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Documento BOE-A-2010-4904

Resolución de 5 de noviembre de 2009, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico, de los pueblos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín, en el concejo de Allande.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 28552 a 28559 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2010-4904

TEXTO ORIGINAL

Los pueblos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín se localizan en la margen izquierda del río Valledor, eje central del valle del mismo nombre, en el concejo de Allande. Constituyen un ejemplo destacado de buena conservación de elementos patrimoniales típicos de la arquitectura tradicional del Occidente asturiano. Se trata de tres localidades emplazadas a lo largo de una antigua vía, denominada Camín Real o de Misa, que las ha vinculado y que ha contribuido a modelar su aspecto y disposición parcelaria. Están bien representados en estos lugares modelos propios de tipologías constructivas propias de esta zona asturiana, como las casas de talud o turria y las casas bloque, así como una variada nómina de construcciones auxiliares, desde las paneras y hórreos a los cortinos, parreiros, molinos o fraguas. Mención especial merecen las diferentes brañas que tradicionalmente han venido siendo utilizadas por las poblaciones de estas tres localidades, de notable interés etnográfico.

Visto el Acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 29 de octubre de 2009, favorable a que se inicien los trámites administrativos necesarios para que se produzca la declaración de estas tres localidades como bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico.

Vistas la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.–Incoar expediente administrativo para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico, de las localidades de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín, en el concejo de Allande, según descripción y delimitación del entorno afectado que se publica como anexo a la presente Resolución.

Segundo.–Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.–Que este acuerdo se notifique al Ministerio de Cultura, al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 5 de noviembre de 2009.–La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

ANEXO
Descripción de los núcleos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín, en el Concejo de Allande

Estas tres poblaciones se localizan en la parroquia allandesa de San Salvador del Valledor, surgida a finales del siglo XIX de una escisión de la parroquia de San Martín.

Se trata de tres localidades situadas a unos dos kilómetros de distancia entre ellas, siendo la más norteña San Salvador del Valledor, que se localiza a 460 metros de altitud, localizándose más al sur Fonteta, emplazada a 545 metros y, finalmente, en el extremo meridional de las tres Villalaín, que tiene una altitud de 630 metros.

Son estos tres lugares pequeñas poblaciones, con apenas 17 viviendas en los dos primeros casos y 16 en el de Villalaín. Estas viviendas mantienen tipologías propias de la arquitectura tradicional de carácter popular del Occidente de Asturias, en sus dos variantes de la casa turria (o de talud) y casa bloque, dependiendo de la inclinación del terreno en el lugar donde se levanta la construcción. Estas construcciones están rodeadas de numerosos edificios y estructuras auxiliares, entre los que destacan las paneras, mucho más numerosas aquí que los hórreos (siendo el total de paneras de los tres núcleos 25, frente a 13 hórreos). Igualmente están representados en estas localidades molinos, fuentes, fraguas y batanes, así como construcciones de uso público, entre las que destaca la iglesia parroquial de San Salvador o las capillas de Fonteta y Villalaín.

En su actual configuración, las construcciones más antiguas de los tres lugares se remontan al siglo XVIII, aunque existen testimonios documentales que permiten adelantar mucho más atrás el origen de estas localidades. Ya en el siglo X hay referencias documentales a estos términos, caso de una donación del año 912 incluida en el Libro de los Testamentos de la Catedral de Oviedo que, aún siendo un falso histórico, permite concluir que en ese tiempo ya existía un doblamiento consolidado en esta zona del concejo allandés.

Los lugares de Fonteta, San Salvador y Villalaín, se nos presentan en la actualidad como la suma de multitud de elementos; unos de carácter histórico, material e inmaterial, patrimonial o artístico, otros vinculados a las condiciones paisajísticas, orográficas y ambientales.

Hay teorías variadas sobre el origen de las aldeas y su articulación en el territorio, pero podemos asegurar que en el periodo altomedieval, los términos en los que Fonteta, San Salvador y Vllalaín aparecen en la documentación de la época ya se refieren inequívocamente a unos núcleos de población, a unas aldeas asturianas, que se encuentran todavía en su momento germinal, pero que ya poseen los rasgos definitorios (estructura de los barrios, disposición del entramado urbano…) que van a saber mantener durante más de diez siglos.

