Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-2609

Resolución de 22 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda del año 2009 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía, para el desarrollo de programas en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 17 de febrero de 2010, páginas 14775 a 14785 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-2609

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda 22 de septiembre de 2009, al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo de los distintos programas propuestos, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA DEL AÑO 2009 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DE LOS DISTINTOS PROGRAMAS PROPUESTOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, D. Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio (en adelante MITYC) y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, Sr. D. Martín Soler Márquez, designado para dicho cargo por Decreto del Presidente 4/2009, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía («BOJA» número 78, de 24 de abril), de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías («BOJA» número 78, de 24 de abril), y en el Decreto 168/2009, de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en adelante CICE («BOJA» número 95, de 20 de mayo), y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. El Plan Avanza 2005-2010, que en esta segunda mitad de existencia recibe el nombre de Avanza2, contará en 2009 con un presupuesto de 1.500 millones de euros.

Avanza2 tiene como reto no sólo la dinamización de la oferta (en gran medida, ya lograda), sino fundamentalmente el fomento de la demanda y el aprovechamiento del impulso del desarrollo del sector para la consolidación de una industria TIC propia especializada en sectores estratégicos y siempre volcado en la PYME, en la que se centran la mayor parte de los esfuerzos.

Avanza2 no sólo sigue aportando por la iniciativa empresarial, especialmente la que llevan a cabo las PYME, sino que incrementa considerablemente el apoyo a este tipo de empresas que constituyen la piedra angular del tejido empresarial español.

Avanza2 va a continuar el impulso al desarrollo de la Sociedad de la Información con la extensión de los servicios públicos digitales, el desarrollo de los contenidos digitales y de productos y servicios TIC, orientados a la construcción de la denominada Internet del Futuro, la renovación e implantación de infraestructuras para logra la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), entre otros.

Avanza2 se estructura a través de cinco ejes de actuación:

Desarrollo del sector TIC (con especial incidencia en la PYME).

Servicios Públicos Digitales.

Capacitación: Ciudadanos y PYME.

Infraestructura.

Confianza, Seguridad y Accesibilidad.

III. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración, firmado con fecha 22 de mayo de 2006, son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Junta de Andalucía a través de la CICE, en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Administración de la Junta de Andalucía, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo), tiene como objetivos básicos la incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento y el desarrollo industrial y tecnológico basado en la innovación, la investigación científica, las iniciativas emprendedoras públicas y privadas, la suficiencia energética y la evaluación de la calidad, como fundamento del crecimiento armónico de Andalucía.

Que en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente, bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras, observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

V. La Junta de Andalucía ha aprobado recientemente el Plan Andalucía Sociedad de la Información 2007-2010, cuyos objetivos, entre otros, son:

Conseguir y emplear los recursos necesarios que permitan al conjunto de la ciudadanía ser ciudadanos informados, emprendedores, innovadores, participativos y conocedores de los beneficios y de las potencialidades que conlleva el uso de las Tecnologías de la Información en su vida cotidiana, tanto en su entorno personal como en el profesional, independientemente de condicionantes sociales, culturales, económicos o territoriales.

Aportar lo necesario para contribuir a la transformación de las empresas andaluzas en organizaciones orientadas a la excelencia, capaces de renovarse de forma continua y de reconfigurar sus procesos empresariales en función del conocimiento disponible, utilizando para ello el uso de las TIC y la inversión en I+D+i como mecanismos básicos fundamentales para lograr el crecimiento de la productividad y la competitividad.

Fortalecer el sector andaluz TIC mediante actuaciones tendentes a mejorar su situación en relación a indicadores de ciencia, I+D+i, tecnología e inversión, posibilitando así el desarrollo de un sector industrial TIC realmente competitivo en el ámbito nacional e internacional.

Transformar las Administraciones Públicas en Andalucía, convirtiéndolas en Administraciones Inteligentes que sean capaces de prever y anticipar las demandas de la sociedad y poner a disposición de ésta las respuestas a sus requerimientos, de forma proactiva y personalizada, en el momento, en la forma, en la cantidad y en la calidad que necesitan de una forma intuitiva y natural.

Potenciar la capacidad tractora de las Administraciones Públicas mediante el desarrollo de estándares y pautas tecnológicas utilizables por el resto de la Sociedad andaluza.

Facilitar la culminación total del despliegue de infraestructuras de banda ancha en toda la región, garantizando el acceso universal en condiciones de calidad, y con los necesarios mecanismos de seguridad que permitan generar confianza en los ciudadanos y empresas en el uso de la nuevas tecnología, de modo que sobre ellas se configure una oferta de servicios y contenidos atractiva.

