El apartado quinto, punto 2, de la Resolución de 30 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria 1/2010 para la concesión de ayudas del Plan Avanza para la realización de proyectos y acciones en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 (en adelante Resolución de apertura de la convocatoria 1/2010), publicada en el BOE de 6 de mayo de 2010, fija en 66.000.000 de euros la cuantía total máxima de las ayudas convocadas en la modalidad de subvención.
La cuantía anterior, según el punto 4 del mismo apartado citado, puede ser incrementada de acuerdo con las reglas previstas en el artículo 58.2.a) del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, hasta en 46.000.000 de euros en subvenciones. Este incremento se distribuye por subprogramas como sigue:
Subprograma |
Cuantía ampliable subvención |
---|---|
Avanza Formación |
15.000.000,00 |
Avanza Competitividad (I+D+I) |
25.000.000,00 |
Avanza Ciudadanía Digital |
3.000.000,00 |
Avanza Contenidos de Interés Social |
3.000.000,00 |
Total |
46.000.000,00 |
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y a la vista de la existencia de fondos disponibles con cargo al artículo 58.2.a) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en cantidad suficiente para ampliar la cuantía total máxima de los fondos de la convocatoria 1/2010 de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 58.5 del mismo Reglamento, resuelve:
Primero.–Dar publicidad a la declaración de disponibilidad de crédito en la modalidad de subvención, con cargo a generaciones de crédito de fondos procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Fondo Social Europeo (FSE), así como de fondos procedentes de convocatorias anteriores de ayudas, según contempla el artículo 58.2.a) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, por importe de 42.496.506,82 euros en subvención.
Segundo.–Dar publicidad a la ampliación de fondos de la cuantía total máxima de la convocatoria 1/2010 en la modalidad de subvención, por importe de 42.496.506,82 euros. Su distribución por subprogramas de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información y por aplicaciones presupuestarias, se indica a continuación:
Subprograma |
Subvención |
Aplicación |
---|---|---|
Avanza Formación. |
10.127.868,00 |
20.14.467I.773 |
|
4.871.638,82 |
20.14.467I.772 |
Avanza Competitividad (I+D+I). |
24.997.000,00 |
20.14.467G.770 |
Contenidos de Interés Social. |
2.500.000,00 |
20.14.467I.789 |
Total |
42.496.506,82 |
|
En consecuencia, la dotación final de fondos de la convocatoria 1/2010, en la modalidad de subvención, pasa de 66.000.000 a 108.496.506,82 de euros. La distribución definitiva de esta dotación final de fondos entre las aplicaciones presupuestarias que financian la convocatoria, es la siguiente:
Aplicación presupuestaria |
Avanza Formación (Subvención |
Avanza Competitividad (I+D+I) |
Avanza |
Avanza Contenidos de Interés Social (Subvención |
Total |
---|---|---|---|---|---|
20.14.467G. 740 |
|
500.000,00 |
|
|
500.000,00 |
20.14.467G. 750 |
|
100.000,00 |
|
|
100.000,00 |
20.14.467G. 760 |
|
100.000,00 |
|
|
100.000,00 |
20.14.467G. 770 |
|
35.996.019,25 |
|
|
35.996.019,25 |
20.14.467G. 779 |
|
100.000,00 |
|
|
100.000,00 |
20.14.467G. 780 |
|
200.000,00 |
|
|
200.000,00 |
20.14.467I. 749 |
|
100.000,00 |
|
|
100.000,00 |
20.14.467I. 759 |
|
500.000,00 |
|
|
500.000,00 |
20.14.467I. 769 |
|
100.000,00 |
|
|
100.000,00 |
20.14.467I. 772 |
11.871.638,82 |
|
|
|
11.871.638,82 |
20.14.467I. 773 |
10.627.868,00 |
|
|
|
10.627.868,00 |
20.14.467I. 778 |
|
13.300.980,75 |
|
|
13.300.980,75 |
20.14.467I. 779 |
|
23.000.000,00 |
|
|
23.000.000,00 |
20.14.467I. 781 |
|
500.000,00 |
|
|
500.000,00 |
20.14.467I. 783 |
|
|
500.000,00 |
500.000,00 |
1.000.000,00 |
20.14.467I. 784 |
2.000.000,00 |
|
|
|
2.000.000,00 |
20.14.467I. 785 |
500.000,00 |
|
|
|
500.000,00 |
20.14.467I. 789 |
|
500.000,00 |
2.500.000,00 |
5.000.000,00 |
8.000.000,00 |
Total |
24.999.506,82 |
74.997.000,00 |
3.000.000,00 |
5.500.000,00 |
108.496.506,82 |
Esta ampliación no implica la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Madrid, 20 de diciembre de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Bernardo Lorenzo Almendros.
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