Habiéndose suscrito con fecha 20 de diciembre de 2009, la Addenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados para la prestación del servicio de asesoramiento jurídico a las personas que se encuentren internadas en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.
Madrid, 1 de febrero de 2010.–La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.
En Sevilla, a 20 de diciembre de 2009.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Alfredo Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, BOE n.° 90, de 14 de abril de 2008, en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como el artículo 6 y la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, la Excma. Sra. Dña. Begoña Álvarez Civantos, Consejera de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en virtud del nombramiento efectuado mediante Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía.
Y de otra, el Excmo. Sr. D. José María Rosales de Angulo, Presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, en virtud de la designación efectuada por el Pleno del Consejo celebrado el día 11 de julio de 2008, que actúa en representación del Consejo, integrado por todos los Colegios de Abogados de Andalucía y, entre ellos, los Colegios de Abogados de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
EXPONEN
1. Con fecha de 12 de marzo de 2008, fue suscrito el Convenio de colaboración entre la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados para la prestación del servicio de asesoramiento jurídico a las personas que se encuentren internadas en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. El citado Convenio tiene por objeto regular la prestación del servicio de asesoramiento jurídico a las personas que se encuentren internadas en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que hasta la fecha se venía sustentando en convenios suscritos entre los distintos Colegios de Abogados y el Ministerio del Interior y que han venido siendo prorrogados tácitamente hasta la actualidad.
En particular, en los Colegios de Abogados de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, a través de los correspondientes Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP) se orienta, asesora y asiste en las consultas de índole jurídica formuladas por los internos e internas de los Centros Penitenciarios de cada una de las provincias citadas, respectivamente, en los términos que se recogen en el citado Convenio.
3. En el Convenio, en su punto sexto apartado primero, se establece que por la Consejería de Justicia y Administración Pública se financiará la prestación del servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria para el ejercicio 2008, mediante la subvención concedida en dicho ejercicio. La financiación para los ejercicios 2009 y 2010 se realizará mediante addendas al presente Convenio, que serán tramitadas al efecto, en las que se establecerán los importes y conceptos que se determinen para cada ejercicio, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias, y deberán atender tanto a los gastos correspondientes a los honorarios de los profesionales como a su formación.
Asimismo el apartado segundo añade que las sucesivas prórrogas del presente convenio, en su caso, serán financiadas de acuerdo con lo establecido en el apartado primero para los ejercicios 2009 y 2010.
Por todo lo expuesto, las partes intervinientes, en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para firmar la presente Addenda al Convenio citado, formalizándola sobre la base de las siguientes
CONDICIONES
Primera. La presente Addenda se regirá por las condiciones estipuladas en el Convenio del que trae causa, formando parte integrante del mismo.
Segunda. Para la financiación del servicio durante el 2009, se acuerda el pago de una subvención excepcional a conceder por la Consejería de Justicia y Administración Pública, al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados de Andalucía por la prestación de dichos servicios, que asciende a un importe total de 503.700,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.48300.14B.8, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Lo que se conviene en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.–Por la Consejería de Justicia y Administración Pública, Begoña Álvarez Civantos.–El Presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, José M. Rosales de Angulo.
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