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Documento BOE-A-2010-19796

Real Decreto 1768/2010, de 23 de diciembre, por el que se autoriza la firma del Contrato de Cooperación entre British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT), de una parte, y la Unión Europea y los Estados miembros participantes, de otra.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 24 de diciembre de 2010, páginas 106685 a 106686 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2010-19796

TEXTO ORIGINAL

El 9 de julio de 2004 se llegó a un acuerdo transaccional entre la Comisión Europea y el grupo Philip Morris International con la finalidad de resolver extrajudicialmente el litigio pendiente en los Tribunales de los Estados Unidos de América originado por la demanda interpuesta por la Comunidad Europea y diez Estados miembros de la misma contra dicho grupo empresarial, en solicitud de reparación por los perjuicios causados por presuntas ventas de cigarrillos en el territorio de los Estados miembros en violación de las leyes aplicables.

La firma por el Estado Español del Acuerdo de 2004 fue autorizada mediante el Real Decreto 1594/2004, de 25 de junio, por el que se autoriza la firma del Acuerdo anticontrabando y antifalsificación y exención general entre Philip Morris Internacional Inc., Philip Morris Duty Free Inc., y Philip Morris World Trade SARL., de una parte, y la Comunidad Europea y diez Estados miembros, de otra.

Posteriormente, en el año 2007, se alcanzó un acuerdo entre la Comisión Europea, en representación de la Comunidad Europea, y veintiséis Estados miembros, para la firma con el fabricante de tabaco Japan Tobacco International, de un Contrato de Cooperación, de contenido similar y finalidad análoga al Acuerdo de 2004.

La firma por el Estado Español del Acuerdo de 2007 fue autorizada mediante el Real Decreto 1644/2007, de 7 de diciembre, por el que se autoriza la firma del Contrato de Cooperación entre Japan Tobacco international, de una parte, y la Comunidad Europea y veintiséis Estados miembros de la misma, de otra.

El 15 de julio de 2010 se ha alcanzado un Acuerdo entre la Comisión Europea, en representación de la Unión Europea y los Estados miembros participantes, y British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT), pendiente de la adhesión por parte del Reino de España, que tiene como objetivo fundamental la eliminación del comercio ilegal de cigarrillos, dentro de la Unión Europea, incluyendo el contrabando y las falsificaciones y prevé la colaboración entre British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT) y la Comisión Europea junto con los Estados miembros participantes, al tiempo que persigue evitar la posible resolución de conflictos ante los Tribunales por interposición de demandas civiles por parte de la Comisión Europea, en representación de la Unión Europea en Estados Unidos contra aquélla.

En dicho Acuerdo se incluye a su vez el compromiso, por parte de British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT), de realizar determinados pagos y actuaciones para evitar la venta ilegal de cigarrillos. Asimismo se acuerda el sometimiento a arbitraje de las posibles controversias en materia de resolución de litigios.

Al tratarse, por una parte, de un acuerdo transaccional y, por otra, al someter a arbitraje las cuestiones litigiosas que se produzcan, la firma del Acuerdo exige la aprobación de un Real Decreto del Consejo de Ministros previa audiencia del Consejo de Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2010,

DISPONGO:

Artículo único. Autorización de la firma del Contrato de Cooperación entre British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT), la Unión Europea y los Estados miembros participantes, de otra.

Se autoriza a la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda para que firme, en nombre del Estado Español, en relación con el Contrato de Cooperación celebrado entre British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT), de una parte, y la Unión Europea y los Estados miembros participantes, de otra, que ha sido negociado por la Comisión Europea, los siguientes documentos:

Contrato de Cooperación entre la Unión Europea y los Estados miembros participantes con British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT).

Contrato sobre Medios de Comunicación entre la Unión Europea y los Estados miembros participantes con British American Tobacco (Holdings) Limited (BAT).

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda,

ELENA SALGADO MÉNDEZ

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