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Documento BOE-A-2010-5283

Resolución de 23 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los premios para el V Concurso de Grupos de Teatro Clásico Grecolatino, en el ámbito de la Enseñanza Secundaria para el curso escolar 2009-2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2010, páginas 30132 a 30138 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-5283

TEXTO ORIGINAL

El trabajo realizado por los grupos escolares de teatro clásico grecolatino en el ámbito de la Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, constituye una muestra del entusiasmo y dedicación desinteresada, tanto del profesorado como del alumnado participante y sus familias, para mejorar la calidad de nuestro sistema educativo.

Es indudable la importancia del teatro en la educación como medio de expresión artística, de gran valor pedagógico y educativo, incorporando en este caso concreto, la difusión de los valores de las culturas griega y latina, cuyas reflexiones sobre el destino del ser humano, la justicia o la política suelen aportar mensajes vigentes en la actualidad.

Desde el curso 2005-2006, el Ministerio de Educación apoya con el Concurso de Grupos de Teatro Clásico para el alumnado de Enseñanza Secundaria, estos montajes teatrales, su adaptación didáctica al alumnado y su posterior representación teatral, en los propios centros o en festivales juveniles. La celebración de la fase final del certamen en el Teatro Romano de Segóbriga añade al disfrute de las obras representadas, el valor de uso y deleite del rico patrimonio monumental de esta antigua ciudad romana.

El interés en extender en los centros educativos la tradición grecolatina ha contribuido a ampliar las posibilidades de participación del alumnado y para ello se inicia, en esta edición, una nueva modalidad destinada a grupos de alumnos y alumnas de ESO que, junto con su profesorado, pueden participar con obras grecolatinas breves que despierten la afición por el teatro.

Por otra parte, la Ley Orgánica de Educación, en el artículo 89, señala que el Ministerio de Educación «podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares». En este caso, la naturaleza, el ámbito y el número de premios convocados justifican su gestión centralizada.

En virtud de todo ello, he dispuesto lo siguiente:

Primero. Objeto.–Se anuncia la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios correspondientes al Concurso de Grupos de Teatro Clásico para el curso escolar 2009-2010, con el fin de estimular y reconocer el esfuerzo de los grupos de Teatro Clásico de centros docentes y grupos de teatro escolares para difundir la lectura y representación teatral de las obras clásicas grecolatinas, los valores del mundo clásico y su vigencia en el mundo actual. Los premios tienen dos modalidades:

Modalidad A destinada al montaje y representación de obras teatrales de la tradición clásica griega y latina, con proceso de selección y posterior actuación de los grupos finalistas en el Teatro Romano de Segóbriga.

Modalidad B destinada a la promoción de la cultura y teatro clásico entre estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria mediante el montaje de representaciones breves, originales o adaptadas, de fábulas, textos dramáticos, mitológicos o históricos.

Segundo. Normativa aplicable.–La presente convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y por la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE 15 de Mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Educación.

Tercero. Características de las obras teatrales.

Modalidad A:

1. Las obras, tragedias o comedias, con las que concurrirán serán de autores clásicos griegos o latinos.

2. La representación de la obra se hará en castellano o en alguna de las lenguas cooficiales en las respectivas Comunidades Autónomas, y tendrá una duración entre 45 y 65 minutos.

Modalidad B:

1. Las obras con las que concurrirán serán de autores clásicos griegos o latinos.

2. La representación de la obra se hará en castellano o en alguna de las lenguas cooficiales en las respectivas Comunidades Autónomas, y tendrá una duración entre 15 y 20 minutos.

Cuarto. Premios.

Modalidad A:

Primer Premio en la categoría de tragedia griega/latina o comedia griega: 8.500 euros.

Primer Premio en la categoría de comedia latina: 6.500 euros.

El Jurado podrá conceder «Menciones especiales» al grupo, actor/actriz, dirección o montaje si lo estimara oportuno.

Modalidad B:

Primer clasificado: 3.000 euros.

Segundo clasificado: 2.000 euros.

Los premios podrán declararse desiertos en ambas modalidades.

Quinto. Ámbito, participantes, solicitudes y plazos de presentación.

