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Documento BOE-A-2010-1957

Resolución de 16 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de certificación del producto fabricado por Papaemmanouel, S.A., con contraseña GPS-8365: panel solar prefabricado.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 6 de febrero de 2010, páginas 11209 a 11210 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-1957

TEXTO ORIGINAL

Recibida, en la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Eurofred, S.A., NIF A08202715, con domicilio social en la calle Aragó, 25-27, municipio de Barcelona, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Papaemmanouel, S.A., en sus instalaciones industriales ubicadas en la carretera Oinofyta-Agios Thomas, Km 1, en la ciudad de Oinofyta, provincia de Voiotia (Grecia): Plafón solar prefabricado.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio Demokritos National Center for Scientific Research, ha emitido el informe de ensayo n.º 2106 DE 2, de fecha 22 de diciembre de 2008, y el laboratorio Institut für Thermodynamik und Wärmetechnik Universität Stuttgart (ITW) ha emitido el informe de ensayo n.º 09SYS73OEM01, de fecha 19 de agosto de 2009, donde han hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril («BOE» de 12-05-1980); la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero («BOE» de 26-01-2007), y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («BOE» 6-02-1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («BOE» de 26-04-1997). También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 vigente.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8365, con fecha de caducidad el 16-12-2011, disponer como fecha límite el día 16-12-2011, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Características del equipo:

Marca: Daitsu.

Modelo: Compacto Negro 150.

Tipo constructivo: Prefabricado con termosifón.

Marca y modelo de los colectores: Compacto Negro 150.

N.º de colectores: 1 unidad.

Dimensiones del colector y especificaciones generales:

Fabricante: Papaemmanouel, S.A.

Marca y modelo del colector: Compacto Negro 150.

Area de obertura: 2,23 m2.

Fluido de trabajo: Agua-glicol.

Presión máxima funcionamiento: 10 bar.

Tipo constructivo: Plano.

Capacidad del depósito: 128 litros.

Esta certificación, de conformidad con los requisitos reglamentarios, se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 16 de diciembre de 2009.–El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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