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Documento BOE-A-2010-4427

Acuerdo de 25 de febrero de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Profesor Ordinario en la Escuela Judicial, entre Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del Subgrupo A1.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2010, páginas 26275 a 26277 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2010-4427

TEXTO ORIGINAL

Vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial tres puestos de Profesor/a Ordinario/a N-29 dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades docentes de la Escuela Judicial, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 de la ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, 133 y concordantes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» número 107, de 5 de mayo), y 34 del Reglamento de la Escuela Judicial, aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 7 de junio de 1995, ha acordado convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se describe en el anexo I.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.–Podrán tomar parte en el mismo los Jueces/as, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.–Los que deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al excelentísimo señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid), la cual deberá ser presentada en el Registro General del propio Consejo o en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.–Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y ejercicio acreditado de actividad docente en materias jurídicas, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.–Los/as candidatos/as podrán ser requeridos para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos podrán, asimismo, ser citados para una entrevista personal.

Quinta.–A la vista de las instancias y documentación presentada por los/as concursantes, el Consejo apreciando conjuntamente los méritos alegados, resolverá el concurso. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo, podrá declarar el concurso desierto.

Sexta.–Los/as concursantes a los o a las que se adjudique los puestos convocado, prestarán sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y serán declarados en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio y estarán sometidos al Reglamento n.º 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial («B.O.E.» número 107, de 5 de mayo de 1986).

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.–Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de febrero de 2010.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANEXO I

Denominación del puesto: Profesor/a Ordinario/a.

Órgano Técnico: Escuela Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Barcelona.

Nivel de Destino: 29. Complemento específico: 43.694,00 euros anuales.

Adscripción: Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Perfil: Área de Constitucional.

Denominación del puesto: Profesor/a Ordinario/a.

Órgano Técnico: Escuela Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Barcelona.

Nivel de Destino: 29. Complemento específico: 43.694,00 euros anuales.

Adscripción: Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Perfil: Área de Primera Instancia.

Denominación del puesto: Profesor/a Ordinario/a.

Órgano Técnico: Escuela Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Barcelona.

Nivel de Destino: 29. Complemento específico: 43.694,00 euros anuales.

Adscripción: Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Perfil: Área de Instrucción.

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