Detectar y aprovechar las fortalezas y oportunidades existentes en Andalucía, de modo que gracias a ellas se pueda impulsar de forma decidida la incorporación de nuestra Comunidad Autónoma a la Sociedad de la Información y el Conocimiento, y alcanzar una posición de liderazgo en relación a las regiones de nuestro entorno, situándose entre las 5 primeras de España y por encima de la media de la Unión Europea.

El Plan desarrollará medidas de carácter estratégico y horizontal con un enfoque global, coherente e integrado, que implique a una amplia diversidad de agentes, tanto públicos como sociales o empresariales, y cuyo impacto alcance a un colectivo bien definido y numeroso.

Garantizar los derechos de la ciudadanía y las empresas en la nueva Sociedad de la Información y el Conocimiento, así como la adopción de las recomendaciones y medidas normativas necesarias para eliminar barreras existentes a la expansión y uso de las TIC, en todos los ámbitos.

VI. Que las actuaciones incluidas en esta Adenda deberán dirigirse a diferentes objetivos en función del ámbito en el que se encuadren:

Dentro del ámbito de Ciudadanía Digital:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (PEBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet.

Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua.

Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma.

Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo.

Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares.

Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

Proyectos y acciones encaminados a la creación de plataformas de información, conocimiento y servicios que faciliten, de forma rápida y eficiente, la puesta en marcha y operación de centros de respuesta ante incidentes de seguridad.

A estos proyectos se les podrán incorporar Planes de Formación y de asesoramiento de calidad en los procesos de puesta en marcha.

Dentro del ámbito de Administración Electrónica:

Servicios y Aplicaciones de Administración electrónica.–Estos proyectos podrán complementar o reforzar las actuaciones que se están desarrollando por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dentro del ámbito local y autonómico, en los siguientes aspectos:

1. Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local y autonómica, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas.

2. Actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

3. Proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.

Servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas del entorno local y autonómico:

Proyectos, que mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, estén dirigidos a mejorar los servicios públicos preferentemente en los siguientes aspectos: comercio electrónico, teleasistencia, servicios relacionados con la cultura, turismo y ocio y, servicios orientados a favorecer la accesibilidad de colectivos con necesidades especiales.

El importe total asignado a estos proyectos no podrá superar el 40% de la cuantía total conjunta de la Adenda.

Dentro del ámbito de la PYME Digital:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital.

Utilización de los prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos.

La incorporación de la factura electrónica en los procesos de la gestión administrativa supone una oportunidad para avanzar en la modernización e informatización de las diferentes entidades y, así, progresar en la eficiencia en costes, la mejora de la competitividad y el aumento de productividad para empresarios, profesionales y demás agentes del mercado.

La Comunidad Autónoma, de acuerdo con las competencias que tiene reconocidas por sus Estatutos, podrá incluir en esta Adenda las actividades que desarrolle en el ámbito de su territorio cuyo objetivo sea el de impulsar la generalización del uso de la factura electrónica.

Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES.

Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP.

Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto, y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Administración de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de las actividades en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.–La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del programa.

La oficina técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza.

Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing de la Adenda en la Comunidad Autónoma de Andalucía a petición de la propia Comunidad.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Administración de la Junta de Andalucía a través de la CICE se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda.

Las actividades de difusión y divulgación de la Adenda en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito de esta Adenda, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la CICE. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía con fecha 22 de mayo de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular:

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que pueda realizar la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria de la misma, según proceda; así como lo estipulado en el artículo 26 de la Ley 37/2008, de 23 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso: Ley 5/ 83, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma; Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y el Reglamento de Subvenciones de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Quinto. Financiación.–La financiación de las actuaciones para el año 2009 se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2009

Financiadores

Aportaciones económicas (euros)

MITYC

2.736.230

CICE

1.824.153

Total Administraciones Públicas

4.560.383

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Junta de Andalucía, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 2.736.230 euros, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

La Junta de Andalucía aportará los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.824.453 euros, con cargo a las partida presupuestarias 0.1.11.00.01.00.8073.740.51.54B y 0.1.11.00.01.00.8073. 780.01.54B de los presupuestos de la Junta de Andalucía para 2009.

Para realizar la justificación de estos importes en el perçiodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento de las actuaciones, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Junta de Andalucía presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Séptimo. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y finalizará el 31 de diciembre del 2010. Siendo el período de elegibilidad del gasto desde el 1 de enero de 2009 hasta 31 de diciembre de 2010.

Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga.

Las citadas prórrogas estarán supeditadas a que el plazo de vigencia del Convenio Marco haya sido a su vez prorrogado.

Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el título primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Noveno. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y, en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
Actuación 1. Asociaciones Digitales

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El proyecto tiene como objeto promover la incorporación de las TIC a la vida cotidiana de la ciudadanía andaluza en general y específicamente de las asociaciones. El tejido asociativo andaluz se configura como un elemento estratégico de primer orden para propiciar el desarrollo de la SI en Andalucía. Se trata de trazar una estrategia de actuación integral que aborde de forma amplia el proceso de modernización asociativa y, para ello, se pretende articular esta estrategia en torno al concepto de Modelo de Asociación Digital. Este modelo pretende servir de referencia en el proceso de incorporación de las NN.TT. en la actividad habitual de las asociaciones. Para su puesta en marcha se contemplan diversos instrumentos.