En los años centrales y finales del Medievo, Fonteta, San Salvador y Villalaín asisten a la consolidación y desarrollo de los poderes señoriales que definen los espacios (el agro y la parroquia) en los que se ha de mover la población campesina. Población que no diseña estos espacios, pero que los trabaja y modela con la paciencia con la que el aire talla las peñas.

En la Edad Moderna comienzan a cristalizar las siluetas de las aldeas que podemos ver todavía hoy. Los poderes señoriales siguen determinando estructuras y usos, pero la mentalidad campesina comienza a hacerse un hueco en el mundo simbólico y en los repertorios ornamentales. A finales de este periodo pertenecen algunos de los elementos característicos del paisaje aldeano de Fonteta, San Salvador y Villalaín. Se mencionan en la documentación casas y hórreos en siglos XVI y XVII, aunque las construcciones habitacionales más arcaicas conservadas en la actualidad tal vez podrían datarse en el XVIII. En cuanto a los bienes inmuebles, las emblemáticas paneras del Valledor que todavía vemos ahora pertenecen a los tres últimos cuartos del siglo XIX.

Las tres aldeas comparten la tipología arquitectónica así como la estructura de poblamiento característica de la media montaña suroccidental. Por un lado, se trata de núcleos rurales compactos adaptados a condiciones tipográficas y climáticas severas. Dentro de esta adaptación al entorno (a lo que se suman las dificultades en las comunicaciones) se encuentra el uso tradicional de materiales constructivos locales, como la pizarra de veta para los enlosados (lousas) de las cubiertas o los paramentos de las edificaciones; la pizarra ciega o de bloque, más fácil de labrar y de color grisáceo oscuro, para los esquinales o recercados de los vanos; y la madera, de castaño o de roble, para los portones, impostas y para las estructuras y paramentos de los hórreos y paneras.

Las siluetas descritas de las aldeas permanecieron prácticamente inalteradas hasta el último cuarto del siglo XX, momento en que la «verdadera» industrialización, el desarrollo y el desarrollismo, el éxodo en avalancha a las ciudades y la pérdida del sentido económico de la tierra, situó a nuestros pueblos ante la dura realidad del bajón demográfico y el abandono de construcciones funcionales durante siglos.

Por todo lo dicho anteriormente, debe destacarse que los pueblos de Fonteta, San Salvador y Villalaín son una entidad compleja y variada, que aglutina los esfuerzos y esperanzas de los hombres y mujeres del presente y cuyo patrimonio refleja la conciencia y la memoria de los hombres y mujeres del pasado. Estos valores innegables deben ser preservados para el disfrute de las generaciones futuras.

Especial mención merecen las brañas, como la del Candal, utilizada por los vecinos de Fonteta y Villalaín para la trashumancia pendular del ganado. Conserva en la actualidad esta braña restos interesantes de las antiguas cabanas que servían para guarecer al ganado y a los pastores, siendo testimonios destacados de esta forma de explotación económica, al igual que en otro ámbito lo son los 8 cortines conservados en este espacio ahora protegido o los cortinales.

Como nexo de unión entre las tres villas merece destacarse la presencia del Camino Real o camín de misa que enlazaba estos núcleos y permitía a sus habitantes dirigirse a la iglesia parroquial de San Salvador y a su cementerio.

Delimitación del conjunto histórico de los núcleos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín

El conjunto histórico comprende 236,30 hectáreas, en las que se incluyen los tres núcleos, así como las brañas más destacadas vinculadas a las poblaciones, y una serie de ocho cortines (en torno a los cuales se dispone un radio de protección de 30 metros de diámetro). Se incluye dentro del Bien de Interés Cultural el antiguo camino real o de misa que enlaza los tres pueblos y que en la actualidad coincide en buena medida con la carretera autonómica AS-34.

