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Documento BOE-A-2010-18883

Resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos, rutas literarias, escuelas viajeras, aulas de la naturaleza e inmersión lingüística durante 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 7 de diciembre de 2010, páginas 101667 a 101671 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-18883

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Junta de Extremadura han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos, rutas literarias, escuelas viajeras, aulas de la naturaleza e inmersión lingüística durante 2010, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 15 de noviembre de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 23 DE DICIEMBRE DE 2009 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS, RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, AULAS DE LA NATURALEZA E INMERSIÓN LINGÜÍSTICA, DURANTE 2010

REUNIDOS

De una parte, D. Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, D.ª Eva María Pérez López, como Consejera de Educación de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 25/2007, de 30 de junio, actuando en ejercicio de las facultades que le confiere la delegación de firma acordada por el Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, con fecha de 2 de agosto de 2007, de conformidad con el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

EXPONEN

1. Con fecha 23 de diciembre de 2009, el Ministerio de Educación y la Junta de Extremadura suscribieron un Convenio para el desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Aulas de la Naturaleza e Inmersión Lingüística, en cuya base octava se recogía la posibilidad de prórroga por períodos anuales sucesivos, siempre que no se propusiera su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia, incorporando un anexo a dicho Convenio.

2. De conformidad con ello, ambas partes acuerdan prorrogar dicha colaboración previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, para el desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial durante 2010 denominados:

Rutas Literarias;

Escuelas Viajeras;

Aulas de la Naturaleza e

Inmersión Lingüística,

con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente anexo.–El presente anexo al Convenio de colaboración suscrito el 23 de diciembre de 2009 tiene por objeto actualizar los datos de participación y aportaciones en base a los que se ejecutan cada uno de los programas, teniendo en cuenta que todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto 2010 recogidos en el presente anexo, están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes.

Segunda. Programas de Cooperación Territorial y financiación.–Por parte del Ministerio de Educación las aportaciones en 2010 ascienden a un máximo de 60.962,00 euros con el desglose por programas que se indica a continuación.

1. Programa de Rutas Literarias

Para el curso 2009/2010, las partes acuerdan que el Programa se desarrolla con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

1.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura que participan en el Programa: 4 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorren la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 4 grupos.

1.2 Recursos financieros:

Aportaciones para el desarrollo del Programa:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la Ruta Literaria establecida en dicha Comunidad hasta un máximo de 9.006,60 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, por un importe de 13.436,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2010, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.06.324N.482 del presupuesto de 2009, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante la primavera del curso 2009/2010, por Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional. La Junta de Extremadura ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2010, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Junta de Extremadura:

Las instalaciones precisas para el alojamiento y manutención de los grupos y profesores que recorran la «Ruta Literaria» de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El personal preciso para el desarrollo del programa.

2. Programa de Escuelas Viajeras

2.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un Profesor procedentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura que participan en otra ruta: 22.

Número de grupos de 12 a15 alumnos y un Profesor procedente de la Comunidad Autónoma de Extremadura que participan en la actividad a resultas de vacantes en las ayudas ofertadas a otra administración educativa: 1.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorren la ruta de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 30.

2.2 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta establecida en dicha Comunidad hasta una cuantía máxima de 32.979,07 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquella en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, por un importe de 58.220,00 euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2010, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.06.324N.482 del presupuesto 2009, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa durante 2010 por Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación.

B. Por parte de la Junta de Extremadura:

Las instalaciones precisas para el alojamiento y manutención de los grupos y profesores que recorran la Ruta de Extremadura.

El personal preciso para el desarrollo del programa.

3. Programa de Aulas de naturaleza

Para el verano de 2010, las partes acuerdan que el programa se desarrolla con arreglo a los datos y aportaciones que se indican a continuación:

3.1 Alumnos participantes.

Un grupo de entre 30 y 100 alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura han participado en los diferentes centros en que se ha desarrolla este programa en el verano de 2010. Por su parte, la Comunidad Autónoma de Extremadura se ha comprometido a acoger hasta un máximo de 195 alumnos procedentes de otras Comunidades en el Complejo Educativo de Plasencia.

3.2 Recursos financieros.

El Ministerio de Educación, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.489.02, libra los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia de los alumnos por un importe de 57.557,00 euros.

Asimismo, para colaborar en los gastos derivados del desplazamiento de los alumnos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta las instalaciones de CEE Santa Isabel de Soria, ha aportado un importe máximo de 3.405,00 euros.

La Consejería de Educación de la Junta de Extremadura ha aportado la cantidad máxima de 3.000 euros para sufragar la colaboración en los gastos de desplazamiento del alumnado participante de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación 2010.13.03.222G.223.00.

4. Programa de Inmersión lingüística

4.1 Aportaciones de las partes para el desarrollo del programa:

Corresponde al Ministerio de Educación:

1. Organizar cursos de inmersión lingüística en inglés para 2 grupos de 25 alumnos de sexto curso de Educación Primaria matriculados en centros públicos de la Comunidad de Extremadura. A estos efectos, el Ministerio de Educación debe contratar con empresas del sector la utilización del inmueble y la prestación de todos los servicios y el material pedagógico requeridos durante la estancia de los grupos de alumnos, incluyendo el equipo de personal especializado encargado de llevar a cabo las actividades y que actúa conjuntamente con los profesores que acompañen a los alumnos participantes.

2. Conceder ayudas a los centros seleccionados hasta cubrir la totalidad del precio del Programa, que resultará de la adjudicación del concurso correspondiente y que comprenderá hasta un máximo de 5.800 euros por grupo. Estas ayudas se abonarán a las empresas con cargo al crédito 18.04.324N.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010. Como consecuencia de lo anterior, este Programa no implica transferencia directa de fondos por parte del Ministerio de Educación a la Comunidad de Extremadura.

Corresponde a la Comunidad de Extremadura:

1. Financiar la participación de los centros seleccionados para asistir al Programa, con 7.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2010.13.03.222G.229.00.

2. Organizar el traslado de los grupos hasta el lugar en que se desarrolle el programa, por importe de 4.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2010.13.03.222G.223.00.

Tercera. Ejecución de los programas.–En la ejecución de los programas realizados en el presente anexo serán de aplicación las bases acordadas en el convenio suscrito con fecha de 23 de diciembre de 2009.

Cuarta. Naturaleza.–El presente anexo al Convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Quinta. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este anexo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Sexta. Vigencia.–El presente anexo tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2011.

Madrid, 29 de octubre de 2010.–Por el Ministerio de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, Eva M.ª Pérez López.

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