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Documento BOE-A-2010-3847

Resolución de 25 de enero de 2010, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, la Iglesia Parroquial de San Pedro Apóstol, en Buenache de Alarcón (Cuenca).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2010, páginas 23464 a 23466 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2010-3847

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica que obra en esta Dirección General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.º, 1 y 2, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley (en la redacción dada al mismo tras la promulgación del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero).

Visto el artículo 7.c del Decreto regional 144/2008, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias correspondientes a la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, conforme al cual se atribuye a la Dirección General de Patrimonio Cultural la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, resuelvo:

Primero.–Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, de la «Iglesia Parroquial de San Pedro Apóstol», localizada en Buenache de Alarcón (Cuenca), con los efectos previstos en la Ley y el Real Decreto citados, cuyas características figuran en el anexo de la presente resolución.

Segundo.–Proceder a realizar la comunicación del presente acto incoatorio al Registro General de Bienes de Interés Cultural, a los efectos de su anotación preventiva, de conformidad con lo prevenido en el artículo 12.2 del Real Decreto precitado.

Tercero.–Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo); y todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.–Continuar la tramitación del expediente administrativo cuya incoación se determina, de acuerdo con la legislación en vigor.

Quinto.–Promover la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, así como en el Boletín Oficial del Estado, a efectos de lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución.

Toledo, 25 de enero de 2010.–El Director General de Patrimonio Cultural, Luis Martínez García.

ANEXO
Descripción

La Iglesia objeto de la declaración, posee planta de salón escalonada, de tres naves, la central más elevada y dos naves laterales, con techumbre de artesa, excepto las cabeceras de los laterales, que son bóvedas de terceletes; las del mediodía y crucería las del Norte, ésta con ventana gótica bífora, terminada en trilóbulos y rosetoncillo en el vértice.

La techumbre en los laterales es de estructura de par y nudillo, con tirantes sencillos, tapajuntas y entrepaños ordinarios, el central con estructura similar, con doble tirante apoyado sobre ménsulas decoradas y refuerzo en las esquinas con cuadrales y limas mohamares, toda la estructura se encuentra decorada con guirnaldas de doble hoja de mirto, entrepaños de estrella.

En el crucero se eleva una cúpula semiesférica de gajos sobre pechinas. Las bóvedas se cubren con bóvedas de nervaduras.

Las tres naves están separadas por arcos desiguales a cada lado de la nave central.

El ábside es semicircular con saetera muy estrecha y alargada, pero cegada con revoco. Esto hace pensar en su origen protogótico. Ante el ábside aparece una cúpula con tambor montada sobre pechinas, con sus pilares, todo ello añadido y el ábside peraltado para colocar el retablo de columnas salomónicas con pámpanos y racimos y casquetes de gajos que llena todo el frente y oculta el interior de la curvatura del ábside. A los pies un coro de planta cuadrada, con sillería de madera de nogal.

Capilla del Santo Cristo de la Viga, ubicada en la fachada norte; de planta de cruz latina con cúpula y linterna central, brazos de lunetos y cabecera y pies de aristas.

Capilla de la Inmaculada Concepción; ubicada en la fachada sur, comunicada con la nave lateral de la Virgen del Rosario, planta de Cruz latina de sillería en la mayor parte de la fábrica con cúpula central, mandada construir por Diego de Reillo, arcipreste de Belmonte, en 1675 y terminada en 1686. Cancelada de bolillos y tabla.

Algunas capillas disponen de sacristía propia.

Dispone la Iglesia de amplia sacristía con servicio propio.

Coro postizo de principios del siglo XX al que se accede a través de una escalera de caracol, dispuesta en el interior del muro del ábside.

Abundante carpintería labrada en respaldos de bancos, cancelas de bolillos con peinados de dos o tres roscas, tornavoz del púlpito, muy interesante la palomilla de hierro que los sostienen, con cuatro barras en «S» acopladas al vástago octogonal acodado sobre el pilar en que está incrustado, rematado por alcachofa, que es el centro de la Cruz de Calatrava, formados por las pletinas que sostienen la tarima de madera (piso del púlpito).

El suelo de la Iglesia es igual en toda ella (excepto en la sacristía que es de barro más moderno, y el coro, que es de yeso), con baldosas de barro antiguo separadas horizontalmente cada 7 baldosas. En algunas de las baldosas aparece la marca de las llaves de San Pedro Apóstol, titular de la Iglesia.

Portada Norte con hueco de medio punto con dovelas formando arquerías abocinadas de baquetones apoyadas con sencillo capital sobre finas columnillas.

Portada Sur, toda ella de sillería con frente de contrafuertes y arco rebajado, hueco de medio punto con dovelas de sillería sobre jambas decoradas, con clave central decorada con cabeza de ángel y fecha de 1626, sobre la cual existe un escudo con las llaves de San Pedro, se remata el tímpano de la portada con una hornacina con fondo de concha en la cual se dispone una Virgen en piedra con el Niño.

Iglesia bajo la advocación de San Pedro Apóstol, es un complejo edificio, completado a lo largo de los siglos, al que a la nave original se le han ido añadiendo naves laterales, capillas, sacristías y otras dependencias.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a la «Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol», localizada en Buenache de Alarcón (Cuenca), en la manzana 23001, parcela 01.

Entorno de protección

Vendría definido por:

Manzana: 23010, parcela 07.

Manzana: 23001, parcelas 02,03,04,05,06,07,08.

Manzana: 23000, parcelas 01,02,03,04,05,07,08,10.

Manzana: 23016, parcelas 03,04,05,06,07,08.

Manzana: 23013, parcelas 06,07,08,09,10,11,12,13.

Manzana: 24000, parcelas 01, 02.

El entorno de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el entorno de protección señalado, en razón de que cualquier intervención en el se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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