

Total

Adeslas

9.195

878

419

11.493,75

1.211,64

620,12

13.325,51

Asisa

6.957

1.118

640

8.696,25

1.542,84

947,20

11.186,29

Caser

5.037

386

79

6.296,25

532,68

116,92

6.945,85

DKV Seguros

280

13

13

350,00

17,94

19,24

387,18

Mapfre

2.797

215

53

3.496,25

296,70

78,44

3.871,39

Total

24.266

2.610

1.204

30.332,50

3.601,80

1.781,92

34.554,88

Precio por persona de ISFAS < 65 años: 1,25 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de ISFAS =>65 años: 1,48 euros/mes en el 2010.

Precio por persona de MUGEJU: 1,25 euros/mes en el 2010.

Entidad

Personas adscritas e importes mensuales

ISFAS

MUGEJU

ISFAS Importes

MUGEJU

<65 años

=>65 años

<65 años

=>65 años

Total

Importe

Adeslas

9.614

812

383

12.017,50

1.201,76

13.219,26

478,75

Asisa

4.684

796

331

5.855,00

1.178,08

7.033,08

413,75

Caser

 

 

210

0,00

0,00

0,00

262,50

DKV Seguros

138

12

13

172,50

17,76

190,26

16,25

Mapfre

1.467

182

118

1.833,75

269,36

2.103,11

147,50

Sanitas

 

 

25

0,00

0,00

0,00

31,25

Total

15.903

1.802

1.080

19.878,75

2.666,96

22.545,71

1.350,00

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