El ámbito del Bien de Interés Cultural viene definido por el espacio comprendido dentro del perímetro que se describe a continuación:

CH-1: Núcleos + Camino Real (205,66 Ha).

Polígono 42:

1-2 Parte del extremo SE de la parcela 876 hacia el O, por el límite entre los polígonos 42 y 41 hasta el extremo SO de la parcela 842.

2-3 Límite entre la parcela 842 y las parcelas 833 y 841.

3-4 Límite de la parcela 841 con las parcelas 844, 845, 846 y 866.

4-5 Límite de la parcela 839 con las parcelas 866, 911, 912, 922b, 923b, 924 y 926.

5-6 Límite de la parcela 837 con las parcelas 926 y 927.

6-7 Límite de la parcela 838 con las parcelas 927, 930, 931, 945 y 962.

7-8 Límite de la parcela 797 y las parcelas 835, 799 y 798a.

8-9 Límite de las subparcelas 798a y 798b con las parcelas 9038 (camino), 804, 803, 802b y 801.

9-10 Límite de la parcela 800 con las parcelas 801 y 802.

10-11 Límite de la parcela 833 con las parcelas 802, 825, 1308 y 826b.

11-12 Límite de la parcela 827 y las subparcelas 826b, 826a y 712b.

12-13 Límite de las subparcelas 711a y 712b con las parcelas 11496 y 711.

13-14 Límite de las parcelas 713, 714, 708b y 708a con las parcelas 711, 710 y 11496.

14-15 Equidistancia a 20m del borde O del camino Real hasta el límite N de la parcela 503.

15-16 Hacia el O, límite entre la parcela 503 y la parcela 496.

16-17 Segmento virtual donde el extremo NO de la parcela 503 hasta el extremo SE de la parcela 504b.

17-18 Límite de las subparcelas 504b y 504a con las parcelas 510, 508, 507 y 505.

18-19 Desde el extremo N de la subparcela 504a, segmento virtual atravesando la parcela 496b, hasta el extremo SE de la subparcela 496c, por el límite SE de esta con la subparcela 496b, sigue hacia el N por el límite O y N de la parcela 497, continúa por el límite N de la parcela 498 hasta su extremo NE donde se une a la equidistancia a 20m del Camino Real por medio de segmento virtual en perpendicular al margen O del Camino Real.

19-20 Equidistancia a 20m del borde O del Camino Real hasta el límite N de la parcela 431.

20-21 Límite de las parcelas 429 y 430 con las parcelas 431, 439, 438, 440, 441 y 442.

21-22 Límite de la parcela 495, con las parcelas 430, 443, 448, 449, 454, 455, 465, 468, 469, 470, 473 y 474.

22-23 Límite de la parcela 299 con las parcelas 474 y 475.

23-24 Límite de la parcela 300 con las parcelas 474 y 475.

24-25 Límite del solar 17 del Suelo Urbano de San Salvador con la parcela 299.

25-26 Segmento virtual en perpendicular atravesando la parcela 9027 (camino), hasta el extremo O de la parcela 297.

26-27 Límite de las parcelas 297, 298, 292, 293, 294 y 295 con la parcela 9027 (camino).

27-28 Límite de la parcela 11275, 272, 260, 261, 252 y 263 con las parcelas 295, 284, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 259, 258, 256, 253, 251 y 247.

62.

28-29 Segmento virtual en perpendicular atravesando la parcela 9027 (camino) hasta el extremo O de la parcela 237.

29-30 Límite entre las parcelas 237, 189a, 190, 191, 193, 194, 195, 196, 199, 200, 20,202, 203, 204, 177 con las parcelas 9027 (camino), 189b, 184, 183, 182, 181 y 178.

30-31 Segmento virtual en perpendicular atravesando la parcela 9029 (camino) hasta el extremo O de la parcela 57.

31-32 Límite entre las parcelas 57, 56, 50, 53, 52, 51, 39, 38 y 36 con las parcelas 9029 (camino), 49, 43, 42, 41, 40 y 9029 (camino).

32-33 Límite de las parcelas 36, 35, 24, 8, 22, 21y 77 con las parcelas 34, 25, 7, 11, 12, 13, 16, 17, 20 y 78.