1. Podrán participar en este Concurso en la Modalidad A todos los grupos de teatro en los que sólo actúen alumnas y alumnos matriculados en ESO, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Profesionales tanto de centros públicos como privados. En la Modalidad B podrá participar únicamente alumnado matriculado en Educación Secundaria Obligatoria tanto de centros públicos como privados.

La participación podrá llevarse a cabo a través de los propios centros docentes o bien a través de entidades sin fines de lucro que no incurran en alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

2. La solicitud de participación deberá formalizarse siguiendo uno de los modelos de instancia que figuran en los Anexos a esta Resolución y que puede obtenerse en la página Web www.educacion.es El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el día 30 de abril de 2010.

Dicha solicitud se remitirá a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, C/ Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid. Su presentación podrá hacerse directamente en el registro del Ministerio de Educación o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.

3. Conjuntamente con la solicitud debidamente cumplimentada, en el caso de centros educativos, se adjuntarán los siguientes documentos:

Certificación del Secretario de la sesión del Consejo Escolar del Centro en la que se autoriza a participar en la convocatoria.

Escrito de notificación de participación en el Concurso enviada a la autoridad educativa competente de la Comunidad Autónoma.

Certificación del Secretario del Centro con la relación nominal de alumnado integrante del grupo de teatro y el nivel en que se halla matriculado, en dicho centro, en el curso 2009/2010.

En el caso de que la solicitud sea presentada por una entidad, además de la solicitud debidamente cumplimentada, se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Escritura o documento de constitución de la entidad solicitante o acta fundacional, o estatutos debidamente legalizados y una memoria explicativa de las características de la entidad solicitante, haciendo especial hincapié en los ámbitos relacionados con el objeto de la convocatoria.

b) Documento acreditativo de que la representación legal de la entidad la ostenta la persona que firma la solicitud.

c) Declaración responsable de que la persona o la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

d) Certificación del alumnado participante de estar matriculado en estudios de ESO, Bachillerato o Formación Profesional durante el curso 2009-2010.

4. Además de la documentación mencionada en el apartado anterior, los grupos adjuntarán la siguiente:

Grabación audiovisual de la obra presentada.

Versión del texto utilizado. Con el fin de garantizar la homogeneidad en la valoración, si la lengua de la representación es diferente al castellano, deberá adjuntarse el texto bilingüe.

Ficha técnica de la obra presentada, con el reparto artístico, indicando el nivel en que se encuentra matriculado el alumnado y el tiempo estimado de duración de la obra, dentro de los límites establecidos para cada modalidad.

5. El grupo ganador del primer premio en la última edición no podrá participar en la presente convocatoria.

Sexto. Subsanación de errores.–La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial examinará las solicitudes y si, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos en el apartado quinto, lo comunicará a los interesados, quienes dispondrán de un plazo máximo de 10 días para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma previa resolución a tal efecto, de acuerdo con el artículo 42.1 de la citada Ley.

Séptimo. Jurado.–El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:

La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, o persona en quien delegue, en calidad de Presidenta.

Un miembro a propuesta de la Junta Directiva del Instituto de Teatro Grecolatino de Segóbriga.

Un miembro a propuesta de la Junta Directiva de Prósopon, Asociación de Festivales de Teatro Grecolatino.

Un miembro a propuesta de la Junta Directiva del Centro para la Representación y el Estudio del Teatro Antiguo (Fundación CRETA).

Un miembro a propuesta de la Junta Directiva del Instituto de Teatro Grecolatino de Andalucía.

Un miembro designado por la Junta de Castilla-La Mancha.

Un autor/a director/a o actor/ actriz de reconocido prestigio.

Un funcionario/a de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, designado por su Directora General, que actuará como Secretario con voz pero sin voto.

El Jurado puede proponer a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, la designación, para el asesoramiento técnico, de las personas expertas que estimen adecuadas para una mejor evaluación de las representaciones.

Octavo. Criterios para la valoración de las obras.–El Jurado propondrá los Premios en base a la aplicación de los criterios técnicos de valoración que atiendan mejor al logro de la finalidad de estos premios, garantizando la objetividad del proceso de selección y el régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo al artículo 23 de la Ley General de Subvenciones.

