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Documento BOE-A-2010-3915

Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Andres Vigil Colet.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2010, páginas 23706 a 23706 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-3915

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante resolución de la Universidad Rovira i Virgili, de 6 de noviembre de 2009 («BOE» de 16 de noviembre de 2009 y «DOGC» de 18 de novembre de 2009), y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas con lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre; el artículo 175 y siguientes del Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili, aprobado por el Decreto 202/2003, de 26 de agosto; y de acuerdo con la normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad Rovira i Virgili, aprobada por el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2009, resuelvo:

Nombrar profesor Catedrático de Universidad del área de conocimiento Metodología de les ciencias del comportamiento de esta Universidad, a Don Andres Vigil Colet, con DNI 39858500-Y.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», delante de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante, la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tarragona, 17 de febrero de 2010.–El Rector, Francesc Xavier Grau Vidal.

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