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Documento BOE-A-2010-1818

Resolución de 15 de enero de 2010, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación de expediente de declaración de bien de interés cultural del yacimiento "Es Caparó", en Vilafranca de Bonany.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2010, páginas 10489 a 10490 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2010-1818

TEXTO ORIGINAL

En la sesión del día 5 de junio de 2009, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó:

Incoar el expediente de declaración de bien de interés cultural con la categoría de zona arqueológica del yacimiento «Es Caparó» en el término municipal de Vilafranca de Bonany, la descripción y la delimitación del cual figuran en el informe técnico emitido por el Jefe de la Sección de Arqueología y Etnología de la Dirección Insular de Patrimonio Histórico en fecha 12 de mayo de 2009, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de edificación o de derribo en la zona afectada y, también, la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. Cualquier obra que haya que realizar tendrá que ser previamente autorizada por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico. Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento.

El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte meses contadores desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una vez transcurrido este plazo. Caducado el procedimiento no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien.

Notificar esta Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany y al Gobierno de las Islas Baleares.

Publicar este acuerdo de incoación en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares», y en el «Boletín Oficial del Estado» y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares a fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.

Palma, 15 de enero de 2010.–El Secretario Delegado de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, Miguel Barceló Llompart

ANEXO

Se publica como anexo un extracto del informe técnico de fecha 12 de mayo de 2009. Los informes íntegros a que hace referencia el apartado I del acuerdo de incoación, constan en el expediente administrativo número 199/09. Este expediente se podrá consultar en las dependencias del Servicio de Patrimonio Histórico (plaza de l’Hospital, 4, edificio La Misericordia, 07012 Palma), por aquellos interesados en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Antecedentes: El yacimiento de Es Caparò de Villafranca de Bonany, figura con el número 51/06 en la carta arqueológica redactada por Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Cultura de la Consejería de cultura Educación y Deportes del Gobierno Balear, carta que se realiza entre los años 89-95. A pesar de todo, no figura en el Registro de BIC como Bien Inmueble del Ministerio de Cultura, por lo tanto, hay que entender que no tiene categoría de Monumento, motivo que nos lleva a incoar el expediente de declaración de BIC, con la categoría de zona arqueológica.

Descripción del yacimiento: Piedras reaprovechadas integradas en un muro de piedra seca, moderno, que hace de cierre. El muro lleva dirección NE-SW, tiene una altura aproximada de 1,80 metros y una longitud aproximada de 25 metros. Se localiza sobre una elevación del terreno, al lado de las casas de Es Caparò. Las obras para la construcción de la carretera Palma-Cala Ratjada dividieron esta elevación en dos mitades. No se han localizado restos cerámicos.

Delimitación del entorno: La que consta en el plano de delimitación que obra en el expediente La delimitación viene justificada por la dispersión de restos reaprovechados o con interés arqueológico.

Bienes muebles vinculados: Se incluye dentro del ámbito del bien todos los materiales cerámicos, faunísticos, sedimentarios o de cualquier otra naturaleza y cronología obtenidos a raíz de cualquier intervención arqueológica. En el caso de que se documenten estructuras, también quedan incluidas en la declaración del bien.

Memoria histórica: La zona ha sido afectada por labores agrícolas y por la instalación de redes de servicios. Es imposible definir el estado de conservación hasta que no es realicen excavaciones arqueológicas.

Planimetría: La que obra en el expediente.

Documentación gráfica: La que obra en el expediente.

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