33-34 Límite de las parcelas 80, 83, 85 y 82 con las parcelas 79, 84 y 86.

34-35 Límite de las parcelas 106, 100, 95 y 338 con las parcelas 86, 88, 89, 90, 91, 93 y 339.

35-36 Límite de las parcelas 342b, 324a, 342c, 344, 346, 347, 348, 354 y 353 con las parcelas 341a, 341b, 374, 349 y 350.

36-37 Equidistancia a 20m del borde E del Camino Real hasta el límite E de la parcela 384.

37-38 Límite de las parcelas 384, 382, 390 y 379 con las parcelas 383, 381 y 380.

38-39 Límite E del polígono 42 hasta la equidistancia a 20m del Camino Real (parcela 9019,) por el borde E de la parcela 539a.

39-40 Equidistancia a 20 m del borde O del Camino Real (parcela 9019) hasta el borde E de la parcela 9017.

40-41 Segmento virtual en perpendicular atravesando la parcela 9017 (camino), hasta el extremo E de la subparcela 519a.

41-42 Límite de la subparcela 519a con las parcelas 9017 (camino) y 519b.

42-43 Segmento virtual atravesando la parcela 9017 (camino), uniendo el extremo O de la subparcela 519a con el extremo S de la parcela 392a.

43-44 Límite entre las subparcelas 392a y 392c.

44-45 Límite de la subparcela 392c con las parcelas 404, 405, 408, 410a y 410b.

45-46 Equidistancia a 20m del borde E del camino Real (9027) hasta el límite N de la parcela 668.

46-47 Límite S de las parcelas 607, 608 y 609 con las parcelas 668, 667 y 666.

47-48 Segmento virtual atravesando la parcela 9020 (camino), desde el extremo SE de la parcela 609 hasta el extremo SO de la parcela 611.

48-49 Límite entre la parcela 611 y la parcela 9020 (camino).

49-50 Segmento virtual desde el extremo NO de la parcela 611 hasta el extremo SO de la parcela 626, atravesando la parcela 9020.

50-51 Límite O de las parcelas 626 y 625 con la parcela 9020 (camino).

51-52 Segmento virtual desde el extremo NO de la parcela 625 hasta el extremo SE de la parcela 603 atravesando las parcelas 9020 (camino) y 604.

52-53 Límite entre las parcelas 603 y 604, 603 y 600, 603 y 601, 598 y 601, 598 y 600, 599 y 600, 600 y 9016 (camino).

53-54 Límite S de la parcela 575 hasta la perpendicular el extremo SO de la parcela 574.

54-55 Segmento virtual al extremo SO de la parcela 574.

55-56 Límite entre las parcelas 575 y 574, 575 y 9016 (camino), 573 y 9016 (camino), 573 y 572, 571 y 570, 571 y 9016 (camino).

56-57 Límite entre las parcelas 571 y 568, 639 y 640, 639 y 642, 638 y 642, 637b y 642, 636 y 642, 633 y 642, 633 y 642, 634 y 642, 634 y 643, 644 y 643, 645 y 643, 645 y 690, 646 y 690, 689a y 691, 689b y 691, 692a y 691.

57-58 Límite E del polígono 42 con el 39 hasta la perpendicular al extremo NO de la parcela 918.

Polígono 39:

58-59 Segmento virtual al extremo NO de la parcela 921 atravesando la parcela 9028 (camino).

59-60 Límite de la parcela 918 con las parcelas 997c, 921a, 921b y 910b.

60-61 Límite de la parcela 911 con la 910b.

61-62 Límite de la subparcela 910a con la 910b y la 997c.

62-63 Desde el extremo SO de la parcela 997c, segmento virtual atravesando la parcela 9055 (Arroyo de Requeiro) hasta el extremo NE de la parcela 116 del polígono 40.

Polígono 40:

63-64 Límite de las parcelas 115, 9017 (Arroyo de Leiron) y 60 con la parcela 9014 (Arroyo de Gestadel).

