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Documento BOE-A-2010-3139

Resolución de 25 de enero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Aulas de la Naturaleza durante 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 26 de febrero de 2010, páginas 18961 a 18966 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-3139

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos, rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas y aulas de la naturaleza durante 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 25 de enero de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS Y AULAS DE LA NATURALEZA DURANTE 2009

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Ramón Luis Valcárcel Siso, Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrado por Real Decreto 866/2007, de 29 de junio de 2007 (BOE n.º 157 de 2 de julio de 2007), en virtud del artículo 7.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; actuando en representación de la Comunidad Autónoma y especialmente facultado para este acto en virtud de la autorización del Consejo de Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2009.

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, y reformado por las Leyes Orgánicas 4/1994, de 24 de marzo y 1/1998, de 15 de junio dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30ª y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2009 esta colaboración se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias.

Escuelas Viajeras.

Rutas Científicas.

Aulas de Naturaleza.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en dicho año 2009.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, y acuerdo de Consejo de Gobierno, según la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Aulas de Naturaleza durante el año 2009.

Segunda.–Programas de Cooperación Territorial incluidos en el presente convenio y financiación.

1. Programa de Rutas Literarias.

Para el curso 2008/09, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

1.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que participarán en el Programa: 6 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 6 grupos.

1.2 Recursos financieros:

Aportaciones para el desarrollo del Programa:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta literaria establecida en dicha Comunidad hasta un máximo de 14.146,62 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 14.933,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2008, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2008/2009, por Orden de 22 de diciembre de 2008. El Gobierno de la Región de Murcia ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2009, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Comunidad Autónoma la Región de Murcia:

Cofinanciación con el Ministerio de Educación de los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Murcia) así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones que se imputarán a la partida presupuestaria presupuestaria15.05.00.422-I.441.02, por una cuantía estimada de 25.862,34 euros.

2. Programa de Escuelas Viajeras.

Para el año 2009, el programa se ejecutará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

2.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que participarán en otra ruta: 15.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 30.

2.2 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad (en euros):

Etapa de primavera: 21.425,54.

Etapa de otoño: 21.425,54.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta. Total (en euros):

Etapa de primavera: 2.081,35.

Etapa de otoño: 2.081,35.

Total aportación Ministerio de Educación a la ruta de Murcia (en euros): 47.013,78.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, para su posterior transferencia a los centros, por importe de 37.740,00 euros, distribuidos de la siguiente manera:

Para los centros públicos: 35.330 euros.

Para el centro privado concertado «Escuela Equipo» de Murcia: 2.410 euros (esta cantidad no será imputada a presupuesto sino que será considerada como aportación extrapresupuestaria).

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto 2008, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por.Resolución de 23 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación.

B. Por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Murcia), así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones que se imputarán a la partida presupuestaria 15.05.00.422-I.441.02, por la cuantía estimada de 59.537,49 euros.

3. Programa de Rutas Científicas.

Para el curso 2009-2010, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que participarán en otra «Ruta científica»: 2.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 2.

Recursos financieros:

A. El Ministerio de Educación con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482 del año 2009 financiará los siguientes gastos:

a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad, por un importe máximo de 5.109,34 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación libra a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, para su posterior transferencia a los centros beneficiarios, hasta un máximo de 10.243 euros.

Total aportaciones del Ministerio de Educación: 15.352,34 euros.

B. Por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Murcia) así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones que se imputarán a la partida presupuestaria 15.05.00.422-I.441.02, por la cuantía estimada de 13758,26 euros.

4. Programa de Aulas de naturaleza.

Para el verano de 2009, las partes acuerdan que el programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que se indican a continuación:

Alumnos participantes.

Un grupo de entre 30 y 100 alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia participarán en los diferentes centros en que se desarrolle este programa en el verano de 2009. Por su parte, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia acogerá hasta un máximo de 208 alumnos procedentes de otras Comunidades en el Aula de Naturaleza «Mar Menor» en el período comprendido entre el 1 de julio y el 14 de agosto de 2009.

Recursos financieros.

El Ministerio de Educación, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482, librará los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia de los alumnos por un importe de 52.770,00 euros.

Tercera. Justificación.–La Región de Murcia justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en las correspondientes convocatorias debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta.–Comisión Mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dos por el Ministerio de Educación y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

2. Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

3. La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.–Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación».

Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas».

Sexta. Naturaleza.–El presente convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Séptima. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este anexo al convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Octava. Vigencia.–El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su suscripción, teniendo vigencia hasta el 30 de junio de 2010, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia.

En caso de prórroga, se incorporará un Anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Novena. Causas de Resolución.–No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, serán causa de resolución el mutuo acuerdo, la denuncia comunicada por escrito a la otra parte con al menos dos meses de antelación a la fechas en que vaya a terminar su vigencia o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma este Convenio por ambas partes en Madrid a 18 de diciembre de 2009.–Por el Ministerio de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Comunidad Autónoma de La Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel Sido.

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