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Documento BOE-A-2010-20184

Resolución de 21 de diciembre de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a la entidad colaboradora con el Ministerio de Educación, para el programa "Salvador de Madariaga" de ayudas para becas y contratos en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del Estatuto del Personal Investigador en Formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 318, de 31 de diciembre de 2010, páginas 109522 a 109523 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-20184

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 9), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, el apartado I.2. de la Orden EDU/3622/2009, de 18 de diciembre, por la que se convocaron las ayudas para becas y contratos del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia (IUE), establece que las ayudas que se concedan quedarán adscritas para la totalidad del periodo de estancia en el IUE a la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), quién asumirá las obligaciones correspondientes a las entidades colaboradoras, en el marco del Convenio de colaboración suscrito entre dicha Fundación y la Secretaría de Estado de Universidades.

De acuerdo con el apartado 2.2 del citado Convenio de colaboración y de conformidad con el artículo 16, número 3.m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el organismo colaborador recibirá como compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las becas y contratos, una cuantía proporcional al número de beneficiarios activos, que se fijará anualmente por el Ministerio de Educación, a través de resolución del Secretario General de Universidades.

Las ayudas concedidas para becas y contratos del Programa «Salvador de Madariaga», gestionado por la Dirección General de Política Universitaria, de la Secretaría General de Universidades, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

Uno. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Convenio de colaboración con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, en relación con la adscripción a esta Entidad de las becas y contratos del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año.

Dos. La compensación por beneficiario y año señalada en el punto anterior, será aplicable a las ayudas en fase de beca y para los contratos realizados por la entidad colaboradora cuya gestión sea asumida en virtud del apartado 1.2 de la Orden de 18 de diciembre.

Tres. La compensación referida al curso académico 2010-2011, por un importe de 10.250,00 € (diez mil doscientos cincuenta euros), se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2010.

Cuatro. En el Anexo de la presente resolución se relaciona la entidad colaboradora y la cuantía de la compensación que le corresponde por el número de beneficiarios con alta en el ejercicio 2010 y de los que mantienen la ayuda durante algún periodo de 2011.

Lo que pongo en su conocimiento de V. I. a los efectos pertinentes.

Madrid, 21 de diciembre de 2010.–El Secretario General de Universidades, P. D. (Orden EDU/2607/2009, de 16 de septiembre), el Director General de Universidades, Juan José Moreno Navarro.

ANEXO

Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de contratos y becas del Programa «Salvador de Madariaga», en el Instituto Universitario Europeo de Florencia en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y convenio de colaboración.

Organismo: Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología. N.º ayudas: 41. Gastos por gestión: 10.250. Gastos por inicio de programa: 0. Total gastos gestión: 10.250.

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