Visto el expediente de indulto de don José Manuel de Dueñas Lage, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección primera, en sentencia de 13 de abril de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 14,61 euros, con las accesorias de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de octubre de 2010,
Vengo en conmutar a don José Manuel de Dueñas Lage la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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