64-65 Límite de la parcela 111 con las parcelas 60, 59, 9017 (Arroyo de Leiron), 58, 53, 52, 49a y 47.

65-66 Límite entre la parcela 48 y la parcela 47.

66-67 Límite entre la parcela 111 y las parcelas 47 y 9013 (camino de la Braza), hasta la perpendicular al extremo N de la subparcela 11117b.

67-68 Segmento virtual en perpendicular al extremo N de la subparcela 11117b, atravesando la parcela 9013 (camino de la Braza).

68-69 Límite entre la subparcela 11117b y la subparcela 11117a, hasta la equidistancia a 20m del borde N de la carretera ALL-6 (parcela 9002, Camino Real).

69-70 Hacia el E, equidistancia a 20m siguiendo el borde N de la carretera ALL-6 (parcela 9002, Camino Real) hasta su límite con la carretera AS-29.

70-71 Desde la equidistancia a 20m por el borde N de la carretera ALL-6 (parcela 9002, Camino Real), limitando con la carretera AS-29, equidistancia a 20m por el borde S de la carretera ALL-6 (parcela 9002, Camino Real).

71-72 Equidistancia a 20m del borde O de la carretera ALL-6 (parcela 9002), hasta el límite de los polígonos 40 y 41.

Polígono 41:

72-73 Equidistancia a 20m del borde O de la carretera ALL-6 (parcela 9001), hasta el extremo N de la parcela 329.

73-74 Hacia el O, límite entre las parcelas 328 y 329, 387 y 350, 330 y 350, 330 y 334a, 331 y 334a, 334b y 321, 333 y 321, 322 y 321, 322 y 312, 322 y 311, 322 y 310, 322 y 308, 322 y 307, 306 y 307, 280 y 306, 280 y 305, 280 y 304, 281 y 304, 281 y 303, 281 y 302, 281 y 282, 281 y 276a, 277 y 276b, 277 y 275b, 277 y 273b, 277 y 11272b hasta la equidistancia a 20m del borde O de la parcela 9001 (Camino Real).

74-75 Hacia el N, equidistancia a 20 m de la parcela 9001 (Camino Real), hasta el extremo O de la subparcela 88a.

75-76 Límite entre las parcelas 95 y 88a, 95 y 94, 94 y 96, 96 y 92a, 92a y 97, 92a y 92b, 92a y 390c.

76-77 Límite entre la parcela 390c con las parcelas 91, 37, 9011 (camino) 36 y 35b.

77-78 Límite entre las parcelas 34 y 35b, entre 33b y 35a, 33b y 33a hasta la equidistancia a 20m del borde O de la parcela 9001 (Camino Real), hasta el extremo NO de la subparcela 33a.

78-1 Hacia el N, equidistancia a 20m el borde O de la parcela 9001 (Camino Real), hasta el extremo SE de la parcela 876 del polígono 42.

CH-2: Brañas aisladas (30,07 Ha).

Polígono 42:

BR-1 Formado por las subparcelas: 81285a, 81281a y 1284a.

Polígono 41:

BR-2 Formado por las parcelas y subparcelas: 393a, 391a y 391b.

BR-3 Formado por la subparcela: 391c.

Polígono 40:

BR-4 Formado por las parcelas y subparcelas: 32a, 32b, 32c, 29a, 29b, 28a, 28b, 28c, 33, 34, 27a, 27b, 27c, 26c, 26b, 119c, 119d, 119e, 119f, 119g y 119h.

CH-3: Cortines (0,57 Ha)

8 ámbitos circulares virtuales de 30m de diámetro, centrados en las siguientes coordenadas UTM:

Número

ED50, UTM huso 29

ETRS89, UTM huso 29

X

Y

X

Y

1

677.595

4.777.140

677.471

4.776.962

2

678.565

4.777.280

678.441

4.777.066

3

677.705

4.777.490

677.581

4.777.276

4

677.745

4.777.830

677.621

4.777.616

5

677.930

4.778.600

677.806

4.778.386

6

678.060

4.780.010

677.936

4.779.796

7

678.785

4.776.705

678.661

4.776.491

8

678.897

4.777.007

678.773

4.776.793

Delimitación del entorno de protección del conjunto histórico de los núcleos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín

Este entorno comprende 1.302,87 hectáreas, situadas dentro del perímetro delimitado por los siguientes puntos:

Polígono 39:

1-2 Parte del extremo SE de la parcela 739 del polígono 42, segmento virtual atravesando la parcela 9028 (río Valledor), hasta el extremo NO de la parcela 930.