Entre sus principales objetivos cabría mencionar los siguientes:

1. Proporcionar un marco metodológico para la modernización y adopción de las TIC en el tejido asociativo.

2. Promover actitudes favorables hacia el uso de las TIC, mostrando las ventajas de su uso.

3. Fomentar la compartición de conocimiento entre asociaciones, su trabajo en red, apoyar el conocimiento del tejido asociativo por la ciudadanía en general.

4. Proporcionar instrumentos útiles a las asociaciones para facilitar su adopción de las TIC.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de entidades que han mostrado interés en la implantación del modelo de asociación digital (objetivo finales 2010, 400).

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

MITYC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CICE

1.000.000 euros
900.000 euros

Total

1.900.000 euros

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Antes de 31 de mayo de 2011

CICE

1.900.000 euros

Total

1.900.000 euros

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

La Dirección General de Servicios Tecnológicos y Sociedad de la Información de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Actuación 2. Impulso del sector TIC

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El proyecto tiene como objetivo fortalecer el sector TIC como elemento inductor de la digitalización general de la pyme andaluza. El sector TIC se configura como un elemento estratégico de primer orden para propiciar el desarrollo de la SI en el tejido empresarial de Andalucía. En este sentido, las medidas agrupadas en esta actuación pretenden abordar una modernización y mejora integral de las pymes pertenecientes al sector TIC, abarcando desde la identificación y mejora de sus competencias gerenciales y tecnológicas, la concreción y difusión de buenas prácticas, hasta el fomento de la cooperación y excelencia empresarial. Y todo ello, en aras de fomentar la mejor oferta de servicios digitales a las empresas andaluzas en general. Esta actuación, por tanto, es clave para reforzar un conjunto de proyectos, ya puestos en marcha y recogidos en adendas anteriores, dirigidos al fomento de las TIC en el ámbito empresarial andaluz (Cluster Digital, Novapyme).

Con carácter general, las actividades que compondrán esta actuación serán las siguientes:

Identificación de competencias gerenciales y tecnológicas de las empresas del sector TIC.

Actualización y mejora del censo andaluz de empresas del sector TIC

Identificación y difusión de buenas prácticas.

Diagnóstico y Asesoramiento de empresas del sector TIC.

Fomento de la cooperación y de la excelencia empresarial.

Jornadas de Negocio.

Identificación de oportunidades de negocio.

Elaboración de planes tecnológicos empresariales.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de empresas del sector TIC diagnosticadas y asesoradas.

Número de jornadas organizadas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

MITYC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CICE

600.000 euros
924.153 euros

Total

1.524.153 euros

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Antes de 31 de mayo de 2011

CICE

1.524.153 euros

Total

1.524.153 euros

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

La Dirección General de Servicios Tecnológicos y Sociedad de la Información de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Actuación 3. Impulso del acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos de las administraciones locales de andalucía

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Esta actuación se ejecutará a través de la convocatoria 2009 de la Orden de 23 de junio de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, para la Innovación y el Impulso del Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos de las Administraciones Locales de Andalucía («BOJA» 147/2008). Dicha Orden establece las bases reguladoras de un programa de incentivos destinados a las Administraciones Locales de Andalucía, con el fin de incorporar la innovación como factor estratégico de su desarrollo tecnológico, favoreciendo de manera particular la adaptación de estas entidades a la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Esta Orden, cuyo procedimiento de concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria abierta según establece el artículo 59 del Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones, incorpora en su convocatoria 2008 varias líneas de incentivo, a través de las cuales se podrán presentar proyectos dentro de las siguientes clases o categorías:

Proyectos para la implantación de servicios electrónicos a través del repositorio de software libre de las AALL de Andalucía (RSL-AALL)

Proyectos de construcción de nuevos servicios electrónicos.

Proyectos de producción de contenidos digitales y modernización de portales web.

La dotación presupuestaria objeto de esta adenda será empleada para ampliar la propia de la Junta de Andalucía, destinada a la financiación de las líneas de incentivo anteriores.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

D2.a Disponibilidad y uso eAdministración Ciudadanos (obtener información).

D2   Disponibilidad y uso eAdministración Ciudadanos (envío de formularios cumplimentados).

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

MITYC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CICE

1.136.230 euros
0,00 euros

Total

1.136.230 euros

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Antes de 31 de mayo de 2011

CICE

1.136.230 euros

Total

1.136.230 euros

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

La Dirección General de Servicios Tecnológicos y Sociedad de la Información de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid