Con fecha 16 de septiembre de 2010, la Dirección General de Integración de los Inmigrantes dicta Resolución por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, cofinanciada por el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado 3, de la Resolución de convocatoria, la distribución de la cuantía total máxima del crédito presupuestario 19.07.231H.461.01 tendrá carácter estimativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A la vista de la valoración de los programas realizada por la Comisión de Valoración y de las cuantías propuestas para la subvención de dichos programas en función de dicha valoración, resulta necesario llevar a cabo una modificación de la cuantía del crédito presupuestario. De acuerdo con el artículo 58.5 del Real Decreto887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el órgano concedente deberá publicar la declaración de crédito disponible y la distribución definitiva entre los distintos créditos presupuestarios, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
A la vista de lo anterior, la Dirección General de Integración de los Inmigrantes dicta la siguiente Resolución:
El apartado 3 del artículo 2 de la Resolución de 16 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes, cofinanciada por el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países queda redactado en los siguientes términos:
«3. La cuantía máxima de las subvenciones a otorgar mediante la presente convocatoria asciende a 5.000.000 euros, que se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19.07.231H.461.01 del vigente presupuesto de gasto de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.»
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de noviembre de 2010.–La Directora General de Integración de los Inmigrantes, Estrella Rodríguez Pardo.
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