2-3 Límite entre la parcela 930 y las parcelas 931, 932 y 997a.

3-4 Límite de cuenca hidrográfica desde el extremo SE de la parcela 930 hasta su intersección con el límite municipal.

Polígono 40:

4-5 Límite entre los polígonos 40 del concejo de Allande y 40 del concejo de Cangas de Narcea hasta la intersección con la equidistancia a 20m del borde S del Camino Real.

5-6 Equidistancia a 20 m del borde S del Camino Real, hasta su intersección con la incisión fluvial del Lameiru.

6-7 Incisión fluvial hasta el límite municipal de Ibias.

7-8 Límite municipal entre el concejo de Allande y el concejo de Ibias.

Polígono 41:

8-9 Límite municipal entre los concejos de Allande y el concejo de Ibias.

9-10 Límite provincial entre Asturias y Galicia.

10-11 Límite provincial hasta el extremo SO de la parcela 9009 (camino forestal).

11-12 Límite de la subparcela 1284b con las parcelas 9009 (camino forestal) y 1284a.

12-13 Segmento virtual atravesando la parcela 9008 (camino forestal) hasta el extremo SO de la subparcela 81281a.

13-14 Límite entre las subparcelas 81281a y 81281d.

14-15 Límite entre la subparcela 81281a y la parcela 9035 (Valía del Tronco), hasta la perpendicular con el extremo SO de la subparcela 81285c.

15-16 Segmento virtual hasta el extremo SO de la subparcela 81285c.

16-17 Límite de la subparcela 81285c con las parcelas 81285a y 9010.

17-18 Segmento virtual atravesando la parcela 9011 (Camino del Monte), hasta el extremo SO de la subparcela 1281m.

18-19 Límite S entre la subparcela 1281m y la parcela 9011 (Camino del Monte).

19-20 Límite entre la subparcela 1281m y la subparcela 1281n.

20-21 Segmento virtual atravesando la parcela 9011 (Camino del Monte) hasta el extremo SO de la subparcela 1285c.

21-22 Límite entre las subparcelas 1285a y 1285c.

22-23 Segmento virtual atravesando la parcela 9011 (Camino del Norte) hasta el extremo NO de la subparcela 1286a.

23-24 Límite entre la subparcela 1286a y la subparcela 1286d.

24-25 Segmento virtual atravesando la parcela 9026 (camino) hasta el extremo NO de la subparcela 1287.

25-26 Límite entre la parcela 1287 y las parcelas 1281j y 1281c.

26-27 Segmento virtual atravesando en perpendicular la parcela 9003 (Camino de San Salvador), hasta la parcela 1277.

27-28 Límite entre la parcela 1277 y las parcelas 9003 (Camino de San Salvador), 186, 185, 184, 183, 180, 179, 9029 (camino de San Salvador a Cornollo), 33 y 9029 (camino de San Salvador a Cornollo), hasta la perpendicular al extremo SE de la parcela 32.

28-29 Segmento virtual atravesando en perpendicular la parcela 9029 (Camino de San Salvador a Cornollo), hasta el extremo SE de la parcela 32.

29-30 Límite entre la parcela 30 y las parcelas 32, 61277 y 31.

30-31 Límite entre la subparcela 2a y las parcelas 31 y 61277.

31-32 Límite entre la parcela 1 y las parcelas 61277, 9032 (Río de Oro).

32-1 Límite entre los polígonos 42 y 39 del concejo de Allande hasta el extremo SE de la parcela 739.

Delimitación gráfica del conjunto histórico de los núcleos de Fonteta, San Salvador del Valledor y Villalaín y de su entorno de protección

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