Los criterios técnicos de valoración de las representaciones para el Concurso de Grupos de Teatro Grecolatino y para el Concurso de Representaciones Grecolatinas breves serán los siguientes:

1. El grado de fidelidad en la adaptación de la obra representada al texto original.

2. La comunicación con el público espectador.

3. La dicción clara e inteligible en el escenario.

4. Los movimientos y dominio del espacio escénico.

5. Las características de la vestimenta, atrezo y decorado.

6. Las soluciones escénicas a los problemas que encierra la representación de esa obra.

7. El dominio de los personajes y la soltura de las actrices y actores en escena.

Noveno. Grupos finalistas y categorías de las obras.–En la modalidad A, el Jurado realizará una primera fase de valoración, utilizando las grabaciones audiovisuales, en la que se seleccionará los seis grupos finalistas, tres por cada categoría de tragedia griega/latina o comedia griega y comedia latina.

Los grupos finalistas serán convocados por el Jurado para representar sus obras en el Teatro Romano de Segóbriga siguiendo el orden de actuación que depare el sorteo realizado con suficiente antelación por el Jurado y que éste comunicará a los grupos finalistas.

En la modalidad B, el Jurado decidirá el grupo ganador tras el análisis y valoración de las grabaciones enviadas por los grupos participantes. El grupo ganador de la modalidad B representará la obra en la sesión final del concurso de la modalidad A que se celebrará en el Teatro Romano de Segóbriga.

Ambas resoluciones se publicarán en la página Web http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/premios/premios-centros-educativos/premios-grupos-teatro-clasico.html

Décimo. Resolución del procedimiento.

1. El Ministerio de Educación sufragará los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los seis grupos finalistas de la Modalidad A (en un número no superior a 20 personas para la tragedia griega/latina y comedia griega, y 12 para la comedia latina) y del primer clasificado de la Modalidad B (número igual o inferior a 10 personas), por una cantidad global para el conjunto de los grupos no superior a 15.000 euros, que será debidamente justificada de acuerdo con la normativa vigente y con los importes y condiciones establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razones del servicio, y la Resolución de 2 de diciembre de 2005, en la que se revisa el importe de las dietas en territorio nacional.

2. En el caso de que se concediera la ayuda económica, el centro gestor obtendrá de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social correspondientes a los grupos premiados, salvo que éstos manifiesten lo contrario en la solicitud telemática, en cuyo caso deberán acreditar documentalmente que se hallan al corriente de dichas obligaciones o exentos de las mismas, en aplicación del artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. La cuantía total de los premios contemplados en el apartado cuarto y los gastos incluidos en el punto 1 de este apartado no podrá exceder de 35.000 euros, que serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.48902 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación para el año 2010.

4. La resolución de la convocatoria se realizará en un plazo de seis meses, que se contabilizarán desde el último día de plazo para la presentación de las solicitudes de participación. La notificación del resultado en el «BOE» se realizará en un plazo máximo de dos meses, desde la resolución de la convocatoria.

5. El Jurado propondrá a la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial la concesión de los diferentes premios, que serán hechos públicos, mediante Resolución. Esta incluirá una relación de los grupos que han obtenido premio con indicación del importe del mismo, publicándose posteriormente en el «Boletín Oficial del Estado».

6. Los centros o grupos de entidades premiados destinarán el importe del premio a un viaje o ruta con su profesorado a lugares con relevante patrimonio monumental o museístico grecolatino. En un plazo no superior a un mes tras la finalización de dicha actividad, y en todo caso no antes del 30 de septiembre de 2011, remitirán a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, una certificación del Secretario del Centro que acredite el destino de los fondos recibidos, indicando las características del viaje o ruta realizado.

7. Se autoriza a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial a dictar aquellas resoluciones e instrucciones que sean necesarias para la aplicación de la presente Convocatoria, así como al abono de otros gastos ocasionados como consecuencia del desarrollo de la actividad.

Undécimo. Aceptación de la convocatoria.–La presentación a este Concurso supone la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Duodécimo. Impugnabilidad,–Contra la presente Resolución se podrá interponer en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Decimotercero. Entrada en vigor.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de marzo de 2010.–La Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, Eva Almunia Badía.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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