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Documento BOE-A-2010-4958

Orden EDU/732/2010, de 26 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación privada Magín Pont Mestres y Antonio Lancuentra Buerba.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2010, páginas 28769 a 28770 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-4958

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado por don Magín Pont Clemente, solicitando la inscripción de la fundación privada Magín Pont Mestres y Antonio Lancuentra Buerba, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la composición de la Comisión Delegada de la Fundación.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la fundación.–La fundación anteriormente citada fue constituida por doña María Pilar Lancuentra Forns; doña María Dolors Torregrosa Carné; doña Astrid Pont Marcet; don Joan Carles Bailach Aspa; don Joan Francesc Pont Clemente; don Emilio Echeverría Quintana y don Magín Pont Clemente, en Barcelona, el 2 de abril de 2009, según consta en la escritura pública número 864, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Cataluña, don Ildefonso Sánchez Prat, que fue subsanada por las escrituras públicas número 2.781, autorizada el 1 de diciembre de 2009 y por la número 218, autorizada el 3 de febrero de 2010, ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la fundación.–El domicilio de la fundación quedó establecido en Barcelona, calle Mallorca, número 260,2.ª, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la fundación la cantidad de cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y seis con once euros (45.246,11 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la fundación.–En los Estatutos que han de regir la fundación, incorporados a la escritura pública de constitución y en las de subsanación de ésta, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la fundación los siguientes: Continuación de la obra de don Magín Pont Mestres y don Antonio Lancuentra Buerba, que dedicaron gran parte de su vida y carrera profesional al cultivo de la investigación en materia de Derecho financiero y tributario. El estudio de la normativa jurídica tributaria, en sus diversas acepciones y con toda la amplitud que requiere un tema de la relevancia e incidencia que nos ocupa.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Joan Francesc Pont Clemente; Vicepresidente: Don Emilio Echevarria Quintana; Secretario: Don Magín Pont Clemente; Vicesecretaria: Doña María Pilar Lancuentra Forns; Vocales: Doña Astrid Pont Marcet; don Joan Carles Bailach Aspa; doña María Dolors Torregrosa Carné; don Miguel Mata Rodríguez; don Daniel Alemany Romagosa; don Francisco Fernández de Villavicencio Álvarez-Ossorio; don Conrado Font Arquer; don Fernando Gómez Martín; don Antonio Felipe López Carrasco; don José López Martínez; don José Miguel Martínez-Carrasco Pignatelli; don Jaume Petit Massana; don Agustí Ten Pujol; don Rafael Figueroa Ibáñez; doña María Luz Figueroa Lalinde; doña Beatriz Figueroa Lalinde; doña Gema Blasco Martínez; don Francisco Javier Ros García; don Francesc Xavier Echevarria Noci; don Juan José Sotelo López; don José Arias Velasco; la entidad Laudis Consultor, S.L., representada por doña Eva M. Olivencia Álvarez; don Ignacio María Gómez Bilbao; don Javier Sobrevals Bellet; don Jorge Pérez García; don Ángel Luis Bertomeu Navarro; doña Ángela Luisa Bertomeu Navarro; don José Vicente Bertomeu Navarro; doña María José Genoveva Bertomeu Navarro; don Fernando Navarro Gasso; don Joan Ramón Rodoreda Acero; don Cristóbal Salas Jarones; don Jaume Segura Illa; don Jordi Viladot Puig; don Gonzalo Morales Molina; doña Elisenda Clavera Gispert; don Josep Clavera Bachero; don Jorge Ignacio Bernal Lancis; don francisco Rodríguez Ruiz; don José Antonio Font Arquer; doña Olga Capelo Cobo; don Mario Alonso Fernández; la entidad Gabinet Segura Illa, S.A.; representada por don Oriol Segura-Illa Serra; don Francisco Javier García González y don Álvaro Clemares García.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Los patronos designados en el momento de la constitución celebraron la primera reunión del Patronato y acordaron designar a los miembros que componen la Comisión Delegada de la Fundación.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/24/2010, de 13 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Subsecretaria las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación privada Magín Pont Mestres y Antonio Lancuentra Buerba, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación privada Magín Pont Mestres y Antonio Lancuentra Buerba, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Barcelona, calle Mallorca, número 260, 2.ª, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones la composición de la Comisión Delegada de la Fundación: Presidente: Don Joan Francesc Pont Clemente; Vicepresidente: Don Emilio Echevarria Quintana; Secretario: Don Magín Pont Clemente; Vicesecretaria: Doña María Pilar Lancuentra Forns; Vocales: Don Ignacio María Gómez Bilbao; don José A. Font Arquer; don Jaume Petit Massana; don Francisco Javier Ros García; doña María Dolors Torregrosa Carné; don Joan Carles Bailach Aspa y don José Vicente Bertomeu Navarro.

Madrid, 26 de febrero de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/24/2010, de 13 de enero), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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