Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-5118

Orden TIN/779/2010, de 9 de marzo, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social de don José Manuel Granado Carmona.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2010, páginas 29384 a 29384 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-5118

TEXTO ORIGINAL

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado sentencia de fecha 27 de marzo de 2009, en el Procedimiento Abreviado n.º 25/2008, que ha sido declarada firme en ejecutoria n.º 26/09 de fecha 10 de noviembre de 2009, al inadmitir el Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por don Juan Manuel Granado Carmona.

La parte dispositiva de la sentencia condena a don Juan Manuel Granado Carmona, como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad en documento público cometida por funcionario, a las penas de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de tres meses con una cuota diaria de seis euros (en total 540 euros, pagaderos en cinco plazos mensuales de 108 euros a partir de la firmeza de la sentencia y del correspondiente requerimiento), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de un año, y con expresa imposición de costas al condenado.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, acordó la suspensión de la ejecución de la pena mediante Auto de 16 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva literalmente dice: «Se suspende por el plazo de tres años, la ejecución de la pena de un año y seis meses de prisión impuesta al penado Juan Manuel Granado Carmona, quedando subsistentes los demás pronunciamientos de la sentencia condenatoria».

De acuerdo con lo establecido en los artículos 63.e) y 66 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, «la pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia».

En virtud de lo expuesto, para dar cumplimiento en sus propios términos a la sentencia de referencia y en base a lo establecido en el mencionado precepto legal, se acuerda:

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Juan Manuel Granado Carmona, perteneciente al Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social, con DNI n.º 30.447.331, con la anotación correspondiente en el Registro Central de Personal y notificación al interesado.

Declarar extinguido el expediente disciplinario incoado a don Juan Manuel Granado Carmona, cuya tramitación se suspendió en tanto se dictaba una resolución judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero.

Madrid, 9 de marzo de 2010.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), la Directora General de Servicios, María Luisa Delgado Medina.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid