La Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por Resolución de 26 de febrero de 2008 (Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 7 de marzo), convocó procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por Resolución de 30 de septiembre de 2010 (DOCM de 8 de octubre) declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 26 de febrero de 2008, que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal que les corresponde.
Segundo.–Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, con efectos de 1 de septiembre de 2010.
Tercero.–La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 16 de noviembre de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.
N.R.P. |
Apellidos y nombre |
D.N.I. |
Turno |
Puntuación |
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Especialidad: 201 Cocina y Pastelería |
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00625831468 A0591 |
Fernández Monje, Pedro |
06258314 |
01 |
4,3910 |
Especialidad: 206 Instalaciones Electrotécnicas |
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00389010268 A0591 |
Ciruelos Ruiz, Juan Carlos |
03890102 |
01 |
5,5553 |
Especialidad: 225 Servicios a la Comunidad |
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00459160435 A0591 |
Andrés Olmeda, Marta |
04591604 |
01 |
6,4754 |
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