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Documento BOE-A-2010-322

Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se abonan atrasos correspondientes a la fase de contrato de las ayudas del programa de Formación de Profesorado Universitario en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2010, páginas 1754 a 1756 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-322

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 63/2006, de 27 de enero de 2006, por el que se aprobó el Estatuto del personal investigador en formación, publicado en el «BOE» de 3 de febrero de 2006, estableció un nuevo marco jurídico general del personal investigador en formación y su relación entre las entidades públicas y privadas a las que estén adscritos.

La nueva situación establecida contempló que el personal investigador en formación podrá encontrarse en fase de beca, que comprenderá los dos primeros años de la concesión de la ayuda ó de contrato que comprende los dos años siguientes.

La entrada en vigor de dicho estatuto se produjo al día siguiente de su publicación en el «Boletín oficial del Estado», sin menoscabo de lo dispuesto en su disposición transitoria única sobre de la adaptación de los programas persistentes y la efectiva aplicación del mismo por los ministerios de Educación y Ciencia y de Sanidad y Consumo en el plazo de cuatro meses. En virtud de ello y durante este plazo se procedió a realizar a dar de alta en el sistema de Seguridad Social correspondiente a los beneficiaros que se encontraban en la fase de beca y de adscribir a las entidades u organismos a los beneficiarios que se encontraban en fase de contrato.

No obstante a dicho plazo, el artículo 5.3 del Real Decreto 63/2006 anteriormente mencionado, considera como uno de los derechos del personal investigador en fase de contrato disfrutar de los derechos de carácter laboral, así como los relativos a la Seguridad Social que se derivan del contrato que formalicen con el organismo o centro universitario de adscripción, por lo que ha sido criterio del departamento competente en materia de trabajo, que independientemente del plazo señalado en la disposición transitoria única del Real Decreto 63/2006, tuvo que producirse el alta en el régimen General de la Seguridad Social desde el 4 de febrero de 2004, fecha de entrada en vigor del Estatuto.

Como consecuencia de ello, con fecha de 27 de noviembre se ha realizado un requerimiento al Director General de Política Universitaria, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por el que se comunica que se ha constatado la existencia de diferencias entre las cantidades cotizadas y las que realmente correspondía cotizar de los beneficiarios de ayudas de Formación de Profesorado Universitario desde la entrada en vigor del real Decreto 63/2006, que por entonces se encontraban en fase de contrato. Se hace notar al respecto que con motivo de un requerimiento efectuado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Vizcaya y Salamanca, y conforme al criterio manifestado por la Abogacía del Estado en el Ministerio de Educación en su informe de 25 de junio de 2007, por parte del departamento se procedió en 2008 a regularizar dicha situación para todos los beneficiarios en fase de beca del programa de Formación de Profesorado Universitario.

Procede por tanto regularizar, tal como señala el requerimiento de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social, la deuda con la Seguridad Social derivada de la situación de beneficiaros que a la entrada en vigor del Real Decreto 63/2006, deberían haber pasado a la fase de contrato, con la regularización de sus retribuciones y bases de cotización, sin perjuicio de que el Ministerio de Educación deba transferir el importe de las retribuciones y de las cotizaciones a las entidades de adscripción de los beneficiarios, quienes deben asumir sus obligaciones empresariales en materia de afiliación y/o alta en la Seguridad Social y de ingreso de las cotizaciones adeudadas a dicho personal.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto:

Uno.–Que se abonen a las entidades colaboradoras relacionadas en el Anexo de la presente Resolución, las cantidades que se señalan a cada una de ellas en concepto de regularización de las retribuciones y bases de cotización correspondientes a los beneficiarios de becas del programa de Formación de Profesorado Universitario que a fecha de entrada en vigor del Real Decreto 63/206, que aprobó el Estatuto el personal investigador en formación, y hasta la efectiva implantación del mismo por el Ministerio debieron pasar a la fase de contrato.

Dos.–El importe total a abonar por 3.150.789,01 euros, comprende la parte correspondiente a la retribución de la paga extraordinaria, de deuda principal de la cotización a la Seguridad Social y el 20 por ciento de recargo de mora.

Tres.–La Dirección General de Política Universitaria trasladará a las entidades afectadas la relación nominal de los beneficiarios afectados y el desglose de los importes en los conceptos señalados en el punto dos anterior, para que estas procedan a abonarlas a los beneficiarios y realizar el correspondiente ingreso en la Seguridad Social.

Cuarto.–Atendiendo la magnitud del proceso de regularización de las cotizaciones realizadas en su momento en la cuenta del Ministerio y las que deberán realizar las entidades de adscripción y siguiendo instrucciones de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, dicho proceso será realizado por las Direcciones Provinciales de la Tesorería. Con este fin el Ministerio recabará de las entidades de adscripción la información precisa para llevarlo a cabo y facilitará la información necesaria a la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Madrid, 22 de diciembre de 2009.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO

Entidad colaboradora

Total deuda

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

405.538,92

Fundacion Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares (CNIC)

685,06

Fundacion Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO)

6.370,90

Fundacion Universitaria San Pablo-Ceu

2.095,57

Universidad Autónoma de Barcelona

189.248,85

Universidad Autónoma de Madrid

190.119,24

Universidad Carlos III

13.287,30

Universidad Complutense de Madrid

332.520,25

Universidad de A Coruña

6.971,78

Universidad de Alcalá de Henares

40.878,60

Universidad de Alicante

39.381,40

Universidad de Almería

12.757,77

Universidad de Barcelona

218.388,19

Universidad de Burgos

2.095,57

Universidad de Cádiz

21.235,99

Universidad de Cantabria

10.758,12

Universidad de Castilla-La Mancha

25.691,83

Universidad de Córdoba

58.359,40

Universidad de Deusto

2.095,57

Universidad de Extremadura

30.270,39

Universidad de Girona

8.328,67

Universidad de Granada

171.722,36

Universidad de Huelva

4.191,15

Universidad de Jaén

26.044,49

Universidad de La Laguna

40.247,03

Universidad de La Rioja

8.382,30

Universidad de las Islas Baleares

10.477,87

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

8.522,42

Universidad de León

30.163,22

Universidad de Lleida

6.286,72

Universidad de Málaga

55.561,56

Universidad de Murcia

78.871,47

Universidad de Navarra

14.575,00

Universidad de Oviedo

92.290,79

Universidad de Salamanca

105.401,73

Universidad de Santiago de Compostela

115.772,90

Universidad de Sevilla

103.943,67

Universidad de Valencia/Estudi General

172.457,38

Universidad de Valladolid

57.559,69

Universidad de Vigo

21.326,80

Universidad de Zaragoza

95.070,37

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

26.369,37

Universidad Miguel Hernández de Elche

14.223,82

Universidad Nacional de Educación a Distancia

19.695,14

Universidad Pablo de Olavide

19.573,46

Universidad Politécnica de Cartagena

1.550,64

Universidad Politécnica de Cataluña

70.192,41

Universidad Politécnica de Madrid

34.757,43

Universidad Politécnica de Valencia

24.480,79

Universidad Pompeu Fabra

39.213,73

Universidad Pontificia de Comillas

4.805,27

Universidad Pública de Navarra

11.132,38

Universidad Rey Juan Carlos

10.562,05

Universidad Rovira I Virgili de Tarragona

17.635,89

Universitat Jaume I de Castello

20.648,34

Total deuda

3.150.789,01

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